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Constituciones de chile.


Enviado por   •  30 de Junio de 2016  •  Documentos de Investigación  •  1.416 Palabras (6 Páginas)  •  205 Visitas

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Constituciones y su contenido

Constituciones

1833

1925

1980

(Vigente al 2016)

Autor

Promulgada por Diego Portales y redactada por Mariano Egaña

Una de las principales obras del primer gobierno de Arturo Alessandri Palma

Redactada en 1979 por Enrique Ortúzar, Jaime Guzmán, Raúl Bertelsen, Gustavo Lorca, Juan de Dios Carmona, Alicia Romo y  Luz Bulnes.

El 2005 bajo la presidencia de Ricardo Lagos Escobar se realizaron reformas constitucionales que eliminaron la existencia de senadores vitalicios, entre otras modificaciones. Además se registró la firma de Ricardo Lagos en reemplazo de la de Augusto Pinochet.

Tipo de Gobierno

Según el artículo n°2 el gobierno de Chile era popular representativo (esta constitución no menciona la democracia)

Esta carta constitucional determinó el fin del parlamentarismo y el inicio del presidencialismo en nuestro país. Estableció que “El Estado de Chile es unitario. Su Gobierno es republicano y representativo”

Chile es una república democrática y la soberanía radica en la nación.

Religión

Ésta era una constitución confesional; en el artículo 5 se declaraba a la religión católica apostólica romana, como culto oficial de la república y además prohibía el ejercicio público de cualquier otra religión.

Estableció la separación del Estado y la iglesia, puesto que fue la primera constitución no confesional, además de garantizar la libertad de culto y de someter las instituciones religiosas, como el matrimonio, a las leyes que estuvieran actualmente en vigor.

Por otra parte se estableció como derecho constitucional, la libertad de enseñanza.

Esta constitución

no es confesional.

Criterios de nacionalidad

  • Ius solis
  • Ius sanguinis
  • Por gracia de naturalización por el congreso
  • Extranjeros que profesando alguna ciencia, arte o industria, además de poseer un  bien raíz , declaren ante la municipalidad del territorio que residan; la intención de avecindarse en chile( 10 años de residencia para los solteros, 6 para quienes tenían familia en Chile o estén casados, y 3 si son casados con chilena).

Establece criterios  naturales u originarios de IUS SOLIS, IUS SANGUINIS. Además de incluir criterios de nacionalidad derivada o adquirida  a través de carta de nacionalización en conformidad a la ley y quienes obtuvieron especial gracia de nacionalización por ley.

Establece criterios  naturales u originarios de IUS SOLIS, IUS SANGUINIS. Además de incluir criterios de nacionalidad derivada o adquirida  a través de carta de nacionalización en conformidad a la ley y quienes obtuvieron especial gracia de nacionalización por ley.

Ciudadanía

Ser chileno, tener 25 años los solteros y 21 años los casados. Además debían saber escribir y poseer  una propiedad inmueble (o bien un capital invertido en industria)o ejercicio de una industria, arte ,empleo , renta o usufructo; que guarde proporción con la propiedad del inmueble.

Son ciudadanos Chilenos quienes hayan cumplido 21 años de edad, que sepan leer y escribir y que  estén inscritos en los registros electorales.

Son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido 18 años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva.

Sufragio

El voto era censitario, puesto que las mujeres no votaban y además podían solo votar los ciudadanos activos. Los requisitos para obtener la calidad de ciudadano eran bastantes y fueron mencionados en el ítem anterior.

En cuanto a la suspensión de este derecho  era por: Ineptitud fisica, moral; condición de sirviente doméstico; ser deudor y moroso del fisco; estar cumpliendo pena aflictiva.

Ser ciudadano y no estar incapacitados en conformidad de la ley, para ejercer este derecho.

No votaban mujeres

Ser ciudadano y no estar incapacitados en conformidad de la ley, para ejercer este derecho

VOTO UNIVERSAL.

Principios y garantías constitucionales

  • Igualdad ante la ley (no existe clase privilegiada)
  • No se consideran los derechos de libertad ni de dignidad en el artículo referente a este tema.
  • Libertad de tránsito o movilización se considera un derecho constitucional, así como también el derecho a propiedad y libertad de imprenta.

Libertad de prensa e imprenta; Igualdad ante la ley; libertad de culto y conciencia; libre desplazamiento; derecho a reunión y asociación; Libertad de enseñanza; admisión y empleo de funciones públicas; inviolabilidad a la propiedad, al hogar y a la correspondencia; derecho a la propiedad; derecho al trabajo y finalmente derecho a permanecer en cualquier punto del país, libremente.

Libertad e igualdad en dignidad y derechos, la familia es el núcleo de la sociedad, El Estado está al servicio de la persona humana y tiene como finalidad promover el bien común; El ejercicio de la soberanía está limitado por el respeto  a los derechos que emanan de la naturaleza humana, además reconoce los tratados por ejemplo la Declaración universal de los derechos Humanos. Por otro lado en el Articulo 19 se garantizan los derechos: A la vida; a la integridad física y psíquica de la persona, igualdad ante la ley, protección a los derechos, protección a la vida privada, honra  de la persona y su familia ; inviolabilidad del hogar; libertad de conciencia; Libertad personal y seguridad individual; Salud; Educación; libertad de opinión; reunión; peticiones a la autoridad; asociación; trabajo; seguridad social; sindicatos; no discriminación arbitraria, propiedad y adquisición de dominio de toda clase de bienes, entre otros.

Cargos públicos

Requisitos para ser diputado:

Ser  ciudadano y tener renta de $500 a lo menos

Requisitos para ser senador:

Los senadores eran elegidos por electores y debían ser ciudadanos en ejercicio, tener 36 años cumplidos, no haber sido condenado jamás por delito, tener una renta de $2.000 a lo menos

Presidente de la república:

El presidente debía haber nacido en Chile; cumplir con las calidades necesarias para ser diputado y tener 30 años de edad

En este periodo el cargo de  PDLR duraba 5 años y podía ser relegido inmediatamente. Dicha época se conoce como el periodo de los decenios.

El presidente debía jurar por Dios, ante el congreso en manos del presidente de la cámara alta.

Tenía como atribuciones elegir al arzobispo y al obispo, así como también al comandante en jefe y declarar estado de sitio, apoyado por el concejo de Estado. Este consejo de Estado asesoraba al presidente de la república en diversas materias.

En cuanto a la compatibilidad de los cargos públicos, no se consideraba incompatible ser ministro y a la vez senador o diputado.

Senador: Debe tener 35 años cumplidos, además de cumplir los requisitos para ser ciudadanos.

Diputados: Deben cumplir los requisitos para ser ciudadanos

Ambos cargos tienen como requisito no haber sido jamás condenado a pena aflictiva

Para ser senador se debe:

Ser ciudadano con derecho a sufragio.

Haber cursado la enseñanza media o equivalente.

Tener cumplidos 35 años de edad el día de la elección.

Para ser diputado:

Ser ciudadano con derecho a sufragio.

Tener cumplidos 21 años de edad.

Haber cursado la enseñanza media o equivalente.

Tener residencia en la región a que pertenezca el distrito electoral correspondiente durante un plazo no inferior a dos años, contado hacia atrás desde el día de la elección.

Para ser presidente de la república:

Se requiere tener la nacionalidad chilena; tener cumplidos treinta y cinco años de edad y poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio.

El período de mandato es de 4 años, no pudiendo ser reelegido para el período siguiente.

Educación

La educación pública es una atención preferente del gobierno. Además esta estatal.

Existió la libertad de enseñanza, ya no solo debería ser católica. Se reconoce el derecho a la Educación.

El derecho a la educación esta garantizado por la constitución y señala que los padres tienen el derecho preferente y deber de educar a los hijos, además el estado  debe otorgar especial protección a este derecho, por ende financiara un sistema gratuito de educación parvularia, básica y media, las que establece como obligatorias. Sin embargo la educación comienza a ser municipal.

Reformas a la constitución

Esta atribución era exclusiva del congreso y únicamente podía ser iniciada por moción en una de las dos cámaras. Solo se admitía tal modificación si a lo menos la cuarta parte de los miembros presentes en la cámara de origen, lo apoyaban,

Para cambiar cualquier  disposición de la constitución de 1925 bastaba con un quórum que hoy nos sirve para modificar  una Ley Orgánica Constitucional, es decir, el quórum de reforma de la constitución de 1925 era  mayoría absoluta de senadores y diputados en ejercicio. 

Para realizar una reforma constitucional se necesita la aprobación de dos tercios de los senadores y diputados en ejercicio, puede ser presentada por moción o bien por mensaje.

Sociedades

No existía el derecho a reunión (sin autorización), no habían sociedades que representaran al pueblo, tales como juntas de vecinos, sindicatos, entre otros, en caso de infringir esta regla se consideraba “SEDICIÓN”.

Existía derecho a reunión y a asociación, sin embargo era el congreso quien tenía la atribución de suspender estos derechos, no existían sindicatos.

Dentro del artículo 19 se refiere expresamente como derechos y los garantiza.

Derecho a sociedad, sindicato, reunión están protegidos dentro de ésta.

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