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Orientación examen didáctica educación plástica y visual

Angeles CastroExamen31 de Agosto de 2018

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Tema 1

1*¿Cuáles son las competencias de la Administración Educativa?

  • Programación general del proceso educativo.
  • Gestión eficaz de los medios personales y los recursos económicos.
  • Coordinación de los distintos elementos que integran la comunidad educativa.
  • Impulso de la Legislación Educativa.

2*¿Cuáles son los tres niveles de la Administración educativa en España?

  1. Administración central: fija los aspectos rectores de la política educativa de cara a mantener la unidad del sistema: fines y medios que se gestionan en cada CA a través de la Delegación del Gobierno mediante la Alta Inspección de Educación y las Subdelegaciones.[pic 1]
  2. Comunidades Autónomas: competencias según las hayan asumido en sus estatutos (todas las CCAA han asumido el máximo de competencias que han podido a través de sus Estatutos. *Excepto Ceuta y Melilla Admón a cargo del Ministerio de Educación a través de Direcciones Provinciales)  Conserjerías o Departamentos de Educación
  3. Administración local (ayuntamientos)  medios materiales y consejo escolar. Participan en la programación general de enseñanza mediante Consejos Escolares Autonómicos y los Consejos Escolares de los centros educativos. Cooperar en la creación, construcción y sostenimiento de centros docentes, vigilancia de la escolaridad obligatoria e impulso de actividades extraescolares Concejalía de Educación.

3*¿Quiénes son los responsables de la Administración a nivel local?

  • Los ayuntamientos. Dentro del ayuntamiento, se puede distinguir la concejalía de educación como el departamento responsable del ámbito educativo. Los ayuntamientos pueden participar de la programación general de la enseñanza mediante Consejos Escolares locales.

4*¿Qué es el Consejo Escolar de Estado?

  • Creado a partir del Título II de la Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación (LODE), en desarrollo del mandato del 27.5 CE.
  • Es el órgano de ámbito estatal, que

asegura la participación social de todos los sectores de la comunidad educativa en la programación general de la enseñanza.

labor consultiva y de asesoramiento al Gobierno en los proyectos de ley o reglamentos.

elabora cada curso escolar el Informe sobre el estado del sistema educativo.

  • En él están representados

Profesorado de sectores público y privado

Padres

Alumnos

Personal de admón. y servicios de centros docentes

Titulares de centros privados

Centrales sindicales

Organizaciones patronales representativas

Administración educativa del Estado

Universidades

Consejos Escolares Autonómicos

Entidades Locales

Organizaciones de mujeres

Instituto de la Mujer

Personalidades de prestigio en educación y erradicación de violencia de género.

  • En cada CA existe un Consejo Escolar Autonómico (excepto en Ceuta y MelillaConsejo Escolar del Estado) y pueden crearse Consejos Escolares de ámbito menor al de CA.

5* Competencia de la Alta Inspección

  • Previsto en el artículo 149 Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) en desarrollo del 27.8 CE.
  • Corresponde al Estado la alta inspección educativa  Todas las CCAA tienen área funcional de Alta Inspección, dependiente de la Delegación del Gobierno, aunque desde el punto de vista funcional están sujetas al Ministerio de Educación.
  • Competencias

[pic 2]

  1. Analiza la adecuación de la normativa autonómica educativa respecto a las competencias del Estado en educación
  2. Elabora una Memoria final de curso
  3. Participa en las comisiones de seguimiento del Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma
  4. Recoge datos sobre el desarrollo del curso escolar
  5. Analiza el presupuesto de educación de la CA
  6. Informa al ciudadano acerca de la estructura, organización y funcionamiento del Sistema Educativo
  7. Gestiona los títulos de especialistas sanitarios.
  8. Entrega los títulos universitarios de otras CCAA
  9. Realiza las homologaciones de estudios extranjeros no universitarios
  10. Realiza apoyo a unidades de becas de Universidades públicas

6*¿De quién depende orgánicamente la Alta Inspección de Educación en las Comunidades Autónomas?

  • Corresponde al Estado la alta inspección educativa  Todas las CCAA tienen área funcional de Alta Inspección, dependiente de la Delegación del Gobierno, aunque desde el punto de vista funcional están sujetas al Ministerio de Educación.

7*¿Quiénes integran la Conferencia Sectorial de Educación?

  • Órgano de coordinación y cooperación entre la Administración educativa del Estado y las Administraciones educativas autonómicas  responde a la necesidad de garantizar un sistema educativo coherente e integrado al haberse traspasado las competencias en materia educativa desde el Estado a todas las CCAA.
  • Integrada por

Consejeros de Educación (CCAA)

Ministro de Educación

  • Debe reunirse previamente a las deliberaciones del Consejo Escolar del Estado y cuantas veces sea preciso para asegurar la coordinación de la política educativa y el intercambio de información.

8*¿Hay algún tipo de relación entre la Conferencia Sectorial de Educación y el Consejo Escolar del Estado?

  • Debe reunirse previamente a las deliberaciones del Consejo Escolar del Estado.

9*¿En qué Artículos de la Constitución Española se encuentran la distribución de competencias en materia de Educación entre el Estado y las Comunidades Autónomas?

  • Distribución de competencias en materia de educación  arts. 148 y 149 CE. Desarrollo en art. 6 (bis) de la LOMCE.

Art. 148: Competencias asumibles por las Autonomías:

  • No especifica nada sb educación salvo “fomento de la cultura, investigación y, en su caso, de la enseñanza de la lengua de la CA”

Art. 149: Competencias exclusivas del Estado

  • No especifica nada sb educación pero el apartado 32.3 dice que las competencias no exclusivas del Estado pueden corresponder a las CCAA si así lo recogen sus Estatutos de Autonomía.

[pic 3]

Itinerario de asunción de competencias por parte de las CCAA:

  • La CE no niega la posibilidad de asunción de competencias en educación por parte de las CCAA.
  • Incorporación en Estatuto de Autonomía de las competencias en Educación (máximas competencias).
  • Aprobación en Parlamento español del Estatuto de Autonomía propuesto.

10* Grupos de Comunidades Autónomas en los que se refiere a la distribución de competencias en materia educativa.

  • Grupos de CCAA en lo que se refiere a distribución de competencias en materia educativa:
  • Comunidades históricas: Cataluña, País Vasco, Galicia. Asumieron desde un primer momento las competencias del 148 y las que no eran exclusivas del Estado por el 149.
  • Comunidades que accedieron a la autonomía por procedimiento reforzado en cuanto a la iniciativa territorial (art.151 CE): Andalucía (máximas competencias en 1982).
  • Comunidades que obtuvieron ley especial de transferencia: Valencia y Canarias (máximo en 1983), posteriormente Navarra por sus derechos originarios e históricos como comunidad foral.
  • Resto CCAA que inicialmente sólo recibieron competencias del 148: Aragón, Asturias, Baleares, Cantabria, Castilla La Mancha, Castilla y León, Extremadura, La Rioja, Madrid y Murcia. Tenían un periodo transitorio de 5 años a partir del cual pudieron reformar sus estatutos y accedieron al máximo de competencias. Amplían competencias por LO de transferencia (150.2 CE)

11* Programas de cooperación territorial

  • Art. 9.1 de la LOMCE  Obligación del Estado promover programas de cooperación territorial. Se realizan a través de acuerdos o convenios entre E° y CCAA  La mayoría tiene aportación estatal de fondos.
  1. Programa de fomento de la lectura y mejora de las bibliotecas escolares
  2. Plan de impulso y extensión del primer ciclo de EI “Educa 3”  Incrementar oferta de plazas de 0-3. Sb todo trata financiación.
  3. Plan PROA  fomento de la igualdad y lucha contra exclusión social
  4. Programa Arce  grupos de trabajo sobre temáticas comunes que intercambian experiencias
  5.  Programa Profundiza  potenciar el alto rendimiento y altas capacidades
  6. Programa de abandono temprano de la educación y la formación.

Tema 2

12* ¿Cuál es la definición de Legislación Escolar?

  • Concepto: conjunto de leyes que regula el quehacer educativo del país y que debe facilitar el desarrollo de los planes de política educativa del Gobierno  Administración debe poner en práctica y supervisar las leyes aprobadas.

13* ¿Qué significa la Constitución tiene carácter normativo?

  • Constitución:         Norma suprema del ordenamiento jurídico español, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos.
  1. Carácter normativo de la CE: Las normas y principios que la integran son aplicables por los tribunales y vinculan a todos los sujetos de Derecho. Es una norma integrada en el ordenamiento jurídico español

 art. 9.1 CE: “Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico”.

 art. 53.2 CE:  “Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo II ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional”.

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