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Manual De Procedimientos Para Verificar El Cumplimiento Del Programa De Salud Ocupacional


Enviado por   •  16 de Agosto de 2014  •  7.702 Palabras (31 Páginas)  •  821 Visitas

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS

ESTÁNDARES MÍNIMOS DEL PROGRAMA DE

SALUD OCUPACIONAL DE EMPRESA

4 \V

Ministerio de la Protección Social

Repúbfcca de Colombia Dirección General de Riesgos Profesión ales

"ESTÁNDARES DE CALIDAD EN UNIÓN TEMPORAL

SALUD OCUPACIONAL Y RIESGOS PROFESIONALES" DELTA -A- SALUD LTDA -

SOCIEDAD COLOMBIANA DE MEDICINA DEL TRABAJO

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS ESTÁNDARES MÍNIMOS DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL DE

EMPRESA

INTRODUCCIÓN.

En este Manual se establece una guía para verificar si los Programas de Salud Ocupacional de Empresa (PSOE), cumplen los estándares mínimos, y se definen los procedimientos básicos, así como los indicadores, para evaluar la estructura, el proceso y los resultados del PSOE, en el Sistema de Garantía de Calidad de Salud Ocupacional y Riesgos Profesionales (SGC-SORP), del Sistema de Seguridad Social Integral. El documento complementa el Manual de Estándares Mínimos para el PSOE.

Dado que el SGC-SORP busca, entre otros propósitos, controlar las condiciones en que se realizan las actividades del PSOE para intervenir el riesgo asociado con el trabajo, es fundamental establecer los requisitos mínimos con la finalidad de contribuir, con ello, a mejorar las condiciones de salud y de trabajo de la población laboral. Por esta razón, el Manual contiene un aparte en el que se lista una serie de indicadores que sirven de herramienta objetiva de medición y de análisis del desempeño de cada uno de los aspectos del PSOE, proceso que debe ser punto de partida para el mejoramiento continuo de la gestión de promoción de la salud y de prevención de la enfermedad profesional y de los accidentes de trabajo en las empresas, en consonancia con los demás componentes del SGC-SORP.

La vigencia de la norma que da origen a este Manual implica que las empresas serán objeto de visita por parte de la Dirección Territorial de la Protección Social, ente que, obrando en nombre de la Unidad Especial de Inspección, Vigilancia y Control del Trabajo del Ministerio de la Protección Social, verificará si se cumplen los requisitos que se establecen en el Manual de Estándares Mínimos para el PSOE, según la declaración que, al respecto, debe haber hecho la propia empresa.

1. PROCESO GENERAL DE VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS

ESTÁNDARES MÍNIMOS DEL PSOE.

El proceso para verificar si el PSOE cumple los estándares mínimos, implica ejecutar los siguientes pasos:

a. En primer lugar, la empresa debe, con base en los lineamientos de este Manual, efectuar un

procedimiento de auto-evaluación del cumplimiento de los estándares mínimos y hacer los

ajustes que sean del caso si, en algunos aspectos, no se cumplen las exigencias determinadas

por la norma.

b. Una vez la empresa verifica que cumple los estándares, procede a efectuar la declaración

correspondiente, ante la Dirección Territorial de la Protección Social, utilizando para ello el

"Formulario de Inscripción en el Registro Especial de los Programas de Salud Ocupacional de

Empresa".

c. Como consecuencia de lo anterior, la Dirección Territorial de la Protección Social hace el

registro correspondiente de la empresa en la base de datos definida para el efecto.

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SALUD OCUPACIONAL Y RIESGOS PROFESIONALES" DELTA -A- SALUD LTDA -

SOCIEDAD COLOMBIANA DE MEDICINA DEL TRABAJO

d. Dentro de los términos establecidos en la norma, la Dirección Territorial ya citada programa la

realización de la visita de verificación, para lo cual define el recurso, el mecanismo de

comunicación a la empresa y la fecha correspondiente.

e. Utilizando este Manual de Procedimientos para la Verificación del Cumplimiento de los

Estándares Mínimos del PSOE, los auditores responsables del proceso hacen las

verificaciones estipuladas, y califican para cada estándar y para cada criterio, el estado de la

empresa, para lo cual utilizan las siguientes convenciones: C - cumple; NC - no cumple; NA -

no aplica y NV - no se verificó, y registran las observaciones que consideren pertinentes.

f. En el evento de que la empresa no cumpla uno o varios de los criterios relacionados con cada

uno de los estándares, la Dirección Territorial de la Protección Social procede a aplicar el

mecanismo que se define en la norma, para estos casos.

g. Cuando cambien algunas de las condiciones de la empresa, sus responsables deben

diligenciar el "Formulario de Novedades del PSOE", hecho que determina la posibilidad de una

nueva verificación por parte del ente territorial referido.

2. PERFIL DE LOS RESPONSABLES DE VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS

ESTÁNDARES MÍNIMOS DEL PSOE.

Como criterio general, los responsables de verificar si las empresas cumplen los estándares mínimos, deben ser profesionales con formación de postgrado en salud ocupacional. Tales personas deben, sin excepción,

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