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Principios Rectores Del Derecho Penal


Enviado por   •  3 de Octubre de 2014  •  749 Palabras (3 Páginas)  •  476 Visitas

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PRINCIPIOS RECTORES DEL DERECHO PENAL

I. Principio de legalidad

Las normas jurídicas que integran al Derecho penal deben determinar con la mayor precisión posible qué conductas pueden considerarse constitutivas de delito y que pena pueden sufrir quienes las realicen. Por eso el Derecho penal es un medio de control social altamente formalizado. Este principio se expresa con el aforismo latino “nullum crimen, nulla poena, sine lege”. Este principio no es tan solo una exigencia de seguridad jurídica sino además una garantía política de que el ciudadano no podrá verse sometido por parte del Estado ni de los jueces a penas que no admita el pueblo.

1. Garantía criminal: exige que el delito se halle determinado por la ley. "nullum crimen sine lege"

2. Garantía penal: Requiere que la ley señale la pena que corresponda al hecho. "nulla poena sine lege"

3. Garantía jurisdiccional: exige que la existencia del delito y la imposición de la pena se determinen por medio de una sentencia judicial y según un procedimiento legalmente establecido.

4. Garantía de ejecución: Requiere que la ejecución de la pena se sujete a una ley que la regule.

Además se exige que las normas jurídicas que integran las garantías señaladas cumplan con tres requisitos:

a] Lex praevia. Prohibición de retroactividad. Se expresa la prohibición de retroactividad que castigan nuevos delitos o agravan su punición. Así es preciso que el sujeto pueda saber en el momento en que actúa si va a incurrir en un delito. Lo que si se acepta y debe llevarse a cabo es la retroactividad de las leyes penales a favor del reo.

b] Lex scripta. Excluye la costumbre. Excluye la costumbre como fuente de delitos y de penas, es necesario que la ley tenga este rango y que haya emanado del poder legislativo.

c] Lex stricta. Excluye a la analogía. Este postulado de la ley da lugar al mandato de determinación que exige que la ley señale de forma suficientemente diferenciada, las distintas conductas punibles y las consecuencias jurídicas.

II. Principio de utilidad de la intervención

Si el Derecho penal se legitima, sólo cuando protege a la sociedad, creando menos violencia de la que existiría sin su presencia, perderá su justificación o legitimación si su intervención se demuestra inútil, por ser incapaz de prevenir delitos con maximización de garantías.

III. Principio de subsidiariedad

El Derecho penal deja de ser necesario cuando la protección de bienes jurídicos puede conseguirse por otros medios.

a]

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