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Operación Y Servicios Bancarios

Manu201326 de Diciembre de 2012

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UNIDAD II

OPERACIONES Y SERVICIOS BANCARIOS

1.- CUENTA DE AHORROS

Es un contrato por el cual se brinda a las personas naturales o jurídicas, la posibilidad de depositar su dinero en condiciones que estimulen su tendencia a ahorrar, los que pueden ser retirados en cualquier momento, con derecho al pago de un interés por el banco o entidad financiera, por el tiempo de permanencia en poder de la entidad.

A. Apertura de cuentas

Abrir cuenta a un cliente es una facultad de las entidades bancarias, y se pueden abrir a personas físicas o jurídicas.

En la apertura de una cuenta la entidad bancaria comprueba la identidad de la persona que pretende abrirla y ya que solo está capacitada para abrir una cuenta las personas que tienen capacidad de obrar.

La capacidad de obrar plena la tienen las personas mayores de edad. Los menores de edad tienen muy limitada esa capacidad siendo los padres o tutores los representantes legales del menos. Además podemos encontrar con situaciones de declaración judicial de incapacidad.

Es contrastar la corrección de firmas en cualquier operación y momento.

Asimetria de la información. Consiste en el estudio de toda la documentación requerida para comprobar su suficiencia y las firmas.

Ingreso inicial en cuenta. Es la entrega por parte del cliente de una cantidad de dinero con la que abre la cuenta.

Entrega de la documentación.

B. Tipos de cuentas según su titularidad

Individuales: Son las abiertas a nombre de una sola persona.

Colectivas: A nombre de dos o más personas

Indistintas: son aquellas en las que cualquiera de los titulares puede disponer de fondos. Solo se requiere una firma

Conjuntas o mancomunadas: Requieren las firmas de todos los titulares para disponer de fondos.

Los titulares de cualquier cuenta bancaria pueden autorizar o bien otorgar poder suficiente a otras personas para poder disponer de fondos, aunque no sean titulares.

C. Funcionamiento de las cuentas bancarias

El formato de la cuenta bancaria se puede dividir: debe haber y saldo.

La entidad bancaria quien realiza las anotaciones de las operaciones, y desde su punto de vista contable son registradas en el haber o en el debe.

Los abonos son anotaciones en el haber de la cuenta.

En consecuencia abonar o acreditar una operación o cuenta bancaria es registrar un abono o verificar una anotación en el haber de la cuenta.

Los adeudos o cargos son anotaciones en el debe de la cuenta.

Los ingresos o imposiciones son entregas de dinero en efectivo que realiza el titular, para ser abonadas inmediatamente en su cuenta.

Los reintegros o disposiciones son extracciones de dinero en efectivo o con cheque que ejecuta el titular y son adeudadas inmediatamente en su cuenta, en las cuentas corrientes y de ahorro la entidad bancaria permite al cliente realizar operaciones cuyo resultado expresa que el cliente debe a la identidad, esto se conoce con el nombre de descubierto o números rojos.

El saldo se va obteniendo de la siguiente manera:

El saldo se calcula y anota en cada operación.

El importe del ingreso inicial-

Los saldos sucesivos se determinan sumando o restando al saldo anterior los importes de los abonos o adeudos respectivamente.

El saldo de una operación es acreedor cuando las operaciones realizadas hasta ese momento arrojan una suma de abonos superior a la suma de adeudos, y es deudor cuando la suma de adeudos es superior a la suma de abonos.

El código cuenta cliente es la identificación de cualquier cuenta bancaria de deposito de dinero.

Cancelación de cuentas.-

Significa la interrupción definitiva de las relaciones de la entidad bancaria con su cliente. Esto se puede hacer en cualquier momento por iniciativa del cliente

NO PUEDE HABER OPERACIONES ACTIVAS EN CUENTA DE AHORROS, ES DECIR NO HAY SOBREGIROS.

2.- LA CUENTAS CORRIENTES

Es un contrato de deposito de dinero entre una entidad bancaria y un particular la disposición de fondos en esta cuenta se instrumentaliza mediante cheques.

El contrato de cuenta corriente obliga a la entidad bancaria a realizar todas las operaciones del denominado servicio de caja. Las características son:

Disponibilidad inmediata de los fondos

Disposición instrumentalizada mediante cheques

Remuneración de los fondos

Extractos bancarios.

La compensación de las operaciones es inmediata en la cuenta bancaria.

En la cuenta bancaria la disponibilidad de fondos es inmediata por parte del cliente

La cuenta bancaria produce intereses, siempre y cuando haya un acuerdo de mantener un saldo minimo mensual.

Los derechos y las obligaciones en la cuenta corriente

Derechos

Disponer del saldo de la cuenta

Realizar transferencias, ordenes de pago y abono

Librar cheques contra su saldo acreedor

Domiciliar pagos de facturas efectos y recibos

Abonos en cuenta de los ingresos propios y de terceras personas, así como de las transferencias que reciba

Abonos periódicos de los intereses devengado por la cuenta

Recibir periódicamente un extracto de cuenta que refleje los movimientos (adeudos y abonos) de la misma y su saldo

Recibir periódicamente la liquidación de intereses devengados

Obligaciones

No girar ni ordenar operaciones en descubierto

No disponer de los ingresos o abonos hasta la fecha de su efectividad o vencimiento

Pagar los gastos y comisiones por los servicios que ordene a la entidad, acordes con el folleto de tarifas y comisiones

Conservar con diligencia los talonarios de cheques y comunicar a la entidad su hurto o extravío para que esta proceda a su anulación

3.- EL CHEQUE

El cheque es el documento que contiene una orden incondicionada.

El cheque es un titulo valor, un documento esencialmente transmisible que contiene un derecho que ejerce su poseedor legitimo.

Su función es servir de pago.

Sus requisitos son dos grupos:

Ineludibles:

Denominación de cheques inserta el texto mismo del titulo expresado en el idioma empleado para su redacción

El mandato puro y simple de pagar una suma determinada de euros o en moneda extranjero o convertida

El nombre del que debe pagar, denominado librado que necesariamente ha de ser una entidad bancaria

El lugar de pago

La fecha y el lugar de emisión del cheque

La firma del que expide el cheque.

Funcionales

Existencia de fondos en la entidad a disposición del librador o cliente

Acuerdo expreso entre el librador/cliente y la entidad para disponer de fondos mediante la emisión de cheques

Clases de cheques

Cheque al portador puede ser cobrado o ingresado por cualquier persona que lo presente

Cheque nominativo se emite a nombre de particular o persona jurídica concreta y solo puede ser cobrado por ella.

Cheque para abonar en cuenta el librador prohíbe su pago en efectivo

Cheque cruzado es aquel que el librador cruza con dos barras transversales y paralelas sobre el anverso. El tenedor que sea cliente de la entidad librada podrá cobrarlo en efectivo si no es cliente deberá cobrarlo mediante ingreso en su cuenta

Cheque conformado, el librador puede solicitar de la entidad bancaria que presente su conformidad al mismo

Cheque de ventanilla, es el cheque de la propia entidad bancaria, es utilizado cuando el cliente no dispone de su talonario de cheques.

Pago del cheque

El cheque es pagadero a la vista cuando se presenta al cobro ante la entidad bancaria.

EL SOBRE GIRO

Es un típico Mutuo Bancario; es un contrato de crédito dentro de la cuenta corriente – no de ahorros ni de plazo fijo- y como tal implica la transferencia de la propiedad de dinero a favor de un cliente, quien se obliga a devolverlo dentro de un plazo convenido y a pagar los intereses.

2. Sujetos que intervienen

a. El Banco o mutuante, que es quien califica el crédito y después de cumplidas las condiciones y garantías, procede al desembolso del dinero ofrecido. Entregado el mismo, el Banco carece de obligaciones a su cargo.

b. El cliente o denominado mutuario, que puede ser una persona natural o una persona jurídica.

3. Obligaciones del Mutuario

a. Pagar los intereses.- Al respecto debemos señalar que existen dos clases de

intereses:

* Los intereses convencionales: Son aquellos convenidos expresamente por las

partes. Estos intereses pueden ser:

- Intereses compensatorios.- Que constituyen la contraprestación por el uso del

dinero, tiene por finalidad el mantener el equilibrio patrimonial, evitando que una

de las partes obtenga un enriquecimiento indebido al no pagar el importe del rendimiento del dinero, el interés se paga desde la fecha del otorgamiento del crédito hasta su cancelación.

- Intereses moratorios.- Son aquellos que tienen por finalidad indemnizar la mora en el pago. Es una sanción por el deudor. El interés moratorio es independiente al

interés compensatorio, y se aplica únicamente a partir del día siguiente del vencimiento de la obligación y por todo el tiempo en que exista retardo en el pago.

No se puede aplicar los intereses legales, en razón de que al ser un mutuo inmediato y normalmente comercial, se desembolsa con los intereses que figuran en

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