Temas De Derecho Civil
Ori12321 de Enero de 2014
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1.- LA IDENTIDAD
Origen Etimológico-Histórico
La identidad, en el griego clásico, se expresaba mediante el adjetivo y pronombre (al mismo, lo mismo; con crasis) con función de demostrativo, lo que equivale, en latín a ipse (él mismo); o bien a idem (is-dem: éste precisamente, éste al que estoy indicando, éste y no otro). Incluso existió en sánscrito el demostativo im-ám: aquél allí. En estos casos, el demostrativo aparece utilizado para indicar que un sujeto o un objeto es el mismo.
Desde el punto de vista de la etimología latina, la identidad (idem, is-dem: éste aquí y no otro) aparece como un adjetivo o pronombre demostrativo, como en la lengua griega, por medio del cual se insiste en indicar algo con precisión diferenciándolo de otra cosa. Laexpresión identidad es una forma latina tardía (identitas), que sugiere la idea de la mismaentidad: idem entitas.
La identidad se refiere, en la época clásica tanto a los sujetos como a los objetos en cuanto son “en sí mismos”, con una consideración que prescinde del sujeto que los contempla, cuando se habla de la “identidad del sujeto” se considera, tanto en la mentalidad griega como en la latina, que el sujeto (subjicere: yacer debajo o poner debajo) es lo que permanece debajo de los accidentes; pero permanece, al menos en parte, con identidad parcial, siempre igual, de modo que lo que era antes lo es ahora, aunque cambian los accidenteso apariencias. Hay “autentidad”o autenticidad o identidad, porque se da un sujeto que es y es relativamente permanenteen su sustancia o esencia o ser, aunque realice actos por los cuales se modifica en suparte accidental.
No obstante cabe, recordar que los primeros indicios griegos de la identidad se halla en la idea jurídica de causa. La idea de identidad parte del hecho de ser responsable (deber responder) por lo que se dice o hace, lo que supone admitir que el sujeto que realiza una acción es permanente, es el mismo y es causa de la acción, por lo que debe responder por ella. No tendría sentido la responsabilidad si el sujeto que realiza una acción dejara de ser ese sujeto al realizarla y se convirtiese totalmente en otro sujeto, sin continuidadcon el anterior.
A principios de la era Medieval, Agustín, obispo de Hipona, se halla preocupado del sí mismo, de la identidad personal, en un sentido ético y teológico; aconsejaba no buscar nuestra identidad fuera de nosotros, como si dependiese del espejo o de lo que los demás reflejan sobre nosotros: “No quieras salir fuera de ti; vuelve a lo interior de ti mismo(in te ipsum redi); en el interior del hombre habita la verdad y si encuentras tu naturaleza mutable trasciéndete a ti mismo”
La evidencia indica que durante la Edad Media, en el ámbito de la filosofía se presentó un estancamiento, la lectura delsujeto y de la identidad fue realizada entonces, principalmente, en esa perspectiva religiosa, como en los trabajos de Tomás de Aquino, en los que se distinguía lo mismo que había sostenido Agustín de Hipona: Una cosa es 1) discernir (discernere): esto implica conocersedistinguiéndose de los otros. 2) Otra cosa es considerarse (se cogitare): tenerse presentecon las partes o propiedades. 3) Finalmente otra cosa es entenderse (se intelligere):esto es, tener la simple intuición de sí presente.
Conceptos Modernos de Identidad:
La Real Academia de la Lengua Española ofrece la siguiente definición:
“Conjunto de rasgos propios de un individuo o de una colectividad que los caracterizan frente a los demás”
Otros autores exponen:
“La identidad de una persona consiste en ser quien es y no otra persona” (Gorrondona, 2002)
““concebimos el sí mismo representado como un tipo de imagen, por lo general estimable, que el individuo intenta efectivamente que le atribuyan los demás cuando está en escena y actúa conforme a un personaje”. “una escena correctamente montada y representada conduce al auditorio a atribuir un ‘sí mismo’ al personaje representado; pero esta atribución –este ‘sí mismo’- es un producto de la escena representada y no una causa de ella, es un efecto dramático que surge difusamente en la escena representada y el problema característico, es saber si se le dará o no crédito”. (Goffman)
“Existe una identidad cultural, la cual está formada por las representaciones de la realidad, y tal identidad se construye en el proceso de socialización” (Jaramillo, 2005)
“La identidad como categoría cultural, hace parte del bagaje bio-psico-social y espiritual del hombre, a quien no lo es dado desconocerla, pero sí, plantearse nuevas formas y modos de relación donde tiene cabida la diferencia ontológica” (Hoyos, 2005)
Para distinguir a esta de los demás tipos de identidades, otros autores hablan de identidad individual, como “la representación que tienen las personas de sus círculos de pertenencia, de sus atributos personales y de su biografía irrepetible e incanjeable”. También existe la identidad colectiva consiste en “entidades relacionales conformadas por individuos con un sentido de pertenencia, que comparten símbolos y representaciones”. Estas se renuevan continuamente y sirven entre otras cosas para activarse en el momento de un conflicto y así lograr su resolución. La noción de identidad va ligada a la de identificación, la cual es para la identidad un proceso a través del cual se generan nuevas formas de reconocimiento. (Torres, 2003)
En general si estudiamos estos conceptos y los unimos para formar uno más sencillo, sobre la identidad; se puede afirmar entonces que la identidad es la distinción clara, mediante una serie de rasgos únicos que permiten a los individuos diferenciarse de las demás personas en una sociedad.
La Identidad:
Según el artículo 2 de la Ley Orgánica de Identificación: Se endiente por identificación, el conjunto de datos básicos que individualizan y diferencian a una persona con respecto a otros individuos y que sirve de fuente de información para su reconocimiento.
Fundamento Legal en Venezuela
El derecho a la Identidad trae consigo el derecho a la identificación, el cual se encuentra previsto en nuestra Constitución:
Art. 56.- Toda persona tiene derecho a un nombre propio, al apellido del padre y al de la madre y a conocer la identidad de los mismos. El Estado garantizará el derecho a investigarla maternidad y la paternidad.
Toda persona tiene derecho a ser inscrita gratuitamente en el registro civil después de su nacimiento y a obtener documentos públicos que comprueben su identidad biológica, de conformidad con la ley. Estos no contendrán mención alguna que califique la filiación.
Acerca de esto, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, EL 14 de agosto 2008 con ponencia de la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño expresó:
Consagra el derecho a la identidad de los ciudadanos, derecho el cual se considera inherente a la persona humana y del cual no se puede prescindir, lo cual genera paralelamente una obligación al Estado, consistente en el deber de asegurar una identidad legal, la cual debería coincidir con la identidad biológica, todo ello con la finalidad de otorgar a todo ciudadano un elemento diferenciador con respecto a los integrantes de una sociedad, el cual se interrelaciona y se desarrolla con el derecho al libre desenvolvimiento de la personalidad.
Derecho éste, el cual no se agota en su relación con los demás ciudadanos, sino que aún se internaliza más en el desarrollo y conocimiento de cada hombre, constituyéndose en un presupuesto indispensable del aseguramiento del derecho a la vida, sin el cual no puede concebirse al hombre. Así pues, la identidad personal es ser uno mismo, representado con sus propios caracteres y sus propias acciones, constituyendo la misma verdad de la persona.
La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, establece una obligación general del Estado de adoptar todas las medidas administrativas, legales y judiciales que sean necesarias y apropiadas para asegurar a todos los niños y adolescentes el pleno disfrute de sus derechos y garantías, entre los cuales se encuentra el derecho a la identidad, entre ellos el derecho a la participación (Art. 13), a expresar su opinión (Art. 12).
También establece en su artículo 21 que todos los niños, niñas y adolescente tienen derecho a obtener los documentos que comprueben su identidad, de acuerdo a la ley y que Estado garantizará programas o medidas dirigidas a garantizar la denominación de todos los niños, incluido el nombre, la nacionalidad y las relaciones familiares.
La Ley de Orgánica de Identificación, Gaceta Oficial De La República Bolivariana De Venezuela N° 38.458 DEL 14 DE JUNIO DEL 2006 está compuesta de 47 artículos, todos con respecto a la identificación, que se irán mencionando en sus áreas respectivas.
Medios de identificación
Según el Artículo 3° de la Ley Orgánica de Identificación, A los efectos de esta Ley, se entenderá por medios de identificación: la partida de nacimiento, cédula de identidad y pasaporte.
Medios del Sistema Fundamental
Partida de Nacimiento: Estos documentos se realizan cuando hay un nacimiento según se afirma en elArt. 445 CC, esta se considera un medio de identificación debido a la información única sobre la persona que acaba de nacer, se expresa en el artículo 466 del código civil acerca del contenido de esta partida:
“Artículo 466.- La partida de nacimiento contendrá, además de lo estatuido en el artículo 448, el sexo y nombre del recién nacido. Si el declarante no
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