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Programa Nacional De Empleo Por Hora


Enviado por   •  2 de Octubre de 2013  •  1.768 Palabras (8 Páginas)  •  395 Visitas

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INTRODUCCION

El objetivo de esta pequeña investigación es dar a conocer sobre el Programa Nacional de Empleo por Hora (PNEH) con que propósito se organizo y en qué consiste, y los derechos que adquieren los trabajadores y de cómo esto repercute a nuestra sociedad generando empleo y oportunidades a miles de jóvenes, que se integran al mundo laboral mostrar a los lectores información relevante, que le sirva de apoyo al momento de firmar un contrato de acuerdo a esta modalidad.

PROGRAMA NACIONAL DE EMPLEO POR HORA

Fines

• Fomentar el empleo digno;

• Mantener los puestos de trabajo existentes;

• Evitar el crecimiento de los índices de desempleos y sub-empleo;

• Abrir oportunidades de trabajo.

• (Artículos 1 de la ley y 2 del reglamento)

Propósitos del programa

• Abrir oportunidades de empleo en el sector formal de la economía;

• Garantizar que las trabajadoras y trabajadores contratados bajo el programa gocen de los beneficios de la seguridad social y salud ocupacional;

• Fomentar la educación, capacitación y formación profesional;

• reactivar la economía;

• Estimular una dinámica de inversión y empleo en el sector público como privado;

• Insertar a los grupos vulnerables en el mercado laboral

• (Artículo 2 de la Ley y 2 del reglamento)

Duración del programa

 36 meses

 Articulo 3 de la ley y del reglamento

RESPONSABLES DEL CONTROL SUPERVISION Y SEGUIMIENTO:

Secretaria de Estado en los despachos de Trabajo y Seguridad Social, a través de:

1. Dirección General de Empleo;

2. Inspección General del Trabajo

3. Articulo 12 de la ley y 21 y 22 del reglamento

Ámbito de aplicación

Todo el territorio nacional Aplicable:

• Al Sector Privado

• Al Sector Público.

En los casos que requieran contratar personal de manera temporal.

(Articulo 4 párrafos primero de la Ley y 4 del reglamento)

Porcentaje de contratación

Hasta el 40% calculado sobre la base de la planilla total de trabajadores permanentes.

No se tomara en cuenta:

 El numero de trabajadoras o trabajadores de temporada o realicen labores cíclicas

 Las y los trabajadores temporales que ya se encuentren laborando a la fecha de vigencia del programa.

 Las y los trabajadores que se desempeñen en labores que no se efectúen con regularidad todo el año.

Excepciones

Se exceptúan del porcentaje del 40% aquellas nuevas industrias o actividades económicas que la naturaleza de la actividad empresarial se basa en empleo por hora, jornada parcial o medio tiempo.

EJEMPLO:

Actividades tecnológicas de comunicación, (Call Centers o Contact Centers)

Programas especiales sin fines de lucro, (atención a desastres naturales, emergencia de salud, encuestas, censos, medidas de protección al consumidor, seguridad alimentaria, emergencia nacional etc)

(Articulo 3 numeral 2 de la ley y 6 del reglamento)

Calificaciones

La Dirección General de Empleo calificara aquellas actividades económicas no enunciadas en el articulo 3 numeral 2, para que se pueda contratar más del 40% del personal de acuerdo a la naturaleza de la actividad, dentro de un plazo de 10 días siguientes a la fecha en que se reciba la solicitud correspondiente, de conformidad a los criterios enunciados anteriormente y establecidos en el artículo 6 del reglamento.

Modalidades y formas de contratación.

MODALIDADES:

 Por tiempo limitado

 Para obra o servicio determinado

 (Artículo 3 numeral 1 primer párrafo de la ley y 8 del reglamento)

FORMA:

 El contrato de trabajo siempre será por escrito.

Jornadas

 Por horas, la mínima será de dos horas en el área rural y tres en el área urbana,

 Medias jornadas (diurnas, mixtas o nocturnas),

 Jornadas ordinarias completas (diurnas, mixtas o nocturnas)

Remuneración

SALARIO BASE.

Se fijara por horas y no será inferior al que corresponda como salario mínimo para cada sector de la producción y servicio.

EXCEPCION:

Cuando se contrate mano de obra calificada, el salario base será el que se pacte entre las partes.

Compensación no Habitual

Equivale a un 20% sobre el salario base convenido y corresponde al decimo tercer mes, decimo cuarto mes y vacaciones, este porcentaje se pagara sumado al salario base en las fechas y lugares convenidos.

EXCEPCION:

No es aplicable a las o los trabajadores calificados, cuando el salario pactado sea superior a la suma del salario mínimo y de la compensación no habitual, sin perjuicio de que por mandato de ley tiene derecho al pago

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