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PRINCIPIOS DE POLÍTICA EDUCACIONAL

Lele19Ensayo11 de Junio de 2021

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PRINCIPIOS DE POLÍTICA EDUCACIONAL

Documento elaborado por el equipo de la asignatura Política Educacional para el Profesorado en Letras de la FCH. Abril, 2021.

1. INTRODUCCIÓN

La Política Educacional es un campo disciplinar de desarrollo reciente dentro de las Ciencias de la Educación. Norma Paviglianiti define a la Política Educacional como “el estudio del conjunto de fuerzas que intentan dar direccionalidad al proceso educativo y de las relaciones que se dan dentro del Estado - entendido éste como la intersección entre sociedad política y sociedad civil - para la configuración y control de la práctica institucionalizada de la educación, dentro de una formación histórica determinada.” [1]

        Desde esta primera definición, podemos afirmar que el Estado se erige como actor central en la conformación de la Política Educacional. Nos interesa aquí hacer una breve reseña respecto a la conformación del Estado para luego adentrarnos en la presentación de las categorías que utilizaremos para el análisis de la Política Educacional.

Surgimiento del Estado Moderno y su relación con la Educación

El Estado moderno se conformó en Europa durante los siglos XV y XVI y fue adoptando distintas formas según los sectores sociales que se constituían en dominantes:  Estado absolutista, durante el predominio de la nobleza; Estado liberal con el ascenso de la burguesía. Es recién a partir de esta última etapa que la educación cobra relevancia y comienzan a organizarse los sistemas educativos nacionales.

En América Latina, el proceso de conformación de los Estados Nacionales se dio promediando el siglo XIX. En el caso de Argentina, situamos este proceso hacia fines del siglo XIX bajo una forma que se ha denominado modelo oligárquico-liberal.

Con la conformación del Estado Nacional Argentino se empezaron a pensar y llevar adelante las primeras políticas educativas de alcance nacional. Tomaremos como eje para el análisis, la relación entre estas políticas y los cambios en las formas del Estado, sucedidas a partir de las crisis cíclicas del capital que conmovieron las relaciones económicas, políticas, sociales y culturales. A cada forma que adopta el Estado ha correspondido una política educativa que intentó responder a las demandas culturales y económicas de los sectores sociales que lograron imponer su voluntad política en cada contexto. Por esa razón, además de analizar las formas que adopta el Estado después de cada crisis, es importante contar con algunas categorías o principios que nos permitan analizar las políticas concretas que lleva adelante ese Estado que emerge como producto de las contradicciones sociales.

2. PRINCIPIOS DE LA POLÍTICA EDUCACIONAL

         Anteriormente señalamos que el Estado -entendido como la intersección entre la sociedad civil y la sociedad política- se erige como actor central para el análisis de las políticas educativas. Desde este punto de vista, la Política Educacional analiza la relación Estado - Sociedad - Educación y las estrategias a través de las cuales el Estado logra establecer el “consenso social”. Podemos encontrar en el desarrollo histórico de la disciplina, la conformación de tres áreas temáticas de estudio consideradas clásicas:

  •  Los aspectos político- educativos generales: Incluye debates tales como el derecho a la educación, el derecho de enseñar, el rol del Estado, de las Iglesias y de los particulares, entre otros.
  • Los aspectos generales de la organización académica del sistema educativo: Incluye temas como educación formal y no formal, estructuración de los niveles del sistema educativo, entre otros.
  • Los aspectos generales del gobierno y organización del sistema: debates en torno a los órganos centrales de gobierno y la participación de otras instancias de decisión (centralización, descentralización, autonomía, etc.).

De las distintas categorías[2] que pueden construirse o retomarse para analizar las políticas educativas, hemos elegido recuperar aquellas que ya tienen cierta historia en el campo de la política educacional. Nos referimos en este caso a los principios educativos planteados en diversas ocasiones por Hector Bravo, un importante intelectual y educador argentino. Desde el punto de vista de este autor estos principios serían:

Función del Estado en educación: principalidad-subsidiariedad.

Centralización y Descentralización de la política educativa.

Libertad de Enseñanza.

Educación laica-educación religiosa.

2.1. Función del Estado en educación: Principalidad-subsidiariedad

        Cuando hablamos de principalidad o subsidiariedad del Estado, estamos haciendo referencia a la función que asume el Estado respecto de la responsabilidad de la educación de los habitantes de un territorio. Por principalidad del Estado, nos referimos a que el Estado se reconoce a sí mismo como el único responsable de garantizar el derecho a la educación. Con los términos subsidiariedad del Estado hacemos referencia a que esta responsabilidad es compartida con otros actores sociales o delegada en ellos.

        Hector Bravo (1987) define a la principalidad del Estado en materia de la educación como “la creación, organización, sostenimiento y supervisión por parte del Estado” (p. 12) de la educación de los habitantes a los fines de garantizar el derecho a la educación y la igualdad de oportunidades.

        En el mismo sentido, Paviglianitti (1991) sostiene que para asumir el papel principal en materia educacional  el Estado, “en tanto representante de los intereses generales de los ciudadanos, debe garantizar el cumplimiento del derecho a la educación a través de su función legislativa, de su papel docente como prestador de servicios educacionales[3] y de acciones directas e indirectas de apoyo técnico y financiero a las provincias. (Paviglianiti 1991, p37).

        La principalidad es la asunción plena del Estado como garante del derecho a la educación, es decir, de asegurar el mínimo de escolaridad obligatoria a través de servicios educativos que garanticen una oferta educativa gratuita de igual calidad para el conjunto de la población (Paviglianiti, 1991) y en la regulación de las escuelas, actores y conocimientos que se imparten. El Estado asume aquí el papel de prestador de servicios, regulador y sostenedor del derecho a la educación. Tal como vimos en esta última definición, la principalidad está estrechamente vinculada a la universalidad y gratuidad de la educación pública bajo responsabilidad del Estado.

 

        En sentido contrario a lo explicado anteriormente, la subsidiariedad del Estado en materia de educación “significa que el Estado ha de cubrir sólo las necesidades educativas que no alcance a satisfacer la iniciativa privada” (Bravo, 1987 p.14). O como lo ha planteado un defensor de la subsidiariedad del Estado: “el principio de subsidiariedad significa que ese derecho (el de educar) pertenece a otro (la familia, la iglesia) que por equis razones no la cumple y por esas razones la tiene que asumir el Estado”. (Blanco, 1987).

        En oposición el principio de gratuidad universal para todos y todas, desde las posiciones que defienden la subsidiariedad del Estado se plantea el principio de repartición proporcional de los ingresos que en palabra de sus defensores significa que:

“la enseñanza religiosa no debe ser elitista ni negocio, sino que debe ser de una enseñanza que esté al alcance de todos los niveles sociales y la única manera de que esta enseñanza esté al alcance de las clases populares es que los que sean realmente pobres tengan acceso a las formas de educación religiosa que quieren para sus hijos” (Blanco, 1987, p.23).

        Es decir, en un sistema donde la educación corresponde primero a los particulares y en escuelas aranceladas, el Estado debería aportar los recursos para que las clases populares no se queden afuera de esta educación, a través de un sistema de becas que podría otorgarse a las familias pobres o a las instituciones que deciden no cobrarles a los de menor nivel social.

        Siguiendo los planteos anteriores, Correa y Giovani (2010) consideran que la subsidiariedad del Estado en educación se expresa cuando éste lleva adelante políticas de:

- desregulación, en tanto se liberalizan las condiciones de funcionamiento del sector privado mejorando o equiparando sus condiciones de prestación, por ejemplo, al autorizar el otorgamiento de títulos para el ejercicio de profesiones.

- compensación/colaboración, asumiendo el rol de atender y cubrir aquellos lugares donde la iniciativa privada o los responsables jurisdiccionales no lleguen.

- privatización, a través del fomento de emprendimientos educativos particulares a los que se asiste financieramente.

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