Manual Medicina Legal
mayracampos805 de Enero de 2013
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PARTE UNO
CONCEPTO Y ANTECEDENTES MEDICINA LEGAL, MARCO JURIDICO DEL PRESTADOR DE SERVICIOS MEDICOS
UNIDAD UNO
CONCEPTOS Y ANTECEDENTES DE MEDICINA LEGAL
CAPITULO I
MEDICINA LEGAL
Definición 1.- Es la especialidad médica que reúne los conocimientos de la medicina que son útiles para la administración de justicia para dilucidar o resolver problemas civiles, penales o administrativos y para cooperar en la formulación de leyes.
Definición 2.- Medicina legal es el conjunto de conocimientos médicos y biológicos necesarios para la resolución de los problemas que plantea el Derecho, tanto en la práctica de las leyes, como en su perfeccionamiento y evolución.
Que importancia tiene esta ciencia para los Médicos y Abogados:
Importa al médico porque debe conocer los linderos legales en el ejercicio de su profesión y porque puede fungir como perito. Al abogado le ofrece un amplio repertorio de pruebas médicas como postulante, litigante, defensor o fiscal.
MEDICINA FORENSE
Es la aplicación práctica al foro judicial, del médico legalista, adscrito al Partido Judicial de un Juzgado de Instrucción, tiene por misión actuar de PERITO MEDICO-LEGALISTA y contesta cuantas preguntas le son formuladas por el Juez, bien de carácter civil, penal o laboral.
Los médicos forenses tienen a su cargo todas las actuaciones periciales médico-legales, tales como "LEVANTAMIENTOS DE CADAVERES, AUPTOSIAS..."
Características de la Medicina Legal
• Es una especialidad diagnóstica
• El documento más importante de la medicina legal es el dictamen médico legal
• En los pacientes vivos dictamina pronósticos
Criterio médico-legal: análisis científico orientado a las necesidades de la administración de justicia que el legista efectúa sobre hechos médicos de cualquier especialidad médica. Es decir, hace entendibles al abogado los aspectos médicos.
CAPITULO II
CLASIFICACION DE LA MEDICINA LEGAL
• Clasificación didáctica:
• Medicina legal general. Elaboración de documentos médico-legales
• Medicina legal criminalística. Estudio de los indicios de naturaleza médica que dejó un delincuente en la escena del hecho o sobre la víctima.
• Medicina legal tanatológica. Estudio de la muerte y del cadáver
• Medicina legal traumatológica. Alteraciones anatómicas y funcionales causadas por una fuerza exterior, que son de interés a la justicia
• Medicina legal materno infantil. Incluye alteraciones de la conducta sexual y sus consecuencias legales.
• Medicina legal toxicológica. Estudia los aspectos legales de las intoxicaciones
• Medicina legal psiquiátrica. Estudia la enfermedad mental y sus vinculaciones con la ley
• Medicina legal laboral. Aspectos legales de las alteraciones de la salud causadas por el trabajo.
• Deontología médica. Estudio del deber y derecho de los médicos.
CAPITULO III
HISTORIA DE LA MEDICINA LEGAL
•
HISTORIA DE LA MEDICINA LEGAL EN MEXICO
CONCEPTOS BASICOS
• ACCIONES
• DOLO: Realizar una acción con toda la intención de ocasionar un daño.
• NOCTURNIDAD
• VENTAJA
• ALEVOSIA
• CULPA: cuando causa un daño sin la intención de hacerlo.
• IMPRUDENCIA: Es la actuación temeraria o precipitada
• IMPERICIA: Es la ignorancia inexcusable, es decir, una actuación con ausencia de conocimientos fundamentales.
• NEGLIGENCIA: Es la omisión o demora inexcusable en la actuación del médico
DEMANDA: La demanda judicial es, en términos generales, toda petición formulada ante un tribunal de justicia y, en sentido estricto, aquel medio a través del cual una persona expone sus pretensiones a un tribunal iniciando así un proceso de carácter civil en sentido amplio (civil, de familia, mercantil, laboral, contencioso-administrativo, etc.), constituyendo el primer acto que inicia la relación procesal.
DENUNCIA: La denuncia, en Derecho procesal y administrativo, es la puesta en conocimiento de la perpetración de un hecho constitutivo de delito o infracción administrativa ante la autoridad competente, ya sea ésta el juez, el funcionario del ministerio público, policía u otro funcionario público competente.
DELITO: en sentido estricto, es definido como una conducta, acción u omisión típica (tipificada por la ley), antijurídica (contraria a Derecho), culpable y punible. Supone una conducta infraccional del Derecho penal, es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley.
IATROGENIA
En medicina se llama iatrogenia a cualquier tipo de alteración del estado del paciente producida por el médico.
Iatrogénica, enfermedad o afección causado o provocado por los médicos, tratamientos médicos o medicamentos. Este estado puede también ser el resultado de tratamientos de otros profesionales vinculados a las ciencias de la salud, como por ejemplo terapeutas, psicólogos o psiquiatras, farmacéuticos, enfermeras, dentistas, etc. La afección, enfermedad o muerte iatrogénica puede también ser provocada por las medicinas alternativas.
EUTANASIA
Legalizada en Holanda en 1993, otorga inmunidad a los médicos que la realizan cuando se apega a los requisitos siguientes:
Que el enfermo consciente y repetidamente pida morir
Que el único remedio para el dolor o sufrimiento sea la muerte (Requisito eliminado en 1995)
Que exista consenso entre dos médicos, por lo menos, en cuanto a la conveniencia de poner fin a la vida.
Puede ser activa (el médico administra una sustancia letal) o pasiva (no se aplica tratamiento para no prolongar la agonía); voluntaria (cuando el paciente da consentimiento) e involuntaria (no se toma en cuenta al paciente para terminar con su vida).
En Holanda en el 2001, se aprueba la Ley prueba de petición de terminación de la vida y ayuda al suicidio, según la cual los médicos pueden realizar eutanasia, cuando el paciente sufra de manera insoportable y no tenga la perspectiva de sobrevivir.
DEONTOLOGIA
Deontología (deontos: deber; logos: estudio): estudio de las obligaciones (deberes) y derechos del médico, tanto éticos, como legales. Ética en la práctica médica
La práctica médica se controla por Leyes y Normas, pero además, también se controla por medio de un "código de conducta", no impuesto por la ley y que es la ética médica.
ETICA
La ética y la moral son palabras que significan lo mismo, ethos es costumbre en griego y moris en latín. En la práctica, la ética es la ciencia del recto actuar, es la moral filosófica, basada en la razón y la ciencia; la moral se refiere a la ética religiosa, basada en la fe.
Según la escuela positivista la moralidad es un fenómeno social y consiste en un amanera de proceder que se ciñe a la costumbre general, la Ley o Derecho positivo es el marco de referencia
Toda la ética médica se basa en que el paciente es el centro del universo médico, alrededor del cual giran todos los esfuerzos médicos, y todos los demás factores se subordinan a este hecho.
SECRETO PROFESIONAL
Secreto deriva del latín Secretum y significa "lo que cuidadosamente se tiene reservado y oculto".
Secreto profesional: obligación de un profesional de guardar reserva acerca de hechos conocidos o intuidos durante el ejercicio de su profesión.
El secreto médico es una forma de secreto comiso implícito.
El secreto pactado o comiso es aquel que obliga en virtud de la voluntad expresa de quien lo confía, y de un pacto o contrato con que se compromete a no revelarlo el que lo recibe.
La comunicación privilegiada consiste en la confidencia que el paciente hace al médico en el entendido de que disfruta del privilegio de que éste no lo divulgará.
UNIDAD DOS
CAPITULO I
GENERALIDADES DE RESPONSABILIDAD CIVIL
MEDICO PACIENTE
I. EL ACTO JURÍDICO CLÍNICO
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