Reformación del texto constitucional - Cambios por un Chile mejor
EstebanAAEnsayo25 de Septiembre de 2016
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Reformación del texto constitucional |
Cambios por un Chile mejor |
Esteban Campos |
10/06/2016 |
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Como punto de partida necesitamos conocer dos cosas importantes, la primera de ellas es saber que es una constitución y la segunda es saber su origen y el desarrollo de esta hasta la actualidad.
Para empezar, la constitución es la norma máxima de un Estado, la ley fundamental y la de mayor jerarquía. En ella se establecen los derechos y obligaciones de los ciudadanos, la estructura y organización del Estado y bajo sus lineamientos se aprueban las demás normas que rigen la vida del país.
El cumplimiento de las normas que se encuentran dentro de la Constitución es lo que hace posible que una Nación pueda vivir con armonía, bienestar y paz, por ello la importancia de que estas normas sean cumplidas por todos: gobernantes y gobernados.
Las partes o estructura de la Constitución se pueden dividir en cinco partes:
– Preámbulo: incluye los antecedentes y razones por las cuales el poder constituyente establece la Constitución.
– Parte dogmática: entrega los valores y principios básicos, derechos y garantías constitucionales.
– Parte orgánica: fija la forma jurídica del Estado, la forma y organización del gobierno y de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
– Procedimiento de reforma de la Constitución: establece los órganos, métodos y quórum para modificarla.
– Disposiciones transitorias: son las que tienen un plazo fijo; por lo tanto, después de cumplido éste, dejan de tener vigencia.
A nivel mundial existen distintos tipos de clasificaciones para esta, las cuales son:
1.-Según la forma: Pueden ser escrita y no escrita. La primera está contenida en un solo documento escrito y promulgado, y la segunda, es aquella en que la totalidad o parte de su contenido no se incluye en un solo texto escrito formalmente promulgado, sino en varios.
2.-Según el grado: De facilidad con que pueden modificarse:
- Rígidas: son las que establecen trámites y formalidades complejas para su modificación.
- Semirrígidas: establecen procedimientos especiales para su modificación, pero de un cumplimiento relativamente sencillo.
- Flexibles: son aquellas que se modifican con facilidad.
3.-Según su extensión: Pueden ser breves o sumarias y extensas o desarrolladas. Las primeras son aquellas que se limitan a regular los aspectos más fundamentales de la organización política. Las segundas contienen las regulaciones más minuciosas y detalladas.
Dado todos estos puntos sobre la constitución, ahora es turno de conocer cuál fue su origen, el cual se remonta a la época de las revoluciones liberales del siglo XVII (Revolución de Córcega, Revolución Francesa, emancipaciones americanas, etc.). Estas revoluciones se originan como respuesta al Antiguo Régimen y su sistema absolutista o autoritario.
En el siglo XIX estuvo rondando constantemente la idea de la constitución, de división de poderes y de establecimiento del derecho moderno como hoy lo conocemos. Así, con el liberalismo, las constituciones se concretan y desarrollan mucho más que en ningún otro momento histórico.
Las primeras constituciones modernas (empezando con la estadounidense de 4 de marzo de 1789) establecen los límites de los poderes gubernamentales, y de protección de los derechos y libertades fundamentales por medio de las primeras enmiendas del 15 de Diciembre de 1791 conocidas como Declaración de Derechos.
Con el transcurso del tiempo, se promulgo el Reglamento para el Arreglo de la Autoridad Ejecutiva Provisoria, el cual fue el primer texto legal en Chile, de índole cercana al constitucional, mas no de tal carácter, puesto que el Reglamento Constitucional Provisorio de 1812 ocupa tal estatus.
Luego se creó el primer texto que no necesariamente era una constitución como la conocemos hoy en día, sino que fue una de las primeras ideas que iban encaminadas a cumplir la función y la importancia de ésta en la actualidad, el cual fue el “Reglamento constitucional” promulgado y elaborado por José Miguel Carrera desde 1812 hasta 1813, el que contenía un preámbulo y 27 artículos, que el contenido de éste es considerado como el primer texto oficial que manifestaba una velada declaración de independencia de Chile.
Posteriormente le sigue el de 1818 promulgado por Bernardo O’Higgins el cual contiene 143 artículos que reglamentaba los derechos y deberes del hombre en sociedad, la libertad, igualdad y derecho de propiedad, consagraba los principios sociales avanzados para la época desde el punto de vista político. 4 años más tarde se promulga una nueva Constitución Política del Estado de Chile por O’Higgins. Para luego modificarla nuevamente por la Constitución Política y Permanente del Estado de Chile de 1823 o “la constitución moralista” el cual consta de 277 artículos y es llamada de esa manera por sus características normativas que dirigían las actividades de los ciudadanos. Por esta razón y su difícil aplicación en la sociedad de aquella época, fue suspendida en julio de 1824.
Junto con este último escrito promulgado en 1823 hasta el año 1828 hubo un proceso de aprendizaje político en donde se probó con diversas formas de organizar la república que no tuvieron éxito y por ende no tuvo mayor relevancia. Pero esto no se quedo así, ya que Chile seguiría con un nuevo proyecto que utilizó todos los errores y experiencias vividas con las reglamentaciones que se hicieron años anteriores como base de esta nueva ley, gracias a esto se pudo crear la primera Constitución Política de 1833 con 168 artículos, con 7 disposiciones transitorias, tras el triunfo de los conservadores en la guerra civil, la cual fue promulgada por iniciativa de Diego Portales y su redactor fue Mariano Egaña. Se caracterizó por establecer un gobierno fuerte con predominio de la figura presidencial, quien tenía la facultad de nombrar y destituir a los ministros de Estado. Estos también podían ser removidos de su cargo por acusación constitucional del Congreso, limitó el territorio y reconoce el principio de soberanía nacional, calificó al gobierno como popular representativo, y a la República como única e indivisible y mantuvo a la religión católica, apostólica y romana como oficial, entre otras cosas. Hubo varias reformas a este texto que se iban realizando cuando se cambiaban los gobernantes, ya que estos los arreglaban a favor de su gobierno.
En el año 1925, el Presidente de la República, Arturo Alessandri Palma, reasumió su puesto, luego de su exilio, es en este gobierno donde él llama a una asamblea a todos los partidos políticos, tanto conservadores como comunistas, además de representantes de las organizaciones sociales y del ejército, con el objetivo de llevar a cabo un nuevo proyecto constitucional que sustituyera a la Constitución de 1833. Esta asambleas tuvieron éxito, lo que genero que se aprobara este nuevo texto constitucional en un plebiscito celebrado el 30 de agosto de 1925 y fue promulgado el 18 de septiembre del mismo año.
Su texto original contenía 110 artículos y 10 disposiciones transitorias. Al 11 de septiembre de 1973, poseía 113 artículos y 18 disposiciones transitorias. Se caracterizo por el cambio del sistema parlamentario por el presidencial, el derecho a la propiedad se limita, el Poder Legislativo es conformado por un Congreso bicameral, el que estaba compuesto por el Senado y la Cámara de Diputados, también se realizó la separación de la Iglesia con el Estado, lo cual garantizó una libertad de conciencia y culto, el mandato de los diputados aumento de 3 a 4 años; y el de los senadores de 6 a 8 años, entre otras cosas relevantes para el estado. Este régimen institucional se vio interrumpido por el Golpe de estado del 11 de septiembre de 1973 y es reemplazada por la Constitución de 1980. La cual no solo llevo a que fuera suspendida la Constitución de 1925, sino que, además, se buscó crear una nueva institucionalidad completamente desde cero. Se designó una «Comisión de Estudios de la Nueva Constitución» (CENC), más conocida como Comisión Ortúzar, a la que se le confirió la labor de crear un anteproyecto de constitución. El texto que se creó de la comisión fue sometido a consideración de la ciudadanía mediante el plebiscito nacional de 1980, en el que fue aprobado. Dicho plebiscito fue cuestionado por las irregularidades formales de su celebración (entre otros problemas, no existían registros electorales y la oposición se vio impedida de efectuar campaña. El texto original contenía 120 artículos y 29 disposiciones transitorias. Ha sido reformada 18 veces desde que se instauro hasta el día de hoy.
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