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Orientación y tutoría en educación


Enviado por   •  21 de Febrero de 2022  •  Apuntes  •  4.493 Palabras (18 Páginas)  •  153 Visitas

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NOCIONES BÁSICAS

Cómo se regula la educación en España:

  1. Constitución  Garantiza el derecho a la educación.
  2. LOMCE (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa), modifica la LOE (ver texto refundido).
  3. La ley se desarrolla con un Real Decreto: establece los currículos generales (para las dos ciudades autónomas sin autonomía en competencias educativas).
  4. La Comunidad se rige por su DECRETO de ESO y Bachillerato. Estos decretos son finalistas y presentan las concreciones curriculares.

        * Hay dos tipos de Órdenes que pueden emitirse, Orden Ministerial y Orden de la Consejeria         de Educación de la CCAA.

        * Se recomienda mirar las INSTRUCCIONES DETALLADAS de la Consejería de         Educación de tu Comunidad Autónoma.

ROC: Reglamento Orgánico de Centros.

SIE: Servicio de Inspección Educativa.

        Hasta la Ley Moyano se hablaba de instrucción pura y dura, a partir de la LGE de 1970 se habla de educación (aprendizaje y enseñanza), introduce el término orientación profesional. La LOE ya habla de orientación y la LOMCE también.


Tema 1: El departamento de Orientación

1.1. Introducción

        Orientación y Educación son términos íntimamente relacionados. La orientación educativa ha pasado a ser considerada, en los últimos años, un pilar básico y esencial del sistema educativo que incide en la calidad de los procesos que en él se desarrollan y, en definitiva, en una educación de calidad.

        La orientación educativa, debe ser entendida como un proceso de ayuda a los alumnos y alumnas en su proceso de desarrollo académico y personal, contribuyendo a proporcionar  al alumnado una educación integral en conocimientos, destrezas y valores.  Es una orientación que entiende la educación más allá del puro aspecto de instrucción y adiestramiento para centrarse en otros aspectos de la vida del alumnado y que pretende, por tanto, con su intervención, el desarrollo pleno  e integral del mismo.

        De la importancia de la orientación para el sistema educativo se hace eco la legislación que en materia educativa surge en los últimos años:

  • Así, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación LOE:
  • En su artículo 1, relativo a los principios de la educación, en su apartado f) establece la orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores.
  • Por otro lado, en el artículo 91.d) establece entre las funciones del profesorado, la orientación educativa, académica y profesional del alumnado, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.
  • En su Disposición final Primera, entre los derechos que tienen los padres, está el de ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos e hijas, e igualmente se establece que el alumnado tiene, entre otros derechos básicos, el de recibir orientación educativa y profesional.

  • En la LOMCE:Art. 22.3.  
  • En la educación secundaria obligatoria se prestará especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado.
  • Art. 26. 4. Corresponde a las Administraciones educativas promover las medidas necesarias para que la tutoría personal de los alumnos y la orientación educativa, psicopedagógica y profesional, constituyan un elemento fundamental en la ordenación de esta etapa.

1.2. Normativa

  • https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/regulacion-orientacion-educativa-necesidades-educativas-especiales
  • Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria. (BOE 21-2-1996) (ROC) http://www.madrid.org/dat_capital/servicio/impresos_pdf/ROC_SEC_26_01_1996.pdf
  • Departamento de Orientación en Institutos de Educación Secundaria http://www.madrid.org/dat_este/supe/atencion-diversidad/departamentos_orientacion.html
  • Resolución de 29 de abril de 1996, de Dirección General de Centros Escolares, sobre organización de los Departamentos de Orientación en los Institutos de Educación Secundaria (BOMEC 31-5-1996).
  • Resolución de 30 de abril de 1996, de la Dirección General de Renovación Pedagógica, por la que se dictan instrucciones sobre el Plan de actividades de los departamentos de Orientación de los Institutos de Educación Secundaria.(BOMEC, 13-5-1996).
  • Circular de la Dirección General de Centros Docentes relativa al funcionamiento de los departamentos de orientación para el curso 2006/07. (El 12 de septiembre de 2006, se ha prorrogado la Circular del curso 2005/06).
  • CIRCULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS DOCENTES RELATIVA AL FUNCIONAMIENTO DE LOS DEPARTAMENTOS DE ORIENTACIÓN PARA EL CURSO 2005/2006 http://www.madrid.org/dat_capital/upe/impresos_pdf/cirdeporient.pdf 

1.3. La orientación en el ROC

http://www.madrid.org/dat_capital/servicio/impresos_pdf/ROC_SEC_26_01_1996.pdf

        Está vigente en la Comunidad de Madrid (no lo ha modificado), establece las competencias del claustro y del jefe de estudios y establece los órganos de coordinación. Hay distintos estamentos con competencias en orientación, todos los profesores pueden estar en orientación.

  • Art. 24. Son competencias del claustro: g) Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos. Creación de los Equipos de sector
  • Art. 33.  Son competencias del jefe de estudios:
  • d) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de profesores y alumnos, en relación con el proyecto educativo, los proyectos curriculares de etapa y la programación general anual y, además, velar por su ejecución.
  • f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores, con la colaboración, en su caso, del departamento de orientación y de acuerdo con el plan de orientación académica y profesional y del plan de Acción tutorial.

Art 40. Órganos de coordinación.

        a) Departamento de orientación y departamento de actividades complementarias y         extraescolares.

        b) Departamentos didácticos (son los departamentos de las asignaturas).

        c) Comisión de coordinación pedagógica.

        d) Tutores y juntas de profesores de grupo.


1.4. Composición del Departamento de Orientación

 (ROC y Circular funcionamiento DO de los IES, 2005-2006).

  • Profesorado del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, de los que al menos uno debe ser de la especialidad de Orientación (Psicología y Pedagogía/Orientación).
  • Profesorado de apoyo al ámbito lingüístico y social y al ámbito científico y tecnológico, así como profesores técnicos de apoyo al área práctica.
  • Desaparece diversificación (LOE) en 3º y 4º ESO, y con LOMCE aparece el PMAR (Programa de Mejora del Aprendizaje y Rendimiento) en 2º y 3º ESO (sólo en el primer ciclo). El PMAR lo imparten profesores de apoyo que pertenecen al dpto. Orientación. En el PMAR, los alumnos con dificultades tienen clases separadas de las asignaturas troncales (matemáticas, lengua, historia y geografía, biología y geología, física y química).
  • Maestros de Pedagogía Terapéutica (PT), de Audición y Lenguaje (AL) y de Apoyo al Programa de Compensación de las Desigualdades.
  • Profesorado de Formación y Orientación Laboral (FOL) en los centros en los que se imparta Formación Profesional.
  • El profesorado de apoyo a las distintas modalidades de compensación educativa, incluido el que compone el equipo docente de un ACE en el caso de los IES que la tengan adscrita. Profesorado de compensatorias y aula ACE (Aula de Compensación Educativa), para chicos de entre 15-16 años con desfase curricular de al menos 2 años.
  •  El Profesorado Técnico de Servicios a la Comunidad (PTSC): Se encargan de Intervención Sociofamiliar principalmente (recursos, becas, ayudas), auque algunos dan clase de FP (módulo infantil).
  •  El profesorado del Aula de Enlace, si la hubiere. Actualmente apenas hay aulas de enlace, fueron especialmente necesarias (y lo siguen siendo en algunas zonas) en 2000-2002 con un boom de inmigración.

1.5. Funciones del departamento de orientación.

a) Formular propuestas al equipo directivo y al claustro relativas a la elaboración o modificación del proyecto educativo del instituto y la programación general anual.

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