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Los Privilegios Del Fisco


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2013  •  1.093 Palabras (5 Páginas)  •  3.788 Visitas

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Privilegios del Fisco

Son los derechos que conceden la ley al fisco para que se le pague su crédito con preferencia al crédito de otro acreedor. Los créditos por tributos tienen privilegios sobre todos los bienes del contribuyente o responsable. Cuando decimos privilegios fiscal queremos significar que el crédito del fisco prela sobre los créditos de otros acreedores del deudor. Así por ejemplo, si el deudor debe vender sus bienes o parte de ellos para satisfacer la acreencia de sus acreedores tiene un crédito privilegiado, a él deberá pagárselo primero.

Pero su crédito no prela sobre los créditos por concepto de:

- Créditos garantizados con derechos reales (Ej. Hipoteca y prenda). Si el contribuyente debe suministrar mensualmente a favor de un banco hipotecario una suma de dinero para cancelar un préstamo que este recibió para comprar una vivienda, el banco cobra primero y luego el fisco.

- Las pensiones alimenticias. Si el contribuyente debe suministrar mensualmente a favor de un menor, una suma de dinero para manutención del mismo, primero debe satisfacerse tal crédito alimentario y luego al fisco.

- Los salarios. Si una empresa debe pagar el salario a sus trabajadores, y también debe dinero al fisco por concepto de impuestos, cobraran primero los trabajadores y luego el fisco.

- Demás derechos derivados del trabajo.

- Derechos derivados de la seguridad social.

Al momento de pagar las sumas de dinero debido, conforme al art. 45, el Ejecutivo Nacional en casos particulares, y siempre que los derechos del fisco queden suficientemente garantizados puede otorgar prorrogas, fraccionamientos, u otras facilidades de pago, en este caso el beneficiario debe constituir garantías suficientes para responder en caso de incumplimiento. Estas garantías pueden ser reales o personales.

- Garantías reales: En contraposición a la garantía personal, es aquella en la que se afecta un bien mueble (prenda) o inmueble (hipoteca) al cumplimiento de una obligación. Ej. La hipoteca.

- Garantías personales: consiste en prestar un aval o fianza a una persona (deudor) para que pueda cumplir con su obligación frente a un tercero. Ej. Las fianzas.

Carácter de los privilegios civiles, administrativos y procesales del Fisco

Carácter administrativo:

- El fisco no presta caución para una actuación judicial.

- La inejecutabilidad de los bienes y derechos de la nación.

- No paga impuestos nacional, ni municipal.

- Obligación de todas las autoridades de colaborar con los funcionarios de hacienda.

Carácter procesal:

- Los bienes de la nación no son embargables, ya que no están sujetos a medida de ejecución.

- Las demandas o excepciones se tendrán por contradichas aun cuando no asistan al acto los apoderados del fisco.

- No se podrá convenir, transigir ni desistir de la acción o de recursos sin previa autorización del ejecutivo nacional dada por escrito y con intervención del procurador de la nación.

- Toda sentencia definitiva debe consultarse al tribunal superior.

- La nación no puede ser condenada en costas.

- Los asuntos del fisco deben ser despachados en los términos más breves.

- Debe enviarse al ministerio de hacienda y a la contraloría general de la república copia certificada de cualquier documento de cuyo texto se desprenda algún derecho a favor del fisco y debe notificarse al procurador y al contralor toda demanda, oposición, sentencia o providencia, cualquiera que sea su naturaleza, que obre contra el fisco, así como la apertura de todo término para el ejercicio de un derecho o recurso por parte del fisco (art.14).

- Los apoderados del fisco nacional, tienen la obligación de hacer valer en cualquier juicio, todos los recursos sin necesidad de autorización especial.

- Los

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