OBLIGACIONES (CUESTIONARIO DEL TERCER CORTE) Tema 7. La responsabilidad civil
GEISI23Ensayo24 de Noviembre de 2015
540 Palabras (3 Páginas)334 Visitas
OBLIGACIONES (CUESTIONARIO DEL TERCER CORTE)
Tema 7. La responsabilidad civil
Responsabilidad Civil: Es la obligación de pagar los daños y perjuicios que ha causado por el incumplimiento culposo de la obligación. Tiene que ser culposo obligatoriamente porque si no se libera de toda responsabilidad
Tipos:
- En especie: Obligando al deudor a cumplir con la obligación tal como la contrajo. Nota: Cuando la obligación es personalísima no se puede demandar por su incumplimiento
- Por equivalente: Es obligando al deudor a pagar por los daños y perjuicios originados a causa de su incumplimiento
Evolución histórica: pendiente!
Características de la responsabilidad civil:
- Centrada en el daño, cuyo objeto es la indemnización o reparación del daño
El término indemnización es utilizado para los casos que no pueden ser reparados. Ejemplo: El daño moral
- Para aquellos daños que no se reparan se incurre a la indemnización
- La responsabilidad civil tiene carácter impersonal porque los daños que ha ocasionado una persona pueden serle atribuidas a otra persona
- En materia de responsabilidad civil el concepto de culpa se utiliza en sentido amplio. El concepto de culpa incluye la intención conjuntamente con los demás elementos que la constituyen
- En la responsabilidad civil los grados de culpas no son determinantes de la indemnización o la reparación de los daños. Excepción Hechos ilícitos cometidos por varias personas para determinar el grado de culpa de cada una de ellos
- La responsabilidad civil puede ser declarada por un tribunal penal cuando exista las dos responsabilidades de un mismo hecho
Clases de Responsabilidad civil:
Responsabilidad Extracontractual delictual: La obligación deriva del hecho ilícito, se basa de el
Responsabilidad Extracontractual legal: Deriva de las demás obligaciones extracontractuales
Diferencias entre la Responsabilidad contractual y extracontractual
- Las partes en el contrato pueden reglamentar cual va a ser la responsabilidad civil que va a originar el contrato siempre y cuando no vaya en contra del orden publico
- En una responsabilidad civil extracontractual las partes no pueden reglamentar la responsabilidad porque no nace de un contrato si no de la ley
Diferencias entre la obligación de medio y obligación de resultado
- En la de medio el deudor se obliga a procurar, tramitar, gestionar un resultado pero no se obliga el resultado como tal
- En la de resultado si hay un deudor de medio que realizó todo lo anterior no tendrá responsabilidad pues cumplió con su obligación con su obligación
- Los de resultado, el deudor se obliga a un resultado específico y cuando no se logra el deudor. Falta
Tema 8. La culpa
Savatier y Planiol definen la culpa de la siguiente manera
Savatier la define así “Es la ejecución de la persona que debía conocer y acatar la obligación
Planiol dice “La culpa es la violación de una obligación preexistente”
Clases de culpa:
Según la conducta del deudor la culpa puede ser
- Im comitendo: Positiva
- Im omitendo: Negativo
- Es positiva cuando el deudor ha realizado una acción culposa. (La imprudencia)
- La negativa ocurre cuando el deudor realiza una omisión (Negligencia)
- La impericia puede estar en cualquiera de los 2
Según los grados o la gravedad de la culpa
- Culpa grave
- Culpa leve
- Culpa levísima
Al medir la culpa por grado no las tiene que indicar el instrumento de medición que es el buen padre de familia
- Sensatez
- Diligencia
- Perspicacia
...