Principales Organizaciones De La Comunidad Y La Salud
maigual20108 de Noviembre de 2014
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La sociedad venezolana se encuentra sumergida en un amplio proceso de debate y redefinición del paradigma socio-político, que la han venido sustentando en búsqueda de un nuevo modelo de organización política para el país. En realidad, han entrado en serio cuestionamiento los partidos, los mecanismos tradicionales de representación popular y los modelos tradicionales de gobierno. En ese contexto y, como consecuencia de ello, las organizaciones comunitarias y sociales han venido cobrando mayor relevancia durante los últimos años; llenando espacios que incluso correspondían a otros actores tradicionales. De la misma manera, se han hecho presentes tendencias hacia la cooptación y el clientelismo de los movimientos sociales y comunitarios; bajo una visión hegemónica de las relaciones entre el binomio Estado-sociedad.
En el presente trabajo se identificaran su definición, objetivos y función en cuanto a su participación en la salud.
DEFINICION
Las organizaciones comunitarias son asociaciones voluntarias de ciudadanos y ciudadanas de carácter no estatal con autonomía de gestión y de carácter diverso y plural. Las organizaciones comunitarias implican actividad e interés social en manifestación de apoyo o no, a un tema de manera temporal o permanente. Surgen debido a la pérdida de eficacia del sistema político, para procesar las demandas sociales. En términos generales, las organizaciones comunitarias desarrollan su actividad social en ámbitos territoriales específicos (tales como; el barrio, el caserío y las parroquias); aunque también y según su área temática, su gestión puede trascender a nivel nacional.
Las organizaciones comunitarias son expresiones de organización y participación ciudadana; por lo tanto son parte de la sociedad civil. En su actividad diaria establecen relaciones con su propia comunidad, con otras organizaciones de su entorno inmediato o área temática, con entidades estatales y con organizaciones empresariales. Además, las organizaciones comunitarias se encuentran reguladas; tanto por el marco constitucional como por leyes especiales y ordinarias específicas, además de sus propias normas.
Son también expresión del ejercicio legítimo de los derechos humanos a la libre asociación y participación. De allí que, se constituyen al margen del Estado y de los partidos políticos; adoptando en algunos casos relaciones conflictivas con ellos, por la defensa de sus intereses específicos. La acción de estas organizaciones ciudadanas alcanza la promoción e implementación de reformas dentro del sistema político; utilizando para ello instrumentos legales y medios de movilización compatibles con su propósito.
OBJETIVOS
• En primer lugar, invertir en la sociedad civil y la participación ciudadana, facilitando un entorno propicio, apoyo y colaboración y revitalizando la capacidad para trabajar con una gama más amplia de actores de la sociedad civil.
• En segundo lugar, promover la acción ciudadana hacia el desarrollo y una democracia participativa mediante el apoyo a la acción colectiva ciudadana.
• En tercer lugar, involucrar activamente a una amplia gama de actores no estatales para un multilateralismo exterior que refuerce la participación ciudadana y el desarrollo humano.
FUCIONES
Las comunidades son los protagonistas del proceso de cambio del modelo de atención. Se integran en efectores de salud del Primer Nivel de Atención existentes en barrios, comunidades, áreas rurales, conurbanos, es decir, en los micro espacios sociales de todo el país; con el objetivo de reconocer y atender las necesidades sanitarias de la población e implementar prácticas de prevención y promoción de la salud. Son quienes, en definitiva, encabezan el proceso de fortalecimiento de la estrategia de Atención Primaria. Para el logro de estos objetivos reciben la Capacitación en Servicio en Salud Social y Comunitaria y emplean, con el apoyo de Tutores y Facilitadores, las herramientas teórico-prácticas adquiridas, en la intervención comunitaria, desarrollando prácticas de atención integral y de calidad para y con la comunidad. Asimismo, el desarrollo de la estrategia de educación permanente en servicio, que se implementa con mediación del Facilitador, se lleva a cabo con el objetivo de apoyar la continuidad en el sistema de los Comunitarios que concluyeron el Posgrado en Salud Social y Comunitaria (SSyC). El trabajo de los comunitarios se encuentra atravesado por cuatro lineamientos sanitarios claves: la promoción de la participación comunitaria; el desarrollo de redes locales; la implementación de prácticas de prevención y promoción de la salud; y el trabajo en equipo interdisciplinario e intersaberes.
Comités de Salud
En los años 80, a través de las direcciones regionales de salud, el Estado inicia la conformación de Comités de Salud. Estas primeras iniciativas tenían un carácter preventivo y de apoyo a los censos sanitarios y a las campañas de vacunación. En los años 90, el Ministerio de Salud promovió la constitución de Juntas socio sanitarias y socio hospitalarias con representantes del Ministerio, las gobernaciones y la comunidad. Asimismo, con la descentralización política ocurrida en 1989, varias gobernaciones ensayaron modelos de organización comunitaria en programas de salud de atención primaria.
Frente a la coyuntura electoral de los años 2003-2004, el Estado decidió crear la Misión Barrio Adentro (MBA) bajo el modelo de atención de la medicina cubana. Con la MBA se crearon cerca de 6.000 consultorios en casas de familia. Los Comités de Salud reaparecieron para apoyar la labor de 14.000 médicos cubanos y adoptaron una gran cantidad de funciones: alojamiento, alimentación y seguridad del médico, asistencia a su trabajo, resguardo de los centros, censos y visitas en terreno, gestión de insumos y equipos ante autoridades y jornadas de prevención.
A partir del 2004, se crea una Comisión Ad Hoc para desarrollar un plan de construcción de módulos, a los cuales se trasladarían los consultorios. Este plan cumplió apenas el 35% de la meta y creó tensiones en las comunidades por el traslado de los médicos a lugares más alejados. Desde ese momento bajaron las visitas de terreno y el nivel de participación de los Comités. Los que continuaron asumieron funciones públicas y a causa de las debilidades de la MBA, en el 2009 el Presidente de la República admitió que 50% de los módulos habían sido “abandonados”, mientras que otro 25% trabajaban a medio turno.
No existen datos actualizados de cuántos Comités de Salud siguen activos y cuántos se han desmembrado. En un estudio realizado por el Observatorio Comunitario por el Derecho a la Salud, coordinado por la ONG Convite, en 11 comunidades de 4 estados del país durante los años 2006 y 2007, se encontró que 33% de las personas entrevistadas había participado en alguna organización comunitaria vinculada a la salud.
Actualmente, según datos de la Encuesta de Pobreza de la UCAB (2007-2008) un 1.1% de la población pertenece a Comités de Salud y 0.6% perteneció anteriormente. Las principales dificultades que afrontaron los Comités de Salud fueron.
1. Constitución como única forma de organización comunitaria válida para tratar los asuntos de salud.
2. Transferencia a sus integrantes de responsabilidades públicas, debido al impedimento del Ministerio y las direcciones de salud de las gobernaciones para intervenir en la actividad del personal cubano.
3. Extrema dedicación diaria de los/as voluntarios/as a las actividades del consultorio, sin ninguna retribución ni facultades para tomar decisiones.
Consejos Comunales
Al debilitarse las Misiones Sociales, el Estado dirigió sus prioridades a la conformación de organizaciones de carácter territorial denominados Consejos Comunales (CC). En el 2002, la Asamblea Nacional aprobó la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública (LCLPP) como órganos para la planificación del desarrollo municipal con el concurso de los gobiernos municipales, los Consejos Comunales y los Consejos Parroquiales.
La creación de los CC fue posteriormente objeto de una ley especial en el año 2006, separándolos de los CLPP y estableciendo una relación directa de éstos con el Ejecutivo Nacional. Por parte de éste, la relación con los CC fue asumida por el actual Ministerio de las Comunas y Protección Social. Según la ley y los lineamientos de este organismo, las funciones de los CC eran:
• Articular las organizaciones de base y promover nuevas organizaciones.
• Elaborar un Plan Único de Trabajo y promover la elaboración de proyectos para resolver los problemas de la comunidad que estén a su alcance con sus propios recursos.
• Ejercer la contraloría social en todas las actividades que desarrolle el Estado, el sector privado y los propios grupos comunitarios en la comunidad.
En el 2009, se reforma la Ley de los Consejos Comunales, obedeciendo al nuevo ordenamiento jurídico que establece un nuevo Estado Comunal o del Poder Popular. En esta ley pasaron a denominarse Consejos Comunales Socialistas (CCS) para cumplir las siguientes funciones:
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