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RESUMEN CODIGO DE TRABAJO DECRETO 1441


Enviado por   •  9 de Enero de 2018  •  Resúmenes  •  6.280 Palabras (26 Páginas)  •  764 Visitas

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RESUMEN CODIGO DE TRABAJO     Dcto. 1441

Ana Patricia Dávila Villatoro

Carnet No. 201727644

Guatemala, 06 de enero de 2018  


RESUMEN CODIGO DE TRABAJO

DECRETO 1441

CONCIDERANDOS

1er. Considerando – justifica la necesidad de modificar y revisar  la legislación nacional.

2do. Considerando – indica que es necesario ajustar y precisar los conceptos contenidos del Código de Trabajo para que estos se acomoden a la doctrina y técnica jurídica e integrar los convenios internacionales ratificados por Guatemala.

3er. y 4to. Considerando – explicar los principios del derecho del trabajo que son los siguientes:

  • TUTELAR - porque trata de la existente desventaja económica, social y cultural entre patronos y trabajadores y con este servicio se brinda la protección jurídica con carácter preferente a la parte débil. (Art. 4 y 103 CPRG)
  • DE GARANTÍAS MÍNIMAS – el derecho de trabajo constituye un conjunto de garantías sociales que son las siguientes: 1. Mínimas; es lo menos que el Estado puede garantizar a los trabajadores, 2, protectoras del trabajador: porque es la parte más débil de la relación, 3. Irrenunciables únicamente para el trabajador puesto que el patrono si puede renunciar a las mismas. Estas garantías son normas imperativas para el trabajador, es decir de cumplimiento forzoso aún en contra de su voluntad. (art. 106 CPRG)
  • NECESARIO E IMPERATIVO – es de aplicación forzosa en cuanto a las prestaciones mínimas que conceda la ley, también se le llama de obligatoriedad (art. 14 CT)
  • REALISTA Y OBJETIVO – realista porque estudia al individuo en la realidad social que se encuentra e indica que para resolver un caso es indispensable enfocar ante todo la posición económica de las partes; objetivo porque tiene la tendencia de resolver diversos problemas con criterio social y a base de hechos concretos y tangibles.
  • PUBLICO – pues el cumplimiento de sus normas no depende de la voluntad de los particulares sino que se imponen.
  • DEMOCRÁTICO - Este principio es de carácter filosófico y político ya que denota la preocupación de los legisladores, respecto de la poca protección que los trabajadores han tenido siendo la mayoría de la población.

5to. Considerando – indica la necesidad de reformas en la parte adjetiva o sea procesal para la eficaz aplicación.  Deben ser normas procesales claras y sencillas para lograr resolver los problemas con claridad y acierto.

6to. Considerando – menciona un principio muy importante ESENCIALMENTE CONCILIATORIO – este principio es un poco complicado puesto que los intereses de los patronos son muy diferentes a los de los trabajadores.  Este principio debe ser entre capital, trabajo y atender todos los factores económicos y sociales pertinentes.

TITULOS I – DISPOSICIONES GENERALES (Art. 1 al 17)

  • En este título se indican las obligaciones y derechos que tienen los patronos y trabajadores con ocasión del trabajo.
  • Indica la definición de patrono, trabajador, representantes del patrono, intermediario.
  • Indica la libertad de contratación y la libertad de trabajar en lo que uno quiera media vez sea actividad lícita.
  • Explica sobre la sustitución patronal individual.
  • Indica ciertas prohibiciones, la liberta de comercio, indica que cuando se dan órdenes, instrucciones, avisos o disposiciones que seden a los trabajadores no debe utilizarse idioma extranjero.
  • Explica sobre la protección al trabajador, la contratación de guatemaltecos, sobre el delito de contratación de ilegales, sobre los derechos sociales, la discriminación, la interpretación supletoria y el principio In dubio pro operario.

TITULO II – CONTRATOS Y PACTOS DE TRABAJO (Art. 18 al 87)

  • Explica el principio de la primacía de la realidad, la relación de trabajo, lo que debe contener el contratado de trabajo, el principio de norma mínima, elementos de la relación laboral, el principio protector, el de ultra actividad, la falta de cumplimiento del contrato individual, clases de contratos individual (tiempo indefinido, plazo fijo, obra determinada), regla general del contrato por tiempo indefinido, la presunción iuris tantum, las actividades de naturaleza permanente o continua, excepciones del contrato escrito, las formalidades del mismo y contenido mínimo, del contrato escrito que es plena prueba, quienes tienen capacidad para contratar (capacidad relativa, interdicción empleador; no invalida actos o contratos anteriores), explica sobre el contrato de jóvenes menores de 14 años, contratos para prestar servicios fuera del domicilio del trabajador (pago de gastos razonables, contratación de guatemaltecos para trabajar en el exterior, prohibición de autorizar contratos en el exterior.
  • Explica la definición y objeto del contrato colectivo de trabajo, requisitos formales del contrato colectivo, representación del sindicato, pluralidad de sindicatos, separación de empleador del sindicato, disolución de sindicatos y sus efectos, responsabilidad sindical, ejercicio de derechos y acciones del sindicato, individuos obligados por el contrato colectivo (derechos y acciones), legitimación en razón del interés colectivo.
  • Explica definición y objeto de los pactos colectivos de condiciones de trabajo, aplicación de supletoriedad: pacto colectivo el ámbito subjetivo, obligación de negociar pacto colectivo, procedimiento de negociación, formalidades del pacto colectivo, homologación, ámbito material del pacto colectivo, de los pactos colectivos de industria, de actividad económica o de región determinada en esto indica sobre la normativa para su ámbito de validez personal (organizaciones legitimadas, dos terceras partes de  trabajadores, solicitud ante MTPS, ámbito de aplicación y efectos, oposición y su procedimiento), ámbito temporal de validez, sobre la revisión de común acuerdo.
  • Definición y objeto de los reglamentos inferiores de trabajo, obligación de elaboración, homologación y publicidad, contenido de los reglamentos (horario y descansos, jornadas, salarios, fecha y lugar de pago, disposiciones disciplinarias, régimen disciplinario, presentación de quejas, clases de labores.
  • Obligaciones de los patronos (informe anual a MTPS; contenido mínimo, total de prestaciones económicas pagadas durante el año, generales, días trabajados y salarios devengados de todos los trabajadores, facilidades que deben otorgar autoridades administrativas para cumplir obligación, servicios domésticos exento, preferencia a guatemaltecos en igualdad de condiciones, guardar consideración, proporcionar instrumentos, proporcionar local, permitir inspección y vigilancia de autoridades, pagar salarios por suspensiones, conceder permisos para votar, deducir cuotas sindicales y cooperativas, procurar alfabetización, mantener mobiliario suficiente para descanso de los trabajadores, procurar leña a trabajadores campesinos, permitir la crianza de los animales domésticos, permitir aprovechamiento de parcela, conceder licencias remuneradas en los siguientes caso: fallecimientos de cónyuge, compañero, padres o hijos – 3 días, matrimonio – 5 días, nacimiento de hijo – 2 días, otros autorizaciones: citaciones judiciales, función sindical); prohibiciones al empleador (compras compulsivas, percepción de gratificaciones, limitación de la libertad sindical, prácticas antisindicales, injerencia política y religiosa, retención de herramientas, suscripciones obligatorias, dirigir o permitir administrar trabajos en estado de embriaguez).
  • Obligaciones de los trabajadores (desempeñar el servicio contratado, ejecutar el trabajo con eficiencia, restituir materiales no usados, observar buen comportamiento, presentar auxilio en caso de necesidades, someterse a reconocimiento médico, observar instrucciones preventivas, desocupar la vivienda finalizado el contrato); prohibiciones a los trabajadores (abandonar el trabajo sin justificación, hacer propaganda política, trabajar en estado de embriaguez o drogado, usar indebidamente útiles y herramientas, portar armas durante las horas de trabajo, ejecutar actos manifiestos de sabotaje contra la producción, sanciones).
  • Concepto y clases de suspensión de los contratos de trabajo (individual parcial, total, colectiva parcial y total, causa de suspensión individual parcial (licencias remuneradas, incapacidades y licencias, trabajo sin goce de salario), relevo de ejecutar labores, causas de suspensión total, normativas – licencias no remuneradas, licencia por incapacidades, prisión provisional y simple arresto, deber de avisar; terminación del contrato durante suspensión – empleador tiene prohibido sin justa causa, trabajador sin justa causa debe preavisar; causas de la suspensión colectiva parcial – huelga legalmente declarada, paro legal, falta de materia prima imputable al empleador, suspensiones colectivas, forma de pago; causas de la suspensión colectiva total – huelga legalmente declarada, huelga legal, paro legal, falta de materia prima, muerte o incapacidad del empleador, caso fortuito o fuerza mayor; MTPS puede adoptar medidas de emergencia, inicio de plazo de suspensión (huelga o paro cuando se lleva a cabo, día de hecho – 3 días para comprobar causa ante IGT, suspensión improcedente – posibilidad de dar terminado contratos), reanudación de los trabajos – notificación IGT, IGT informa a los trabajadores, notificación interesados mediante aviso.
  • Definición y objeto de la terminación de los contratos de trabajo, causas justa de despido (sin responsabilidad para el empleador, actos inmorales , injuria, calumnia y vías de hecho, actos indebidos contra compañeros de trabajo durante ejecución de labores, actos indebidos contra el empleador fuera del lugar de trabajo, delito o falta contra la propiedad, falta al sigilo, ausencia injustificadas, incumplimiento de medidas preventivas o de instrucciones para realizar labores, reincidencia en faltas, información falsa, prisión del trabajador, falta grave no tipificada); inicio de efectos del despido (indemnizaciones legales, daños y perjuicios hasta 12 meses además de costas); despido indirecto – causales (con responsabilidad del empleador: falta de pago del salario, actos inmorales, injurias, calumnia o vías de hecho contra el trabajador, durante el trabajo, actos indebidos por empleador o parientes, daño a herramientas del trabajador, injuria, calumnia o vías de hecho fuera del lugar de trabajo, enfermedad contagiosa del empleador o familiar, peligro para la seguridad y salud del trabajador o su familia, imprudencia o descuido del empleador, cuando el empleador incumpla las prohibiciones, otras faltas graves); inicio de efectos despido indirecto; periodo de prueba contrato a tiempo indeterminado (primeros dos meses, finalización sin responsabilidad para las partes, prohibición de simulación y responsabilidad solidaria, contratos por tiempo indeterminado- 1 mes por año laborado, imposibilidad de compensación, cesión o embargo, base de cálculo promedio últimos 6 meses, principio de continuidad, nulidad  ipso jure clausula que limita continuidad, improcedencia de pago al pensionarse por IVS, pensión menor a cesantía, empleador debe cubrir diferencia);  obligación del trabajador de preavisar (finalización sin causa, reglas de preaviso – menos de 6 meses – 1 semana, de 6 meses a menos de un año – 10 días, 1 año y menos de 5 – 2 semanas, 5 años o más – 1 mes: otorgamiento por escrito, empleador puede aceptar compensación o renuncia a preaviso); finalización ante tempus (contrato por tiempo determinado o por obra, pago de daños y perjuicios, finalización por parte del empleador, consecuencias, con derecho a indemnizaciones legales y prestaciones del IGSS, muerte del trabajador, beneficiario del trabajador, fuerza mayor, caso fortuito, insolvencia o quiebra o muerte del empleador, Tribunales de Trabajo y Previsión Social gradúan indemnización, insolvencia o quiebra fraudulenta); terminación del contrato sin responsabilidad para las partes (advenimiento del plazo, causas legales, mutuo consentimiento; constancia de trabajo (fecha de entrada y salida, labor ejecutada, salario, si el trabajador lo solicita, forma de laborar y causa de la terminación

TITULO III – SALARIOS, JORNADAS Y DESCANSOS (Art. 88 al 137)

  • Definición de salario, formas de estipularse (por unidad de tiempo, por unidad de obra, por participación de utilidades, ventas o cobros), fijación del importe del salario (principio de igualdad salarial, carga procesal para el empleador, discriminación salarial por sexo), pago dinerario (prohibiciones, trabajadores campesinos salario en especie, ventajas económicas, constituyen 30% del salario, salvo pacto en contrario); principio de libre estipulación del salario, periodicidad del salario (participación en utilidades, ventas y cobros); pago integro (salario en especie constituye 30$% del salario, salvo pacto en contrato); pago personal del salario, lugar de pago, medidas de protección del salario (inembargabilidad, salario mínimo o Q30 mensuales,, 90% salarios del Q30 hasta Q100 mensuales, 85% salarios de Q100 a Q200, 80% salario de Q200 a Q300 mensuales, 65% de los salarios de Q300 o más mensualmente); Casos de excepción (embargos, prioridad obligación alimentaria, prohibición regajo simultáneos); inembargabilidad de instrumentos, herramientas o útiles, anticipos de saliros (amortización de deudas, proporción de embargabilidad), principio de incomprensibilidad del salario (prohibición, de cesión, ventas o gravamen); libro de salarios.
  • Definición y fijación de salario mínimo, aplicación erga omnes (excepción trabajadores del Estado y sus instituciones), comisión nacional del salario (creación comisiones paritarias, potestad reglamentarias: ;TPS), comisión paritaria – requisitos para integrarla, periodo de nombramientos (2 años, dietas), comisión paritaria – integración (nombramientos MTPS, convocatoria, remisión de candidatos, representantes de los trabajadores), comisión paritaria – quórum para funcionamiento(mitad más uno, convocatoria – formalidades), atribuciones (precisar los salarios mínimos, velar por su cumplimiento, conocer de revisiones); elementos o factores a considerar (encuestas sobre costo de la vida, requerimientos técnicos); CNS rinde informe a MTPS (debe incluir el salario armonizado por actividades o circunscripción económica, copias de dictamen: Junta Monetaria del Banco de Guatemala y al IGSS); MTPS fija anualmente los salarios mínimos, tramite revisión del salario mínimo (modificación o derogatoria rige 10 días después de publicación, solicitud debe ser razonada); principio de la condición más beneficios (preeminencia del pacto colectivo).
  • Clases y límites de las jornadas de trabajo (jornada diurna y semanal máxima, jornada nocturna diaria y semanal máxima, definición de trabajo efectivo, trabajo diurno, trabajo nocturno, labor normal diaria semanal, excepciones); jornada ordinaria de trabajo efectivo mixta (máximo 7 horas diarias o 42 semanales, definición de jornada mixta, mixta con más de 4 horas nocturnas se considera nocturna); jornada acumulativa (2 horas diarias, 48 semanales máximo, prohibición labores insalubres y peligrosas, registro de pago en libros, trabajadores exceptuados del límite de jornadas (representantes del empleador, sin fiscalización, puesto de vigilancia, comisionistas, naturaleza especial de labores, jornada máxima de 12 horas, potestad reglamentaria); actividades especiales – potestad reglamentaria MTPS(determinación de las actividades insalubres o peligrosas, consulta previa organizaciones de empleadores y trabajadores).
  • Descanso remunerado (salarios por unidad de obra o comisión: se adiciona sexta parte de salario semanal), Días de asueto remunerado (asuetos oficiales, concurrencia con día de descanso: obligación de pago), trabajo en días de asueto o descanso semanal, forma de pago del descanso semanal y día de asueto, derecho de vacaciones remuneradas, mínimo de días para tener derecho, señalamiento de época de disfrute: potestad empleador, compensabilidad de vacaciones, calculo de remuneración por vacaciones, falta injustificadas: prohibición de descuento(excepción las pagadas al trabajador, máximo a descontar: tercera parte del periodo de vacaciones) prohibición de fraccionar el periodo de vacaciones, otorgamiento debe constar por escrito, prohibición de discriminación para obtener empleo.

TITULO IV – TRABAJOS SUJETOS A REGÍMENES ESPECIALES (Art. 138 al 196)

  • Definición de trabajo agrícola y ganadero (excepción personal administrativo), trabajo de mujeres y menores de edad (definición, presunción de contrato de trabajo), prohibición para ser representante del empleador (habilitadores, promotores actividades prohibidas, servidores públicos, personas con malos antecedentes), obligación de contar con carta poder (para reclutamiento de campesinos, formalidades y vigencia de la carta poder), obligación de presentar finiquito laboral (contrato verbal), deber de instruir a trabajadores campesinos: IGT, potestad reglamentaria: MTPS (ámbito territorial de aplicación, deber de audiencia previa: empleadores y trabajadores, principio de norma más favorable, consulta previa en asuntos relacionados con su competencia: IGSS), habitación para trabajadores agrícolas (empleadores con posibilidades económicas: MTPS aplica en forma gradual.
  • Trabajo de mujeres y menores de edad, protección especial, prohibiciones (lugares insalubres y peligrosos, trabajo nocturno y jornada extraordinaria, trabajo en expendios de bebidas alcohólicas, trabajo de menores de 14 años), reducción de la jornada de trabajo, autorización de IGT: casos excepcionales, prohibiciones al empleador (prohibición de discriminar en ofertas laborales, discriminar por estado civil, despido discriminatorio: fuero de protección de la trabajadora grávida, obligación de avisar, exigir esfuerzo físico considerable a embarazadas), derecho de la madre trabajadora (deber de entregar constancia medica de fecha probable del parto, licencia remunerada por IGSS o por empleador, aborto no intencional, pagos de días de asueto y descanso semanal, prohibición de laborar remuneradamente durante descanso, adopción de un menor de edad), derecho de lactancia (1 hora remunerada, puede ser en 2 tractos o bien al inicio o final de la jornada, hasta 10 meses), salario a percibir durante licencia (pago por unidad de tiempo, salario promedio ultimo 6 meses, otras formas de pago, salario promedio últimos 90 días,), local para hijos menores de 3 años (acondicionamiento de local).
  • Definición trabajo a domicilio, presunciones de relación laboral, obligación de llevar libro (nombre y apellido, dirección, clase de obra, materia prima, fecha de entrega y devolución, remuneración comprobante, firma o huella), trabajos defectuosos, retribución, obligación del empleador: proporcionar local).
  • Definición trabajo doméstico, salario en especie, presentación de certificado de salud, excepción al límite de la jornada (derechos mínimos, descanso mínimos, descanso en domingos y feriados), casos de enfermedades infecto-contagiosas (derecho a terminar contrato de trabajo, asistencia médica obligatoria, incapacidad más de 1semana posibilita resolución del contrato, contagio por empleador o habitantes de la casa, obligación de hospitalización, fallecimiento del trabajador: obligación de cubrir gastos razonables de inhumación, protección del IGSS), causa especial de despido: falta de respeto y maltrato notorio.
  • Definición de trabajo de transporte, requisitos trabajadores de transporte, potestad reglamentaria: MTPS, definición de Trabajo de aprendizaje, retribución puede ser inferior al mínimo, contratos plazo determinado, supervisión de condiciones IGT, negativa a extender certificado: IGT ordena practica de examen), finalización contrato (sin responsabilidad por incapacidad manifiesta, preaviso aprendiz: 5 días), potestad reglamentaria MTPS.
  • Definición de trabajo en el mar y en las vías navegables (servicios de navegación, contrato de embarco), empleador: definición, capitán representante del empleador (jefe superior de la nave, delegado de la autoridad), contrato de embarco (clases, lugar restitución del trabajo, contrato por viaje: lugar de restitución, presunción de duración), obligación de restituir a puerto de enrolamiento (obligación del empleador,), cambios de nacionalidad de la nave, causas especial: despido causado, despido indirecto: causas especiales, prohibición de concluir contratos durante el viaje, garantía de pago de salario, abandono voluntario del trabajo, enfermedad del trabajador, contratos por viaje: aumento proporcional de salarios, prohibición de huelga durante viaje o fondeo, obligación de reglamento interior de trabajo, potestad reglamentaria: MTPS.
  • Normativa aplicable al régimen de los servidores del estado y sus instituciones, ley de servicio civil, trabajadores sujetos a disciplina especial.

TITULO V – HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO (Art. 197 al 205)

  • Medidas mínimas obligatorias para el empleador en la higiene y seguridad en el trabajo (prevenir accidentes, prevenir enfermedades, prevenir incendios, ambiente sano, suministrar ropa y equipo de protección, colocar y mantener resguardos protecciones, advertir peligros, capacidad en higiene y seguridad, higiene y seguridad en el trabajo, mantener instalaciones sanitarias para hombres y mujeres, instalaciones adecuadas para ingerir alimentos, habilitar vestidores donde sea necesario, mantener botiquín), indemnización por incumplimiento de medias de seguridad e higiene (incumplimiento negligente, falta de adopción de medidas preventivas luego de accidentes, falta de adopción de medidas luego de trabajadores o sus organizaciones hayan señalado por escrito el riesgo, parámetros para fijar indemnización, legitimación en caso de fallecimiento del trabajador), obligación de acatar y hacer cumplir disposiciones del IGSS, trabajos a domicilio o de familia, prohibición de ingerir alimentos o pernoctar en el lugar de trabajo, labores instalaciones e industriales insalubres y peligrosas, definición de este, peligrosas posibilidad o daño de modo inmediato y grave a la vida, trabajos insalubres o peligrosos se determina vía reglamento, determinación de peso máximo, obligación certificado médico mensual, colaboración de autoridades para cumplimiento de leyes y reglamentos, derecho de habitación: trabajadores agrícolas.

TITULO VI – SINDICATOS (Art. 206 al 238)

  • Definición y clases de sindicatos (campesinos, urbanos), principios democráticos (votación nominal, suspensión de relación de trabajo por cargo político remunerado), prohibición de conceder privilegios, fuero sindical (promotores, reinstalación, incidente de cancelación, despido por justa causa), capacidad jurídica (prohibición de ánimo de lucro, derecho a adquirir bienes, cuotas sindicales ordinarias y extraordinarias: gastos deducibles de renta), política nacional de defensa y desarrollo del sindicalismo (garantizar ejercicio, proteger derecho a sindicalizarse, asesorar jurídicamente, promover consulta y cooperación), requisitos para ser miembro (limitación, prohibición para representantes del empleador, principio de pureza), sanciones para sindicatos (multa, disolución, responsabilidad personal de directivos), actividades de los sindicatos (celebrar pactos y contratos colectivos, integrar organismos estatales, velar por el bienestar del trabajador, realizar actividades para financiar sus gastos, otras actividades legales), clasificación de los sindicatos (gremiales, de empresa, de industria), mínimos de miembros para constituir sindicatos (trabajadores 20 y empleadores 5), inscripción Registro Público de sindicatos (celebrar de sesiones, realizar otras gestiones), procedimiento para reconocimiento de personería (solicitudes escrita ante DGT, acta constitutiva y estatutos, inscripción certificación, examen de documentos: plazo máximo de 10 días hábiles, resolución desfavorable: recursos, enmienda o recurso de revocatoria, resolución del MTPS y publicación, reformas estatutos), registro público de sindicatos: DGT (requisitos, numero y fecha, copia de datos, copia de estatutos, transcripción de acuerdo, envío copia a interesados, datos adicionales a inscribir: rendición de cuentas, integración de comités consultivos o ejecutivos, padrón de miembros, amonestaciones y sanciones, fusión y disolución), acta constitutiva: contenido mínimo (generales, nacionalidad y vecindad, autorización al Comité ejecutivo para tramite de inscripción, declaración de cumplimiento de requisitos, denominación, objeto, domicilio, derecho y obligaciones miembros), estatutos: contenido mínimo (reglas para nombramiento, comité ejecutivo y consultivo, condiciones de admisión, sanciones disciplinarias para miembros, cuotas ordinarias y extraordinarias, porcentaje de gastos de administración, celebración asambleas generales, quórum y votación, presentación y justificación de cuentas, reglas para liquidación sindicato, residual), atribuciones de la Asamblea General (elegir comité ejecutivo, remover miembros, aprobar reformas de estatutos, aprobar contratos colectivos, fijar cuotas extraordinarias, decidir huelga, acordar fusión, aprobar presupuesto anual, aprobar rendición de cuentas, autorizar inversiones, expulsar asociados, residual, mayoría para votaciones), funcionamiento e integración del comité ejecutivo (ejecutar y cumplir mandatos de la Asamblea General, requisitos miembros, número de miembros, fuero sindical, protección aplica también a comité ejecutivo provisional, representación legal del sindicato, prohibición de delegar funciones y representación, responsabilidad ante terceros, responsabilidad solidaria, presentar judicial y extrajudicial, obligación de rendir cuentas), consejo consultivo: funciones de asesoría, obligaciones de los sindicatos (llevar libros autorizados, extender recibos, proporcionar informes, comunicar cambios DGT, enviar padrón de afiliados a DG, solicitar DGT aprobación de reformas de estatutos, publicar en forma anual estados financieros), disolución de los sindicatos: supuestos (servir intereses extranjeros, atentar contra libertad religiosa, igualdad y régimen democrático, realizar actividades con carácter lucrativo, uso de violencia, responsabilidades penales), solicitud de disolución por MTPS (número de asociados inferior a legal, incumplimiento obligaciones, incumplimiento obligaciones: comité ejecutivo, apercibimiento previo necesario IGT), acuerdo de disolución (tramite disolución ante IGT), nombramiento de junta liquidadora DGT (procedimiento), nulidad de actas y contratos, aplicación de activo y pasivo, fusión de sindicatos, integración de federaciones y confederaciones, revisión de contabilidad.

TITULO VII – CONFLICTOS COLECTIVOS DE CARÁCTER ECONÓMICO (Art. 239 al 256)

  • Definición de huelga (sanción actos coercitivos y violentos, ilegalidad de la huelga), huelga legal: suspende contratos, declaración de huelga (requisitos, ajustarse a la ley, agotar conciliación, apoyo mínimo: mitad más uno), huelga justa e injusta: definición (justa condena a pago de salarios, huelga injusta: no pago de salarios), limitación a la huelga (servicios esenciales, empresas de transporte, clínicas, hospitales, higiene y aseos público, energía motriz, alumbramiento, telecomomunicaciones, plantas y distribución de agua, fuerzas de seguridad, servicios mínimos: procedimiento para establecerlos, igual procedimiento cuando la huelga ponga en peligro la vida, salud o la seguridad de la población), declaración de ilegalidad (posibilidad del empleados de finalizar contratos sin responsabilidad, huelgas de hecho o ilegítimas, responsabilidad penal, nuevos contratos condiciones mínimas).
  • Definición de paros (cierre total de la empresa), paro legal (preaviso: 1 mes trabajadores: posibilidad de romper contratos sin responsabilidad), efecto del paro legal (suspensión de los contratos de trabajo), reanudación del trabajo, normativa supletoria, paro ilegal, efectos del mismo (petición de reinstalación o indemnización, reanudación de trabajos: corresponden salarios caídos, imposición de multa), paro justo e injusto: definición, paro injusto: pago de salarios caídos, paro justo: despido de trabajadores).
  • Disposiciones comunes a la huelga y el paro, trabajadores con licencia: indemnidad de salarios o indemnizaciones, finalización de paro o huelga: no extingue responsabilidades, cierre de establecimientos: TT y PS (huelgas ilegales: medidas precautorias), irrenunciabilidad de derecho: clausula de paz (principio de irrenunciabilidad, suspensión judicial de derecho a huelga o paro).

TITULO VIII – PRESCRIPCIONES, SANCIONES Y RESPONSABILIDADES (Art. 258 al 273)

  • Definición de prescripción, principio de irrenunciabilidad: excepción la prescripción consumada, derecho de despido o sanción del empleador, acciones del trabajador contra despido o sanción, acciones del trabajador para finalizar contrato, acciones del empleador contra retiros injustificados, derechos originados en contratos, pactos, convenios o reglamentos, derechos originados en código de trabajo, suspensión de la prescripción, interrupción de la prescripción: supuestos, interrupción de la prescripción: deudores solidarios, efectos de la interrupción.
  • Sanciones, definición de falta, correcciones disciplinarias: definición, procedimiento para la aplicación de sanciones (acciones prescriben en seis meses, gradación de la sanción: elementos a considerar, solidaridad de representantes, sanción no exime obligaciones contractuales, subsanación irregularidades), tipos de sanciones (falta de pago de salarios: entre 6 y 18 salarios mínimos mensuales, violación disposiciones prohibitivas: entre 3 y 14 salarios mínimos mensuales, violación a disposiciones preceptivas: entre 3 y 12 salarios mínimos mensuales, violación a disposiciones de higiene y seguridad: entre 6 y 14 salarios mínimos mensuales, violación a disposiciones de sobre huelga: entre 2 y 10 salarios mínimos mensuales empleadores y entre 1 y 5 salarios mínimos mensuales trabajadores, otras violaciones legales).
  • Responsabilidad funcionarios del MTPS (además de sanción corresponde destitución.  Sin perjuicio de otras responsabilidades penales o civiles.

TITULO IX – ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO (Art. 274 al 282)

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