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Principios Que Caracterizan Al Sistema Acusatorio Penal


Enviado por   •  23 de Mayo de 2015  •  1.087 Palabras (5 Páginas)  •  345 Visitas

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Orígenes de la Reforma Constitucional en el Sistema de Justicia Penal en México.

El 18 de junio de 2008 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; las fracciones XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115 y la fracción XIII del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El sistema acusatorio ha ido entrando en vigor conforme lo establece la legislación secundaria (federal o local), pero en ningún caso se podrá exceder el plazo de ocho años, contado a partir del 18 de junio de 2008.

Una reforma constitucional como la anterior debe de tener un cimiento en determinados análisis de la situación que se pretende atender, es indispensable que se recaben datos, de los cuales deriven conclusiones bien fundadas; así mismo se debe de mencionar las causas de la problemática y por qué no es posible que se resuelven con el orden jurídico existente y que como consecuencia se necesita un cambio. Por ende los legisladores deben de planear soluciones, así como alternativas y las consecuencias que traerán el cambio a la sociedad.

Efectivamente, esta reforma a la norma primaria fue precedida de múltiples iniciativas que no llegaron a fructificar, pero que sirvieron de útiles antecedentes para el proyecto definitivo, nos referiremos brevemente a ellas en la imposibilidad de conocerlas en detalle:

De este modo, en 2004 se presentaron dos iniciativas que no llegaron a dictaminarse. En 29 de marzo de ese año, el entonces presidente Fox presentó una iniciativa que puede calificarse de claroscuros, en tanto declaraba su propósito de instaurar un nuevo proceso acusatorio, pero exhibía también diversos resabios inquisitorios. Poco después, el diputado Miguel Ángel García Domínguez, a nombre del Partido de la Revolución Democrática, presentó a su vez una iniciativa que describió la larga trayectoria del proceso penal inquisitivo, así como presentó un diagnóstico y propuestas para la reforma de la justicia penal.

En este sentido, el 13 de marzo de 2007, el presidente Felipe Calderón presentó una iniciativa de reforma penal ante la Cámara de Senadores, que si bien hacía una declaración de principio a favor de un sistema penal acusatorio y de la oralidad, concedió mayor importancia a diversas medidas de política criminal y para enfrentar la delincuencia organizada, fenómeno que no ha podido detenerse y que está desafiando a las instituciones encargadas de la seguridad.

Por su parte, en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión legisladores de distintos partidos políticos presentaron diez iniciativas que motivaron y condujeron a una reforma todavía más profunda del proceso penal. Las referidas iniciativas fueron objeto de dictamen por ésta Cámara el 10 de diciembre de 2007.

Con motivo de la aprobación de éste dictamen, se entabló en 2008 un intenso diálogo e intercambio de minutas entre las Cámaras de Diputados y Senadores, que condujeron a la aprobación en esta última del proyecto definitivo de reforma el 28 de febrero del año referido, mismo que a su vez fue también aprobado sin modificaciones por las legislaturas locales.

La reforma procesal penal constitucional se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008.

Principios que caracterizan al Sistema Acusatorio Penal

Los principios rectores deben cumplir con la función de orientación para el legislador en el momento de redactar las leyes procesales, pues ello logra una correcta interpretación de la propia ley procesal por parte del enjuiciador, así como del operador jurídico.

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