Profesor de Derecho Penal
Tesis31 de Enero de 2013
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EL JURADO SEDUCIDO
DR. : LUIS DE LA BARREDA SOLORZANO
Profesor de Derecho Penal
1.-INTRODUCCIÓN.
Luis de la Barreda Solórzano, Autor del libro “El Jurado seducido”: realizó un trabajo de recopilación de varios casos en los que se aprecia la intervención de lo que él mismo refiere como “pasiones” humanas, esto es, circunstancias en las que intervienen personas y sus respectivas cargas emocionales, lo cual representa una importante aportación en el estudio de las conductas humanas y los factores incidentes que las rodean, sobre todo en el ámbito de las resoluciones judiciales o administrativas.
El libro se presenta en cuatro capítulos:
CAPITULO I: Es relativo a casos en los que el amor apasionado y el desamor son los protagonistas;
CAPITULO II: comprende fenómenos criminales relacionados con usos y costumbres bárbaros;
CAPITULO III: contiene asuntos en los que entran en juego cuestiones éticas;
CAPITULO IV: aborda temas antiguos de eterna actualidad.
A lo largo de la lectura, nos encontramos con situaciones que se suscitaron en diversas partes del mundo, en donde intervinieron hombres y mujeres que se relacionaron sentimentalmente estando prohibidas tales conductas, trayendo como consecuencia que se diera la aplicación de sanciones que desde el punto de vista lógico jurídico de nuestro país, se consideraría que violenta los derechos humanos, mientras que en esos lugares donde se aplicó “la justicia popular”, fue visto con buenos ojos por la colectividad .
Lo anterior nos permite conocer la forma en que se considera la aplicación del derecho (refiriéndonos incluso a los juicios en donde intervienen los llamados jurados), en distintas partes del mundo y sobre todo en nuestro país, obteniéndose un panorama general de la realidad contemporánea del derecho positivo, a partir del estudio de asuntos que datan desde la época del Imperio Romano.
Es necesario hacer mención, que por la naturaleza de los casos que aborda el autor en el presente libro, se considera necesario contar con conocimientos básicos de la ciencia jurídica y de historia universal, en razón de que se habla de casos suscitados en todo el mundo y se refieren cuestiones que tienen que ver mucho con derecho penal, lo cual para aquellos que carecen de tales conocimientos, les resulta difícil interpretar lo que trata de referir el autor.
2.-DESARROLLO
El desarrollo del primer capítulo se basa en diez historias, tal como lo describe el titulo “Casos de Amor y Desamor”, de las cuales destacan “Ningún reloj para amar”, en donde se refiere un estudiante de 13 años en Estados Unidos que se enamora de su maestra de 34 años, maestra de Historia Universal, el joven deja su virginidad con su maestra y ambos se enamoran; obviamente al enterarse el esposo de la maestra la denuncia y logra el divorcio, llevándose a sus 4 hijos a Alaska, ella va a prisión embarazada del muchacho, un mes después la liberan con la condición de no acercarse al joven. Como era de saberse se vuelven a encontrar, no cumpliendo con lo dispuesto por el juez y es obligada a cumplir la pena por el delito de “violación estatutaria”; después, en prisión llega un segundo hijo y es liberada a los 42 años con esa misma exigencia de no acercarse a él, quien ya cuenta con una edad de 21 años. Sin embargo, la justicia no podría actuar nuevamente en su contra, ya que el muchacho contaba ya con la mayoría de edad. .
Este caso es muy interesante por la cuestión que se alude al conocer la relación sentimental existente entre dos personas, una de ellas más del doble de la otra, en un país en donde el derecho positivo sanciona este tipo de relaciones. Aquí es necesario hacer un paréntesis, ya que en México, en la mayoría de los Códigos Penales se sanciona la violación (al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de seis a diecisiete años, Artículo 174 del Código Penal para el Distrito Federal), y el estupro (al que tenga cópula con persona mayor de doce y menor de dieciocho años, obteniendo su consentimiento por medio de cualquier tipo de engaño, se le impondrá de seis meses a cuatro años de prisión, Artículo 180 del Código Penal para el Distrito Federal) con pena privativa de libertad, esto es, si ese mismo caso ocurriera en el Distrito Federal estaríamos ante la posible comisión de un delito, al igual que en el vecino país del norte .
Lo anterior es así por las ideologías y costumbres prevalecientes en cada lugar. Podemos mencionar que en algunas regiones de nuestro país, los pueblos indígenas de determinados municipios con libre autodeterminación de costumbres, también practican los matrimonios juveniles con rigurosas restricciones. Es así, que podemos visualizar como existen situaciones similares que son valoradas y sancionadas de forma diferente de acuerdo con la ideología prevaleciente en el lugar. Pero más allá de esa apreciación, debemos atender la opinión individual, la cual será extremadamente diferente de acuerdo con los principios, experiencias, valores y creencias personales de cada ser humano, posiblemente algunos tenderán a justificar la relación entre la maestra y el alumno con argumentos basados en cuestiones románticas, mientras que otros podrán condenar tal relación con fundamento en cuestiones religiosas y de moral .
Otra situación destacada que parte de un mito antiguo es la que se relata en “Nuestras hieródulas de hoy”, en donde el autor nos lleva al estamento sacerdotal formado por mujeres hieródulas (jóvenes en el arte amatorio, quienes con encantos lograban civilizar a un salvaje), es el caso de Ishtar, la de más alta expresión, como una deidad erótica, quien fue castigada por su hermana Ereshkigal paralizándola con sesenta miserias corporales, y enviando a su consorte al reino sin retorno .
El autor relaciona está situación con el caso suscitado recientemente de las denominadas “goteras”, las cuales aprovechaban de los influjos del alcohol y del deseo corporal a sus clientes, para convertirlos en víctimas de robo, violaciones y en ocasiones de muerte .
Este caso llama la atención en el sentido de la forma que se utiliza la “pasión” para obtener beneficios ilícitos de las personas que brindan su confianza hacia aquellas que se supone les darían placer y goce, ya que estamos frente a la utilización del llamado oficio más antiguo del mundo para despojar, vejar y en ocasiones privar de la vida a un ser humano; tristemente podemos suponer que estas mujeres que se dedicaban a “gotear” a sus clientes, de algún modo se desquitaban de lo que ellos les hacían, haciéndoles pagar muy caro el uso de sus cuerpos.
La Prostitución y la Trata de personas son problemas de antaño, mismos que se han recrudecido con las actuales circunstancias de empoderamiento de la delincuencia organizada; en algunos momentos históricos se ha tratado de sancionar eficazmente la práctica de la prostitución, solo basta recordar los famosos operativos en donde las sexoservidoras eran perseguidas y llevadas a las Delegaciones en las no muy bien vistas camionetas llamadas “Julias” de la Policía de la Ciudad de México. Después, se reaccionó ante tal hecho y se consideró a las personas que practicaban la prostitución como miembros de un grupo vulnerable y por ello, el Estado y los gobiernos obligatoriamente deberán proteger sus derechos humanos evitando los abusos de autoridad y el posible menoscabo de sus garantías individuales .
En el capítulo II , es de resaltarse la historia “Sepultadas”, en la que el autor refiere principalmente los maltratos de que son objeto las mujeres en países con regímenes fundamentalistas del Islam, haciendo un análisis de los castigos que tradicionalmente se imponen a las mujeres que osan rebelarse, mismos escarmientos que rayan en la barbarie; aquí es importante analizar, que tales castigos se justifican en las enseñas de la religión bajo una interpretación rigorista del Corán, esto es, se realizan conductas que en otras partes del mundo se considerarían delitos, y en el caso de nuestro país incluso se previenen como graves algunos de ellos .
Es importante hacer un alto para analizar la referencia que hace el autor de la película “Submission” (Sumisión), la cual es un cortometraje del Director holandés “Theo Van Gogh” (1957–2004), realizado a partir del guión de la escritora Ayaan Hirsi Ali, entonces Diputada de origen somalí del parlamento holandés. La película tiene una duración de 10 minutos y fue estrenada el 29 de agosto de 2004 en la televisión pública holandesa. Se trata de una serie de breves monólogos de una mujer musulmana y devota que, mirando a la cámara con expresión suplicante, relata su experiencia cotidiana, sometida la sumisión y al maltrato físico de varones musulmanes, incluido el relato de la violación por parte de su tío con la anuencia de sus padres. Mientras trascurre el monólogo, van apareciendo cuerpos de mujeres golpeados y tatuados con aleyas (versículos) del Corán (libro sagrado de los musulmanes), como metáfora del impacto físico que la doctrina
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