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Los Fondos de Pensiones y su rol en la acumulación de capital


Enviado por   •  16 de Diciembre de 2022  •  Ensayos  •  2.874 Palabras (12 Páginas)  •  36 Visitas

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INTRODUCCIÓN: PRESENTACIÓN DEL TRABAJO

El presente trabajo consiste en los fondos de pensiones administrados por las AFP y su rol en la acumulación de capital, el rol macroeconómico de la capitalización individual, su asignación financiera, la distorsión estructural del sistema productivo y las jubilaciones de los trabajadores.

En síntesis se tratará sobre el rol del Sistema de Capitalización individual en la acumulación de capital pero también de su rol a nivel macroeconómico, de manera preliminar se presentarán los antecedentes históricos para posteriormente explicar cómo funciona este sistema y responder a la temática establecida.

El Sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones o Sistema de Capitalización Individual es una temática polémica y a lo largo de este trabajo se presentará como algunos aspectos resultan positivos pero otros resultan desfavorables, cómo este sistema ha impulsado la economía pero también como las personas lo rechazan por considerarlo ineficiente hacia sus realidades.

Finalmente se redactará una conclusión donde se identifican los aspectos principales, se considera la posibilidad de regresar al sistema anterior y cuál podría ser una buena opción al respecto.

Sin más que agregar, he aquí el informe:

DESARROLLO

Antecedentes

Antes de hablar sobre los fondos de pensiones administrados por las AFP y su rol en la acumulación de capital, es pertinente considerar los antecedentes de la temática.

En 1924 Chile se convirtió en el primer país de Latinoamérica en establecer una política pública orientada a la previsión social. Esta política pública se materializó en un Sistema de Reparto, el cual consistía básicamente en que los trabajadores activos y el Estado aportaban con recursos a un fondo común el cual era administrador por cajas previsionales, de esta manera se financiaba la seguridad social de los trabajadores pasivos y las personas jubiladas.

Sin embargo, era un sistema que tenía ciertas falencias, por ejemplo, la cantidad de normativa era muy extensa y el porcentaje del producto nacional gastado en previsión era excesiva según el Presidente Eduardo Frei Montalva, quién en 1968 declaró que este Sistema de Reparto era una monstruosidad:

 "Hay dos mil leyes sobre previsión en Chile. Piensen ustedes lo que eso significa. Dos mil leyes previsionales, más los reglamentos, más los acuerdos de las cajas, es decir, una monstruosidad que va en aumento.

...Sin embargo, lo que es más grave es que en este país estamos gastando el 18,1% del producto nacional en previsión. Vamos a terminar en un país de jubilados.”

También criticaba que ese sistema de cajas favorecía el clientelismo político y que los grupos más poderosos lograban más beneficios porque podía presionar más que los otros grupos.

A lo largo de los años este sistema tuvo variadas críticas, cómo por ejemplo, las desigualdades en edades de jubilación; los obreros jubilaban a los 65 años y los empleados particulares luego de 35 años de servicio, mientras que los empleados bancarios podían hacerlo a los 25 años de servicio y los parlamentarios desde los 15 años de servicios.

Finalmente este Sistema de Reparto fue reemplazado en 1980 durante la dictadura militar, supuestamente cómo solución a estas problemáticas y en un contexto de privatización constante. El nuevo sistema se llamó Sistema de Capitalización Individual o Sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y en un comienzo se les permitió a las personas poder elegir cual sistema considerar para su previsión social, esto duró hasta el 31 de Diciembre de 1982, posterior a esta fecha todos los nuevos trabajadores podían afiliarse solo al nuevo sistema.

Los fondos de pensiones administrados por las AFP y su rol en la acumulación de capital.

Considerando los antecedentes y el contexto de ese entonces, es pertinente definir entonces qué son las AFP o en realidad en que consiste este Sistema de AFP:

El 13 de Noviembre de 1980 se publica el Decreto Ley 3500, que establece un nuevo sistema de pensiones, el cual consiste en que los trabajadores financian su pensión pero de manera individual, para realizar esto, cada mes y durante su vida laboral se descuenta un porcentaje de sus remuneraciones, con lo que se genera un ahorro el cual es administrado e invertido por empresas privadas. Cabe mencionar que este ahorro es utilizado no sólo para pensiones de vejez sino que también para prestaciones de invalidez y sobrevivencia.

Esto es de manera simplificada el Sistema de Capitalización Individual pero posee muchas más características, además ha pasado por un número considerable de reformas y de críticas.

Según el artículo “La experiencia chilena (2022)” de la Subsecretaría de Previsión Social, el Sistema de Pensiones actual posee tres pilares, los cuales son:

1.- Pilar Contributivo Obligatorio: Se refiere a lo anteriormente mencionado al definir el sistema, es decir, este pilar está basado en la capitalización individual, de manera obligatoria los trabajadores ahorran individualmente para que cuando se jubilen obtengan una pensión de esos ahorros. La obligatoriedad se considera para:

  1. Trabajadores(as) dependientes: Es el cual se rige por el Código del Trabajo.
  2. Trabajadores (as) independientes a honorarios (a partir de 2018): Se refiere a los que perciben rentas por actividades independientes o por Boletas de Honorarios, Boletas de Prestación de Servicios a Terceros y por Participaciones en Rentas de Sociedad Profesionales.

De manera voluntaria pueden afiliarse:

  1. Trabajadores (as) independientes no honorarios o Por Cuenta Propia: Son los trabajadores que no poseen relación de dependencia con un empleador ni tienen registros de rentas por honorarios en el Servicio de Impuestos Internos.
  2. Afiliados voluntarios.

2.- Pilar Contributivo Voluntario: Es un pilar que representa una alternativa para complementar el ahorro obligatorio, tiene como objetivos que aumente el monto de la pensión generada por el pilar obligatorio, compensar momentos en el tiempo en los cuales no hubo cotización y tener una utilidad de ahorro con fines determinados por el afiliado.

Este pilar se constituye por:

  1. Ahorro Previsional Voluntario
  2. Ahorro Previsional Voluntario Colectivo
  3. Cuentas: Ahorro Voluntario, Cuenta 2

3.- Pilar Solidario: Consiste en una agrupación de beneficios Estatales que pretenden incrementar el ahorro de la población laboral joven y de los pensionados. Está financiado por el Estado mediante impuestos y se encuentra dirigido al 60% más vulnerable de la población. Entre los beneficios dentro de este pilar solidario se encuentran:

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