ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Metodos Anormales de Terminacion del Proceso


Enviado por   •  27 de Agosto de 2020  •  Ensayos  •  6.931 Palabras (28 Páginas)  •  114 Visitas

Página 1 de 28

[pic 1][pic 2][pic 3]


En una sociedad  humana en la cual existen diferentes personas que conviven entre si es natural que existan conflictos de intereses y de derechos entre estas; por lo tanto se debe emplear un medio adecuado para la solución de estas controversias. Entonces se le va a atribuir al Estado la facultad de dirimir tales controversias, de lo contrario cada ciudadano va a perseguir su defensa y aplicar lo que él entiende por justicia, es decir que estaría ejerciendo justicia por mano propia, y esta última no sería la solución más eficaz ya que no se aplica una verdadera razón en el juzgamiento y menos una real equidad e igualdad entre los involucrados.

Teniendo en cuenta esto el método de resolución de conflictos que va a aplicar el Estado a través de la facultad que se la ha otorgado va a ser el proceso judicial. Este es un instrumento que es creado por los hombres y surge de la cultura para que a pedido del interesado, sean los hombres los que por esta vía resuelvan en forma pacífica e imparcial los conflictos.

Entonces el proceso es considerado como un fenómeno cultural ya que es producto de la cultura, en el sentido que surge de la conducta de un pueblo y va a producir un impacto o un cambio en la sociedad, además se lo concibe como una institución ya que al consolidarse va adquirir universalidad e intemporalidad, porque los diferentes grupos humanos van a adoptarlo como un método satisfactorio para hacer vales sus pretensiones y solucionar conflictos ante una autoridad imparcial.

En si el proceso debe ser entendido como un método de debate que desarrollan los órganos del poder judicial y los particulares interesados, y eventualmente los terceros interesados, con los demás colaboradores y estos realizan un conjunto o una serie de actos procesales sucesivos, coordinados y eslabonados entre sí, tienden a que en forma progresiva y con la actuación de la ley al caso concreto o de los principios y reglas por analogía, se logre que se resuelva lo planteado por las partes. Y mediante este medio se realiza el valor justicia y el valor seguridad jurídica para construir la paz social.

Según el jurista Hernando Devis Echandia el proceso es: …”Proceso procesal es el conjunto de actos coordinados que se ejecutan por o ante los funcionarios competentes del órgano judicial del Estado, para obtener, mediante la actuación de la ley en un caso concreto, la declaración, la defensa o la realización coactiva de los derechos que pretendan tener las personas privadas o públicas, en vista de su incertidumbre o de su desconocimiento o insatisfacción (en lo civil, laboral o contencioso-administrativo) 59 o para la investigación, prevención y represión de los delitos y las contravenciones (en materia penal), y para la tutela del orden jurídico y de la libertad individual y la dignidad de las personas, en todos los casos (civiles, penales, etc.)”

Con lo que respecta a la terminación o finalización del proceso, este consta de un acto procesal culminante que extingue la acción luego de su paso por las distintas etapas (introductoria, probatoria, discusoria) y este es la sentencia.

La sentencia es un acto eminente que está comprendido dentro de los actos decisión o conclusión y emana de los tribunales, por lo tanto va a ser realizado por los jueces y a través de esta ellos realizan principalmente su función. En tal caso esta es la resolución emanada de la autoridad competente que concluye el proceso dirimiendo la controversia sometida al juez, tanto en lo principal como en las cuestiones accesorias, en donde se define el derecho a aplicar en el caso concreto.

También debe ser tenido en cuenta el concepto que establece Jaime Guasp: “La sentencia es el acto del órgano jurisdiccional, del tribunal, por el cual este emite su juicio acerca de la conformidad o disconformidad entre la pretensión de la parte y el derecho objetivo y, en consecuencia, actúa dicha pretensión o se niega a actuarla”.

Sin embargo la sentencia no se da en todos los supuestos, la legislación también provee otros medios de finalización del proceso. Estos son considerados como medios anormales, excepcionales o anómalos de terminación del proceso.

De todas maneras estos también van a lograr el fin de la sentencia, ya que implican la resolución de la Litis por voluntad de las partes o por imperio de la ley; se los considera anormales porque no en estos no se verifican todas las etapas del proceso y porque son de naturaleza distinta a la sentencia y algunos de ellos tienen efectos distintos.

Dentro de estos modos podemos encontrar el allanamiento, el desistimiento, la transacción, la conciliación, entre otros.

En algunos de estos, principalmente en el allanamiento, el desistimiento de demandas o en la transacción se va a dar lo que se conoce como autocomposición, esto significa que las partes van a llegar a una solución del conflicto mediante un acuerdo sin la intervención de un tercero que imponga su voluntad ni presupone violencia alguna.

La autocomposición puede darse de manera unilateral o bilateral, según provengan de ambas partes o de una de ellas y en este sentido va a haber una renuncia del derecho propio en interés ajeno, teniendo en cuenta la facultad de disponer que tienen las partes con respecto al objeto del litigio.

En este trabajo se van a desarrollar los métodos nombrados anteriormente, que se están dando con mayor frecuencia en la realidad y son receptados en los procedimientos civiles y comerciales, laborales y de familia. Mientras que en el proceso penal solo puede darse el desistimiento, cuando se necesite querella para iniciarlo y se desista de esta, pero nunca por desistimiento de la denuncia. Sin embrago este trabajo va estará dirigido principalmente al ámbito civil, teniendo en cuenta tanto el código de procedimiento civil y comercial de la nación como el de la provincia de Córdoba.

Siendo así, se debe empezar explicando el allanamiento teniendo en cuenta lo establecido en el capítulo II, articulo 307 del Condigo Procesal Civil y Comercial de la Nación:

Art. 307. - El demandado podrá allanarse a la demanda en cualquier estado de la causa anterior a la sentencia.

El juez dictará sentencia conforme a derecho, pero si estuviere comprometido el orden público, el allanamiento carecerá de efectos y continuará el proceso según su estado.

Cuando el allanamiento fuere simultáneo con el cumplimiento de la prestación reclamada, la resolución que lo admita será dictada en la forma prescripta en el artículo 161.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (42.6 Kb)   pdf (232.9 Kb)   docx (32.8 Kb)  
Leer 27 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com