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Modelo De Seguridad pública En México


Enviado por   •  24 de Enero de 2013  •  2.494 Palabras (10 Páginas)  •  947 Visitas

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MODELO DE SEGURIDAD PÚBLICA EN MÉXICO

Para el presente trabajo se toma como base el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el Programa Nacional de Seguridad Pública 2008-2012; de los cuales se va a especificar los puntos que se han considerado relevantes conocer para observar el modelo de seguridad pública que tiene México.

Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012

En el Eje 1. Estado de derecho y seguridad, hay varios rubros que considero a la fecha se han desarrollado a lo largo del gobierno federal actual, a saber:

Rubro 1.2. Procuración e impartición de justicia, en el objetivo 4, establece la modernización del sistema de justicia penal encaminado a garantizar la justicia pronta y eficaz. Entre los principales elementos está el cambio al sistema acusatorio, mediante el establecimiento de la oralidad en juicios penales y el mejoramiento de las competencias técnico-operativas de las agencias del ministerio público, principalmente en los procesos de averiguación previa e integración de expedientes. Asimismo se llevó a cabo hacer más eficientes los sistemas y procedimientos utilizados por el Ministerio Público (estrategia 4.1) Se implemento la estrategia 4.4, se promovió la implementación gradual de juicios orales, en cual está siendo operando actualmente en el interior de la república mexicana; así como, la estrategia 4.6 en la que implementó los medios alternativos de resolución de conflictos. Todo esto se ejecutó mediante las reformas del 2008.

La estrategia 5, establecía y se llevó a cabo el fortalecimiento de la coordinación y cooperación entre los tres órdenes de gobierno para combatir la delincuencia.

Por otra parte, la estrategia 7.1Desarrollar e implementar sistemas de información y comunicaciones de alta tecnología para el combate a la delincuencia. En el que se consolidará el Sistema Único de Información Criminal para concentrar y compartir datos relevantes del fenómeno delictivo en bases de datos completas y eficaces, como los registros de automóviles y armas, perfiles de delincuentes y sus modos de operación; el cual se está llevando a cabo.

En el rubro 1.4. Crimen organizado, la estrategia 8.2 Implementar una política integral que coordine esfuerzos y recursos de los tres órdenes de gobierno para el combate al narcomenudeo; esto es, se implementaron operativos en coordinación con los tres órdenes de gobierno, para asegurar a distribuidores de droga al menudeo, así como un sistema de inteligencia para combatir la existencia de centros de distribución de drogas y laboratorios clandestinos.

En el rubro 1.11 Prevención del delito, la estrategia 16.1 Fortalecer la cultura de legalidad y el combate al narcotráfico y al narcomenudeo a través del fortalecimiento del tejido social; se ha establecido programas en materia de adicciones, en el cual se intensificaron las acciones en el sistema educativo para generar conciencia mediante el conocimiento de los efectos perniciosos de las drogas en la salud física y mental de quienes las consumen.

La estrategia 16.2 Establecer mecanismos de coordinación con la sociedad civil para rescatar los espacios públicos y garantizar que sean espacios para los ciudadanos; se han efectado programas para la recuperación de estos espacios.

La estrategia 16.3 Reforzar la seguridad y la cultura de prevención en las escuelas, con la participación de maestros, padres de familia y la comunidad, a fin de lograr escuelas seguras sin la amenaza de las drogas, priorizando las escuelas ubicadas en las zonas de mayor índice delictivo; hay programas de Escuela segura que actualmente se cumplen.

En el rubro 1.12 Cuerpos policíacos, la estrategia 17.1 Establecer un mando único policial que abra y mantenga un canal de información eficiente, y que facilite la coordinación y colaboración entre todas las corporaciones de policía del país, se estableció la Policía Federal.

En el rubro 1.13. Participación ciudadana, la estrategia 18.1 Consolidar la cultura de la denuncia entre la sociedad, se ha promovido la cultura de la denuncia y la corresponsabilidad el compromiso ciudadano con las instituciones; se ha promocionado la cultura de la denuncia por internet o vía telefónica.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

El 18 de junio de 2008, se aprobó el “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, que modifica la forma en que tradicionalmente se había concebido la función del Estado en materia de seguridad pública.

El artículo 21 especifica:

“Artículo 21. La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función.

El ejercicio de la acción penal ante los tribunales corresponde al Ministerio Público. La ley determinará los casos en que los particulares podrán ejercer la acción penal ante la autoridad judicial.

La imposición de las penas, su modificación y duración son propias y exclusivas de la autoridad judicial.

Compete a la autoridad administrativa la aplicación de sanciones por las infracciones de los reglamentos gubernativos y de policía, las que únicamente consistirán en multa, arresto hasta por treinta y seis horas o en trabajo a favor de la comunidad; pero si el infractor no pagare la multa que se le hubiese impuesto, se permutará esta por el arresto correspondiente, que no excederá en ningún caso de treinta y seis horas.

Si el infractor de los reglamentos gubernativos y de policía fuese jornalero, obrero o trabajador, no podrá ser sancionado con multa mayor del importe de su jornal o salario de un día.

Tratándose de trabajadores no asalariados, la multa que se imponga por infracción de los reglamentos gubernativos y de policía, no excederá del equivalente a un día de su ingreso.

El Ministerio Público podrá considerar criterios de oportunidad para el ejercicio de la acción penal, en los supuestos y condiciones que fije la ley.

El Ejecutivo Federal podrá, con la aprobación del Senado en cada caso, reconocer la jurisdicción de la Corte Penal Internacional.

La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones

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