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RESUMEN SOBRE EL TRATAMIENTO PENITENCIARIO


Enviado por   •  26 de Diciembre de 2018  •  Trabajos  •  669 Palabras (3 Páginas)  •  104 Visitas

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Actividades[pic 1]

Lectura: Legislación penitenciaria

RESUMEN SOBRE EL TRATAMIENTO PENITENCIARIO:

                La ley Orgánica Penitenciaria 1/1979 se encarga de redactar todas aquellas actividades que van dirigidas a la reeducación y reinserción social de los penados. No por ello el penado dejará de respetar la ley penal, haciendo que sientan respeto no solo por la legislación, sino por ellos mismos, objetivo prioritario para reintegrarse en la sociedad.

        Es por ello que el propio interno debe participar en la elaboración y ejecución de los planes de reinserción, por ello este tratamiento debe ser individualizado. En general será un proceso complejo. Será programado, se fijará el plan general de ejecución de tratamiento y quehaceres concretos de los especialistas y educadores. Será un proceso de carácter continuo y dinámico.         Se realizará una clasificación de tratamiento en función al resultado del estudio obtenido. Se prevé la posibilidad de establecer grupos especiales de comunidad terapéutica, debiéndose tener en cuenta los factores externos del reo, como su entorno, familia, historial social, etc., para obtener un buen éxito del tratamiento.

La evolución del tratamiento determinará una nueva clasificación del interno, donde se podrá efectuar traslado a diferentes módulos, una vez conocido el grado de pena.

        Las penas privativas de libertad se ejecutarán separadas en grados, el último de los cuales será la libertad condicional (Código Penal); los grados segundo y tercero se cumplirán de forma respectivas en establecimientos de régimen ordinario y de régimen abierto. Los de primer grado serán destinados a establecimientos de régimen cerrado (conforme a lo establecido en esta Ley).

COINCIDENCIA DE LAS IDEAS DE LOS AUTORES CON LA LEGISLACIÓN PENAL ACTUAL:

Concepción Arenal: En palabras de la propio autora: Pero en el progreso del bien, ¿no puede haber grados? En estos grados, ¿no puede influir el sistema penitenciario?”.  Coincide con el artículo 72 de la Ley, en cuanto a que las penas privativas de libertad se aplicarán en grados.

Pedro Dorado Montero: Este autor defendía la existencia de médicos sociales, cuya principal función no será el castigo, sino la individualización de un tratamiento corrector del delincuente. Este pensamiento podría estar en consonancia con lo previsto en los artículos 60 y  61 , sobre el tratamiento individualizado del interno para lograr su reinserción.

Rafael Salillas. Centra sus estudios entre otros factores en el factor bio-psicológico del delincuente. Coincide plenamente con el artículo 62, apartado c de la ley: “c) Será individualizado, consistiendo en la variable utilización de métodos médico-biológicos, psiquiátricos, psicológicos, …”

Mariano Ruiz Funes: Tenía una concepción etio-biologicista del delito, podría coincidir con el artículo 62, aunque donde mejor coincide con la ley es en la aplicación de un tratamiento indiviudalizado, artículo 62 c de la actual legislación penitenciaria.

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