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RE: U1_S1_A1 EL DERECHO PROCESAL A TRAVÉS DEL TIEMPO


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2018  •  Documentos de Investigación  •  1.164 Palabras (5 Páginas)  •  77 Visitas

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LICENCIATURA EN DERECHO

ALUMNO: LUIS FERRARA PORTILLO

DOCENTE: MARICRUZ PEREZ MARTINEZ

SESION 6 LOS ACTOS PROCESALES

OCTUBRE 2018

INTRODUCCION

La vida de los hombres esta regulada por normas jurídicas, sin ellas, ya hemos dicho, sería imposible la existencia humana.

En la norma jurídica encontramos la bilateralidad, es decir impone deberes al mismo tiempo que otorga derechos, lo que origina una relación entre individuos.

Esa relación como todas las cosas de la vida tienen un origen, un desarrollo y un fin y esto, como escribe Clemente de Diego, es siempre en virtud de un hecho que produce tales fenómenos. De aquí la importancia del estudio de los hechos y actos jurídicos

ACTIVIDAD 1

Hechos jurídicos: son aquellos acontecimientos de la vida que tienen consecuencias sobre el proceso, independientemente de la voluntad humana.

Ejemplo: la muerte de una de las partes

Actos procesales: son acontecimientos dominados por la voluntad humana idónea para crear, modificar o extinguir derechos procesales.

Ejemplo: la presentación de una demanda, la consignación que hace el ministerio publico ante el juez penal, el ofrecimiento de pruebas.

Tomando en cuenta al sujeto que realiza el acto procesal, este puede ser clasificado en:

Simple: cuando se lleva acabo con la intervención de un solo sujeto procesal

Complejo: cuando intervienen en su realización varios sujetos procesales

Ejemplos: La demanda que presenta la parte actora; la contestación a aquella que hace la parte demandada; la sentencia que dicta el juzgador, son actos procesales simples porque en los mismos interviene un solo sujeto procesal

Los sujetos principales que intervienen en la relación jurídica procesal son: la parte actora (la que reclama), la parte demandada (de quien se reclama) y el órgano jurisdiccional (representado por el juez, a quien le corresponde conocer y resolver la controversia surgida entre las partes).

En cambio, la diligencia de declaración preparatoria del inculpado en la participan este, el juzgador, el ministerio público, y el defensor, o la audiencia de pruebas a la que comparecen, ante el juzgador, las partes, los testigos, los peritos, etc., son actos procesales complejos.

Para que las partes puedan actuar deben estar legitimadas. Se entiende por legitimación la facultad que la ley concede a un sujeto de derecho para desarrollar una actividad o conducta procesal; puede ser en la causa o procesal. La primera corresponde al titular de un derecho y la segunda a los sujetos a quienes la ley faculta para actuar en un proceso por sí o a nombre de otros.

DESARROLLO DEL TEMA

Ejemplo: Una madre interpone una demanda de pensión alimenticia a favor de sus menores hijos, paula y Sofia, ambos de apellidos Flores Valtierra, en contra de su esposo el cual tiene un negocio de llantas. El argumento es la minoría de edad de sus hijos, y la falta de ingresos de ella por tener que cuidarlos, así como la solvencia de su esposo el cual abandono la casa y sus obligaciones hace 3 meses.

ACTOS

EJEMPLOS:

Actos de petición: Las partes manifiestan al juzgador sus pretensiones; solicitan que, agotándose los actos necesarios, se dicte sentencia. En estos actos las partes reclaman algo al juzgador

-Tenerla por presentada en tiempo y forma

- Aceptación de la demanda

- Fijar una pensión provisional

-Se dicte sentencia definitiva

Actos de prueba: Las partes buscan dar certeza al juzgador sobre los fundamentos de derecho y hecho, respecto a su acción o petición.

ARTÍCULO 931.- En la audiencia, las partes aportarán las pruebas que así procedan y que hayan ofrecido, sin más limitación que no sean contrarias a la moral o estén prohibidas por la Ley. (CPCBC)

-Confesional a cargo de la parte demandada

- Documental publica (actas de matrimonio, nacimiento)

-Testimonial (a cargo de los testigos)

-Presuncional legal y humana

Actos de alegación: Las partes argumentan los fundamentos de hecho y de derecho que tienen para sostener su pretensión

La parte actora presenta los hechos ya formulados en la demanda inicial, donde pretende demostrar que le corresponde la pensión de alimentos.

La parte demandada una vez habiendo contestado la demanda y presentado sus pruebas también intentara negar o aceptar los hechos.

Actos de impugnación: Las partes combaten la validez de los actos jurisdiccionales, así como los actos u omisiones del órgano jurisdiccional.

Una vez dictada sentencia por el juez ambas partes contaran con el término de ley para impugnar la sentencia o lo que ellos convengan en tiempo y forma

ARTÍCULO 937.- La sentencia que se dicte, será apelable en el efecto devolutivo, debiendo interponerse en la forma y términos previstos en el Capítulo respectivo que reglamenta dicho recurso, pero si la parte recurrente careciere de abogado, el propio día más para enterarse del asunto y a efecto de hacer valer el recurso y los agravios correspondientes o cualquier derecho a nombre de la parte que asesore

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