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METODOS ALTERNOS A LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS


Enviado por   •  18 de Enero de 2016  •  Apuntes  •  2.096 Palabras (9 Páginas)  •  385 Visitas

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METODOS ALTERNOS A LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS

02 de Diciembre del 2015


MÉTODOS ALTERNOS A LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

La justicia restaurativa o bien justicia respiratoria es una teoría a la vez que un movimiento social de carácter internacional de reforma a la justicia penal, y plantea que el crimen o delito es una fundamental o un daño ocasional a una persona en concreto.

Y la justicia restaurativa la víctima obtiene un beneficio de una forma se restitución o reparación de la persona que ocasiona unos daños (delito).

Howard Lehr profesor en la universidad Harison Purg, fue pionero en esta materia y ha sido una de las mayores defensas de la justicia restaurativa.

Según Van y Strono los valores centrales de justicia restaurativa:

  1. Encuentro: consiste en la forma personal y directa que se tiene con la víctima y e ofensor (imputado)
  2. Reparación: en la justicia restaurativa este elemento constituye en la reparación, restitución, devolución de un objeto, un bien, un pago a favor de la víctima.
  3. Reintegración: se refiere a la tolerancia del imputado para regresar y contribuir sana convivencia con la comunidad y la víctima.
  4. La participación o intuición de incluir: este valor central se enfoca en otorgar las partes la oportunidad de involucrarse en toda y cada una de las etapas que integran a la justicia restaurativa.

Principios rectores de los MASC en materia penal

De acuerdo con la ley nacional de MASC en materia penal establece los principios rectores de dichos métodos alternos en su artículo 4 establece lo siguiente:

  1. Voluntariedad: es la participación de las partes intervinientes en la participación de métodos alternos en el cual manifiesta que dicha voluntad debe ser libre de toda caución por lo tanto no debe ser obligada.
  2. Información: que deba informarse de la información a las partes intervinientes de manera clara y completa cerca dl método alterno sus consecuencias y sus alcances.
  3. Cooficialidad: este elemento establece que ña información no podría ser divulgado y no podrá ser utilizada en prejuicio de las partes intervinientes y en caso en delitos graves o bien en los casos inminentes los cuales se pongan en peligro la integridad física.
  4. Flexibilidad y simpatía: los métodos alternos carecen de una forma escrita podrá resolver la controversia de manera que estos métodos emitan establecer formalismos innecesarios  y utilizan un lenguaje simple y sencillo.
  5. Imparcialidad: los métodos alternos deben ser concluidos de manera objetiva evitando opiniones prejuicios favoritismos inclinaciones o preferencias que otorgan ventaja a una de las partes intervinientes.
  6. Equidad: establece que las condiciones deben de ser  en igualdad de circumnutación para las partes intervinientes.
  7. Honestidad: esta característica las partes intervinientes y el mediador o facilitador deberá concluirse con honestidad y con apego a la verdad.

Límites para la aplicación de los MASC

El límite principal para la aplicación de estos métodos los constituye esta ley, pues esta contempla y establece que asuntos podrá llevarse a través de los MASC y cuales no de acuerdo con distintos criterios:

  1. La ley hace una prohibición.
  2. La ley establece una autorización taxativa en materia penal.
  3. La ley recorre a conceptos.

Características de MASC

  1. Desarrollan el principio de autonomía de la voluntad privada, bajo ciertos límites.

I.- que la ley permita el sometimiento de la contradecía a métodos alternos.

II.- que las partes tengan capacidad de ejercicio, en caso contrario representación o autorización especial.

  1. Constituyen una justicia distinta a la del órgano judicial, pero igualmente obligatoria.

Los métodos alternos constituyen una forma de solución distinta a la emitida a un órgano jurisdiccional; no óbstate la solución otorgada a través de los métodos alternos tiene que ser acatada de forma obligatoria y es preciosamente en esta característica la que otorga a los métodos alternos el carácter de obligatoriedad.

  1. Medio de acercamiento real a la justicia: esta característica hace referencia cuando las partes participantes dentro de los métodos alternos solicitan que el ámbito judicial se abstenga a participar dentro de un proceso judicial por lo tanto se le otorga un tercero (MASC) por este medio adquiérela autoridad.

  1.  Permiten el cumplimiento voluntario de la justicia en virtud en que las partes intervinientes en un conflicto desde darle solución a través de un método alterno quien se encarga de adoptar la decisión de las partes con la finalidad que sea cumpliendo.
  1. Son un medio de descongestión de los tribunales.

Los métodos alternos representan una autoridad de liar la carga excesiva de los órganos jurisdiccionales o de autoridad competentes (M.P) (juzgado), para que estos centren su principal atención aquellas casos urgentes.

Fundamento constitucional de los MASC

Articulo 17 párrafo 4 en el cual establece el reconocimiento de los MASC en materia penal en los cuales siempre buscara o tendrá la finalidad de reparar el daño.

Concepto de mediación:

Procedimiento voluntario mediante el cual los intervinientes, en libre ejercicio de su autonomía, proponen opciones de solución a la controversia en que se encuentran involucrados, así como la solución total o parcial de la misma. Situación desgraciada y de difícil salida. Problema, cuestión, materia de discusión. Coexistencia de tendencias contradictorias en el individuo, capaces de generar angustia y trastornos neuróticos.

Formato de invitación de mediación:

  1. Nombre, domicilio de las parte complementar.
  2. Número de expediente.
  3. Lugar y fecha de expedición.
  4. Día, hora y lugar de la celebración de la audiencia.
  5. Nombre de la parte que la solicito el método alterno.
  6. Nombre de la autoridad con la que deberá tener contacto para confirmar asistencia.
  7. Objeto de la invitación.
  8. Nombre y firma del facilitador.

Conciliación:

La conciliación es un procedimiento a través de la cual las partes acuerden de manera voluntaria ante las una tercera persona llamada conciliador a fin en que les asista en la búsqueda de la solución a una controversia a través de propuestas conciliatorias.

Funciones del conciliador

  1. Ayuda a las partes de manera imparcial y sin poner su criterio a fin de solucionar una controversia.
  2. Debe atender los principios de equidad y justicia entre los derechos y obligaciones de las partes.
  3. A conducir el procedimiento de manera adecuada y velando los intereses de ambas partes y escuchar a fin de darte una pronta solución.
  4. Puede formular propuestas verbales a escritos con la finalidad de darle una solución pronta a una controversia.

Procedimiento entre conciliador

Para establecer el procedimiento de conciliación es necesario que las partes soliciten a la autoridad competente (M.P) una petición ya sea escrita o verbal para solucionar la controversia  ante un conciliador.

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