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Profesor de Derecho Penal


Enviado por   •  31 de Enero de 2013  •  Tesis  •  3.588 Palabras (15 Páginas)  •  363 Visitas

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EL JURADO SEDUCIDO

DR. : LUIS DE LA BARREDA SOLORZANO

Profesor de Derecho Penal

1.-INTRODUCCIÓN.

Luis de la Barreda Solórzano, Autor del libro “El Jurado seducido”: realizó un trabajo de recopilación de varios casos en los que se aprecia la intervención de lo que él mismo refiere como “pasiones” humanas, esto es, circunstancias en las que intervienen personas y sus respectivas cargas emocionales, lo cual representa una importante aportación en el estudio de las conductas humanas y los factores incidentes que las rodean, sobre todo en el ámbito de las resoluciones judiciales o administrativas.

El libro se presenta en cuatro capítulos:

CAPITULO I: Es relativo a casos en los que el amor apasionado y el desamor son los protagonistas;

CAPITULO II: comprende fenómenos criminales relacionados con usos y costumbres bárbaros;

CAPITULO III: contiene asuntos en los que entran en juego cuestiones éticas;

CAPITULO IV: aborda temas antiguos de eterna actualidad.

A lo largo de la lectura, nos encontramos con situaciones que se suscitaron en diversas partes del mundo, en donde intervinieron hombres y mujeres que se relacionaron sentimentalmente estando prohibidas tales conductas, trayendo como consecuencia que se diera la aplicación de sanciones que desde el punto de vista lógico jurídico de nuestro país, se consideraría que violenta los derechos humanos, mientras que en esos lugares donde se aplicó “la justicia popular”, fue visto con buenos ojos por la colectividad .

Lo anterior nos permite conocer la forma en que se considera la aplicación del derecho (refiriéndonos incluso a los juicios en donde intervienen los llamados jurados), en distintas partes del mundo y sobre todo en nuestro país, obteniéndose un panorama general de la realidad contemporánea del derecho positivo, a partir del estudio de asuntos que datan desde la época del Imperio Romano.

Es necesario hacer mención, que por la naturaleza de los casos que aborda el autor en el presente libro, se considera necesario contar con conocimientos básicos de la ciencia jurídica y de historia universal, en razón de que se habla de casos suscitados en todo el mundo y se refieren cuestiones que tienen que ver mucho con derecho penal, lo cual para aquellos que carecen de tales conocimientos, les resulta difícil interpretar lo que trata de referir el autor.

2.-DESARROLLO

El desarrollo del primer capítulo se basa en diez historias, tal como lo describe el titulo “Casos de Amor y Desamor”, de las cuales destacan “Ningún reloj para amar”, en donde se refiere un estudiante de 13 años en Estados Unidos que se enamora de su maestra de 34 años, maestra de Historia Universal, el joven deja su virginidad con su maestra y ambos se enamoran; obviamente al enterarse el esposo de la maestra la denuncia y logra el divorcio, llevándose a sus 4 hijos a Alaska, ella va a prisión embarazada del muchacho, un mes después la liberan con la condición de no acercarse al joven. Como era de saberse se vuelven a encontrar, no cumpliendo con lo dispuesto por el juez y es obligada a cumplir la pena por el delito de “violación estatutaria”; después, en prisión llega un segundo hijo y es liberada a los 42 años con esa misma exigencia de no acercarse a él, quien ya cuenta con una edad de 21 años. Sin embargo, la justicia no podría actuar nuevamente en su contra, ya que el muchacho contaba ya con la mayoría de edad. .

Este caso es muy interesante por la cuestión que se alude al conocer la relación sentimental existente entre dos personas, una de ellas más del doble de la otra, en un país en donde el derecho positivo sanciona este tipo de relaciones. Aquí es necesario hacer un paréntesis, ya que en México, en la mayoría de los Códigos Penales se sanciona la violación (al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de seis a diecisiete años, Artículo 174 del Código Penal para el Distrito Federal), y el estupro (al que tenga cópula con persona mayor de doce y menor de dieciocho años, obteniendo su consentimiento por medio de cualquier tipo de engaño, se le impondrá de seis meses a cuatro años de prisión, Artículo 180 del Código Penal para el Distrito Federal) con pena privativa de libertad, esto es, si ese mismo caso ocurriera en el Distrito Federal estaríamos ante la posible comisión de un delito, al igual que en el vecino país del norte .

Lo anterior es así por las ideologías y costumbres prevalecientes en cada lugar. Podemos mencionar que en algunas regiones de nuestro país, los pueblos indígenas de determinados municipios con libre autodeterminación de costumbres, también practican los matrimonios juveniles con rigurosas restricciones. Es así, que podemos visualizar como existen situaciones similares que son valoradas y sancionadas de forma diferente de acuerdo con la ideología prevaleciente en el lugar. Pero más allá de esa apreciación, debemos atender la opinión individual, la cual será extremadamente diferente de acuerdo con los principios, experiencias, valores y creencias personales de cada ser humano, posiblemente algunos tenderán a justificar la relación entre la maestra y el alumno con argumentos basados en cuestiones románticas, mientras que otros podrán condenar tal relación con fundamento en cuestiones religiosas y de moral .

Otra situación destacada que parte de un mito antiguo es la que se relata en “Nuestras hieródulas de hoy”, en donde el autor nos lleva al estamento sacerdotal formado por mujeres hieródulas (jóvenes en el arte amatorio, quienes con encantos lograban civilizar a un salvaje), es el caso de Ishtar, la de más alta expresión, como una deidad erótica, quien fue castigada por su hermana Ereshkigal paralizándola con sesenta miserias corporales, y enviando a su consorte al reino sin retorno .

El autor relaciona está situación con el caso suscitado recientemente de las denominadas “goteras”, las cuales aprovechaban de los influjos del alcohol y del deseo corporal a sus clientes, para convertirlos en víctimas de robo, violaciones y en ocasiones de muerte .

Este caso llama la atención en el sentido de la forma que se utiliza la “pasión” para obtener beneficios ilícitos de las personas que brindan su confianza hacia aquellas que se supone les darían placer y goce, ya que estamos frente a la utilización del llamado oficio más antiguo del mundo para despojar, vejar y en ocasiones privar de la vida a un ser humano; tristemente podemos suponer que estas mujeres que se dedicaban a “gotear” a sus clientes, de algún modo se desquitaban de lo que ellos les hacían, haciéndoles pagar muy caro el uso de sus cuerpos.

La Prostitución y la Trata de personas son problemas de antaño, mismos que se han recrudecido con las actuales circunstancias de empoderamiento de la delincuencia organizada; en algunos momentos históricos se ha tratado de sancionar eficazmente la práctica de la prostitución, solo basta recordar los famosos operativos en donde las sexoservidoras eran perseguidas y llevadas a las Delegaciones en las no muy bien vistas camionetas llamadas “Julias” de la Policía de la Ciudad de México. Después, se reaccionó ante tal hecho y se consideró a las personas que practicaban la prostitución como miembros de un grupo vulnerable y por ello, el Estado y los gobiernos obligatoriamente deberán proteger sus derechos humanos evitando los abusos de autoridad y el posible menoscabo de sus garantías individuales .

En el capítulo II , es de resaltarse la historia “Sepultadas”, en la que el autor refiere principalmente los maltratos de que son objeto las mujeres en países con regímenes fundamentalistas del Islam, haciendo un análisis de los castigos que tradicionalmente se imponen a las mujeres que osan rebelarse, mismos escarmientos que rayan en la barbarie; aquí es importante analizar, que tales castigos se justifican en las enseñas de la religión bajo una interpretación rigorista del Corán, esto es, se realizan conductas que en otras partes del mundo se considerarían delitos, y en el caso de nuestro país incluso se previenen como graves algunos de ellos .

Es importante hacer un alto para analizar la referencia que hace el autor de la película “Submission” (Sumisión), la cual es un cortometraje del Director holandés “Theo Van Gogh” (1957–2004), realizado a partir del guión de la escritora Ayaan Hirsi Ali, entonces Diputada de origen somalí del parlamento holandés. La película tiene una duración de 10 minutos y fue estrenada el 29 de agosto de 2004 en la televisión pública holandesa. Se trata de una serie de breves monólogos de una mujer musulmana y devota que, mirando a la cámara con expresión suplicante, relata su experiencia cotidiana, sometida la sumisión y al maltrato físico de varones musulmanes, incluido el relato de la violación por parte de su tío con la anuencia de sus padres. Mientras trascurre el monólogo, van apareciendo cuerpos de mujeres golpeados y tatuados con aleyas (versículos) del Corán (libro sagrado de los musulmanes), como metáfora del impacto físico que la doctrina islámica supone para las mujeres .

Muchos musulmanes percibieron esta denuncia del maltrato de las mujeres musulmanas como un insulto al islam. Pero, incluso gente que compartía las preocupaciones de Hirsi Ali, dudaron de la eficacia del film en la medida que polarizaría las posiciones. Hirsi Ali, como guionista, sufrió amenazas diversas y los embajadores de Arabia Saudí, Malasia, Sudán y Pakistán, solicitaron que se la expulsase del partido demócrata liberal al que pertenecía. El líder de este respondió que Hirsi Ali hablaba únicamente en su nombre y no en el del partido.

El 2 de noviembre de 2004, tan sólo unas semanas después de que la televisión retransmitiese el documental, su Director, Theo Van Gogh, fue asesinado en una calle de Ámsterdam por un islamista radical quien, en una nota clavada en el pecho del cadáver, dejó también graves amenazas contra Hirsi Ali, estableciendo claramente la relación entre el documental y el crimen. Este hecho luctuoso otorgó fama internacional al film, que fue exhibido en algunas otras televisiones europeas. En febrero de 2005 fue suspendida la proyección de Sumisión que estaba prevista para el Festival Internacional de Cine de Rotterdam, que estaba dedicado precisamente a películas censuradas .

En la historia de “La Ley de Alá”, el autor maneja una situación similar con la anteriormente comentada, en la cual narra la sentencia de una mujer en Nigeria por haber cometido un supuesto adulterio, dicha resolución consiste en ser enterrada hasta la mitad del cuerpo para luego ser muerta a pedradas.

Aquí el autor manifiesta su reprobación a la actitud complaciente de los organismos internacionales protectores de los derechos humanos ante esta situación, expresa ideas que defienden los derechos humanos de las mujeres y aborrece la condena que se pretende aplicar a esta mujer. Aquí podemos estar de acuerdo con lo declarado por el autor, pero valdría también comentar. ¿Qué es lo que ha hecho él en estos caso?, ¿Acaso su labor como Ombudsman no le permitió realizar actividades en este sentido?, ¿Qué hemos hecho nosotros?

Más adelante, en las historias de “Ley de Turba y la incidencia de cada día” nos narran el linchamiento de Policías Federales en Tlahuac en la ciudad de México el 23 de noviembre de 2004, en esta parte el autor nos da su opinión del entonces Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, así como la actuación del entonces Jefe de la Policía capitalina, Lic. Marcelo Ebrard Causaban, en la que manifiesta diversas omisiones en su actuar. En el caso denominado “Motivos” nos refiere la situación posterior al hecho y las resoluciones que tomo el entonces Presidente Vicente Fox, al cesar a los dos mandos policiacos, el Federal y del Distrito Federal .

Es de subrayarse la crítica hecha a la actuación de la Policía del Distrito Federal, mencionándose conductas negligentes tales como retardo en el tiempos de asistencia de la Policía al linchamiento, las malas decisiones de los mandos policiacos, la falta de coordinación de áreas federales y locales, etcétera.

Desde un punto de vista particular, es de mencionarse que el que suscribe laboró en la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal en la época en que ocurrieron los hechos, incluso puedo mencionar que esa noche se escuchó la transmisión por la frecuencia de radio operativa, de lo que se estaba suscitando en tiempo real, siendo importante mencionar la impotencia de no poder hacer nada al respecto por la lejanía del lugar donde se estaban suscitando los hechos. En cuanto a la indebida actuación de los mandos policiacos podemos decir, (aunque se oiga mal el que el suscrito lo diga), que la Policía capitalina no está preparada completamente para enfrentar situaciones de este tipo, ya que la preparación con la cuentan los cuerpos de choque no es la suficiente y adecuada para estos casos, pero también podemos alegar: ¿Qué Policía del mundo está completamente preparada para estos casos? .

La conducta humana es imposible de predecir; si no se puede prever la conducta que realizará una persona, podemos imaginar que resulta imposible adivinar la conducta de muchas personas, por lo tanto, cualquier decisión que hubieran tomado los mandos policiacos de ese tiempo, hubiera sido criticada por los grupos que tienen intereses a su favor. Recordemos que en tiempos de elecciones electorales, la actuación de las autoridades se hace más “lenta”, más complaciente, tal vez por las posibles reacciones negativas para la imagen política del partido en el poder .

El capítulo III lo conforman once casos que tocan los temas de la clonación, el aborto y la eutanasia, en los que el autor expone varias situaciones que tienen que ver con las decisiones sobre la preservación de la vida o la muerte. Es claro que estos temas generan polémica por su propia y especial naturaleza; debemos estar conscientes que cada persona, cada mente, cada ser humano, tiene sus propia forma de ver el mundo, que su opinión está cargada de emociones, sentimientos, pasiones, experiencias, y muchas cosas más; por ello, considero que en este rubro no es posible en la época actual obtener un consenso en este sentido.

Es relevante lo que menciona el autor por cuanto hace a la discriminación que sufren las personas por sus preferencias sexuales, ya que dedica los casos denominados “Un Obispo Gay” y “Una cierta conducta intima”, resaltando la parte donde se menciona la punibilidad de las conductas homosexuales en el vecino país de los Estados Unidos, en donde sucedió que en Texas, Kansas, Oklahoma y Missouri, donde se prohibía la cópula anal y oral entre personas del mismo sexo, mientras que en otros Estados se consideraba delito la sodomía.

Lo anterior, pudiera parecernos incomprensible, ya que trataban a las personas homosexuales como ciudadanos de segunda, haciéndonos recordar el autor las penas inusitadas que se les aplicaba a los homosexuales en la Edad Media.

Es probable que pasen muchos años antes de que la “humanidad” tome conciencia de su concepto, es decir, aquellos que se dicen “humanos”, pero al mismo tiempo sancionan la homosexualidad, no están coherentes. Desde mi punto de vista, el Doctor Luis de la Barreda es muy atinado al parafrasear a Jhon Stuart Mill, quien escribió: “La única libertad que merece ese nombre, es la de buscar nuestro propio bien, por nuestro camino propio, en tanto no privemos a los demás del suyo o les impidamos esforzarse por conseguirlo. Cada uno es el guardián natural de su propia salud, sea física, mental o espiritual. La humanidad gana más consintiendo a cada cual vivir a su manera que obligándole a vivir a la manera de los demás”. .

El capítulo IV , refiere temas polémicos que siempre son motivo de opinión, empezando con la descripción detallada sobre la dignidad de todo ser humano, aún para el peor de los criminales; asimismo el autor afirmaciones temerarias al referir sin argumentos sólidos, los factores que a su juicio son desencadenantes de conductas criminales, tales como la tendencia a la imitación, la realidad de que los crímenes generalmente quedan impunes, el rencor social y la premisa de que los privilegiados son los enemigos de los pobres. Más adelante analiza someramente los motivos para cometer homicidio, refiriendo que la mayoría de las veces se trata de intereses personales que persiguen supuestos fines superiores como la justicia social, la independencia, la felicidad de todos, la verdad y hasta la “vida eterna”. .

Sin embargo, podemos coincidir con las aseveraciones del autor al señalar que existen segmentos de población que simpatizan con las ideas de los supuestos “justicieros sociales” (cualquier parecido con la realidad es coincidencia) que pretenden imponer su ideología y que los demás (incluso las autoridades) obedezcan su capricho, sin importarles que en su camino a la concreción de sus fines haya víctimas inocentes: el Pragmatismo en pleno apogeo.

En esta última parte es relevante la alusión que se hace a hechos que no se pueden quedar en el olvido, ejemplo: Cuando René Bejarano toma cuantiosos fajos de billetes, pero lo que no es conveniente es la opinión política que utiliza en esta parte, cuestión que debe tratarse en otro tipo de textos.

3.CONCLUSION

La lectura deja un agradable sentimiento de ilustración al conocer la opinión de los asuntos que se relatan y que dada la naturaleza de los mismos , son materia reiterada de análisis convencional en aulas y hasta en tertulias con amistades y familiares. El hecho de que el autor haya sido el ombudsman capitalino no pasa desapercibido durante el desarrollo del libro , pero no tiene consecuencia negativa para ello. .

A manera de conclusión, podemos decir que el autor realiza un interesante trabajo de recopilación de casos relevantes para la opinión pública, en los que intervienen en gran medida, los sentimientos y las pasiones de los seres humanos, lo cual genera una problemática disímil y complicada en cada uno de ellos que no puede ser analizada a la luz del mismo instrumento. .

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