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Neoconstitucionalismo


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2018  •  Ensayos  •  721 Palabras (3 Páginas)  •  45 Visitas

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE DURANGO

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ALUMNA

LISA MARÍA LEÓN CONTRERAS

NEOCONSTITUCIONALISMO

Estos tres elementos caracterizaban la postura de unos autores que demostraban una capacidad de descripción y comprensión de los sistemas jurídicos contemporáneos; estos tres caracteres determinaron la doctrina del neoconstitucionalismo trayendo un fenómeno muy importante en la actualidad que es el rol central de la magistratura al interior de la dinamica de los poderes del sistema jurídico contemporáneo.

El Derecho, según los neocostitucionalistas, es un conjunto de argumentos, más que un sistema de normas; debe constituirse de principios, más que de reglas; más que de subsuncion, requiere de argumentación; el silogismo mecanizar, exigen, debe ceder el paso a la ponderación del bien derecho; el juez puede dejar sin efecto la obra de legislador secundario(la ley), y competir con el, de igual a igual, por medio de la jurisprudencia; loa derechos ya no son en función de la libertad, ahora lo son en función de la justicia; la moral, afirma Susana Pozzolo, es uno de los criterios  de validez  del derecho, el cual podría prescindir de la autoridad, “ puesto que lo que vale, vale por los méritos intrínsecos, el neoconstitucionaismo, no creo q deba conducir a la confusión teórica que caracteriza a muchos que no resisten la tentación de unificar el sistema jurídico y el sistema moral, porque la separación entre derecho y moral y su recíproca autonomía son el fundamento del garantismo”.

El neoconstitucionalismo, es un concepto que se ha presentado con algunos inconvenientes, polémica de orden arcaico, dado, que no existe con claridad, un concepto universal alrededor del mismo y no en pocas ocasiones se ha utilizado la misma idea para referir a fenómenos diferentes y sin embargo es muy importante que se aborde el tema del neoconstitucionalismo, porque de las constituciones mismas de estas cartas magnas, vamos  a poder establecer las estructuras estatales y las garantías fundamentales  que permiten desarrollar el proyecto de una nación, en este orden  de ideas, cuando hablamos de neoconstitucionalismo, hablamos de una idea progresiva  de las constituciones en un sentido tradicional; constitución misma, que es una idea de la modernidad.

No en vano, la revolución francesa en 1789, corona y materializa esos proyectos en la constitución de la primera república, en la constitución de 1793; ahora bien, estas constituciones como bien nos lo menciona el artículo 16 de la declaración universal  de los derechos del hombre y el ciudadano de la mencionada revolución francesa, tiene una característica fundamental, nos dice el artículo 16, que solo tienen constitución, los estados que se dotan de derechos fundamentales y división de poderes, o, lo que es lo mismo, un marco dogmático, en el que se establecen estos derechos y un marco orgánico, que nos muestra, la estructura de las instituciones del poder.

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