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NOCIONES GENERALES. Derecho Comparado

Liily Ü RodríguezEnsayo8 de Octubre de 2020

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NOCIONES GENERALES.

Derecho Comparado.

Es una disciplina que conforma las semejanzas y las diferencias de los diversos sistemas jurídicos vigentes en el mundo, con el propósito de comprender y mejorar el sistema jurídico de un Estado determinado. Tiene por objeto el análisis de una pluralidad de ordenamientos, no únicamente para estudiarlos por separado.

Su estudio es necesario para apreciar tanto las diferencias y los aciertos de este orden, esto con el fin de perfeccionar las instituciones de un país y por ende sus sistemas jurídicos.

El derecho comparado, puede servir para varios propósitos. La comparación de propios sistemas con el de otro sistema, permite examinar los principios de sistema legal nacional y en consecuencia entenderlo mejor.

El derecho se compara desde la antigüedad con el din de beneficiarse de las experiencias de otros países.

Aristóteles, realizó un estudio científico – comparativo de 153 constituciones de Grecia y de otras ciudades con el fin de trazar el perfil del mejor sistema de gobierno. Afirmó “El derecho no es como el fuego, que arde en la misma forma en Persia y en Grecia.”

Tito Livio, relata que para la realización de las XII Tablas, se nombró una delegación para que fuera a Grecia y estudiaran las leyes.

Montesquieu, intentó por medio de la comparación, penetrar en el espíritu de las leyes con objetivo de establecer los principios comunes por los que debe guiarse un buen gobierno.

En el siglo XIX, este interés surgió en Alemania, a partir de la obra póstuma de Pablo Anselmo de Feuerbach, que fue el primero en tener una idea clara de la necesidad e los estudios contemporáneos.

En 1832, se empezó a impartir la cátedra de legislación compara y en 1900 se celebró el primer congreso mundial de legislación comparada.

Concepto General de Sistema.

De acuerdo con sus raíces griegas y latinas, la palabra sistemas, alude al conjunto de registros y principios enlazados entre sí, por lo que se rige una materia determinada.

Es un conjunto de elementos complejos, cualitativamente diversos y relacionados entre sí, que se rigen por principios generales.

Derecho Positivo y Derecho Vigente.

El derecho positivo, es aquel que rigió y que rige a una colectividad en un lugar determinado.

El derecho vigente, es el que norma las relaciones de una colectividad en un tiempo presente.

Concepto de Sistema Jurídico.

Conjunto de instituciones gubernamentales, normas jurídicas, actitudes y creencias vigentes en un país sobre lo que es derecho, su función en la sociedad, y la manera en la que se crea o debería crear, perfeccionar, enseñar o estudiar.

Los sistemas jurídicos contemporáneos integran el conjunto de leyes, costumbres, razones y jurisprudencia de derecho positivo que rigen en los diversos países del mundo.

Familia Jurídica.

Es un conjunto de sistemas jurídicos que comparten determinadas características.

Se refiere al derecho nacional de un estado, en tanto que el termino familia remite al conjunto de sistemas jurídicos. Que rebasan las fronteras nacionales.

La orientación de los sistemas legales en familias jurídicas no es sino un instrumento de análisis preferentemente en la medida en que les proporciona a los juristas una eficacia para el estudio de diversos sistemas jurídicos.

Agrupamiento de los Sistemas Jurídicos en Familias.

• Familia neorromanista. La integran países cuya ciencia jurídica se ha elaborado sobre los fundamentos del derecho romano y de la tradición germánica.

• Familias de common law o anglosajonas. Este derecho se fue formando por las decisiones judiciales emanadas de los tribunales reales. Es concreta ya que busca dar solución a un caso en particular.

• Sistemas Religiosos. Son conjuntos de normas

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