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REFLEXION HUMANA

vicguzm8 de Noviembre de 2012

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REFLEXIÓN HUMANA

2.1 LÓGICA

No existe una definición específica de lo que es la lógica, este concepto ha tomado diversos significados y alcances.

El concepto lógica tiene su raíz del griego logike que significa razón.

Intenta descubrir cuáles son los elementos que constituye el

Razonamiento y cuáles son las funciones que enlaza a dichos elementos.

2.1.1 Lógica formal

La lógica formal tiene entre sus premisas básicas identificar la estructura del

Pensamiento.

Por ejemplo, la enunciación de flor no tiene un contenido concreto, en él caben

Cualquier tipo de flor que podamos imaginar en el momento de la enunciación. Al

Escuchar el enunciado, nuestro razonamiento se esquematiza, tenemos la idea de

Cualquier flor., que hace nuestro razonamiento ubica a la flor dentro de un género específico.

El concepto como representación mental y expresión verbal del objeto tiene dos

Finalidades:

Una, refleja las propiedades del objeto mismo, y segunda, tiene una expresión

Comunicativa que se transmite a través de los sonidos.

Dentro de la lógica, todo concepto tiene dos características: el contenido y la

Extensión: El contenido tiene como finalidad exponer las cualidades de los objetos, la extensión del concepto es la suma o totalidad de objetos que se ilustran con el mismo.

Colectivas. El concepto singular individual se refiere a los objetos que tienen una identidad propia y cuya particularidad lo diferencia de los otros, aviones, de los árboles y de los hombres, sin hacer distinción entre sus especies.

Los conceptos universales son de tres clases: de extensión limitada, de extensión ilimitada y de extensión vacía.

Los de extensión limitada son aquellos que tienen una cantidad finita. Los conceptos universales de extensión ilimitada están compuestos por aquellos objetos de cuantificación infinita, ilimitada, por ejemplo los "átomos" y los "momentos del tiempo". Los conceptos comparables compatibles mixtos, son aquellos en los que el contenido es diferente pero la extensión es parcialmente diferente, o parcialmente coincidente, por ejemplo, en los conceptos "socialista y sociólogo".

Los incompatibles contradictorios se pueden identificar cuando en uno de los dos conceptos se encuentra una falta de carácter del objeto que representa, es decir, la negación o ausencia de lo que tiene el otro concepto que representa a un objeto específico; por ejemplo, si hablamos de un "ser humano racional" el concepto incompatible contradictorio sería "ser humano no racional".

Los de extensión limitada son aquellos que tienen una cantidad finita, cuantificable, pero lo finito y lo cuantificable puede ser a su vez de una magnitud considerable, por ello estos conceptos universales de extensión limitada tienen dos variedades; la primera de ellas está identificada como "registrador".

Finalmente, los conceptos comparables compatibles subordinados, son aquellos en los que los contenidos y las extensiones se encuentran en relación de dependencia. Los incompatibles contradictorios se pueden identificar cuando en uno de los dos conceptos se encuentra una falta de carácter del objeto que representa. Los conceptos incompatibles contrarios son los que se niegan mutuamente y el concepto negador posee caracteres contrapuestos al concepto negado.

2.1.1.2 JUICIO

El segundo aspecto de la lógica formal es el juicio, éste es un pensamiento en el que se afirma o niega algo acerca de algo.

Para Aristóteles, el concepto precede al juicio ya que lo general es lo primero que

se percibe y después se individualiza, Kant hace la otra interpretación sobre la relación concepto-juicio en la que invierte la propuesta aristotélica, ya que para Kant el acto primario de la inteligencia es el juicio y no el concepto, pues el segundo posee una cantidad indefinida de juicios. Los juicios se dividen fundamentalmente en dos, simples y compuestos. Los juicios simples se dividen de la siguiente manera: "Se llama simple el juicio que no consta de más de dos conceptos: el uno expresa aquello de lo que afirmamos o negamos algo; el otro lo que se afirma o se niega. Los juicios simples se clasifican en juicios singulares, particulares y universales.

Los singulares son aquellos en los que se afirma o niega algo de un solo objeto. Los juicios universales también están subclasificados en registrador y no registrador. En el primero, el concepto contiene una clase de objetos de número finito o limitado.

Los juicios afirmativos y negativos pueden ser universales, particulares, particulares determinados y singulares. Hay que distinguir, por tanto, los juicios:

1) singular afirmativo (el Distrito Federal es la capital de la república mexicana);

2) singular negativo (el planeta Mercurio no tiene satélites);

3) particular afirmativo (algunos metales son más pesados que el agua);

4) particular negativo (algunos planetas no tienen atmósfera);

5) particular afirmativo determinado (sólo algunas plantas son coniferas);

6) particular negativo determinado (sólo algunos números no son fraccionarios);

7) universal afirmativo (todos los metales son conductores de electricidad);

8) universal negativo (las grasas no se disuelven en el agua).

Existen diversas relaciones entre las especies de los juicios afirmativos y negativos, las principales son:

1 La de contradicción;

2 La de contrariedad;

3 La de subcontrariedad, y

4 La de subordinación.

Existe otra división en los juicios que se derivan de la tipologización kantiana de la modalidad. En ella se encuentran los juicios de realidad, de posibilidad y de necesidad que en la

tipologización de Kant se reconocen como asertóricos problemáticos y apodícticos respectivamente. 1) cuando todavía no se sabe si el carácter indicado en el juicio es indispensable al objeto y se sabe únicamente que dicho carácter pertenece o no pertenece al objeto dado. Una última división de los juicios es de pertenencia, inclusivos y exclusivos. Los juicios de pertenencia afirman o niegan que un carácter determinado pertenezca a un objeto de cierta clase en forma especial. La otra división fundamental son los juicios compuestos, un juicio compuesto es, como se expuso anteriormente, aquél en el que el objeto y el predicado tienen una mayor complejidad. Los juicios copulativos son la unión de varios juicios simples sobre un mismo objeto o clase de objetos de los que afirma o niega la pertenencia de sus características. Finalmente, los juicios complejos tienen como peculiaridad que el predicado puede ser simple o complejo.

Por otro lado, tenemos los juicios condicionales, éstos se descomponen de la siguiente manera:

1 Antecedente (o condición);

2 Consiguiente (o condicionado);

3 Concepto de relación, y

4 Cópula.

2.1.1.3 RACIOCINIO

En la lógica formal, el razonamiento pretende llegar a adquirir nuevos conocimientos a partir de los que se tienen, se intenta arribar a lo desconocido partiendo de lo conocido.

Se denomina razonamiento a la operación discursiva por medio de la cual obtenemos un conocimiento nuevo, inferido, partiendo de otro conocimiento.

Las inferencias deductivas se han dividido en siete clases:

1 Las inferencias mediatas que parten de una sola premisa que lleve a deducir la conclusión;

2 Las inferencias mediatas las cuales tienen dos premisas de las que se parte como proposiciones categóricas;

3 Las inferencias disyuntivas que constan de dos premisas, de las cuales una es una proposición disyuntiva, esto es, en alguna de las premisas se plantea la alternativa de que su contenido puede ser una cosa u otra;

4 Inferencias condicionales, éstas se forman también de dos premisas, pero una de ellas es condicional, es decir, sólo procede si se reúnen algunas características específicas;

5 La quinta clase son dilemas que tienen tres premisas, de las cuales dos son proposiciones condicionales y la tercera es proposición disyuntiva;

El razonamiento inductivo es, como se había enunciado, una forma que conduce al descubrimiento de propiedades o relaciones generales partiendo de casos particulares. Las inferencias inductivas pueden ser divididas en trece tipos.

Por lo expuesto hasta aquí sobre los elementos de la lógica formal, se puede apreciar que gran parte de su contenido es el establecimiento de reglas y clasificaciones para el pensamiento cotidiano, los conceptos, los juicios, los razonamientos.

2.1.2 Lógica dialéctica

Es necesario que se considere que la realidad es más compleja y que una esquematización del pensamiento es insuficiente para que la razón se vincule dinámicamente con la dinámica de la realidad. La lógica dialéctica también parte de algunas premisas, pero éstas no pretenden Esquematizar las condiciones de la lógica, sino insistir en el movimiento del pensamiento.

Entre las premisas de la lógica dialéctica están las siguientes:

a) Desde el punto de vista de la forma: que el pensamiento se convierte en móvil y en pensamiento del movimiento pero sin perder su forma determinada;

b) Desde el punto de vista del trabajo efectivo del pensamiento, que éste se mueve a través de contradicciones determinadas y las piensa, reflexiona sobre ellas, sin perderse en la incoherencia;

c) Desde el punto de vista de los conocimientos adquiridos.

2.2 CIENCIA

Cuando

...

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