ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Principio fundamental del derecho laboral

Massiel TorresDocumentos de Investigación11 de Septiembre de 2018

885 Palabras (4 Páginas)515 Visitas

Página 1 de 4

[pic 1]

                                        Universidad Abierta Para Adultos

Asignatura:

                                                      Legislación laboral

Tema:

Principio fundamental del derecho laboral

Facilitador:

José Amauri Duran

Participante:

Massiel M. Torres Nicasio

Carrera:

Contabilidad Empresarial

   Matricula:

15-9380

Fecha:

                                                       26 / 07 / 2018/

                                            Santiago de los Caballeros

Introducción

A continuación conoceremos  distintos temas como son las remuneración de las hora extras y las nocturnas, Los descansos remunerados en lo que respecta a matrimonios, fallecimientos de familiares
incapacidades médicas y permisos
, Etc.

  1. Elaboración de un cuadro esquemático basado en las disposiciones del código de trabajo respecto a las formas de remuneración de las horas extras y las nocturnas.

La hora extras están comprendidas de la siguiente forma según el código de trabajo en el artículo 203.

1-Por cada hora o fracción de hora trabajada en exceso de la jornada y hasta sesenta y ocho hora por semana, como un aumento no menor del treinta y cinco sobre el valor de la hora normal.

  1. Por cada hora o fracción trabajada en exceso de sesenta y ocho horas por semana, con un aumento no menor de ciento por ciento sobre   el valor de la hora normal.

En caso de que el salario  del trabajador  se realice por labor rendida el valor de la hora normal de trabajo se determinara  por el cociente que resulte de dividir  el monto  del salario devengado por el número de hora empleada en dicha labor.

Las horas nocturnas están comprendidas de la siguiente manera estipulada en el código de trabajo en el artículo 204.

Los salarios correspondientes de la jornada nocturna deben pagarse a los trabajadores con un aumento no menor del quince por ciento sobre el valor de la hora.

 Elaboración de una relación donde destaque:
a. Los descansos remunerados en lo que respecta a matrimonios, fallecimientos de familiares
incapacidades médicas y permisos, etc.

En el artículo 54 establece  lo siguiente.

Matrimonio

El empleador está obligado a facilitarle  al trabajador cinco días  de licencia con disfrute de sueldo, por el motivo de celebración del  matrimonio

Fallecimiento de familiares.

El empleador está obligado a conceder  tres días en el caso de fallecimiento de cualquiera de sus familiares.

Incapacidades medica

Esta es determinada por el médico dependiendo la gravedad de la lección o el problema.

Permisos

Estos se anuncian tres días antes al empleador  y darle la causa que le impide asistir a su trabajo.

Si el permiso es de improviso este está obligado a lo siguiente

Art. 58 es obligatorio del trabajador dar aviso al empleador  de la causa que le impide asistir a su trabajo dentro de las veinticuatro horas de ocurrir el hecho que justifica la ausencia al trabajo.


b. Los indicadores para el disfrute de las vacaciones de un país cualquiera de América Latina en comparación con RD. 

República dominicana

Puerto rico

 Las vacaciones están comprendidas  según el código de trabajo de la siguiente manera en el artículo 177.

Art.177 Modificación por la ley no.97-97 de fecha 30 de mayo de 1997 los empleadores tienen la obligación de conocer a todo trabajador un periodo de vacaciones de catorce (14) días laborables, con disfrute de salario, conforme a la escala siguiente:

  1. Después de un trabajo continuo no menor de un año ni mayor de cinco, catorce días de salario ordinario.

  1. Después de un trabajo continuo no menor de cinco años dieciocho días de salario ordinario.

El empleado no puede reclamar el disfrute de vacaciones hasta que las acumule por un año.

Art. 178 el trabajador adquiere el derecho a vacaciones cada vez que cumple un año de servicio ininterrumpido en una empresa.

Las vacaciones se concederán anualmente, en forma que no interrumpan el funcionamiento normal de la empresa a cuyo fin el patrono establecerá los turnos correspondientes.

Art 179 los trabajadores sujetos a contrato por tiempo indefinido que sin culpa alguna de su parte, no pueda tener oportunidad de sus labores  o por  cualquier otra circunstancia, tiene derecho a un periodo de vacaciones proporcional al tiempo trabajado, si este es mayor de cinco meses.

Serán disfrutadas de forma consecutiva, sin embargo, mediante acuerdo entre el patrono y el empleado, éstas pueden ser fraccionadas, siempre y cuando el empleado disfrute de por lo menos 5 días laborables consecutivos de vacaciones en el año.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb) pdf (199 Kb) docx (76 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com