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Ordenamiento Jurídico Chileno


Enviado por   •  30 de Julio de 2016  •  Apuntes  •  1.410 Palabras (6 Páginas)  •  550 Visitas

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Ordenamiento Jurídico Chileno

Introducción

El presente documento tiene por finalidad servir de acercamiento a los alumnos que estudiarán la responsabilidad legal que puede acarrear el ejercicio de su profesión, entregando una visión general y a la vez sintética de cómo se forma nuestro Ordenamiento Jurídico, con el objetivo de resolver dudas y tener una línea de partida común para iniciar las clases.

  1. Definición de Ley

Nuestro ordenamiento jurídico o el conjunto de normas que rigen nuestra vida son un conjunto de diversas leyes, reglamentos, que se encuentran dispersos y regulan diversas materias.

Comprender como se construye el ordenamiento y como se aprueban las leyes en nuestro país puede resultar más fácil si partimos dando una definición de qué se entiende por ley y como nacen a la vida del derecho.

Puede surgir la pregunta de por qué definiremos la ley y no la Constitución o el reglamento, y esta pregunta tiene dos respuestas, partimos por las leyes porque son las normas más numerosas, el Congreso ya ha votado más de 20.000 leyes. Pero la respuesta más significativa es que la ley es la manifestación del principio democrático, las leyes son creadas en el Parlamento que de acuerdo a la teoría de separación de los poderes es el estamento en el cual descansa la soberanía del pueblo.

El Código Civil en su artículo 1º define la ley como el precepto que manda prohíbe y permite. Es una definición de carácter funcional ya que si la desglosamos podemos decir que en Chile existen tres tipos de leyes:

  • Leyes imperativas
  • Leyes prohibitivas
  • Leyes permisivas

Las leyes imperativas son aquellas que nos ordenan realizar determinada conducta, por ejemplo si deseamos otorgar un testamento para distribuir nuestros bienes después de la muerte, la ley ordena que el testamento deba constar por escrito para que tenga validez legal.

Leyes prohibitivas son aquellas que mandan no hacer algo, que impiden una determinada conducta bajo todo respecto o consideración, como ejemplo podemos citar la Ley de Tránsito que prohíbe conducir bajo los efectos del alcohol, o no sobrepasar los 120 kilómetros por hora en carretera, etc.

Las leyes permisivas nos permiten realizar determinadas acciones, por ejemplo a los mayores de edad y que están con sus facultades mentales sanas se les permite celebrar todos los contratos que existen según la ley.

Como dijimos anteriormente la ley nace en el Parlamento, en Chile el proceso de aprobación de las leyes, las materias sobre las que pueden recaer, los quórum necesarios para su aprobación están establecidos en la Constitución Política de la República. Nuestro Parlamento es bicameral está compuesto por la Cámara de Diputados y Senadores. Son en total 158 Parlamentarios, 120 Diputados y 38 Senadores.

Actualmente es posible conocer el monto de dinero que perciben los parlamentarios como dieta, saber el nombre de sus asesores, sus índices de asistencia a las sesiones en el Congreso, como han votado en la aprobación de los proyectos de ley. Tener esta información es necesario y hasta saludable como ciudadanos para decidir cómo votaremos en la siguiente elección.

  1. Constitución y proceso constituyente

La Constitución que nos rige data del año 1980, este texto cobra relevancia ya que es la base sobre la cual se estructura nuestro ordenamiento jurídico. Si hacemos el símil con la construcción de una casa podemos establecer que la Constitución es como los cimientos sobre los que se construye una casa, pero en este caso todos los textos normativos descansan en la Carta Magna.

Todos los países del mundo poseen una constitución algunas son muy antiguas como la Estados Unidos y poseen meras declaraciones acerca de la sociedad que se desea formar en el país. Otras son más recientes y obedecen a procesos de codificación, es decir a tener textos escritos con mayores detalles. Pero lo que una sociedad democrática espera es que la Constitución represente los valores que persigue este país.

En base a lo anterior es que desde la doctrina del derecho constitucional se ha hecho ver que la Constitución de 1980 en la actualidad no representa lo que somos como país, más aun teniendo en cuenta que fue aprobada en un referéndum que adolece de ilegitimidad por el contexto político en el que se desarrolló.

Luego de muchos años de discusión, diversas propuestas por parte de los gobiernos desde 1989 estamos inmersos en un proceso de reforma constitucional, que la Presidenta Bachelet espera concluir antes de que finalice su mandato teniendo una nueva Constitución para nuestro país.

  1. Tipos de Leyes

Si antes vimos una primera clasificación de las leyes de acuerdo a su redacción, o según el fin que persiguen, el texto Constitucional nos entrega otra clasificación de acuerdo al quorum de aprobación y a las materias que regula:

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