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Modelos De Interpretacion Juridica

chango200611 de Noviembre de 2013

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INTRODUCCIÓN

En sentido estricto interpretación se emplea parareferirse a la atribución de significado a una formulación normativa en presencia de dudaso controversia en torno a su campo de aplicación. Un texto requiere de interpretación solocuando se duda sobre si es aplicable o no a determinado supuesto de hecho. Esto según lamáximain claris non fitinterpretatio (Lo que está claro no requiere de interpretación)einterpretatiocessat in claris(No es necesaria la interpretación cuando el texto es claro).

En la actualidad, los estudiosos del derecho han coincidido en señalar que losproblemasmáscomunes de las leyes, son de dos clases: problemas estructurales y problemas lingüísticos.Los problemas estructurales son:La redundancia; significa que en un orden jurídico hay dos o más normas queprescriben las mismassolucionespara las mismas cosas (pueden estar en una mismaleyo en diferentes leyes):La redundancia puede ser total o parcial. Este defecto noes demasiado grave, porque no impide el funcionamiento del sistema jurídico.Las lagunas: Por laguna se entiende una situación en la que un caso jurídico carecede solución, porque el derecho no la contempla.Este es un defecto más grave que laredundancia, pues no existe solución expresa alguna para el caso práctico planteado. Las incoherencias: Un sistema de normas es incoherente cuando hay uno o máscasos solucionados por las normas en forma distinta e incompatible entre sí. Tambiénaquí el sistema falla, si hay dos o más soluciones incompatibles.El aplicador no sabequé hacer conforme a derecho.

La presencia de soluciones contradictorias llevanecesariamente a la desobediencia del derecho. Siendo incompatibles las soluciones,al menos una de ellas tendrá que ser dejada a un lado, y la norma que la estableceserá desobedecida.

En ese proceso de interpretación se han destacados principalmente dos corrientes la Realista y la Normativista. La finalidad de la escuela Realista es buscar la realidad efectiva sobre la cual se apoya el derecho vigente en determinado país y en cierto momento de su historia, siempre que se hable del realismo jurídico, se habla de la eficacia normativa.El derecho real es lo que resuelve el órgano jurisdiccional en cada caso concreto.

Mientras que El Normativismo es la ciencia del derecho que consiste en el estudio del universo de normas. Son las unidades elementales de que estaría hecho el orden jurídico. El Normativismo supone que hay algo así como dos realidades. Una es la realidad social, la de los hechos, la de las conductas efectivas de la gente, la realidad de la sociología, la economía, las ciencias sociales descriptivas, y otra es una realidad diferente que es la realidad de las norma.

Tenemos también la Escuela Subjetiva, La escuela Objetiva El Derecho libre, La Escuela de la teoría Absolutista, La Hermenéutica, el MétodoExegético, entre otros.

MODELOS DE INTERPRETACIÓN JURÍDICA

La interpretación jurídica es un instrumento que nos ayuda a establecer el significado o alcance de las normas jurídicas y de los demás conceptos que forman parte de un ordenamiento jurídico y que no son normas, como por ejemplo, los principios generales del derecho.

La actividad interpretativa ocupa un lugar central en todos los ámbitos de la vida en que interviene el conocimiento humano, ya que desentraña el sentido o significado que existe de forma no inmediatamente aparente en algún "factum" de la vida real; interpretar es decir o transmitir o descifrar un mensaje que no es evidente por sí mismo. Consecuentemente, el sujeto que lleva a cabo la interpretación está realizando el sentido de aquello que interpreta.

La interpretación es necesaria es porque por alguna razón lo interpretado no ofrece por sí mismo "su" sentido o significación en esa concreta circunstancia en que ha de intervenir el intérprete. En esa medida, la interpretación es una actividad instrumentalmente creadora.

ESCUELAS DE INTERPRETACIÓN JURÍDICA

Las cuatro escuelas más importantes que se han ocupado de la interpretación de las normas jurídicas son:

Escuelas Subjetiva:

Los defensores de esta teoría dan por supuesto que el contenido de las normas jurídicas sigue definiéndose siempre por el mandato originario que estableció en ellas su autor al promulgarlas. Consecuentemente, propugnan la aplicación de la siguiente regla o criterio interpretativo básico:

"El intérprete ha de colocarse en cierta medida en la posición del legislador originario, asumiendo todas sus ideas y proyectos e intentando saber cuáles fueron los propósitos concretos que el legislador tuvo a la vista y cuál fue el espíritu que presidió la redacción de la ley"

Esta Escuela, defiende la teoría la Exegética, la cual se basaba en que la Interpretación jurídica debe necesariamente consistir en la consulta de la ley como fuente única y exclusiva del Derecho; los exegetas sostienen que el Derecho es la ley: la interpretación de la ley es la averiguación de la voluntad real del legislador y toda interpretación que no sea tal debe ser rechazada.

Para la exégesis, una norma es siempre expresión del acto de un individuo privilegiado, a saber: el legislador. El interpretar la ley consistía en reconstruir fielmente lo que el autor del texto legislativo había pretendido. Tradicionalmente esto se expresa diciendo que la exégesis se propone reconstruir la voluntad del legislador. Se supone, así, que, de alguna manera, las normas jurídicas son expresión, en el plano del lenguaje, de actos volitivos que son la manifestación de la voluntad real del legislador.

Escuelas Objetiva:

Esta Escuela considera que la interpretación jurídica ha de orientarse al descubrimiento del sentido que tienen las propias normas en el momento de ser aplicadas, es pues, fruto de la apuesta por una interpretación dinámica en lugar de la defensa de la interpretación estática.

La defensa de este método arranca de la creencia en que la ley, una vez promulgada y en vigor, adquiere vida propia, va conformando su contenido normativo en función de las circunstancias y necesidades sociales.

Consecuentemente, la interpretación objetiva obliga al intérprete a perseguir el sentido o significado que radica en la propia ley en sus ideas y en las consecuencias por ella implicadas, y no en la voluntad del legislador.

La Escuela de la teoría Absolutista:

Se concreta a reconocer en las normas jurídicas, únicamente el alcance literal o significado real de las palabras empleadas, en otros términos, no le interesa lo que persigue la ley, o su finalidad, sino lo que significan las palabras empleadas en el texto de la norma.

Escuela de Interpretación Libre:

El derecho libre consiste en que si el texto es diáfano entonces se acude al método exegético, es decir hay un apego a la ley de lo contrario aplicamos la escuela del derecho libre o se acuden a otros métodos o escuelas de interpretación.

Se denomina "derecho libre" por las convicciones predominantes que tiene la gente en un cierto lugar y un cierto tiempo sobre lo que es justo y que efectivamente regulan las conductas de esas gentes.

Los principales postulados:

 Se oponen al formalismo jurídico.

 El derecho es libre e independiente del estatal pero se origina de él.

 El juez no solo descubre sino que crea derecho, cuya labor tiene como finalidad la justicia.

 El juez tiene como base la discrecionalidad judicial

 El juez debe y puede prescindir de la ley

 La función jurisdiccional es misión del estado

 No acepta que la ley sea la única fuente del derecho positivo.

Hermenéutica Jurídica

El término Hermenéutica proviene del griego: "Jermeneueien", que significa Interpretar, esclarecer, anunciar, declarar o traducir. Lo que a su vez indica que una cosa es vuelta comprensible o llevada a la comprensión, también deriva del latín "interpretatio" que a su vez es el verbo interpretar, o servir de intermediario, venir en ayuda de, también designa al traductor que pone en lenguaje accesible lo que se encuentra en un lenguaje desconocido. Interpretatio significa pues explicación, esclarecimiento o traducción.

El término deriva del Dios Hermes a quien se le atribuía el origen del lenguaje y la escritura como patrono de la comunicación y del entendimiento humano. Originalmente significaba "La explicación de una sentencia oscura y enigmática de los dioses a través del oráculo".

El principio de los estudios Hermenéuticos se encuentra en la teología cristiana, teniendo como principio fijar los términos y normas que han de aplicarse a los libros sagrados. Obviamente la necesidad de la disciplina hermenéutica está dada por las complejidades del lenguaje que con frecuencia conducen a conclusiones diferentes o contrapuestas, e incluso en lo que respecta al significado de un texto.

La hermenéutica jurídica entonces se refiere a la interpretación del "espíritu de la ley", entendiéndose como un conjunto de métodos de interpretación de textos legales .De acuerdo con algunos autores es una forma de pensamiento que permite controlar las consecuencias posibles y su incidencia sobre la realidad antes de que ocurran los hechos.

NORMATIVISMO JURÍDICO

Concepto

El normativismo es una teoría

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