Tratamiento Post Penitenciario
geonell1 de Diciembre de 2014
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El tratamiento pos penitenciario se considera una etapa de reinsercion del recluso a la sociedad del no abandono total por parte del estado hacia las actividades de los mismo ya que la realidad al menos en nuestro pais, es que solo un corto porcentaje de los hombres y mujeres que salen en libertad de un recinto penitenciario determinado son rehabilitados complementamente, es decir que regresan a sus casas, hogares, etc. con ansias de cambiar su vida buscar trabajos legitimos y comunes y seguir adelante aportando un nuevocomplemento o granito de la arena a la sociedad reintegrandose por completo a la misma.
No la mayoria de los reclusos por la situacion carcelaria de nuestro pais la mala influencia de corrupcion y las experiencias en nuestros recintos penitenciarios actuales, los lleva a situaciones donde al salir en libertad, solo reinsiden en la vida delictiva y de faltas que anteriormente llevaban incluso con conocimientos superiores sobre como violentar el sistema social de justicia e incluso sin miedo de hacerlo y sin mas que perder mas que su libertad y tomando ewn cuenta que ya paso por eso de hecho supero su condena.
Se da por hecho que esta es una situacion delicada con respecto no a la condena de los reinsidentes sino en cuanto al tema de la prevencion del delito que venimos estudiando y profundizando tanto por que no es buscar castigar o mitigar al delincuente o al puesto en libertad plena o con regimen de presentacion ; sino hacer aportes a la vida de estas personas de modo que sean muchos los que en realidad tengan y hagan un cambio real en sus vida, es decir una reinsercion total a la sociedad y una rehabilitacion plena. Logrando asi a futuro un cambio en nuestros sistemas penitenciarios, pero con la finalidad de superar la etpa de violencia, delitos e inseguridad que actualmente vive nuestro pais.
La nueva constitucion venezolana es la primera que en la historia penetra en la carcel al garantizar la rehabilitacion del interno, y al garantizar el respeto a sus derechos humanos. Para ello se han implantado siete principios esenciales para la accion en este campo:
• profesionalizacion.
• desacentralizacion
• regimen abierto y colonias agricolas
• medidas no privativas de la libertad
• asistencia post-penitenciaria.
• independencia tecnica.
• privatizacion.
La constitucion llama a los gobiernos municipales y estatales a promover actividades culturales, pedagogicas, deportivas y laborales que promulguen la desaparicion de las fronteras entre la carcel y la comunidad.
Muchas han sido las críticas que se le han hecho a la cárcel como institución de control total, negando la supuesta función resocializadora, reeducativa, rehabilitadora o reinsertiva de la pena privativa de libertad, asignándole por el contrario una función purgatoria, consuntiva de poder, distractora, simbólica y ejecutiva.
En Venezuela, la situación de las condiciones de reclusión y el resguardo de los derechos humanos sigue en una situación crítica para la mayoría de los reclusos, en especial los derechos a la vida y a la integridad personal.
Las denuncias sobre la insalubridad; la ausencia y deficiencia en el acceso a servicios básicos; la aplicación de maltratos físicos y vejaciones como imposición de disciplina; las prácticas denigrantes y las vejaciones que sufren los familiares y visitantes de los centros de reclusión; una infraestructura, que en muchos casos, atenta contra la seguridad de reclusos y autoridades; las deficiencias de los operadores del sistema de administración de justicia en los procesos judiciales y aplicación de beneficios; el comercio de bienes y servicios y los ilícitos dentro de los recintos, continúan presentes en la agenda carcelaria.
La asistencia post-penitenciaria se encuentra consagrada
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