NOTAS DE LECCIONES DE AMPARO
CESAR_PALMA15 de Julio de 2013
4.441 Palabras (18 Páginas)248 Visitas
AUTOS QUE RECAEN A LA DEMANDA DE AMPARO
• DESECHAMIENTO; Cuando se actualice una causa indudable y manifiesta de improcedencia actualmente el artículo 73 L.A. se desecha la demanda de amparo ejemplos:
1. NO SE PROMUEVA EN TIEMPO;
2. CONTRA ACTOS DE LA SUPREMA CORTE
3. CONTRA ACTOS EN MATERIA ELECTORAL.
No se permite el desechamiento por falta de interés Jurídico;(--- EN MI OPINION--- INTERES JURÍDICO ES EL INTERES QUE SE DESPRENDE DEL DERECHO SUBJETIVO CONTENIDO EN EL OBJETIVO.---) por la posibilidad de que exista algún recurso y si existen dudas en si es o no acto de autoridad o acto de particular.
-Contra el auto que desecha la demanda procede recurso de revisión (10 días)
• ACLARACIÓN
Aclaración; cuando la demanda de amparo adolece de algún requisito de forma o en su caso no se acompañan las copias suficientes se manda aclarar la demanda con notificación personal por 3 días, sino se cumple la prevención se tiene la demanda de amparo por no interpuesta.
Ejemplos:
No se mencione domicilios
No se mencione el protesto
Se sóbrese el amparo:
Cuando después de un año el directamente agraviado( quejoso desaparecido) No comparezca
y;
Cuando no se cumplan
Copias de las que se acompaña la demanda de amparo (depende de las autoridades, de la suspensión en su caso y el M.P. adscrito)
• NO INTERPUESTA;
• INCOMPETENCIA; Resuelve el Juzgador receptor que es Incompetente por razón de Grado o Materia.
• IMPEDIMENTO; conforme al artículo 66 L.A. (actual) advierte el Juez que esta impedido para conocer del asunto por:
-Contener interés en el asunto
-Cuando se tienen relaciones de amistad de odio de dependencia de gratitud.
-por poseer relación ascendente o descendente en grado lateral o colateral en el grado que la ley determine.
-manifestar el sentido del asunto
- que públicamente se señale el sentido de la resolución.
Admisión de demanda. REQIISITOS
-Se pide el informe justificado a las autoridades responsables. Plazo que se tiene para rendirlo regla general ( 5 días) materia agraria 10 dias, penal e inconstitucionalidad de leyes 3 días.
-se señala fecha para celebrar la audiencia Constitucional (regla general 30 dias, materia penal e inconstitucionalidad de leyes 10 días)
-Se ordene emplazar a las partes autoridad, tercero perjudicado y M.P. Federal
-Se ordena abrir el incidente de suspensión a petición de parte; en su caso se acuerda la suspensión de plano.
-La autorización del abogado en términos del arículo 27 actual LA.
-Se ordena agregar documentos de personalidad constancias, y pruebas aportadas por las partes.
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Informe justificado:
Es la contestación a la demanda de amparo. (EN MI OPINION ES: LA RELACIÓN QUE LA AUTORIDAD HACE DEL HECHO QUE EL GOBERNADO CALIFICA DE VIOLATORIO EN SUS DERECHOS FUNDAMENTALES Ó QUE BIEN TRASGREDE SU ESFERA JURIDICA (IN GENERE) Y QUE ESTA AUTORIDAD PUEDE OPTAR POR TOMAR DOS POSICIONES LA MAS COMUN DE CONSIDERAR AJUSTADO A DERECHO Y POR ENDE DE CONSTITUCIONAL SU ACTUAR Y EL SEGUNDO DE CONSIDERAR CIERTA LA AFIRMACIÓN QUE DE SUS ACTUAR HACE EL GOBERNADO ES DECIR ALLANARSE.
(El Docente considera que en la segunda postura mencionada en el párrafo anterior es común que recaiga en un acto que reclame la violación al DERECHO DE PETICIÓN)
Como se Integra:
• Se señala si es o no cierto el acto reclamado .
---Si considera que esta fundado su actuar debe de señalar los fundamentos.—
• Hace valer causas de improcedencia.
• Se acompañan las pruebas que fundan su actuar. En caso de que la autoridad no proporcione las constancias o se remitan de manera incompleta el juez de oficio deberá requerirlas esta es la contestación a la demanda de amparo.
PRUEBAS EN EL JUICIO DE AMPARO.
Se admiten todas excepto la CONFESIONAL y LAS QUE VALLAN EN CONTRA DE LA MORAL y AL DERECHO (pruebas inconducentes)
La prueba testimonial, pericial e inspección ocular y se deben anunciar 5 días antes de la celebración de la audiencia constitucional; Sin contar el día del ofrecimiento ni el día de la celebración de la audiencia. (7 días técnicamente).
Todas las demás pruebas se pueden ofrecer hasta el día de la celebración de la audiencia.
La prueba reina del amparo es la documental.
Tanto en la prueba testimonial como en la pericial deben acompañarse los cuestionarios e interrogatoriospara cada una de las partes.
Cada parte tiene derecho a ofrecer un perito y 2 testigos para demostrar cada hecho, además el juez deberá designar un perito oficial.
EN QUE MOMENTO SE PUEDEN OFRECER LAS PRUEBAS:
Desde la presentación de la demanda hasta la celebración de la audiencia con la excepción en testimonial, pericial e inspección ocular.
(Nota: El docente hace hincapié en la prueba testimonial como instrumento idóneo para demostrar la posesión.)
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL:
Se divide en tres etapas.
• Pruebas
• Alegatos y;
• Sentencia
ETAPA DE PRUEBAS:
Se ofrece, Se Admiten (EN MI OPINION---ó desechan )y desahogan.
Primero
• Documental.
• Testimonial.
• Pericial.
Si se ofrece la ocular se suspenden las pruebas para llevar a cabo la prueba en un plazo no mayor (costumbre) 10 días.
ALEGATOS:
Es la etapa que sigue a la audiencia constitucional
Los alegatos son:
• VERBALES; salvo en materia penal que se puede transcribir un extracto de ellos. En esta etapa presentar los alegatos por escrito, para que se agreguen al expediente y puedan ser tomados en cuenta. (EN MI OPINION ---PARA LA MEJOR COMPRENSION DE ESTE TEXTO NO SE DEBEN COMPRENDER LOS ALEGATOS COMO OBLIGARIAMENTE VERBALES SINO QUE PUEDEN O DEBENDE SERLO.
SENTENCIA:
Primer capítulo;
RESULTANDO; antecedentes del acto reclamado, las partes que participan, breve resumen de las pruebas y constancias que obran en autos.EN MI OPINION--- ES INECESARIO DARLE NOMBRAMIENTO EN ESTA PARTE A LO QUE VA MAS ALLA DE AUTOS PUES SE ENTIENDE QUE CON EL MENCIONADO (AUTOS) SE CONTIENEN POR AÑADIDURA LOS DEMAS.
CONSIDERANDO:
• Competencia; es competente ó no el Juez para dictar la demanda.
Si no es incompetente, si es o no cierto (EXISTE) el acto reclamado , si el juez establece que no existen los actos se sóbrese.
• Suponiendo que si existe el acto: se estudian las causas de improcedencia de oficio o a petición de parte. Si se actualiza una causa de improcedencia se sóbrese en el juicio de amparo.
Si no existe causa de improcedencia se pasa al estudio del fondo del asunto.
• Concepto de Violación (forma de estudiarlo)
a) Violaciones procesales
b) Violaciones Formales
c) Violaciones de Fondo
• Calificación de los Conceptos de Violación
Inoperante; cuando no combaten las consideraciones que constituyen el acto.
Infundados cuando no tiene razón la parte quejosa en su argumentCIÓN JURÍDICA. Ejemplo: alega que el acto reclamado no esta debidamente fundado y al examinar la resolución aparece fundamentada y en fundados tiene razón el quejoso en sus plnteamientos y por tanto se concede el amparo.
Insuficiente
Inatendible
Inprocedente;( etc.)
Infundados
Funados
PUNTOS RESOLUTIVOS: La sentencia concluye con sobreseimiento, cuando se actualizauna causa de improcedencia.
se niega el amparo cuando los conceptos de violación se califican de infundados ó inoperantes.
Se concede el amparo y protección de la justicia federal, cuando se califica de (¿operantes?) FUNDADOS.
LA SENTENCIA CAUSA EJECUTORIA :
• CUANDO NO SE HACE VALER EL RECURSO DE REVISIÓN 10 DÍAS.
• CUANDO SE CONCIENTE POR ALGUNA MANIFESTACIÓN EXPRESA LA SENTENCIA. (LA AUTORIDAD RESPONSABLE CUMPLE LA SENTENCIA CONCESORIA DEL AMPARO)
• CUANDO EL TRIBUNAL COLEGIADO O LA “SCJN” RESUELVEN EL RECURSO DE REVISIÓN (CONSTITUYE EJECUTORIA)
“SENTENCIA DEFINITIVA”
-REVISIÓN.- SE HACE VALER EN EL PLAZO DE 10 DÍAZ CONTRA LAS RESOLUCIONES PRONUNCIADAS POR LOS JUECES DE DISTRITO AL DESECHAR LAS DEMANDAS DE AMPARO; SOBRESEER FUERA DE AUDIENCIA; SENTENCIAS PRONUNCIADAS EN LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL Y RESOLUCIONES DE AMPARO DIRECTO DE TRIBUNALES COLEGIADOS EN DONDE INTERPRETEN DIRECTAMENTE LA CONSTITUCIÓN O EXISTA UN ESTUDIO DE CONSTITUCIONALIDAD. (EL RECURSO DE REVISIÓN SE INTERPONE ANTE EL JUEZ DE DISTRITO Ó EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN AMPARO DIRECTO)
DEL RECURSO DE REVISIÓN CONOCE EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO Y EXCEPCIONALMENTE LA SCJN EN AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN.
-QUEJA
-RECLAMACIÓN
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
PROCEDENCIA DEL RECURSO DE REVISIÓN
2.- Audiencia incidental y suspensión definitiva
3.-Modificación, Revocación ó confirmación de la resolución de suspensión definitiva
4.-Sentencia en Amparo directo en la que se resuelva sobre la constitucionalidad de un precepto o se lleve a cabo la interpretación directa de un artículo de la Constitución.
5.- Resolución de reposición de
...