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Notarial Y Registral


Enviado por   •  17 de Julio de 2012  •  7.662 Palabras (31 Páginas)  •  683 Visitas

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CONCEPTO DEL DERECHO REGISTRAL:

Varios son los conceptos que se han manejado con el fin de dar a conocer tanto el contenido, como el objeto de esta rama del derecho, que le facilita la labor del Estado en su misión de suministrar protección a los particulares y las sociedades. A continuación tomamos algunos de los más clarificantes:

Para Alberto D. Molinario “el Derecho Registral es el conjunto de principios y normas que tienen por objeto reglar los organismos estatales encargados de registrar personas, hechos, actos, documentos o derechos, así como también la forma como han de practicarse tales registraciones, y los efectos y condiciones jurídicas que derivan de éstos”.

Para Herrera Cavero “es el conjunto de principios, leyes y reglas que rigen la constitución, organización, funcionamiento y fines del Registro en determinado país”.

Para Cabanellas “es el conjunto de normas reguladoras de las relaciones jurídicas relativas a aquellos bienes aptos para engendrar titularidad erga omnes, mediante la publicidad del registro”.

Para Martínez Alegría “es la disciplina jurídica que estudia los mecanismos e instituciones encargadas, según el ordenamiento jurídico positivo, de realizar la publicidad registral de los hechos jurídicos relativos a las personas y a los bienes, con la finalidad de conservar el orden y seguridad dentro del Estado”.

A la luz de estas definiciones podemos concluir que la Institución del Registro es una entidad jurídica que cumple una importante función de servicio público que tiene por finalidad garantizar y fortalecer los diferentes actos y darles el carácter de erga omnes, según sea el organismo registral que los ampare.

En Venezuela la Ley de Registro Publico y del Notariado (2006) , contempla una distribución de las funciones registrales como se enuncia de seguidas, tomando para su clasificación, aunque no como criterio absoluto, la naturaleza del acto a inscribir.

SISTEMA REGISTRAL VENEZOLANO:

La calificación registral esta compuesta en Venezuela de acuerdo a la Ley vigente en los registros que se identifican a continuación:

1. El Registro Público: tiene por objeto principal, la inscripción y anotación de los actos o negocios jurídicos relativos al dominio y demás derechos reales que afecten los bienes inmuebles, a pesar que, tal como veremos cuando lo analicemos en detalle, que también el Registro Publico es el órgano autorizado para la inscripción de sociedades civiles, como las cooperativas y otros tipos de actos como la inscripción de las demandas a los fines de interrumpir la prescripción entre otros.

2. El Registro Mercantil, cuyo objeto es el más claramente diferenciado, ya que en ellos se inscriben en todos los actos relativos a los comerciantes, bien individuales o colectivos, y los actos que de esas inscripciones se derivan posteriormente como las Asambleas de accionistas y otros, determinados en el Código de Comercio y la LRPN.

3. El Registro Principal: organismo éste que, hasta la aprobación de la Ley Orgánica de Registro Civil (2009), tenia dentro de sus funciones el control del estado civil de las personas, mantiene en la actualidad tareas tan importantes como la legalización de las firmas de los funcionarios públicos, la inscripción de títulos académicos así como el resguardo de los duplicados de la inscripción realizada en otros Registros y Notarias de la Circunscripción Judicial del Estado al cual pertenezca.

4. Notarias Publicas: Por ultimo, la ley de Registro Publico y del Notariado venezolana tutela la función Notarial en su articulado, donde regula el funcionamiento de las Notarias Publicas en todo el territorio nacional, donde los funcionarios que en ella actúan no solo califican sino que proporcionan la fe publica de los actos, hechos y declaraciones de quienes acuden a ella. Es importante acotar que continua vigente, salvo los artículos derogatorios contenidos en la ley el Reglamento de Notarias Publicas del año 1998.

CONTENIDO DEL DERECHO REGISTRAL

Su contenido es abarcado por las materias que estudia esta disciplina jurídica, las cuales son:

Los principios registrales: Entendiendo como tales a todas estas directrices que el legislador, conforme a los principios constitucionales, desarrolla como guías tanto a los funcionarios como a los ciudadanos, los cuales están recogidos en la LRP en sus artículos 4 al 9 y que comprenden:

a.1) Principio de legalidad, fundamental principio que ordena que todos los actos deban ser sometidos a un riguroso examen del fondo y de la forma antes de ser inscritos.

a.2) Principio de Publicidad, pilar del sistema registral, ya que establece las bases de la seguridad registral que es el conocimiento a todos del acto inscrito y la verosimilitud del mismo, es decir, se tendrá como valida la inscripción hasta que sea impugnada por la vía jurisdiccional.

a.3) Principio de Rogación, el cual nos enseña que todos los actos a inscribirse se harán a solicitud de parte y después de admitidos no necesitan ninguna diligencia adicional hasta su otorgamiento.

a.4) Principio de Especialidad, el cual prevé que los actos en su objeto e identificación deben estar suficientemente claros. Como ejemplo esclarecedor tendríamos a las hipotecas: determinar el monto del gravamen, grado, etc.).

a.5) Principio de tracto sucesivo o consecutividad, el cual reza que ningún acto podrá ser inscrito si el inmediatamente anterior a este no lo ha sido. En el caso de los inmuebles, si el titulo de donde nos deviene la propiedad no ha sido inscrito la venta sucesiva no podrá ser registrada a la luz de este principio, a los fines de poder hacer una perfecta cadena documental.

B. LOS SISTEMAS REGISTRALES:

La Ley de Registro Publico y del Notariado prevé en sus artículos, que el sistema registral estará regido por el sistema de

b.1.) FOLIO REAL, el cual establece que los bienes objeto de inscripción se harán a través de la identificación del bien mismo (Matricula) y no por quien es el titular del derecho sobre ese bien (propietario) y

b.2.) FOLIO PERSONAL: El cual, a diferencia del Folio Real, si se inscribe a través de quien es su titular, como el caso de los Registros Mercantiles.

C. El conjunto de Registros o Instituciones Registrales: Contenida

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