MEDICINA LEGAL
jguedez14 de Octubre de 2012
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TEMA 1. CONCEPTO Y DEFINICIONES DE MEDICINA LEGAL.
Definición de medicina legal (Nerio Rojas): es la aplicación de los conocimientos médicos a los problemas judiciales.
“La disciplina que utiliza la totalidad de las ciencias médicas para dar respuesta a cuestiones jurídicas”. Bonnet.-
La medicina legal o medicina forense, forma parte de las especialidades de la medicina dentro de las denominadas ciencias médico sociales, por cuanto a pesar de trabajar en la mayor parte de casos seres individuales, su objetivo trasciende al hombre considerado en su propia individualidad para irradiarse a un contexto social, es decir que contempla intereses generales de una comunidad, sociedad o de una nación.
Siendo sinónimos medicina forense y medicina legal, también se le conoció como medicina judicial o jurisprudencia médica, términos que quedaron en el pasado, o en última instancia patología forense, especialmente si se refiere a la labor tanatológica; dependiendo de los autores y la parte de la labor que se realiza. Sin embargo, considerando que en términos generales nos estamos refiriendo a la misma ciencia, creemos que el término mas correcto y adecuado para denominar a ésta ciencia es el de medicina legal, sin que esto representa un menosprecio a los otros términos.
CAMPO DE ACCIÓN: El campo de la medicina legal es sumamente amplio, abarcando no solo los conocimientos de la medicina en general, sino también todo el conocimiento de las ciencias biológicas, siendo por tanto la medicina legal la ciencia madre de todas las ciencias forenses, de gran auge en los últimos años a nivel mundial; pudiendo afirmar que la medicina legal entra en juego siempre que la materia biológica se convierta en sustrato de normas de derecho, o en general de disposiciones administrativas de cualquier índole.
IMPORTANCIA DE LA MEDICINA LEGAL:
Naturaleza: administración de la Justicia - búsqueda de la Verdad -
Responsabilidad: la libertad – bienestar– el patrimonio- el honor-
Obligación: es un deber – carga pública
Categoría centífica: técnica y metodología científica propia
Desde el punto de vista médico, la Medicina Legal. capacita a los profesionales de la salud, quienes como expertos en el arte médico, asesoran a los Tribunales de Justicia, ya sea en el ámbito laboral, civil y penal.
Desde el punto de vista judicial, se manifiesta en el hecho cierto de que los jueces para resolver situaciones legales sometidas a su consideración, requieren técnicamente de los conocimientos médicos, asesoramiento científico y peritajes de los Especialistas en Medicina Forense, que le permitan interpretar adecuadamente los informes periciales, de cara a una sana y expedita Administración de Justicia.
Para el ABOGADO es de gran valor, puesto que este profesional universitario requiere conocer los principios básicos de esta especialidad que le permitan posesionarse de las herramientas necesarias como litigante, y así disponer de un abanico inmenso de elementos probatorios a su favor, en relación a las causas donde le corresponda actuar, ya sea como defensor o como acusador.
Desde el punto de vista legislativo, la Medicina Legal contribuye a la formulación de las normas en la materia que le concierne, a los fines de cumplir el proceso creador de las leyes y demás reglamentos específicos, es así como el legislador debidamente asesorado en el ámbito forense, podrá redactar los diferentes instrumentos jurídicos, que en sus aspectos médicos contengan situaciones comprobables por el Especialista, y donde se respete el sagrado principio de la plenitud hermética del derecho.
El abogado investigador judicial con instrucción médico forense sabrá preservar aquellos elementos de valor o evidencias de interés criminalístico para el proceso penal, amén de estar obligado a acatar lo referido a la cadena de custodia, según lo establecido en el ordenamiento jurídico positivo.
¿Quién realiza las experticias o los exámenes periciales, quienes llevan las pesquisas?
Los realiza el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC); a través de expertos forenses, que pueden ser: médicos forenses, expertos contables, trabajadores (obreros, caporales, maestros de obra, etc.), expertos valoradores de objetos preciosos, como obras de arte, joyas, etc.
RELACION CON OTRAS CIENCIAS: la medicina legal se relaciona con todas las otras ramas de la ciencia como la Química, Física, Biología que incluye la Entomología forense, muy útil para determinar el tiempo transcurrido entre el momento en que se produjo la muerte y el hallazgo del cadáver, la psicología y la psiquiatría forense, útil para determinar la imputabilidad o inimputabilidad de una persona que ha cometido delito.
CLASIFICACIÓN DE LA MEDICINA LEGAL:
• Tanatología forense;
• Psiquiatría forense;
• Criminalística;
• Deontología;
• Asfixiología;
• Toxicología;
• Obstetricia;
• Ginecosexología;
Traumatología forense;
Estas son ramas de la medicina general que ayudan en el esclarecimiento de los hechos punibles.
1) La Tanatología Forense:
Se encarga de tolo relacionado con la muerte, con el cadáver.
¿Por qué es importante la Tanatología Forense?
Es importante porque cuando muere una persona se deben cumplir con ciertos requisitos que son de estricto cumplimiento: A las 24 horas después de fallecida una persona debe procederse a su inhumación (entierro), tiempo que se puede abreviar o extender dependiendo de ciertos requisitos; como pudiera ser el caso de aquellos personajes que por su importancia son expuestos (velados) en capilla ardiente, en virtud de su desempeño en la parte económica, política, religiosa, cultural, deportiva, etc. Pero puede darse el caso contrario también, es decir, que haya que apresurar la inhumación del cadáver, producto que su deceso pudo deberse a una enfermedad infectocontagiosa que pudiera dar origen a una epidemia; o como pudiera ser el caso de aquellos cadáveres localizados cierto tiempo después de fallecidos y se encuentran en estado de descomposición avanzado.
La Tanatología forense nos dice que según el Reglamento de Parques y Cementerios, hay un período de 24 horas para inhumar un cadáver; pero que lo mismo, no es estricto ya que como dijimos puede ser extendido o abreviado dicho tiempo, dependiendo de las circunstancias.
Cuando las personas fallecen, sus cadáveres pasan por etapas post morten que pueden ser diferentes: pueden ser etapas conservativas o etapas destructivas, una excluyente de la otra; puesto que el cadáver no se puede corromper y a la vez conservar, por lo que, se conserva o se corroe (descompone) lo cual dependerá de la contextura del cadáver, el lugar donde fue inhumado, la urna, sarcófago o cofre donde fue inhumado, la ropa con la que fue vestido, etc; de todo esto se encargará la Tanatología forense.
Las etapas conservativas por las que puede pasar un cadáver son: La Saponificación y la Momificación. Lo cual deberá investigarse a través de un estudio de las causas en las que falleció la persona, el tiempo que lleva fallecida y/o que ha estado momificada, el elemento o la sustancia que le provocaron la muerte; todo lo cual podrá comprobarse técnica o científicamente. Pudiera darse el caso que la persona en vez de pasar por la etapa de momificación haya pasado por un embalsamamiento, el cual puede ser natural o artificial; sirva como ejemplo el caso de la religiosa venezolana María de San José, que después de más de treinta años de inhumada, cuando sus restos mortales iban a ser exhumados para ser trasladados a otro lugar, se pudo constatar que el cuerpo estaba totalmente conservado, no habiendo sido ni embalsamada ni momificada; para lo cual se deben haber conjugado, además del elemento religioso, las condiciones de su inhumación, el tipo de suelo donde se inhumó (arenoso, arcilloso, etc.)el nivel freático del suelo, el tipo de sarcófago (metal, madera, etc.).
Las etapas de corrosión, destrucción, corrupción, canibalismo, etc; también deben determinarse. Si esa etapa de destrucción es inmediata a la muerte e inhumación de la persona, porque la persona puede ser inhumada aún con oxigeno o sin oxigeno. De todos modos en el cuerpo, en el cadáver se crearán larvas internas y en el cadáver habrán animales o fauna anaeróbica, es decir, en ausencia de oxigeno, que se van a formar y que van a descomponer y destruir el cuerpo para pasarlo a esa etapa destructiva como sería la esqueletización como tal hasta llegar a la disecación. Lo último que queda de un cadáver, con el tiempo, son los cabellos y el hueso más largo del cuerpo (el fémur) que es el de la pierna, por treinta o cuarenta años.
En la Tanatología forense lo importante es investigar:
El tiempo en que se va a inhumar.
El tiempo en que se va a extender el lapso de inhumación.
Los procesos cadavéricos, que son procesos aeróbicos; que se hacen antes de fallecer, es decir, en el último momento del respiro; o anaeróbicos cuando ya no hay presencia de oxigeno en la persona fallecida. En estos procesos anaeróbicos tomaremos en cuenta también el descenso de la temperatura, es decir, el enfriamiento cadavérico, la rigidez cadavérica, las algas o fauna marina que se puedan observar cerca o en el lugar; el caso específico de los animales que pueden darse en estas circunstancias que generalmente es una mosca verdosa, que puede colocar sus huevos y los va a reproducir en el cadáver en que los haya colocado, pasado el tiempo podrá determinarse también alguna sustancia venenosa,
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