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Lotto Negro


Enviado por   •  14 de Octubre de 2013  •  1.550 Palabras (7 Páginas)  •  313 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL

CONTRATO No.001

Fecha de inicio: 02 de Enero de 2013

Fecha de vencimiento: 02 de Enero de 2014

Arrendador: JOSE GIRALDO VALENCIA Identificado con cedula de ciudadanía No. 14.873.154 Buga Valle.

Arrendatario: JHON MARIO MARAINO identificado con cedula de ciudadanía No 11.488.6942

Lugar y Fecha del contrato: Florida Valle 02 de Enero de 2013

Conste por el presente documento que el arrendador citado antes. De arrendamiento al arrendatario obligándose a restituirlo en el mismo buen estado en que lo recibe al siguiente local comercial ubicado en Florida Valle en la calle 9 No. 21-22 determinado por los siguientes linderos.

NORTE: Con calle 9 TULIA GASCA, SUR: con predio casa habitación en la calle 12.88 metros con la calle 9 ORIENTE: ROBERTO GONZALEZ, OCCIDENTE: EN 15 METROS CON PREDIO DE MANUEL. El arrendador podrá llenar el vacío correspondiente a la determinación de los linderos. La relación contractual se determina por las siguientes clausulas.

PRIMERA: también hace parte del presente contrato de arrendamiento el taller con todas las herramientas, mobiliario y equipos que se encuentren en el local y que se utilizan para la reparación de bicicletas, PARAGRAFO En razón a que el taller de reparación de bicicletas se encuentre acreditado por su propietario el arrendador desde hace mas de 20 años. A la terminación del presente contrato no hay lugar a reclamaciones tales como: primas comerciales u otras similares por parte del arrendamiento. SEGUNDA: solidaridad el arrendatario y su fiador declaran que se hace solidariamente responsable de todas y cada una de las obligaciones que adquieren por el presente contrato. No solo durante el termino que estipula en la clausula segunda y las prorrogas que se pacten entre el arrendador y el arrendatario sino por todo el tiempo que estos ocupen el inmueble. Hasta su restitución a el arrendador. TERCERA: Termino de arrendamiento se fija en (1) año que empiezan a contarse el día 02 de enero del 2013 y que en consecuencia, vence el 02 de enero de 2014 este tiempo podrá prorrogarse por periodos anuales, mediante acuerdo de las partes contratantes, PARRAGRAFO PRIMERO: si el arrendatario desea obtener la prorroga deberán solicitarla por escrito A El arrendador con treinta (30) días de anticipación por lo menos, al vencimiento del término inicial o de la prorroga respectiva, así mismo si al vencimiento del plazo o de alguna de sus prorrogas, el arrendamiento quisiera hacer cesar el arrendamiento y devolver el inmueble, dará aviso escrito de su decisión a el ARRENDADOR, con no menos de treinta (30) días de anticipación. PARAGRAFO SEGUNDO: Si el arrendatario desocupare el inmueble antes del vencimiento del término o de prorroga vigente pagara al arrendador el valor de (2) cánones o rentas mensuales, a titulo de destrate e indemnización por incumplimiento del contrato, sin perjuicio de las demás obligaciones accesorias a su cargo.

PARRAGRAFO TERCERO: en todo caso para que entienda pactada una prorroga cualquiera, son necesarias al acuerdo sobre ella y las condiciones en que se celebran de todo lo cual debe quedar constancia expresa escrita y firmada por las partes contratantes al pie o a continuación de este documento o de otro separado. CUARTA: se fija el canon de arrendamiento en una suma que se igual al 40% de los ingresos mensuales del taller de BICICLETAS de decir por mano de obra que se pagan por periodo semanales y que se liquidaran cada sábado en las oficinas del Arrendador en la calle 9No 21-22.

QUINTA: destino del inmueble material del arrendamiento por podrá: A) subarrendar el inmueble ni en todo ni en parte, ni ceder este contrato a ningún título. B) ejecutar obras o construcciones que varíen la instructura o pongan en peligro la estabilidad o solidez de los inmuebles. C) hacer mejoras o adiciones de cualquier clase en el inmueble, salvo para ello obtengan la autorización previa, expresa y por escrito del arrendador, D) y realizar actos y ejecutar hechos, que en algunas formas perjudiquen el crédito moral y material del inmueble o del lugar o perturbe la tranquilidad de los moradores o vecinos de ese mismo lugar. PARAGRAFO PRIMERO: SI arrendatario hiciera mejoras o adiciones sin autorización escrita del arrendador, ella nos podrán ser retiradas y quedaran en propiedad del dueño del inmueble. Sin que por ello el arrendatario pueda exigir pago o indemnización alguna, salvo que el arrendador acceda a tales condiciones a mejoras sea separada y el arrendatario retire y se lleve los materiales cuando con ello no cause ningún deterioramiento al inmueble arrendado. Así el arrendatario reducía expresamente al derecho de retención del inmueble derivado de mejoras adiciones y separaciones realizadas por ello. PARAGRAFO SEGUNDO: De todos modos el hecho de hacer tales mejoras o adiciones sin la referida autorización, será motivos suficiente para que el arrendador de por terminado unilateralmente el contrato y exija la restitución del inmueble. SEPTIMA Normas higiénicas, el arrendatario

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