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Matrimonio En El Estado De Guanajuato


Enviado por   •  3 de Junio de 2013  •  1.768 Palabras (8 Páginas)  •  977 Visitas

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Matrimonio

Para empezar a hablar de cualquier tema siempre es importante saber cuál es su significado, así que “matrimonio” según el diccionario de la real academia española el significado es.

Matrimonio.

(Del lat. matrimonĭum).

1. m. Unión de hombre y mujer concertada mediante determinados ritos o formalidades legales.

2. m. En el catolicismo, sacramento por el cual el hombre y la mujer se ligan perpetuamente con arreglo a las prescripciones de la Iglesia.

Después de que está claro que es el matrimonio, hablaremos respecto de este según el “Código Civil del Estado de Guanajuato”.

Este nos comienza a hablar del matrimonio en el “Titulo cuarto” en el “Capitulo séptimo” con el nombre de “Las actas de matrimonio” que comienza con el artículo 101.

Este artículo (el 101) nos habla de que es lo que tiene que llevar el escrito oficial que se presenta en el registro civil, este escrito lo tiene que presentar toda aquella pareja que se quiera casar, este documento según el artículo debe de contener lo siguiente.

1. Nombre y apellido

2. Nacionalidad

3. Edad

4. Ocupación

5. Domicilio

Estos datos se piden tanto de los interesados como de sus padres, junto a esto nos habla que si alguno de los interesados ya se haya casado tiene que anexar los datos de la persona con la cual estuvo casado los datos que se piden son:

1. Nombre de la persona con la que se celebro el anterior matrimonio.

2. La causa de la disolución del matrimonio.

3. La fecha de cuándo fue la disolución de este.

Otro de los datos que tiene que anexar al oficio son:

1. El documento que indique que no tienen ningún impedimento para casarse

2. Añadir que es su voluntad unirse en matrimonio.

Todo este oficio debe de estar firmado por los solicitantes, si alguno no pidiera o no supiera escribir, lo hará en su nombre una persona conocida, mayor de edad y vecina del lugar.

El artículo 102 no habla de los documentos que tienen que llevar el oficio que te pide en el artículo anterior que son:

1. Copia del certificado de la acta de nacimiento

2. La constancia de que prestan su consentimiento para que el matrimonio se celebre, las personas a que se refieren los artículos 146 a 149

3. La declaración de los testigos mayores de edad que conozcan a los pretendientes

4. Un certificado suscrito por un médico que asegure, que los pretendientes no padecen ets ni enfermedad alguna crónica e incurable que sea, además, contagiosa y hereditaria.

5. Copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido si alguno de los contrayentes es viudo, o de la parte resolutiva de la sentencia de divorcio o de nulidad de matrimonio, en caso de que alguno de los pretendientes hubiere sido casado anteriormente

6. Copia certificada de la dispensa del impedimento si lo hubo

7. El convenio que los pretendientes deberán celebrar con relación a sus bienes presentes y a los que adquieran durante el matrimonio. En el convenio se expresará con toda claridad si el matrimonio se contrae bajo el régimen de sociedad conyugal o bajo el de separación de bienes; si los pretendientes son menores de edad, deberán aprobar el convenio las personas cuyo consentimiento previo es necesario para la celebración del matrimonio. (Fracción Reformada. P.O. 29 de enero de 1982)

Esto es lo que nos dice el artículo 102 nótese que se hace referencia al los artículos 146 al 149 estos artículos nos hablan sobre cómo es posible contraer matrimonio siendo aun menores de edad y que se puede hacer si los padres no viven y no tienes abuelos.

En los artículos siguientes nos habla respecto a los oficiales del registro Civil quienes son los que dan valides a el matrimonio, cuando estos aceptan todos los requisitos que con anterioridad se piden darán una fecha para que los interesados se presenten ante el registro civil, en esta fecha, el oficial del Registro Civil lera en voz alta los documentos presentados y preguntara a los testigos si los pretendientes son las mismas personas a la que se refiere su solicitud.

Después de todo esto se levanta un acta de matrimonio la cual contiene todos los datos de los interesados, padres y testigo junto con las huellas de los solicitantes.

Del artículo 107 al 116 nos habla de las consecuencias de falsificar cualquier dato de cualquier parte, también señala si los oficiales del registro civil al notar cualquier anomalía tendrán que levantar una acta con los datos correspondientes debiendo de contar con dos testigos.

En el código civil del estado de Guanajuato tiene todo un titulo que nos habla del matrimonio este es el “titulo quinto” titulado como ya mencione “matrimonio”.

Este título tiene 12 capítulos aunque el ultimo es respecto al divorcio el primero tiene como título “De los requisitos para contraer matrimonio”

Este comienza con el artículo 143 que no habla como anteriormente lo menciono en el artículo 37 que los responsables o con los que se debe celebrar el matrimonio son los oficiales del Registro Civil.

En este apartado nos indica cual es la edad mínima para contraer matrimonio que es papa los hombres de 16 años y para las mujeres 14 y como a esa edad siguen siendo menores de edad también da ciertas condiciones que se tienen que cumplir para que se pueda celebrar el matrimonio.

También nos menciona cuales son los impedimentos para el matrimonio estos son:

1. La falta de edad requerida por la Ley, cuando no haya sido dispensada.

2. La falta de consentimiento de quienes deban otorgarlo.

3. El parentesco de consanguinidad legítima o natural.

4. El

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