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Memoria De Empresa


Enviado por   •  16 de Marzo de 2012  •  1.717 Palabras (7 Páginas)  •  1.051 Visitas

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LA MEMORIA.

SIGNIFICADO Y CONTENIDO DE LA MEMORIA.

La Memoria es una de las 3 cuentas anuales. Su utilidad principal es complementar, ampliar y explicar el contenido del Balance y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias. Sin embargo, la Memoria también va a contener información no contenida en las otras cuentas anuales.

Es un documento flexible que no tiene estructura fija. Por eso debe tener unos contenidos mínimos que pueden ser ampliados o completados para lograr que las cuentas anuales reflejen la imagen fiel.

La Memoria además de información numérica incluye información textual, es decir, comentarios explicativos e información complementaria.

Es el estado contable más reciente: toma importancia con el actual PGC de 1990. Antes la información adicional que contiene la memoria venía expresada en las Cuentas de orden y especiales que venían recogidas en el subgrupo 0 en el Plan de 1973.

Es España existen 2 modelos de Memoria: el modelo normal y el modelo abreviado, que contiene menor información y puede ser presentado por empresas pequeñas. Concretamente para que una empresa pueda presentar Memoria abreviada deberán concurrir al menos dos de los siguientes tres requisitos durante dos años consecutivos a la fecha de cierre del ejercicio:

a) Que el total de las partidas de activo no supere los 395 millones de ptas.

b) Que el importe neto de la cifra anual de negocios sea inferior a 790 millones de ptas.

c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50. Para ello se multiplicará cada trabajador por el tiempo de permanencia en la empresa; así por ejemplo el que hubiese permanecido 6 meses contará como 0,5 frente al que estuviera todo el año que contará como 1.

Estos límites han evolucionado con el tiempo, principalmente debido a la inflación. Así mientras c) no ha variado con el tiempo, a) y b) eran 230 y 460 en 1990, 300 y 600 en 1994 y finalmente 395 y 790 en mayo de 1996 respectivamente.

Estos límites son los mismos que determinan que empresas deben auditarse. Por tanto, las empresas que formulen Memoria y Balance normal tendrán la obligación de auditarse.

Las normas que regulan la Memoria en la Cuarta Parte del PGC. Esta parte es obligatoria y contiene las normas y los modelos para elaborar las cuentas anuales. Con respecto a la Memoria dentro de su contenido incluirá una serie de puntos o información mínima a tratar.

La Memoria abreviada tendrá una información más reducida y la Memoria normal más detallada. Tanto un modelo como otro van a contener 4 tipos de información:

Información metodológica sobre la elaboración de las cuentas anuales.

Información que complementa a la contenida en el Balance y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.

Información nueva sobre la empresa (no complementa a la de las otras 2 cuentas anuales).

Ciertos estados contables que no tienen la suficiente entidad como para figurar como una cuenta anual separada pero sí que figuran como uno de los puntos de la Memoria. (del 18 en adelante)

ANÁLISIS DE LOS PUNTOS MÁS IMPORTANTES DEL CONTENIDO DE LA MEMORIA.

15. Situación fiscal.

Hasta la aparición del PGC en España se presentaba el impuesto sobre beneficios como un destino más del resultado; no se consideraba como un gasto a incluir dentro de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias. Analizando las características del impuesto sobre beneficios y comparándolo con reservas y dividendos, que se asignan en función del capital aportado, el criterio que se utilizaba era poco verosímil.

Las reservas incrementan el valor teórico de las acciones y los dividendos suponen un pago a los accionistas de una cantidad por acción poseída, que tiene el carácter de remuneración del capital aportado por los socios. En cambio, no existe una relación causa-efecto entre el impuesto pagado y la utilidad para la empresa del uso y disfrute de los bienes y derechos de los recursos públicos.

El impuesto es un gasto necesario más en el que la empresa debe incurrir para realizar su actividad, y que no está justificado por el ciclo de explotación sino que se fundamenta en las normas fiscales. El cargo por el impuesto se realiza utilizando el principio de devengo.

Debe reconocerse que existen unos estados contables que no tienen por qué coincidir con los estados fiscales. La aplicación de la norma fiscal y de los principios contables conducirá a que la empresa presente un resultado contable distinto al resultado fiscal.

La diferencia que existe entre la base imponible y el beneficio contable la agrupa el PGC en 2 categorías: a) diferencias permanentes y b) diferencias temporales. Se explica la diferencia que existe entre el resultado contable y el fiscal estableciendo el Estado de Conciliación del Resultado con la Base Imponible del Impuesto de Sociedades.

El resultado contable hay que incrementarlo o reducirlo por la cuantía de a) y b).

Las diferencias permanentes surgen cuando algún concepto de ingreso y/o gasto contable no tiene esa naturaleza desde el punto de vista fiscal y viceversa. Por ejemplo: las multas son un gasto para la empresa pero que no se considera para el cálculo de la base imponible.

Las diferencias temporales surgen como consecuencia de que algún ingreso y/o gasto se imputa a periodos distintos dependiendo de que se apliquen criterios contables o fiscales. Por ejemplo: las ventas a plazos pueden incluirse en la base imponible del ejercicio de cobro, retrasando así el pago del impuesto; pero a efectos del estado contable el ingreso se reconoce cuando se produce la venta.

También se considerarán diferencias temporales los gastos o pérdidas deducidos a efectos fiscales en un ejercicio posterior a aquel en que se incluyeron para calcular el resultado contable. Por ejemplo: las provisiones por garantías; cuando se dota la provisión se considera el gasto contable, pero no se incluirá en la base imponible hasta que se realice efectivamente el servicio de garantía.

Asimismo, los ingresos o ganancias reflejados contablemente con posterioridad a su inclusión en la base imponible. Por ejemplo: los alquileres cobrados por

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