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Los Impuestos

charonsissi22 de Noviembre de 2012

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Introducción.

No cabe duda que los tributos (impuestos) forman parte de la economía de un país ya que los mismos son prestaciones de dinero que el Estado exige en virtud de una Ley, con el propósito de cubrir los gastos públicos o los gatos que realiza el Gobierno a través de inversiones públicas, por lo que aumento en el mismo producirá un incremento en el nivel de renta nacional y en caso de una reducción tendrá un efecto contrario.

El propósito de este trabajo es conocer lo que es un sistema tributario haciendo énfasis en la imposición tributaria venezolana y sus impuestos directos e indirectos más relevantes.

En nuestro país se estableció que el sistema tributario establecerá la obligación de contribuir en atención a la capacidad económica del sujeto pasivo, por lo que los tributos no pueden ser calculados sobre una base proporcional sino atendiendo al principio de progresividad, el cual debe respetarse para que el estado pueda cumplir con la obligación de proteger la economía nacional y lograr un adecuado nivel de vida para el pueblo, el Estado necesita de los tributos, para poder subsidiar los gastos públicos, pero está claro que los distintos gobiernos a pesar de sus esfuerzos han logrado en su lucha contra la evasión fiscal.

Es conveniente señalar que la evasión fiscal es un problema de cultura, y es responsabilidad fundamentalmente del gobierno crear esa cultura en los contribuyentes.

Por otra parte, se destaca la importancia del sistema tributario ya que es el conjunto de tributos establecidos en un determinado Estado y en determinado tiempo, que va a depender del tipo de sistema que se emplee, ya sea racional el cual es creado por el legislador de manera libre, tomando en cuenta los objetivos que se siguen y los medios empleados, no hay un sistema tributario igual a otro, porque cada país adopta diferentes impuestos según la producción, forma política, necesidades, etc.

Planteamiento del problema.

Todo Estado debe tener una forma para la satisfacción de las necesidades colectivas de sus ciudadanos. Venezuela no escapa de ello. Por esta razón se ha ideado un sistema tributario que permita disponer de una suma de medios capaces para lograr la esencia de un Estado sin importar su forma o sistema de gobierno, pues hasta los más dictatoriales o autoritarios disponen de alguno; más bien, en estos es donde más se profundiza en su implementación, ya que puede ser usado como herramienta represiva hacia aquellos que lo adversas.

El sistema tributario se desarrolla atendiendo la distribución territorial de los poderes públicos, es decir, en el nivel nacional, estadal y municipal. En cada uno de ellos se han venido creando, por mandato constitucional, una serie de rubros rentísticos tendentes a la realización de los principios descritos en los párrafos precedentes. En el nacional, está lo relacionado con la organización, recaudación administración y control de los impuestos sobre la renta; sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos; el capital; la producción; el valor agregado; los hidrocarburos y minas; de los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios; los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas; cigarrillos y demás manufacturas del tabaco y, como si fuera poco, de manera residual, los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios de acuerdo con la Constitución y la Ley. Corresponde a los estados, los impuestos, tasas y contribuciones especiales que se les asigne por ley nacional, con el fin de promover el desarrollo de las haciendas públicas estadales; el producto de lo recaudado por concepto de venta de especies fiscales.

Por último, los municipios tendrán para sí: los impuestos sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios, o de índole similar; los impuestos sobre inmuebles urbanos; sobre vehículos; espectáculos públicos; juegos y apuestas lícitas; propaganda y publicidad comercial; la contribución especial sobre plusvalías de las propiedades sobre cambios de uso o de intensidad de aprovechamiento con que se vean favorecidas por los planes de ordenación urbanística; el de territorio rural o sobre predios rurales; la participación en la contribución por mejoras y otros ramos tributarios nacionales o estadales, conforme la ley de creación de esos tributos; el producto de las multas y sanciones en el ámbito de sus competencias como por ejemplo, las previstas por la legislación Inquilinaria en la provincia y las demás que le sean atribuidas. Todas estas materias objeto de tributación son de las llamadas originarias, es decir, vienen directamente del texto constitucional, con excepción del ejemplo de las multas originadas por la aplicación de la legislación sobre arrendamientos en la provincia, ya que es de otro orden. Mientras que, las creadas por el legislador por no estar expresamente atribuidas a alguno de los órganos territoriales, se denominan derivadas.

Formulación del problema.

Identificar el posicionamiento de los impuestos o la imposición tributaria en el territorio venezolano.

Objetivos de la Investigación.

Objetivo General.

Determinar los aspectos más relevantes del sistema tributario de nuestro país.

Objetivos Específicos.

• Fortalecer y propiciar nuevos conocimiento sobre la imposición tributaria de nuestro país.

• Incrementar los conocimientos acerca de las leyes que rigen los impuestos en Venezuela.

Justificación de la investigación.

Para el caso venezolano, la Constitución aprobada el año 1999 establece un sistema tributario basado en principios como el de legalidad, que consiste en que no podrá establecerse impuestos, tasas o contribuciones que no estén expresamente previstas como tales por la ley, así como tampoco ninguna otra forma de incentivos fiscales, tales como rebajas, exoneraciones ni exenciones.

Por otra parte, el principio de progresividad establece que a mayor ingreso mayor impuesto. Ambos están acompañados por la noción de distribución de las cargas públicas, como deber ineludible de los ciudadanos, sin importar raza, credo, nacionalidad, condición social, entre otras.; puesto que hasta se prescinde de elementos como la edad, ya que lo que se busca es que la mayor cantidad de personas, como sea posible, atiendan al cumplimiento efectivo de esta obligación general.

Marco teórico.

Antecedentes.

Venezuela es un país cuya fuente principal de ingresos siempre se ha derivado del petróleo, de los hidrocarburos y de la explotación de recursos no renovables, por lo que era considerado uno de los países con más baja carga impositiva, desde hace varios años estos ingresos se le hicieron insuficientes para subsidiar los gastos públicos, por lo que recurre a la implantación de un sistema tributario para generar mayores ingresos.

Los impuestos son cargas obligatorias que las personas y empresas tienen que pagar para financiar al estado. En pocas palabras: sin los impuestos el estado no podría funcionar, ya que no dispondría de fondos para financiar la construcción de infraestructuras (carreteras, puertos, aeropuertos, eléctricas), prestar los servicios públicos de sanidad, educación, defensa, sistemas de protección social (desempleo, prestaciones por invalidez o accidentes laborales), etc.

Bases Legales.

En nuestro país las personas naturales y jurídicas se rigen por diversas leyes para la cancelación de impuestos entre las cuales tenemos:

• La Ley del I.S.L.R. (Ley del Impuesto Sobre La Renta).

• La Ley del I.V.A (Ley del Impuesto al Valor Agregado).

Además de estas leyes se rigen por:

• El código Orgánico Tributario.

• El Servicio nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT).

Haciendo énfasis en la Ley del I.S.L.R, como su nombre lo indica, grava la renta, es decir la ganancia que produce una inversión o rentabilidad del capital, publicada en la Gaceta Oficial № 5.566 Extraordinario de fecha 28/12/2001. La dedición legal del I.S.L.R. se estableció desde 1.943, en el primer artículo de la Ley de Impuestos Sobre la Renta que hasta hoy permanece idéntico a pesar de todas las modificaciones, derogaciones y reformas que han sufrido desde entonces.

Artículo 1: Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, causarán impuestos según las normas establecidas en esta Ley.

Salvo disposición en contrario de la presente ley, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la causa o la fuente de ingresos esté situada dentro del país o fuera de él. Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en Venezuela estarán sujetas al impuesto establecido en esta Ley siempre que la fuente o la causa de

sus enriquecimientos esté u ocurra dentro del país, aun cuando no tengan

establecimiento permanente o base fija en Venezuela.

Las personas naturales o jurídicas domiciliadas o residenciadas en el extranjero que tengan un establecimiento permanente o una base fija en el país, tributarán exclusivamente por los ingresos de fuente nacional o extranjera atribuibles a dicho establecimiento permanente o base fija.

Bases teóricas.

Impuesto:

El

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