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REQUERIMIETNOS HSEQ PARA CONTRATISTAS


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2013  •  10.220 Palabras (41 Páginas)  •  452 Visitas

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INSTRUCTIVO

QSHE-IT-01

REQUERIMIENTOS GENERALES QSHE PARA CONTRATISTAS

FEBRERO 2.012

PERENCO

COLOMBIA LIMITED

REQUERIMIENTOS GENERALES QSHE PARA CONTRATISTAS (SEGURIDAD INDUSTRIAL, SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE)

TABLA DE CONTROL

NOMBRE CARGO FIRMA

ELABORÓ EQUIPO QSHE

REVISÓ PASTOR GAMBOA / FERNANDO PUENTES SUPERVISOR QSHE

APROBÓ JORGE YAÑEZ GERENTE QSHE

VERSION No. Fecha Descripción del cambio

00 26/02/2009 Emisión

01 26/02/2010 Actualización

02 10/11/2010 Actualización

03 07/02/2012 Actualización

TABLA DE CONTENIDO

Pág.

TABLA DE CONTROL …………………...................................................................... 1

REQUERIMIENTOS GENERALES QSHE (SEGURIDAD INDUSTRIAL, SALUD

OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE)

1. REGISTRO ÚNICO DE CONTRATISTAS (R.U.C.)……………………………. 6

2. REPRESENTANTE DE QSHE EN CAMPO…………………………………….. 6

3. PROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO………………. 7

4. EXÁMENES MÉDICOS DE PREINGRESO Y PERIÓDICOS………………… 7

5. VACUNACIÓN……………………………………………………………………… 7

6. HIGIENE INDUSTRIAL……………………………………………………………. 7

7. LESIÓN EN EL TRABAJO Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL……………. 8

8. SEGURIDAD SOCIAL Y RIESGOS PROFESIONALES………………………. 8

9. PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIA……………………………. 8

10. EQUIPO MEDICO Y DE EMERGENCIAS (SEGÚN APLIQUE)…………….. 9

11. CAMPAMENTOS Y COMEDOR (SEGÚN APLIQUE)………………………... 9

12. EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL……………………………………… 14

13. REPORTE DE INCIDENTES Y ACCIDENTES……………………………….. 18

14. PERMISOS DE TRABAJO………………………………………………………. 18

15. REQUERIMIENTOS PARA VEHICULOS Y CONDUCTORES……………… 18

16. EXTINTORES……………………………………………………………………... 21

17.SEÑALIZACIÓN……………………………………………………………………… 21

18. ASEGURAMIENTO Y ETIQUETADO…………………………………………….. 22

19. EQUIPOS DE MEDICION DE GASES…………………………………………… 23

20. TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS……………………………… 23

21. MANEJO Y OPERACIÓN DE MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS, MECÁNICAS, NEUMÁTICAS, HIDRÁULICAS, ETC……………… 23

22. LEVANTAMIENTO MECÁNICO…………………………………………………... 24

23. ENTRENAMIENTO HSE…………………………………………………………… 24

24. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES AMBIENTALES……………………….. 25

25. CUMPLIMIENTO DE REGULACIONES LEGALES Y DE POLÍTICAS, ESTÁNDARES Y PROCEDIMIENTO………………………………………………… 32

GENERALIDEDES DE QSHE

Al realizar un trabajo, proporcionar un producto o un servicio para PERENCO Colombia LIMITED (en adelante El Contratante), el Contratista o Proveedor de Servicios y/o Productos (en adelante El Contratista) deberá cumplir los requerimientos en cuanto a Calidad, Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Medio Ambiente (QSHE), los cuales se refieren, entre otros, a:

EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL DESEMPEÑO

I. El Contratante realizara auditorias periódicas al Contratista relacionadas con QSHE tanto al Sistema de Gerenciamiento de QSHE o a áreas especificas relacionadas con la realización de un trabajo, prestación de un servicio o entrega de un producto, a fin de evaluar el cumplimiento del Contratista en la realización del trabajo, prestación de los servicios o entrega de bienes o productos requeridos. El contratante se reserva el derecho de suspender los trabajos si el Contratista no cumple con los requerimientos de QSHE establecidos.

II. El Contratante podrá realizar inspecciones, verificaciones de QSHE al Contratista, las cuales proporcionarán los métodos para monitorear y evaluar las actividades que éste realiza para el Contratante. La frecuencia de dichas inspecciones y verificaciones dependerán del trabajo, servicio, producto y/o riesgo específico asociado a los mismos. Igualmente el Contratante podrá realizar auditorías de QSHE, las cuales proporcionan un medio de evaluación más formal y amplia del cumplimiento del Plan de QSHE por el Contratista. El Contratista deberá implementar las diferentes medidas correctivas resultantes de los hallazgos de inspecciones, verificaciones y/o auditorias. El Contratista deberá igualmente compartir con el contratante los hallazgos y las medidas correctivas aplicadas con un compromiso positivo por ambas partes de usarlos para el mejoramiento del rendimiento o desempeño.

III. El Contratante se reserva el derecho a tomar medidas en caso de incumplimiento (incluyendo entre otros pero sin limitarse a los mismos, el rechazo de personal del Contratista y hasta finiquito del contrato u orden de prestación de servicios o provisión de productos) con los compromisos adquiridos relacionados con QSHE.

IV. No se permite que el contratista subcontrate a terceros para la realización de un trabajo, prestación de un servicio o entrega de un producto, excepto cuando el contratante así lo apruebe formalmente.

V. El contratante deberá realizar una reunión inicial como oportunidad para que el Contratista se familiarice con el sitio o instalaciones de trabajo o sitio de entrega, con el personal y demás información de QSHE relativa al trabajo a realizar, servicio a prestar o producto a entregar. La reunión inicial debe realizarse inmediatamente después de la firma del contrato y antes de la ejecución del trabajo, suministro del bien o servicio. El Contratista deberá participar en simulacros y ejercicios de emergencia programados por el Contratante de acuerdo a sus necesidades.

VI. El Contratante conducirá revisiones regulares del desempeño con la Administración del Contratista, basadas en métrica medible establecida y acordada al inicio del contrato. Se determinará al inicio del contrato la periodicidad con la cual se llevarán a cabo tales reuniones.

VII. El Contratante monitoreará el cumplimiento de las metas de QSHE acordadas. El incumplimiento de las mismas por parte del Contratista, hará que el Contratante exija la implementación de las acciones necesarias para mejorar el rendimiento y/o alcanzar el nivel de desempeño mínimo acordado.

REQUERIMIENTOS GENERALES QSHE PARA CONTRATISTAS (SEGURIDAD INDUSTRIAL, SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE)

1. REGISTRO ÚNICO DE CONTRATISTAS (R.U.C.)

El Contratista deberá contar con una calificación de mínimo 80% en la última Auditoria RUC del Consejo Colombiano de Seguridad ó indicar la fecha de la Auditoria en el que quede registrado y calificado como lo exige Perenco. En caso que el contratista tenga la aprobación oficial por parte de PERENCO de contratar un tercero, este debe cumplir este requisito también. Las empresas que no tienen el RUC deben demostrar que se encuentran realizando el correspondiente trámite para cumplir esta condición. Excepciones formales a este requerimiento pueden ser emitidas por el Departamento de QSHE de PERENCO en casos específicos.

2. REPRESENTANTE DE QSHE EN CAMPO

El Contratista deberá contar con un representante de QSHE (entrenado y con experiencia en la industria) tecnólogo y/o profesional que soporte al Contratista en la ejecución de sus trabajos en sitio para el Contratante. Perenco se reserva el derecho de aceptar o pedir el cambio de la persona designada por el Contratista para esta posición.

Excepciones serán emitidas formalmente por el Departamento de QSHE en casos específicos donde no se requiera este tipo de apoyo.

3. PROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO

El Contratista debe contar con su Programa de Medicina Preventiva y del Trabajo incluyendo en él las actividades a desarrollar a fin de mantener y/o proteger la salud de los trabajadores expuestos a los riesgos inherentes a las actividades, servicios o entrega de productos objeto del contrato. Conforme al Artículo 5o. RESOLUCION 001016 de 1989 (Marzo 31) ORGANIZACION, FUNCIONAMIENTO, Y FORMA DE LOS PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

4. EXÁMENES MÉDICOS DE PREINGRESO Y PERIÓDICOS

El Contratista debe asegurar la realización de los exámenes médicos ocupacionales preingreso y periódicos (anual), enfocada primordialmente a garantizar que los trabajadores tengan el perfil médico ocupacional requerido para desarrollar las labores específicas que estarán a su cargo en el entorno de trabajo. Siguiendo la reglamentación legal Colombiana vigente pertinente. Conforme al Artículo 348 del Código Sustantivo de Trabajo; El literal b) del artículo 30 del Decreto 614 de 1984 y El numeral 1º del artículo 10 de la Resolución 1016 de 1989.

P E R E N C O

C OLOMB I A L I M I T ED

5. VACUNACIÓN

El Contratista debe asegurar la aplicación y cumplimiento de un esquema de vacunación acorde con los requerimientos del perfil endémico de la región donde desarrollará sus actividades, como mínimo el siguiente esquema de vacunación debe ser aplicado: Tétanos y fiebre amarilla.

6. HIGIENE INDUSTRIAL

La exposición de los empleados a agentes químicos, biológicos y/o físicos, a factores de riesgos ergonómicos y en general a cualquier factor de riesgo para el trabajador debe ser identificada, evaluada y controlada, esto deberá ser confirmado con el médico consultor del Contratante. Conforme al Artículo 11. RESOLUCION 001016 de 1989 (Marzo 31) ORGANIZACION, FUNCIONAMIENTO, Y FORMA DE LOS PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

7. LESIÓN EN EL TRABAJO Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL

Los procedimientos y sistemas manejados por el Contratista deberán estar implementados para realizar seguimiento y reportar cualquier lesión y/o enfermedad profesional, incluyendo las provisiones para:

• Dar apoyo a los trabajadores;

• Clasificar y registrar todos los casos de lesión y/o enfermedad profesional;

• Proporcionar el tratamiento médico necesario;

• Investigar los eventos e implementar acciones correctivas para eliminar sus causas;

• Facilitar el retorno de los trabajadores a trabajar después de su recuperación.

Conforme al Artículo 11. Numeral 14 RESOLUCION 001016 de 1989 (Marzo 31) ORGANIZACION, FUNCIONAMIENTO, Y FORMA DE LOS PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

8. SEGURIDAD SOCIAL Y RIESGOS PROFESIONALES

Todos los empleados del Contratista deberán estar afiliados al Sistema de Seguridad Social, Administración de Riesgos y Enfermedad Profesional – ARP (Riesgo 5 (V): Actividades Petroleras). Antes del inicio de los trabajos el contratista deberá presentar el listado de personal con las respectivas afiliaciones a EPS y ARP para su revisión y aprobación por parte del Departamento de QSHE de Perenco (Si no se cumple con este trámite no se permitirá laborar a ninguna persona en la obra).

Conforme con lo establecido en la Ley 100 del 23 de diciembre de 1993, Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones; y Decreto1295 DE 1994 (junio 22) por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.

9. PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIA

Las situaciones de emergencia y los eventos causantes de las mismas deberán ser identificados y evaluados y su impacto minimizado con la implementación por parte del contratista de:

• Planes de Respuesta a Emergencia documentados

• Difusión del Plan de Respuesta a Emergencias

• Procedimientos operativos normalizados

• Reportes de situaciones de emergencia

• Notificación a empleados

• Procedimientos de evacuación

• Entrenamiento a empleados (Brigadas de emergencias, primeros auxilios, reanimación Cardiorrespiratoria, control de derrames, evacuación, etc.).

• Realización periódica de simulacros acordes al perfil de riesgos.

El Plan de Respuesta a Emergencias (Genérico del Contratista) debe ser entregado por el Contratista al Contratante para su respectiva revisión y aprobación antes del inicio de las actividades, prestación de servicios o entrega de productos objeto del contrato. Conforme al Artículo 11. Numeral 18 RESOLUCION 001016 de 1989 (Marzo 31) ORGANIZACION, FUNCIONAMIENTO, Y FORMA DE LOS PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

10. EQUIPO MEDICO Y DE EMERGENCIAS (SEGÚN APLIQUE)

El contratista debe proveer el equipo médico necesario (Medico General o Enfermera, Ambulancia y/o Equipo médico necesario) dependiendo del número de trabajadores contratistas en determinada obra y de la condición de aislamiento donde se realice. La necesidad del equipo humano y equipos médicos será definida por el Departamento de QSHE de Perenco durante la planeación de la obra y el costo será facturado por el contratista a Perenco en cada obra según precios convenidos.

11. CAMPAMENTOS Y COMEDOR (SEGÚN APLIQUE)

Previo a la instalación del campamento, el contratista debe tener en cuenta el área necesaria para su personal, sus contratistas y equipos. Así mismo previo a la instalación del campamento se debe tener un registro fotográfico del sitio a intervenir con el fin de que sirva como línea base para la restauración ecológica de la zona una vez sea desmantelado. Los campamentos deben contar con superficies lisas aislantes (no piso de tierra) y estar debidamente cerrados. O se puede instalar containers. En caso de ser necesario el descapote, este se realizará solo en el área estrictamente necesaria para la construcción de la vivienda, almacén y talleres. El material vegetal retirado, debe cumplir con los requerimientos del numeral 25.1.2 manejo de vegetación de esta misma guía. Adicionalmente debe contar con las siguientes áreas:

• Área de Dormitorios:

Los alojamientos se construirán de forma que de protección contra el viento, la lluvia, y las temperaturas extremas, y debe estar enmallada contra insectos. Cuando se utilicen carpas, se debe instalar un cubre pisos que permita la limpieza. Deben contar con salida de emergencia.

Todo individuo contratado contará con un espacio suficiente para descanso, disponibilidad de servicios y áreas comunes, sin incurrir en hacinamiento de personal.

Los campamentos deben contar área de televisión comunal, para el relajamiento de los trabajadores. (Opcional del contratista)

En todas las locaciones debe mantenerse suficiente suministro de agua por persona a diario: Los estándares para el consumo de agua deben aceptar las Guías para el Consumo de Agua de Calidad y estándares de OMS. Se debe realizar análisis físico químico y bacteriológico del agua de consumo humano.

Ningún empleado del Contratista ni de los Subcontratistas puede tener mascotas en las instalaciones operativas y campamentos, alimentar animales de la región o motivar animales silvestres a vivir en cautiverio o los predios donde se ejecuta el Trabajo (PERENCO se acoge a normatividad ambiental sobre tenencia de fauna silvestre del Ministerio del Medio Ambiente). El Contratista mantendrá sus instalaciones y recipientes libres de insectos, roedores y otro tipo de especies que afecten la salud humana.

El Contratista debe proveer una iluminación adecuada alrededor de las diferentes áreas del campamento, para permitir el movimiento seguro del personal durante las horas de oscuridad.

Debe localizarse en áreas donde el uso del suelo sea preferiblemente de pastoreo y la cobertura vegetal de pastos. No podrá instalarse en áreas que puedan generar inestabilidad.

Si se localiza sobre predios de propiedad privada, se deberá contar con los permisos o con los contratos de arrendamiento, para evitar cualquier conflicto con las comunidades. El Contratista debe presentar en los informes de cumplimiento el paz y salvo respectivo.

Se deberán evitar los cortes de terreno, rellenos y la remoción de la vegetación existente y en lo posible se deberá utilizar una infraestructura prefabricada.

• Área para Servicios Higiénicos

Los campamentos deben estar dotados de baños limpios y acceso a agua potable.

Los baños deben ser de tipo portátil de fácil armado y limpieza. La utilización de este tipo de baños requiere realizar mantenimiento de por lo menos dos (2) veces en la semana, el cual debe ser realizado por la empresa prestadora del servicio.

Los baños y las facilidades sanitarias, deben ser diseñados, construidos y mantenidos en referencia a los siguientes criterios: Piso lavable, un sanitario (puede ser portátil) por cada 15 empleados separados por sexos. Suministro de agua potable y drenajes adecuados (De utilizarse letrinas portátiles, se deberá entregar los soportes de mantenimiento y entrega de lodos retirados por la empresa prestadora del servicio).

.

• Manejo de aguas residuales domésticas

Los sistemas de tratamiento de aguas residuales domésticas deben quedar instalados y probados antes de poner en servicio las instalaciones a sus usuarios. La disposición final se hará cumpliendo con las normas de vertimientos líquidos exigidos por la normatividad ambiental vigente. El sistema de tratamiento de aguas podrá incluir los siguientes componentes:

Trampa de Grasas A L I M I T ED

La trampa de grasas recibirá el efluente proveniente de lavaderos y cocinas para retener la grasa y lograr que ésta no obstruya los poros del medio filtrante. Se localizará entre la tubería que conduce las aguas de la cocina y los lavaderos al tanque séptico, en un sitio accesible donde sea fácil su mantenimiento, preferiblemente en sitios sombreados para mantener baja la temperatura interior. Se deberá realizar un mantenimiento periódico a la trampa de grasas. Las grasas resultantes de su mantenimiento se llevarán a unos pozos sépticos inactivos autorizado por PERENCO.

Pozo séptico

Es un sistema de tratamiento anaerobio. El tanque consta de un compartimiento inferior para digestión de los sólidos sedimentados y de una cámara superior de sedimentación. Se debe tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

Evitar productos químicos, blanqueadores, desinfectantes, fertilizantes o derivados del petróleo como gasolina, disolventes, aceites, etc. estas sustancias matarían las bacterias que biodegradan la materia orgánica.

Los excedentes de los lodos y natas del pozo, deben ser enviados a un pozo séptico inactivo autorizado por PERENCO.

La inspección del tanque séptico se hará continuamente para controlar la altura de la capa de lodos y el espesor de las natas.

Campo de infiltración

El campo de infiltración recibe el efluente del tanque séptico y consiste en una serie de trincheras angostas y relativamente superficiales rellenas con grava.

Criterios de localización del sistema de tratamiento de aguas residuales

- Mínimo a 3 m de distancia entre el sistema de tratamiento de aguas residuales y las construcciones, tuberías de abastecimiento.

- Mínimo a 10 m de distancia entre el sistema de tratamiento de aguas residuales y los árboles.

- Mínimo a 30 m de distancia entre el sistema de tratamiento y los pozos de agua subterráneos, cuerpos de agua.

• Área de Comedor

El comedor debe contar con dotación adecuada según los requerimientos de las actividades y/o servicios objeto del contrato. La preparación de alimentos, almacenamiento y manipulación de los mismos debe ejecutarse bajo estrictas condiciones de higiene y seguridad según los estándares de la industria y regulaciones aplicables. Los alimentos suministrados deben ser objeto de monitoreo bajo análisis periódico de las condiciones de bioseguridad a fin de garantizar que no representan ningún riesgo para la salud de los trabajadores.

Los comedores deben ser un área cubierta con un cubre pisos de fácil limpieza. Debe haber suficientes puestos para acomodar al menos la mitad del personal normalmente presente en la locación y que les permita comer dentro de un espacio de tiempo razonable. Los manipuladores de los alimentos en el grupo deben tener:

- Exámenes y certificados médicos válidos,

- Entrenamiento en manipulación de alimentos,

- Ropa y E.P.P. adecuados,

• Área de Manejo de Residuos.

La responsabilidad en el acopio, clasificación y disposición final de los residuos está a cargo del contratista, quien establecerá y mantendrá un procedimiento para manejo tanto de las aguas residuales como de los residuos sólidos.

El contratista establecerá y mantendrá un Plan de Manejo de residuos. Se dispondrá de los residuos de los campamentos y locaciones remotas regularmente y en una forma acordada, teniendo en cuenta los requerimientos de las Guía Ambiental o Plan de Manejo Ambiental. El procedimiento de manejo de residuos debe contemplar la alternativa de reciclaje cuando esto sea posible.

Se debe iniciar el manejo integral de residuos sólidos con la inducción de todo el personal y la capacitación permanente sobre el tema. Se entiende como gestión integral de residuos sólidos al conjunto de operaciones y disposiciones encaminadas a dar a los residuos sólidos producidos, el destino más adecuado desde el punto de vista ambiental, de acuerdo con sus características, volumen, procedencia, costos, tratamientos, posibilidades de recuperación, aprovechamiento, comercialización y

Disposición final.

A continuación se describen las acciones a implementar para cumplir con el manejo integral de los residuos sólidos:

- Clasificación y reducción en la fuente.

- Recolección y almacenamiento temporal.

- Disposición final (reutilización, reciclaje y tratamiento).

Se debe anexar en los informes de gestión las actas de disposición final de residuos sólidos en sitios debidamente autorizados, cuantificados y cualificados

• Zona de Vestir. OLOMB I A L I M I T ED

La ventilación en las áreas para cambio de ropas debe ser satisfactoria, y la iluminación debe ser suficiente.

Área para el almacenamiento de combustible.

Las áreas destinadas para el almacenamiento temporal de combustible, deberán contar con las siguientes condiciones mínimas de seguridad garantizando la mitigación de riesgos durante el almacenamiento o manipulación de los combustibles:

El área para el almacenamiento de combustibles y lubricantes deberá ser previamente aprobada por el departamento de QSHE de PERENCO y será la única zona autorizada para efectuar el almacenamiento. Esta podrá ser cambiada de acuerdo al proceso constructivo y adelanto de obras.

Debe contar con contenedor secundario con capacidad del 110% del mayor recipiente.

Debe contar con excelente ventilación, evitando la acumulación de calor y de vapores, los cuales pueden generar atmósferas explosivas, inflamables o tóxicas.

Debe estar alejada de cualquier fuente generadora de ignición, calor, electricidad, chispa o radiactividad.

No deberá tener cerca zonas en donde existan trabajos en caliente como soldaduras, corte oxiacetilénico, fuentes de ignición, esmerilado y o pulido de metales, o en general, cualquier tipo de trabajo que pueda generar llama o chispa.

No deben existir instalaciones eléctricas dentro del almacén ni en sus zonas aledañas.

No se efectuará suministro de combustible en horas nocturnas.

Las hojas de seguridad y las fichas técnicas de las sustancias almacenadas, deberán estar documentadas en el idioma que maneje el personal del Proyecto, y se ubicarán de manera visible al personal.

La zona deberá estar completamente aseada y debe contar con acceso fácil y rápido.

Está terminantemente prohibido fumar en el almacén de combustibles. Además, en la zona de abastecimiento; debe existir un aviso que señale dicha prohibición.

Almacenamiento, manejo y suministro de combustibles y químicos.

Las áreas de almacenamiento deberán permanecer libres de pasto, yerbas y todos los demás materiales combustibles.

Las áreas de almacenamiento de combustible o químicos deberán estar claramente marcadas y con barricadas para evitar que las dañen los vehículos en movimiento.

P E R E N C OOMB I A L I M I T ED

Las áreas de almacenamiento de combustibles o químicos deberán estar a no menos de 100 metros de distancia del pozo de suministro de agua, las áreas de recarga o descarga de agua superficial, áreas agrícolas y corrientes de agua.

Las operaciones de suministro de combustible se supervisarán todo el tiempo. Todos los empleados del contratista deberán recibir instrucciones sobre la forma de surtir adecuadamente el combustible.

• Aprobación del Campamento

PERENCO, sin perjuicio de otras exigencias de las autoridades regionales y locales, aprobará las instalaciones, espacios para disposición de equipos, talleres y el inicio del funcionamiento de campamentos, una vez se cumplan los requisitos mínimos de ley cuyo cumplimiento es de responsabilidad exclusiva del Contratista.

• Finalización del trabajo y abandono de campamento

El Contratista rehabilitara la localización de los espacios ocupados después del abandono. Una vez terminadas las obras el contratista debe:

- Desmantelar y demoler todas las infraestructuras temporales construidas.

- El material que pueda ser reutilizable por la comunidad puede ser entregado a ella, previa solicitud por escrito.

- Se limpiará y despejará la zona de cualquier elemento extraño al ambiente natural.

- Se restaurará cada una de las áreas intervenidas por el proyecto.

- Cuando los proyectos se desarrollen cerca de ecosistemas estratégicos (humedales, nacederos de agua y zona boscosas) o en áreas decretadas como parte del Sistema de Áreas Protegidas, no se debe instalar campamento en la zona del proyecto. Lo no antes mencionado estará Conforme con el CAPÍTULO VI numeral 2.2.6 De los campamentos de los trabajadores. ESTATUTO DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Resolución Número 02400 de 1979 (Mayo 22).

12. EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL

El contratista deberá proveer a sus trabajadores el Equipo de Protección Personal (EPP) adecuado para las labores a realizar, servicios a prestar y/o riesgos implícitos en las diferentes actividades involucradas en los mismos. Siempre que se ingrese a las Estaciones o Centros de Operación de PERENCO COLOMBIA LIMITED se está en la obligación de utilizarlos en todo momento donde se requiera.

El EPP a proporcionar por el Contratista a sus trabajadores debe cumplir con los estándares de PERENCO COLOMBIA LIMITED, de la industria y regulaciones legales aplicables.

P E R E N C OI A L I M I T ED

Protección Corporal: Usar siempre protección corporal adecuada a los riesgos y el ambiente locales. Como mínimo en las áreas de trabajo asignadas por PERENCO COLOMBIA LIMITED, todos los trabajadores deberán utilizar ropa de trabajo para todo el cuerpo (overol de mangas largas o pantalón y camisa de mangas largas).

Se debe incluir cintas reflectivas en camisa y pantalón según la norma EN 471 (Estándar Europeo sobre la Indumentaria de Alta Visibilidad). Cinta reflectora, la misma debe ser aplicada como sigue: cinta reflectora de 50 mm (2 pulgadas) alrededor de las piernas y alrededor de los brazos. Chalecos reflectivos para trabajos nocturnos también son aceptados si no se dispone de cintas reflectivas en la ropa de dotación.

Se debe usar protección contra colisiones cuando sea requerido. En especial, cuando haya riesgo de ser atropellado por un vehículo motorizado o maquinaria en movimiento debido a la baja visibilidad: Chaleco luminoso o cubiertas reflectoras adhesivas que cumplan con EN 471 (Estándar Europeo para Ropa de Alta Visibilidad).

Es obligatorio que el nombre de la compañía contratista este estampado o bordado en una parte visible del overol o camisa.

Protección para los Pies: Siempre se debe usar protección para los pies. En estaciones, pozos, equipos de perforación, talleres, patios, oficinas y donde se maneje o levante materiales o exista riesgo de caída de objetos: Botas o zapatos de piel o neopreno con punta de acero que cumplan el estándar ANSI Z41 PT 91 o con el estándar europeo EN 344.

Protección para las Manos: Siempre se debe usar protección para las manos cuando sea necesario. En particular cuando exista riesgo de abrasión o cortaduras en las manos: Guantes de seguridad de tela. Durante o eraciones de soldadura, corte o esmerilado: Guantes de cuero. Durante la manipulación de equipos o materiales calientes: Guantes para altas temperaturas libres de asbesto. Durante la manipulación de materiales peligrosos, la protección para las manos especificada por el fabricante del producto en la MSDS (Hoja de Seguridad del Producto) es considerada estándar para PERENCO COLOMBIA LIMITED y por tanto es de obligatoria implementación cuando se requiera por los Contratistas. Para trabajos eléctricos se debe utilizar guantes dieléctricos adecuados al voltaje.

Protección para la Cabeza: Siempre se debe usar protección para la cabeza cuando sea necesario. En especial en estaciones, pozos, equipos de perforación, talleres, o patios y donde exista el riesgo de caída de objetos o de golpearse la cabeza con objetos ubicados por encima del nivel de la misma debe usarse casco que cumpla con el estándar ANSI Z89.1 – 1986 o con el Estándar Europeo 397: Modelo

Bullard 5100 o equivalente. Utilización de barbuquejo en trabajos en altura es obligatoria.

El casco para contratistas debe ser de color VERDE.

Protección para los oídos: Se debe usar protección para los oídos adaptada a los riesgos locales cuando sea requerido. En particular, cuando el trabajador esté en una zona en que exista el riesgo de ruido, o cuando estén expuestos durante periodos de ocho horas o más a un promedio ponderado de nivel de ruido de 82 decibeles o mayor deben usarse tapones de oído flexibles, tapones rígidos de oído o equipos de radiocomunicación para la cabeza.

P E R E N C OOMB I A L I M I T ED

Protección Ocular: La protección ocular se debe usar permanentemente en todas las áreas de trabajo cuando sea requerido En particular donde exista el riesgo de lesiones oculares: Lentes de seguridad con protectores laterales que cumplan con el estándar ANSI Z87.1 – 1989, o el Estándar Europeo 166. Cuando exista el riesgo de lesión ocular por impacto, los lentes de seguridad deben estar hechos de policarbonato.

En el caso de los trabajadores que requieran de lentes prescritos por un oftalmólogo para su trabajo diario, se aplica los mismos estándares mínimos usando lentes de seguridad con formulación. La empresa contratista debe proveer al trabajador de gafas de seguridad con lentes de la prescripción necesaria.

- Durante operaciones de moledura, fresado o corte con esmeril: Deben usarse visores para cortar y protector facial completo que cumpla con el estándar ANSI Z87.1 – 1989 o el Estándar Europeo 166.

- Durante operaciones de soldadura y corte con gas: Deben usarse visores para soldadura que cumplan con el estándar ANSI Z87.1 – 1989 o el Estándar Europeo 166.

- Durante operaciones de soldadura de arco: Deben usarse lentes de seguridad con protectores laterales y una careta para soldadura que cumplan con el estándar ANSI Z87.1 – 1989 o el Estándar Europeo 166.

- Donde exista riesgo de heridas oculares debido a la manipulación de químicos peligrosos incluyendo cemento u otros: Deben usarse lentes de protección contra químicos de ventilación indirecta que cumplan con el estándar ANSI Z87.1 – 1989 o el Estándar Europeo 166.

- Donde exista riesgo de heridas oculares debido al manejo de ácido: Deben usase lentes químicos de ventilación indirecta y un protector facial que cumplan con el estándar ANSI Z87.1 – 1989 o el Estándar Europeo 166.

Protección contra ahogamiento: Se debe utilizar protección contra ahogamiento adaptada a los riesgos locales cuando sea requerido. Cuando exista riesgo de caer al agua mientras se trabaja, por ejemplo en barcazas, gabarras o donde no exista pasamanos en las plataformas de trabajo: Se debe usar chaleco de trabajo aprobado, con parches luminosos para trabajo nocturno, cumpliendo con la norma CE 396 o tipo Guardia Costera III o IV. Donde haya riesgo de caer al agua durante un viaje en una embarcación, helicóptero, o vehículo aéreo de ala fija: Debe usarse chaleco salvavidas aprobado y que cumpla con el estándar E 13474 de la Autoridad de Aviación Civil Británica, o FAA Tipo III (inflable) para helicópteros y alas fijas y Guardia Costera Tipo III para embarcaciones.

Protección contra Caídas: Se debe usar protección contra caídas cuando sea necesario. En especial, cuando exista riesgo de caída desde una altura de (1,5 m.) o más. Conforme con lo dispuesto en la resolución del MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL 3673 DE 2008 26 de Septiembre, Por la cual se establece el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas

R E N C OC OLOMB I A L I M I T ED

Protección contra la Radiación: Debe usarse cuando sea requerida: Un “Trabajador de Radiación” es cualquier contratista de PERENCO COLOMBIA LIMITED que directamente manipule, calibre, guarde o transporte cualquier fuente radioactiva y/o pueda estar expuesto a 2 mrems (0.02 mSv) o más, a cualquier hora y/o pueda estar expuesto a 100 mrems (1.0 mSv) o más en un año, provenientes de fuentes radioactivas. Todos los “Trabajadores de Radiación” que puedan ser expuestos por motivos ocupacionales a una radiación de 500 mrems (5.0 mSv) en un año, deben usar monitores de radiación TLD durante las horas de trabajo.

Protección Respiratoria: Se debe usar protección respiratoria adaptada a los riesgos locales siempre que sea requerido. En particular, para combatir incendios y cuando exista riesgo de oxigenación insuficiente o de inhalar H2S u otros vapores altamente tóxicos o niveles altos de polvo debe usarse Aparato de Respiración Independiente (SCBA) o Sistema de Suministro de Aire en Cascada.

- Donde exista riesgo de inhalar niveles bajos de polvo debe usarse máscara desechable contra polvo.

- Cuando exista riesgo de inhalar, pintura u otros tóxicos, o gas o vapor corrosivo: Debe usarse respirador tipo canister (canastilla o filtro) de media cara o cara completa, con un filtro o cartucho compatible con el tipo de respirador, vapor, gas o tóxico identificado. En todos los casos, se debe verificar los riesgos del producto químico específico en la MSDS para definir el tipo de protección respiratoria necesaria.

13. REPORTE DE INCIDENTES Y ACCIDENTES

El contratista deberá reportar a la gerencia Operativa y QSHE de PERENCO COLOMBIA LIMITED sobre todo incidente y/o accidente, sucedido durante la ejecución de los trabajos, prestación de servicios o entrega de productos objeto del contrato, inmediatamente después de ocurrido el evento. El contratista deberá iniciar y ejecutar un proceso de investigación del incidente y/o accidente para determinar las causas raíces y las fallas en el control gerencial que dieron origen a la ocurrencia del incidente y/o accidente y definir los planes de acción remedial requeridos para evitar su repetición. PERENCO COLOMBIA LIMITED determinará si participará dentro del proceso de investigación del incidente y/o accidente o si desarrollara un proceso de investigación conjunto o alterno. Los empleados del contratista deberán participar del Programa POST de PERENCO Colombia LIMITED para el reporte de situaciones peligrosas, actos inseguros y casi-accidentes en QSHE.

Conforme con las literal e) del artículo 21 y el artículo 62 del Decreto-ley 1295 de 1994 y artículo 11 del Decreto 2800 de 2003, y en su totalidad con la RESOLUCIÓN 00156 de 2005/27 de enero del MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL, por la cual se adoptan los formatos de informe de accidente de trabajo y de enfermedad profesional y se dictan otras disposiciones.

Además de la investigación de incidentes y accidentes de trabajo conforme con la Resolución 1401 de 2007 14 de Mayo de 2007. Del MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL.

14. PERMISOS DE TRABAJO

Todo trabajo a realizar en las áreas de operaciones de PERENCO COLOMBIA LIMITED, donde se requiera, deberá contar con un Permiso de Trabajo firmado por el gerente de la locación o su delegado, ANTES de iniciarse las labores.

15. REQUERIMIENTOS PARA VEHICULOS Y CONDUCTORES

15.1 Entrenamiento De Manejo Defensivo

Los contratistas que requieran manejar de acuerdo a la descripción de su cargo deben tomar el curso de Manejo Defensivo aprobado; antes de manejar cualquier vehículo utilizado en la operación. La validez de este curso debe ser máxima de dos (2) años y el costo deberá ser asumido por la empresa contratista.

15.2 Especificaciones Del Vehículo

Todos los vehículos contratados deben ser vehículos acondicionados al terreno (Ej. Camionetas 4x4), (consultar con Departamento de QSHE de Perenco en caso de duda). El modelo del vehículo deber ser NO mayor a (3) tres años de uso y deben ser mantenidos en una condición de operación segura de acuerdo a las especificaciones del fabricante y las regulaciones locales. Los vehículos deben encontrarse en óptimas condiciones mecánicas y contar con los siguientes elementos de seguridad necesarios:

• Cinturones de seguridad de 3 puntos (2 puntos en asientos centrales)

• Apoya cabezas

• Extinguidor (mínimo 5 lb.) – Asegurado en exterior del vehículo en caso de camionetas.

• Botiquín de primeros auxilios

• Linterna con baterías operativas

• Triángulos (mínimo 3)

• Herramienta del vehículo

• Equipo adicional requerido por autoridades locales.

• Alarma sonora de reversa operativa.

• Llanta de repuesto L I M I T ED

• Medidor de Presión de aire de llantas

• Aire acondicionado operativo

• El polarizado (opcional) de los vidrios no puede ser más del 30 %. El vidrio frontal solo puede tener una franja superior de 5 cm. y de no más de 30% de polarizado.

• El vehículo debe tener protección antivuelco según norma de transito.

15.3 Cinturones De Seguridad

Todos los empleados y contratistas deben usar el cinturón de seguridad todo el tiempo y asegurarse que todos los ocupantes del vehículo lo hagan antes de cualquier movimiento del vehículo. La capacidad de pasajeros de un vehículo depende del número de cinturones de seguridad operativos que el vehículo tenga. Cinturones de dos puntos son aceptables para puestos de pasajeros centrales.

Para buses que no se puedan implementar los requerimientos anteriores, el conductor debe tener un cinturón de seguridad de tres puntos. Los asientos frontales que posean un espacio libre al frente no se podrán usar a menos que se instale un cinturón de seguridad de tres puntos.

15.4 Estado De Alerta Del Conductor

Los conductores no deben operar vehículos a menos que estén con un descanso adecuado y estado de alerta alto antes de manejar. En particular:

• Los conductores tienen el derecho de negarse a manejar si se encuentran muy cansados o en estado de alerta bajo.

• Los conductores deben realizar una parada de descanso en un sitio seguro cuando se sientan cansados durante el trayecto. (Tiempo recomendado 15 min.)

• Los conductores tienen la obligación de informar a gerencia de algún cambio de su capacidad medica o física (Ej. medicación que produce somnolencia).

• Se debe seguir las siguientes reglas relacionadas con manejo como mínimo:

REQUERIMIENTOS REGLAS

Tiempo máximo de manejo entre descansos y tiempo de descanso mínimo 4 o 5 horas seguidas de 30 minutos de descanso. Sin embargo, se recomienda descansos de 15 minutos cada dos horas o más frecuentes si es necesario.

Tiempo máximo de turno en un periodo de 24 horas. 16 horas ( el empleado no puede manejar después de 16 horas de trabajo, esto incluye:

Carga, descarga, espera, descansos, y cualquier otra actividad incluyendo viaje aéreo.

Tiempo máximo de horas conducidas en un periodo de 24 horas Diez (10) horas totales excluyendo tiempo de llegada al trabajo. 11 horas incluyendo tiempo de llegada al trabajo.

15.5 Abuso De Sustancias OLOMB I A L I M I T ED

Los conductores no operaran ningún vehículo mientras se encuentren bajo la influencia de alcohol, drogas, narcóticos o medicaciones que puedan afectar la capacidad de operar un vehículo. Esto está en línea con las políticas de la Compañía y de las regulaciones locales. El departamento QSHE de Perenco Colombia Limited realizara pruebas aleatorias a los conductores, y tomara medidas disciplinarias si Fuera necesario.

15.6 Teléfonos Celulares Y Sistemas De Comunicación De Dos Vías

Los conductores no deben iniciar o contestar una llamada de teléfono celular cuando se encuentren manejando (esto incluye mensajes de texto y el uso de accesorios de manos libres).

Los teléfonos móviles se pueden dejar encendidos durante un viaje para alertar al conductor de las llamadas entrantes. El conductor debe parar completamente el vehículo en un sitio seguro antes de contestar o iniciar cualquier llamada. Esto aplica para radios usados para comunicación con la base.

La excepción a esta regla es para radios de dos vías usados en operaciones en convoy o durante procedimientos de emergencia. El uso de radios en estas circunstancias debe utilizarse al mínimo para comunicar y controlar los peligros y riesgos del trayecto.

15.7 Pasajeros No Autorizados

La definición de pasajeros NO AUTORIZADOS es: todos los pasajeros diferentes a empleados de Perenco, contratistas o personal relacionado con la operación (visitantes, auditores y asesores autorizados).

No se debe llevar pasajeros no autorizados en vehículos contratados por Perenco, excepto en casos de emergencia o por requerimiento de las autoridades locales.

15.8 Mantenimiento Preventivo

Todos los vehículos contratados deben disponer de una carpeta con la hoja de vida del vehículo donde se incluya: Documentos legales, registro de mantenimientos en serviteca autorizada, inspección técnico-mecánica, inspecciones semanales. Una de las carpetas debe permanecer en cada vehículo actualizada.

15.9 Investigación Y Reporte De Incidentes

Todos los accidentes y casi accidentes automovilísticos deben ser reportados inmediatamente al Supervisor directo de operaciones y al Departamento de QSHE para la respectiva prueba de alcoholimetría y la consecuente investigación.

E R E N C O

C OLOMB I A L I M I T ED

16. EXTINTORES

El contratista debe proveer los extintores necesarios para toda operación que realice. Estos extintores deben cumplir con la norma NFPA 10 y tener registros de pruebas hidrostáticas y mantenimientos periódicos. La cantidad y el tipo de extintores serán aprobados por el departamento de QSHE de PERENCO según el tipo de trabajo.

17. SEÑALIZACIÓN

El contratista debe proveer la señalización y elementos de cerramiento y demarcación de seguridad necesarios para la operación de todas sus actividades.

Aspectos a considerar para la protección de zonas de trabajo: Advertir las condiciones de vehículos, peatones y trabajadores, guiar el movimiento de vehículos y personas hacia rutas seguras, proteger a los que trabajan y a los que transitan por el lugar.

Antes de iniciar un trabajo el contratista debe:

- Estudiar la zona de trabajo y planear la distribución de señalización teniendo en cuenta: si el trabajo se realiza en una intersección o confluencia del tránsito, visibilidad o condiciones del tiempo, la hora y la duración aproximada de los trabajos.

- Selección y ubicación correcta de las señales y protecciones que deben usarse.

- Una inspección del área protegida para cerciorarse si se tiene la máxima protección.

En los trabajos de mayor duración se debe hacer una inspección previa al lugar o sector para planear y definir el tipo de señalización y protección requerida. Se elaborará un cuadro donde se presenten en términos generales, las posibles señales a utilizar de acuerdo al tipo de obra o trabajo que se vaya a realizar.

En trabajos de corta duración se emplearán las señales portátiles dispuestas en forma individual o combinada.

Especialmente en zonas céntricas o de operación, es necesario colocar además una manila o una cinta reflectiva de color rojo y negro a lo largo y ancho de la zona de trabajo para evitar que los peatones penetren en la misma.

En los trabajos dentro de excavaciones, se debe colocar la barrera tipo cerca de cuatro (4) cuerpos y todas las demás señales que las circunstancias exijan.

El contratista deberá instalar las señales y efectuar las protecciones necesarias en las zonas de trabajo, de acuerdo con las presentes especificaciones, en las normas NTC 1461, 1462 de las normas de seguridad para construcción y en general de las diversas señales y medidas de protección durante la ejecución de obras para evitar al máximo la accidentalidad que se pueda producir como consecuencia de las mismas y facilitar el buen desarrollo de los trabajos.

Al finalizar los trabajos el Contratista deberá retirar toda la señalización que no se considere necesaria, de acuerdo con las instrucciones del representante de PERENCO.OLOMB I A L I M I T ED

No habrá medida ni pago por separado para el ítem de Señalización de Seguridad y Protección en las Zonas de Trabajo. El Contratista deberá incluir dentro de los costos administrativos de su propuesta todos los costos que se deriven con respecto a esta especificación.

18. ASEGURAMIENTO Y ETIQUETADO

Para todas las operaciones que requieran aseguramiento y etiquetado eléctrico y mecánico, el contratista debe disponer de todos los equipos necesarios (kits de candados, accesorios de cierre de válvulas, bloqueo de líneas, y etiquetas necesarias y especificas para cada operación) y el personal entrenado para realizar la tarea.

19. EQUIPOS DE MEDICION DE GASES

El contratista debe proveer los equipos de detección de gases explosivos y peligrosos (mitigases y/o exposímetros) que sean necesarios para actividades de trabajo en caliente u otro tipo de trabajo donde se requieran (trabajos en espacio confinado, etc.). El personal debe estar entrenado para el uso e interpretación de los datos que emite el equipo y el criterio del estado critico de las atmosferas.

20. TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS

Siempre que el contratista almacene, manipule y/o transporte materiales peligrosos, este deberá cumplir con la reglamentación legal colombiana, los estándares y procedimientos de PERENCO COLOMBIA LIMITED aplicables. El contratista deberá también garantizar que sus empleados hayan recibido el entrenamiento y las certificaciones requeridos y proveer el equipo de protección personal adecuado de acuerdo a los riesgos presentes durante las actividades relacionadas con las actividades con materiales peligrosos. De la misma manera debe asegurar que sus empleados conozcan el plan de respuesta a emergencias y/o los planes de contingencia aplicables en caso de un accidente o falla relacionada con materiales peligrosos.

21. MANEJO Y OPERACIÓN DE MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTAS

ELÉCTRICAS, MECÁNICAS, NEUMÁTICAS, HIDRÁULICAS, ETC.

En general, para la operación de equipo y/o herramientas eléctricas, mecánicas, neumáticas, hidráulicas y cualquier otro tipo de equipos y/o herramientas, requeridos para realizar los trabajos o tareas objeto del contrato, que utilicen una fuente de energía para maximizar la capacidad, la potencia o la fuerza necesaria para la realización de los trabajos o tareas, el contratista deberá contar con certificaciones documentadas para estos equipos y herramientas, realizadas y emitidas por un tercero (igualmente certificado y aprobado para ello). El contratista igualmente debe garantizar que el personal a su cargo y asignado a la operación de equipo y herramientas eléctricas, mecánicas, neumáticas, hidráulicas, etc., ó a participar en la ejecución de tareas relacionadas con estos equipos y herramientas esté debidamente entrenado y certificado por un tercero (igualmente certificado y aprobado para ello) en el uso de tales equipos. PERENCO COLOMBIA LIMITED se reserva el derecho de aceptar o rechazar las certificaciones presentadas por el contratista, así mismo, como de solicitar una nueva recertificación del personal o equipos cuando así lo estime conveniente.

A fin de asegurar la integridad de equipo y/o herramientas eléctricas, mecánicas, neumáticas, hidráulicas y cualquier otro tipo de equipos y/o herramientas y garantizar su operabilidad para el desarrollo de las tareas o trabajos objeto del contrato, el contratista está en la obligación de implementar un programa de mantenimiento y certificación regular a los equipos y herramientas y de mantener un registro documentado de inspecciones y auditorias periódicas, mantenimientos realizados

Y certificaciones obtenidas.

P E R E N C O

C OLOMB I A L I M I T ED

22. LEVANTAMIENTO MECÁNICO

El contratista debe asegurar que todos los equipos a ser utilizados para tareas de levantamiento mecánico (montacargas, grúas, camión-grúas, malacates, aparejos de levantamiento, elementos de izaje o amarre, etc.) cuenten con certificación documentada y realizada por un tercero, igualmente certificado y aprobado para ello (validez: 1 año). El contratista igualmente debe garantizar que el personal a su cargo y asignado a la operación de los equipos ó a participar en la ejecución de tareas relacionadas con levantamiento mecánico esté debidamente entrenado y certificado por un tercero (igualmente certificado y aprobado para ello) en el uso de tales equipos (Validez 1 año). En el caso cuando se requieran carromachos o equipos de levantamiento adaptados, en el caso que no se puedan certificar por un tercero, es necesario un documento de inspección completa del equipo (Validez 6 meses).

PERENCO COLOMBIA LIMITED se reserva el derecho de aceptar o rechazar las certificaciones presentadas por el contratista, así mismo, como de solicitar una nueva recertificación del personal o equipos cuando así lo estime conveniente.

Es obligatorio que el operador de la grúa realice el Plan de Izaje por escrito de cargas críticas. Este documento será necesario para la firma del permiso de trabajo.

A fin de asegurar la integridad del equipo de levantamiento mecánico y garantizar su operabilidad para el desarrollo de las tareas o trabajos objeto del contrato, el contratista está en la obligación de implementar un programa de mantenimiento y certificación regular a los equipos y de mantener un registro documentado de inspecciones y auditorias periódicas, mantenimientos realizados y certificaciones obtenidas.

23. ENTRENAMIENTO HSE

El contratista deberá proveer y asegurar que sus empleados cuenten con entrenamiento QSHE mínimo con anterioridad a la ejecución de operaciones. Este entrenamiento QSHE mínimo debe incluir por lo menos: Políticas QSHE de empresa contratista y de Perenco, Funciones ARP, Equipo de Protección Personal, Trabajos en Altura, Procedimientos y Análisis de Seguridad del Trabajo, Sistema de Permisos de Trabajo de Perenco, Riesgos Biológicos, Control de Incendios, Primeros Auxilios,

Seguridad Eléctrica, Aseguramiento y Etiquetado, Alcohol y Drogas, Medio Ambiente, Prevención de Lesiones Lumbares.

PERENCO COLOMBIA LIMITED, igualmente, se reserva el derecho de exigir al contratista la provisión e implementación de entrenamiento complementario o adicional en diferentes tópicos o materias cuando así lo estime conveniente.

24. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES AMBIENTALES

Todos los contratistas que trabajen para la empresa PERENCO deben cumplir con su Política Ambiental y con la Legislación Ambiental Colombiana vigente. El incumplimiento puede conducir a la suspensión o terminación, de los servicios que se presten.

Perenco promoverá una reunión de orientación previa al trabajo de acuerdo a su criterio, con el fin de tratar las normas, así como otros temas ambientales relevantes. I A L I M I T ED

24.1 Contratista De Obras Civiles Y Mecánicas

24.1.1 Capacitación ambiental y comportamiento social. El contratista debe incorporar dentro de sus talleres de capacitación los diferentes temas socioambientales que a continuación se relacionan, lo cual no los exime de incluir otros temas que se consideren necesarios:

Aspectos Ambientales

Conceptos sobre el tema de sistemas de áreas protegidas y desarrollo sostenible.

Preservación de los recursos naturales, con énfasis en ecosistemas, especies endémicas y en peligro de extinción.

- Protección de la fauna silvestre en la zona del proyecto.

- Divulgación de las leyes que existen sobre la protección de fauna y flora y las sanciones que existen para quienes las infrinjan.

- Preservación de la vegetación.

- Permisos ambientales.

Conceptos sobre el reciclar, reutilizar, reducir y responsabilidad.

- Manejo durante las actividades constructivas

- De escombros, residuos reciclables y domésticos.

- De materiales de construcción y obras de concreto.

- Protección de aguas superficiales.

- Residuos líquidos.

- Control y manejo de derrames de aceites y lubricantes.

- Señalización y tráfico.

24.1.2 Manejo de la cobertura vegetal

Para adelantar labores de remoción de vegetación tipo arbóreo o arbustivo, se debe contar con los permisos correspondientes de acuerdo a lo establecido en la Licencia Ambiental para lo cual se deberá contar con el visto bueno por escrito del departamento de QSHE de PERENCO. O

C OLOMB I A L I M I T ED

La madera obtenida del aprovechamiento forestal, deberá ser donada a la comunidad mediante acta de donación donde se especifique el uso final que tendrá el recurso; en caso contrario solamente podrá ser reutilizada en las diferentes actividades que requieran madera dentro de la actividad constructiva.

“De igual manera la madera que sea requerida para cualquier actividad deberá proceder de plantaciones forestales, motivo por lo cual su procedencia deberá ser soportada mediante el correspondiente salvoconducto que deberá ser suministrado por el proveedor”

- Manejo y protección de la fauna silvestre

Se prohíbe la caza o pesca de cualquier especie de fauna silvestre (nativa, endémica, migratoria o exótica) presente en la zona del proyecto, así como también el porte de aparejos de pesca para la extracción del recurso y la compra a terceros de animales silvestres, cualquiera que sea su propósito, ya que estas actividades ponen en peligro la riqueza y diversidad de las especies presentes.

La empresa contratista debe aclarar a sus trabajadores que todo aquel que sacrifique con fines comerciales, de alimentación o deportivos algún tipo de fauna silvestre (ave, mamífero, reptil o anfibio) o viole las normas sobre la prohibición de la caza será despedido de su trabajo.

Se prohibirá el porte y uso de armas de fuego dentro de la obra, con excepción del personal de vigilancia expresamente autorizado para ello.

- Manejo y control de las aguas superficiales

Cuando se requiera utilizar agua de fuentes naturales el Contratista debe tener en cuenta:

a. El contratista deberá solicitar el visto bueno por parte del Departamento de QSHE PERENCO quien verificará si se cuenta con el respectivo permiso de la Autoridad Ambiental competente; para esto, se deberá, entre otros aspectos, identificar y cuantificar los volúmenes de agua que requiere el proyecto durante su construcción, determinar el nombre de la fuente de donde se pretende hacer la derivación o de donde se desea usar, determinar la destinación que se le dará y los sistemas que se adoptaran para la captación, derivación, conducción, distribución y drenaje.

b. La captación de agua deberá realizarse con una motobomba y su transporte a largas distancias será en carrotanques.

c. El contratista será responsable de mantener los estándares de calidad de agua dentro de los parámetros permisibles de la norma o de los valores de referencia de la línea base.

d. Realizara una cuantificación de caudales diarios consumidos, reporte que será presentado en el informe de gestión QSHE final.

Manejo de aguas residuales domésticas, aceites y combustibles y sitios para almacenamiento de combustible Aplica numeral 11 respectivamente

- Manejo de materiales de construcción

Aspectos legales para la adquisición de los materiales

Los materiales de construcción tales como piedra para gaviones, agregados, concreto, asfalto, prefabricados, ladrillo y demás productos derivados de la arcilla utilizados en obra, deben provenir de los sitios que cuenten con los respectivos permisos y licencias ambientales y mineras exigidas por las normas colombianas vigentes, las cuales deberán ser allegadas al departamento de QSHE con el soporte de compromiso suscrito con el contratista.

Medidas para el transporte de materiales

- Los vehículos utilizados para el transporte de material deben cumplir con lo establecido en la resolución 541 de 1994 del MAVDT, sobre el cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición de materiales, concretos y agregados sueltos de construcción.

Medidas para el manejo de materiales de construcción

- Los sitios de almacenamiento temporal de materiales pétreos deben estar lo más alejados posible de los cursos y cuerpos de aguas existentes y cubiertos, para evitar dispersión a causa del viento.

- Cuando se requiera colocar en el frente de obra transitoriamente y a cielo abierto materiales de construcción como prefabricados, piedra para gavión, tubería para alcantarillas, entre otros, éstos deberán estar debidamente acordonados y señalizados en el sitio dispuesto para tal fin y aprobado por el departamento de QSHE de PERENCO, sin causar afectación al transporte vehicular o al paso peatonal normal de la vía.

- Esta totalmente prohibido el acopio de materiales en áreas de ronda hídrica de los cuerpos de agua (quebradas, ríos, lagunas, nacederos, etc.).

- No se puede acopiar materiales en las áreas verdes aledañas a las obras, en caso de que sean utilizadas con este propósito se deberán limpiar una vez terminado el proyecto, retirando los residuos del material dispuesto, así como los materiales utilizados para señalizar y demarcar el área y recuperarlas.

Manejo integral de residuos sólidos (Aplica numeral 11 de la presente guía 25.1.8 Carreteras/servidumbres – planeación y construcción)

- Salvo por lo que de otra forma se acuerde, PERENCO debe hacerse cargo de todos los arreglos necesarios para tener acceso a los terrenos públicos y privados.

- El movimiento vehicular se limitará a las áreas vigiladas y definidas en el Plan de Manejo Ambiental (PMA) (Ej. áreas en arriendo, y otras áreas similares).El acceso a las áreas de construcción se limitará a los vehículos directamente relacionados con el proyecto.

- Se programará la construcción para reducir los impactos para los habitantes locales, las actividades agrícolas y los recursos de la región. Se tomarán medidas para controlar el drenaje y la erosión y se mantendrán durante todo el proyecto.

- Si se encuentran sitios u objetos arqueológicos o históricos, se protegerán de acuerdo con el PMA y la normatividad vigente y se notificará al representante de PERENCO.

- Cuando sea el caso, se guardará el material orgánico para futuras restauraciones.

- No se desviarán aguas superficiales sin previo consentimiento escrito de la autoridad reguladora que corresponda y/o PERENCO.

- En las áreas ambientalmente sensibles, como cuencas que abastecen acueductos, reservas naturales, áreas de nacederos de agua, poblaciones, áreas agrícolas, distritos de riego, el trazado de las vías y ubicación de las localizaciones deberá diseñarse teniendo en cuenta la mínima intervención de estas áreas, cuando el PMA y la licencia ambiental lo contemple y se tenga la autorización del organismo ambiental competente, y bajo la aprobación de departamento de Medio Ambiente de PERENCO.

- Se construirán obras de drenaje superficial y sub-superficial en las vías así como obras de arte o puentes adecuados en las vías de acceso, teniendo en cuenta para el diseño los caudales máximos y las medidas de manejo ambiental contempladas en el PMA cuando sea necesario

- No se intervendrán áreas naturalmente húmedas (Ej. pantanos, tuberías, nacederos y oasis) no se inundarán ni se drenarán excepto si el PMA y la licencia ambiental lo contempla y se tiene la aprobación de la Autoridad ambiental competente, y se tiene la aprobación de PERENCO.

- se hará control ambiental efectuando riego de vías y del sitio de la localización cuando la situación lo amerite en especial en verano. No está permitido el uso de aceite o químicos para el control del polvo.

- El uso de explosivos se mantendrá restringido y solo se empleará si está aprobado por la autoridad ambiental competente y PERENCO.

Aire y ruido

El personal contratista deberá cumplir con las normas ambientales, sanitarias, establecidas por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial consignadas en el Decreto 948, las Resoluciones 619 /97 y 601/06 y sus reglamentarios.

Restauración ý abandono I A L I M I T ED

La restauración de los terrenos intervenidos se hará en la forma que garantice llevarlos a condiciones similares a las presentadas antes de la ejecución del proyecto y a satisfacción del departamento QSHE de PERENCO.

Almacenamiento temporal de combustibles y lubricantes

Se deberá garantizar el aislamiento del suelo de cualquier evento con potencial riesgo de contaminación (acopio temporal de tanques con combustibles, lubricantes, entre otros), mediante la instalación de geomembrana o cualquier otro tipo de aislante que garantice la retención del agente contaminante, así mismo, deberán estar dentro de diques de contención cuya capacidad deberá ser del 110% del volumen contenido.

Normas Generales

I. Las motobombas, y en general los equipos para extracción de agua, que deban ser instalados en la orilla de una corriente, estarán provistas de bandejas que permitan retener las fugas de combustible y lubricante; por ningún motivo se descargarán aceites o combustibles a un cuerpo de agua.

II. Los aceites y lubricantes usados y los residuos de limpieza y mantenimiento deberán ser retenidos en recipientes herméticos y deberán recibir tratamiento y disposición final adecuada.

III. EL CONTRATISTA deberá identificar y caracterizar los residuos especiales que se generen como consecuencia del desarrollo de sus actividades, reducir al máximo su generación y garantizar un adecuado manejo, transporte y disposición final de los mismos. Deberá observar y cumplir las disposiciones normativas sobre transporte de mercancías peligrosas.

IV. Cuando las cunetas y cárcamos de una obra o trabajo confluyan directamente a una fuente superficial de agua, deberán estar provistas de la infraestructura que permita la decantación de sedimentos.

V. EL CONTRATISTA deberá instalar tuberías y/o mangueras de manera provisional, dependiendo del caudal a manejar, en los drenajes y escorrentías superficiales interrumpidas por la construcción de vías y líneas de flujo.

VI. EL CONTRATISTA deberá tomar las medidas necesarias para asegurar que cemento, limos, o concreto fresco, y en general residuos sólidos, no tengan como receptor final lechos de cursos de agua.

VII. Toda actividad de manejo de hidrocarburos deberá tener medidas preventivas y de control de derrames.

VIII. En relación con la protección de los recursos históricos y culturales EL CONTRATISTA se obliga a tener en cuenta las siguientes recomendaciones, si producto de las actividades contratadas se encuentra un sitio con restos arqueológicos:

IX. No permitir la destrucción.

X. Suspender temporalmente las obras en el sitio y comunicarse de inmediato con el representante de PERENCO, quien se comunicará dependiendo del caso, con el Instituto Colombiano de Antropología.

XI. Se debe presentar a la Gerencia de QSHE el Paz y Salvo Ambiental al finalizar los trabajos en el cual se garantice el cumplimiento a satisfacción de las anteriores medidas ambientales descritas.

XII. El contratista deberá tramitar un paz y salvo ambiental ante el departamento de medio ambiente de Perenco, con todos los soportes de cumplimiento para tal efecto el dossier entregado al departamento de proyectos podrá ser utilizado para la verificación de estos soportes.

P E R E N C O

C OLOMBL I M I T ED

25.2 Contratista De Perforación

25.2.1 Talleres de inducción y capacitación

Se deberá entregar la totalidad de los talleres de inducción y capacitación desarrollados. Se debe incluir dentro de las inducciones el tema ambiental y social. De igual manera el contratista debe incorporar dentro de sus talleres de capacitación los diferentes temas socio-ambientales que a continuación se relacionan, lo cual no los exime de incluir otros temas que se consideren necesarios:

Aspectos Ambientales

- Conceptos sobre el tema de sistemas de áreas protegidas y desarrollo sostenible.

- Preservación de los recursos naturales, con énfasis en ecosistemas, especies endémicas y en peligro de extinción.

- Protección de la fauna silvestre en la zona del proyecto.

- Divulgación de las leyes que existen sobre la protección de fauna y flora y las sanciones que existen para quienes las infrinjan.

- Preservación de la vegetación.

- Permisos ambientales.

- Conceptos sobre el reciclar, reutilizar, reducir y responsabilidad.

Uso eficiente de agua Tratamiento de aguas residuales domésticas Para medir la eficiencia de la PTARD y cumplimiento a lo requerido en el Decreto 1594 de 1984, la empresa contratista deberá contratar con laboratorios debidamente certificados, monitoreos cada 15 días de las aguas residuales domésticas en el afluente y efluente de la planta, con la valoración de los siguientes parámetros: Temperatura, Caudal, pH, cloro residual, grasas y aceites, SST, DBO, coliformes totales y fecales. Los parámetros a evaluar pueden diferir de acuerdo a lo que requiera la Autoridad Ambiental. Se debe realizar por lo menos un monitoreo por pozo perforado. De igual

manera se ejecutarán los monitoreos diarios de control. Los resultados de los monitoreos deben ser anexados en los respectivos reportes de gestión.

Captación de agua para uso doméstico

La empresa contratista deberá instalar a la entrada de los tanques de almacenamiento un medidor de flujo mediante el cual diariamente se registre los volúmenes captados y de esta manera llevar un record de consumo de agua durante el proyecto de perforación. La información deberá ser consignada en los respectivos reportes de gestión.

Disposición final de residuos sólidos

Se deberá generar las correspondientes actas de entrega a terceros de la siguiente manera: Actas de entrega de los residuos orgánicos a la comunidad para la ceba de animales; actas de entrega y disposición final del material reciclable; actas de entrega y disposición final del material incinerable; actas de entrega y disposición final del material de desecho; actas de entrega y disposición final de aceites usados. Cada una de las actas generadas debe especificar la cualificación y cuantificación de residuos generados y su disposición final debe estar ambientalmente autorizada. La información deberá ser consignada en los respectivos reportes de gestión.

Informe de gestión HSE

La empresa perforadora deberá hacer entregar de la totalidad de los soportes de gestión HSE (se incluye los reportes diarios generados) quince días después de finalizada la perforación del pozo, soportes que serán entregados directamente al Jefe Departamento de medio Ambiente de PERENCO.

25.3 Contratista De Manejo De Cortes Y Lodos

Captación agua industrial La empresa contratista deberá instalar a la entrada de los tanques de almacenamiento un medidor de flujo mediante el cual se registre los volúmenes captados y de esta manera llevar un record diario de consumo de agua durante el proyecto de perforación. La información debe ser anexada en el informe

De gestión.

Calidad agua industrial

La empresa contratista deberá realizar con laboratorios debidamente certificados, monitoreos de aguas residuales industriales con la valoración de los siguientes parámetros: Temperatura, caudal, PSI, RAS, DBO5, DQO, Oxigeno Disuelto, pH, Grasas y Aceites, Hidrocarburos, Sólidos Suspendidos, Sólidos Disueltos, Sólidos Totales, Sulfatos, Cloruros, Conductividad, Turbidez, Fenoles y metales (Cadmio,

Plomo, Hierro, Selenio, Bario total, Cromo, Selenio, arsénico, plata, zinc. Los parámetros a evaluar y periodicidad del monitoreo pueden deferir de acuerdo a lo que requiera la Autoridad Ambiental o la operadora. La información deberá ser consignada en los respectivos reportes de gestión. La totalidad de las aguas residuales industriales tratadas deben ser vertidas en las vías de acceso mediante la utilización de un carrotanque acondicionado para tal fin, para lo cual se levantarán las actas respectivas de vertimiento, previo monitoreo en campo de su calidad, la cual debe dar cumplimiento a lo requerido en el Decreto 1594 de 1984.R E N C O

Cortes tratados

La empresa contratista deberá realizar con laboratorios debidamente certificados, por lo menos un monitoreo por proyecto de perforación de cortes tratados con la valoración de los siguientes parámetros: pH, Arsénico, Bario, Cadmio, Cromo, Mercurio, Plomo, Plata, Selenio, Zinc, Contenido de grasas y aceites, Conductividad eléctrica, Relación de adsorción de sodio (RAS), Porcentaje de sodio disponible, Contenido de humedad. Los parámetros a evaluar y periodicidad del monitoreo pueden diferir de acuerdo a lo que requiera la Autoridad Ambiental o por la operadora. La información deberá ser consignada en los respectivos reportes de gestión.

Los cortes de perforación deberán ser tratados y estabilizados. Una vez realizada dicha operación deberán ser mezclados con material de excavación y/o cal para su deshidratación y/o fijación. Los cortes deshidratados deberán ser trasladados a una zona de disposición previamente establecida la cual será compactada y perfilada lista para las actividades de revegetalización.

Disposición Final Empaques Productos Químicos

Las empresas generadoras de residuos de empaques de productos químicos deberán generar las correspondientes actas de retiro de dichos residuos y certificar mediante acta suscrita con una empresa que cuente con la correspondiente Licencia Ambiental, la disposición final que se dé a dicho material. Cada una de las actas generadas debe especificar la cualificación y cuantificación de residuos. La información deberá ser consignada en los respectivos reportes de gestión.

24. CUMPLIMIENTO DE REGULACIONES LEGALES Y DE POLÍTICAS, ESTÁNDARES Y PROCEDIMIENTOS

Los empleados del contratista deberán cumplir estrictamente todas las regulaciones legales, las políticas, los procedimientos y los estándares de PERENCO COLOMBIA LIMITED, que sean aplicables al objeto del contrato, siempre que se encuentren en las áreas de trabajo o ejecución del contrato.

La gerencia del contratista es responsable por asegurar que todos los requerimientos contenidos en las regulaciones legales, las políticas, los procedimientos y los estándares de PERENCO Colombia LIMITED, que sean aplicables al objeto del contrato, sean puestos en conocimiento de sus empleados. PERENCO COLOMBIA LIMITED aplicará al contratista las acciones establecidas en el contrato y/o las que considere necesarias cuando se presenten casos de no-cumplimiento o desviación sin perjuicios de las acciones legales a que hubiera lugar.

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