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Reglamento Interno Estancia Infantil


Enviado por   •  16 de Marzo de 2014  •  2.888 Palabras (12 Páginas)  •  3.959 Visitas

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REGLAMENTO INTERNO 2014

ESTANCIA INFANTIL MUNDO KIDS

RESPONSABLE: L.A. BRENDA KRISTINA MARTINEZ LOPEZ

CALLE 38 X 1 S/N COL. COCOYOL

MISION:

Ayudar a desarrollar las habilidades y capacidades del niño, mediante una educación integral basada en valores morales, culturales, facilitándoles por medio de la educación oportunidades y ayudándoles a formar su propio futuro.

VISION:

Dar atencion a los niños para que crezcan con amor, respeto, seguridad, buenos hábitos alimenticios y proveerle las herramientas para su progreso y desarrollo.

El presente reglamento interno de la estancia infantil Mundo Kids tiene la finalidad de dar a conocer a las personas beneficiarias del 2PROGRAMA DE ESTANCIAS INFANTILES” la operatividad de la misma bajo los siguientes puntos:

1. Derechos y obligaciones de las personas beneficiarias del programa

Derechos:

a) Recibir información clara y oportuna por parte de las personas Responsables de las Estancias Infantiles afiliadas al Programa respecto a las reglas, servicios, horarios y capacidades del personal de la Estancia Infantil, mediante el Reglamento Interno de la Estancia Infantil.

b) Contar mensualmente con un documento expedido por la persona Responsable de la Estancia Infantil a la que asistan sus hijas(os) o niñas(os) bajo su cuidado, en el que se especifique el monto mensual de apoyo otorgado por el Gobierno Federal, así como la cuota de corresponsabilidad que la persona beneficiaria debe entregar a la persona Responsable de la Estancia Infantil.

c) Que sus hijas(os) o niñas(os) bajo su cuidado reciban un servicio atento, seguro, higiénico y de calidad en la Estancia Infantil.

d) Que sus hijas(os) o niñas(os) bajo su cuidado reciban supervisión, atención y cuidado en todo momento mientras permanezcan en la Estancia Infantil.

e) Que sus hijas(os) o niñas(os) bajo su cuidado sean entregadas(os) solamente a las personas previamente autorizadas por ellas.

f) Que las Estancias Infantiles cuenten con instalaciones adecuadas, higiénicas y seguras para las(os) niñas(os), conforme a lo establecido en las presentes Reglas de Operación y sus Anexos.

g) Que sus hijas(os) o niñas(os) bajo su cuidado que asistan a las Estancias Infantiles afiliadas al Programa, cuenten con un seguro contra accidentes personales, de acuerdo con el numeral 3.5.6. de las presentes Reglas de Operación.

Obligaciones:

a) Conocer y firmar de conocimiento el Reglamento Interno de la Estancia Infantil y cumplir con las Reglas establecidas en éste sobre horarios, alimentos e higiene, u otras que se consideren necesarias para el adecuado cuidado y atención de las(os) niñas(os), siempre que éste se encuentre alineado a lo establecido en las presentes Reglas de Operación y sus Anexos.

b) Entregar a la persona Responsable de la Estancia Infantil a la que asistan sus hijas(os) o niñas(os) bajo su cuidado, los siguientes documentos e información:

• Copia del Acta de Nacimiento de cada niña(o).

• Fotografía reciente de cada niña(o).

• Certificado médico de cada niña(o), que especifique su estado general de salud.

• En los casos de niñas(os) con algún tipo de discapacidad el certificado médico deberá especificar el tipo de discapacidad que tenga y en su caso los medicamentos y cuidados especiales que requiera. La persona beneficiaria deberá entregar una actualización del certificado cada 12 meses a partir de la fecha de expedición.

• Copia de la cartilla de vacunación actualizada.

• En caso de que la (el) niña(o) tenga alguna enfermedad o padecimiento preexistente o requiera de atención especial, deberá ser indicado por escrito a la persona Responsable de la Estancia Infantil a la que asista.

• En caso de que la (el) niña(o) requiera un medicamento deberá ser indicado por escrito, entregando a la persona Responsable de la Estancia Infantil el medicamento, en su caso copia de la receta médica, así como el horario de ingesta de la medicina. El escrito en el que se indique que la (el) niña(o) requiere un medicamento, deberá estar firmado por la madre, padre, tutor o principal cuidador de la (el) niña(o).

• En caso de que la (el) niña(o) sea intolerante a algún alimento o padezca de alguna alergia, se deberá notificar por escrito a la persona Responsable de la Estancia Infantil a la que asista, especificando el tipo de alimento al que es intolerante o el tipo de alergia que padece, deberá estar firmado por la madre, padre, tutor o principal cuidador de la (el) niña(o).

• Copia de identificación oficial y una fotografía de la persona beneficiaria.

• Domicilio particular y en su caso, lugar donde trabaja o estudia la persona beneficiaria.

• En su caso, teléfono donde se pueda localizar a la persona beneficiaria o a las personas autorizadas por ésta en caso de emergencia.

• Nombres, domicilios y fotografías recientes de las personas que autorice la persona beneficiaria para que puedan llevar y recoger a la (el) niña(o) en la Estancia Infantil.

• Documento que acredite que la(s) persona(s) autorizada(s) es (son) mayor(es) de edad.

c) Registrar la asistencia diaria de las(os) niñas(os) en la Estancia Infantil a la que estén inscritas(os), considerando lo siguiente:

• Únicamente se podrá realizar el registro de asistencia en la fecha que corresponda a la estadía de la (el) niña(o).

• Solo se podrá llevar a cabo el registro de asistencia dentro de las instalaciones de la Estancia Infantil

d) La persona beneficiaria o en su caso la persona autorizada para entregar y recoger a sus hijas(os) o niñas(os) bajo su cuidado en la Estancia Infantil en los horarios establecidos por la misma, firmando la bitácora correspondiente. En caso de encontrar alguna irregularidad al entregar o recoger a sus hijas(os) o niñas(os) bajo su cuidado en la Estancia Infantil, se deberá registrar en dicha bitácora.

e) La persona beneficiaria o en su caso la persona autorizada para llevar y recoger a las(os) niñas(os), deberá entregar justificante médico a la persona Responsable de la Estancia Infantil, en caso de que su hija(o) o niña(o) bajo su cuidado no haya asistido a la Estancia Infantil por motivos de salud. Dicho justificante médico deberá contener por lo menos los siguientes datos:

• Fecha de emisión del justificante médico.

• Nombre de la (el) niña(o).

• Diagnóstico (enfermedad o padecimiento).

• Tiempo de reposo o días que se ausentará de la Estancia Infantil.

• Nombre y firma del médico.

• Número de cédula profesional del médico.

f) En el caso de que un(a) niño(a) requiera cuarentena por alguna enfermedad, se otorgará el apoyo mensual siempre que la persona beneficiaria dé aviso y entregue a la Estancia Infantil, el justificante médico que señale claramente la enfermedad de la (el) niña(o) y cumpla con lo establecido en el punto anterior.

g) Proveer los materiales básicos de higiene que se hayan acordado con la persona Responsable al inscribir a la (el) niña(o), mismos que deberán estar establecidos en el Reglamento Interno de la Estancia Infantil.

h) Realizar oportunamente la aportación mensual que le corresponda de acuerdo a la cuota de corresponsabilidad que la persona Responsable de la Estancia Infantil haya fijado en el Reglamento Interno por el servicio de cuidado y atención infantil que se otorgue a sus hijas(os) o niñas(os) bajo su cuidado.

i) En caso de querer cambiar a sus hijas(os) o niñas(os) bajo su cuidado de Estancia Infantil, la persona beneficiaria deberá dar aviso por escrito a la persona Responsable de la Estancia Infantil en la que esté inscrita(o) la (el) niña(o), con al menos 1 día hábil de anticipación.

2.- Derechos y obligaciones de la persona responsable y personal de la estancia Infantil

Derechos:

a) Recibir capacitación en temas relacionados con el cuidado, y atención infantil, orientados a lograr el cumplimento y ejercicio de los derechos de las(os) niñas(os), así como en temas relacionados con la operación de las Estancias Infantiles.

b) Recibir de manera oportuna y mensual el recurso correspondiente a los apoyos otorgados por el Programa a las personas beneficiarias del mismo en la modalidad de Apoyo a Madres Trabajadoras y Padres Solos, conforme a lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación y en el Convenio de Concertación.

c) Recibir información clara y oportuna de los resultados de la supervisión y seguimiento realizado en su Estancia Infantil, por personal de la Sedesol.

Obligaciones:

a) Aprobar las evaluaciones y participar en los programas de formación, actualización, capacitación y certificación de competencias que ofrezcan o promuevan la Sedesol y el DIF Nacional en el marco del Programa

b) Contar con un Programa Interno de Protección Civil o instrumento equivalente reconocido por la autoridad local, vigente del inmueble en el que opera la Estancia Infantil, de acuerdo a la legislación local en la materia.

c) Cumplir con los trámites aplicables a los centros de cuidado y atención infantil, requeridos por las autoridades correspondientes.

d) Contar con un documento vigente y actualizado en el cual la autoridad competente en materia de Protección Civil avale, que el entorno de la Estancia Infantil ofrece condiciones adecuadas para brindar el servicio de cuidado y atención infantil. En caso de no poder contar con dicho documento, se podrá suplir mediante el análisis de riesgos externos que forma parte del Programa Interno de Protección Civil o instrumento equivalente reconocido por la autoridad local de la Estancia Infantil, mismo que deberá estar avalado por la autoridad competente en materia de Protección Civil, de acuerdo con la legislación local en la materia.

e) Contar con Póliza(s) Seguro de Responsabilidad Civil y Daños a Terceros vigente(s) de acuerdo a las características establecidas en el numeral 3.5.7. de las presentes Reglas de Operación.

f) Afiliarse al Programa a través de la firma del Convenio de Concertación respectivo (Anexo E.1.), mismo que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014.

g) Cumplir permanentemente con las normas de seguridad e higiene en sus instalaciones, de acuerdo a lo establecido en las presentes Reglas de Operación y sus Anexos.

h) Brindar un servicio atento, seguro, higiénico y de calidad fomentando el desarrollo físico y social en condiciones de igualdad a las(os) niñas(os). La supervisión del cumplimiento de la citada obligación corresponderá a DIF Nacional.

i) Brindar el servicio para la atención y cuidado infantil a las(os) niñas(os) en condiciones de calidad, seguridad, protección y respeto a sus derechos, identidad e individualidad.

j) Brindar el servicio a cualquier hija(o) o niña(o) bajo el cuidado de personas beneficiarias del Programa en la modalidad de Apoyo a Madres Trabajadoras y Padres Solos, en estricto apego a las disposiciones del mismo y a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y demás normatividad aplicable en materia de protección y defensa de los derechos de las(os) niñas(os).

k) Proveer el servicio de cuidado y atención infantil por un periodo mínimo de 8 horas por cada día que preste el servicio en el marco del Programa.

l) Proveer al menos 2 comidas calientes y una colación al día para cada niña(o), durante su estadía de 8 horas, las cuales deberán ser balanceadas, nutritivas y suficientes, las porciones deberán ser adecuadas de acuerdo a su edad con base en las disposiciones que emita DIF Nacional.

m) En los espacios validados para otorgar el servicio de cuidado y atención infantil de las Estancias Infantiles afiliadas al Programa, no se podrán atender a niñas(os) menores de un año

n) Supervisar en todo momento a las(os) niñas(os) bajo su cuidado.

o) Llevar a cabo una rutina diaria de actividades acorde a las necesidades y edades de las(os) niñas(os), con base en las capacitaciones en la materia recibidas por el DIF Nacional o terceros que éste determine.

p) El personal de la Estancia Infantil (Responsable, Asistentes o personal de apoyo) no podrá retirar a las(os) niñas(os) de las instalaciones de la Estancia, a menos que sea por una emergencia o que se tenga el permiso por escrito de las madres, padres, tutores o principales cuidadores de las(os) niñas(os).

q) El personal de la Estancia Infantil (Responsable, Asistentes o personal de apoyo) no podrá proporcionar ningún medicamento a las(os) niñas(os), a menos que cuenten con la solicitud por escrito de las madres, padres, tutores o principales cuidadores de las(os) niñas(os), y éstas(os) entreguen el medicamento, así como, en su caso, copia de la receta médica.

r) Impedir el acceso a la Estancia Infantil, durante el horario de atención, a personas ajenas a la misma, con excepción de las personas acreditadas para realizar actividades de supervisión, verificación o autoridades en ejercicio de sus facultades.

s) Realizar diariamente la actividad de filtro a la entrada y salida de cada niña(o) de la Estancia Infantil.

t) Contar con una bitácora de acuerdo a las disposiciones emitidas por DIF Nacional, en la que se registre diariamente la actividad de filtro, asentando el estado físico de las(os) niñas(os) a la hora de entrada, a la salida de la Estancia Infantil, así como cualquier eventualidad acontecida durante su permanencia en la misma. Estos registros deberán contar con la firma diaria de las personas beneficiarias en la modalidad de Apoyo a Madres Trabajadoras y Padres Solos o de las personas autorizadas por éstas para llevar y recoger a sus hijas(os) o niñas(os) bajo su cuidado de la Estancia Infantil.

u) Contar con una bitácora de acuerdo a los formatos que establezca la Sedesol o el DIF Nacional, en la que se registren nombres completos, procedencia y hora de entrada y salida de las personas acreditadas para realizar actividades de supervisión, verificación o autoridades en ejercicio de sus facultades que ingresen a la Estancia Infantil.

v) Entregar a las(os) niñas(os) únicamente a las madres, padres, tutores, principales cuidadoras(es) o a las personas previamente autorizadas por las personas beneficiarias.

w) Entregar mensualmente a cada persona beneficiaria en la modalidad de Apoyo a Madres Trabajadoras y Padres Solos, cuyas(os) hijas(os) o niñas(os) bajo su cuidado asistan a la Estancia Infantil, un documento en el que se especifique el monto de apoyo mensual otorgado por el Gobierno Federal, así como la cuota de corresponsabilidad que la persona beneficiaria debe entregar a la persona Responsable de la Estancia Infantil.

3.- Reglas para el acceso y uso de las instalaciones

a) Se permitirá la entrada a las beneficiarias o familiares únicamente hasta el área del filtro, no al interior de la Estancia Infantil, quedando exclusivamente a cargo del personal de la misma; la alimentación, educación y cuidado de los niños.

b) Las beneficiarias al entregar a los niños deben esperar la realización del filtro, donde se revisa al niño y firmar la bitácora y la lista diaria.

c) Al presentarse los niños por la mañana, deberá informarse a la responsable si se le

proporcionó alimentación y que clase. Esto con el fin de evitar una sobre alimentación y

desarreglos estomacales.

d) Todo niño sospechoso de enfermedad contagiosa será regresado a su hogar, pasado el período de contagio y desaparecida la enfermedad según dictamen médico, el niño será admitido.

e) No se admitirá a los niños ningún medicamento del exterior, sino es por

prescripción médica y mediante la presentación de la receta correspondiente.

f) No se permite la entrada a toda persona ajena a la estancia-

g) En caso de los supervisores de SEDESOL y DIF Nacional se registraran en la bitácora de visitas, así como también personal de autoridades o dependencias municipales en caso requerido.

4.- Características de los servicios

La estancia infantil cuenta con las siguientes áreas:

I. Lactantes.- Infantes de 12 meses a 18 meses;

II. Maternales.- Infantes de 18 meses a 36 meses, y

III. Preescolares.- Infantes de 3 años a 4 años de edad.

• La estancia infantil también cuenta con un área de descanso, cocina y baño.

• El personal de la estancia infantil esta formado por la responsable, 2 asistentes y 1 cocinera.

Las asistentes designadas para desempeñar sus labores en la Estancia Infantil, deberán mostrar aptitudes, vocación, preparación y responsabilidad para:

a) Para el mejor funcionamiento de la Estancia Infantil, las asistentes deben convenir en

que, cuando las exigencias del servicio así lo requieran, la Responsable podrá solicitar la

cooperación de sus asistentes para el desahogo de labores de la Estancia Infantil, diferentes a las asignadas como oficiales.

b) Para desempeñar sus labores, durante todo el tiempo que fije la Responsable absteniéndose de salir antes de la hora establecida.

c) Por estar en constante contacto con los niños, deberán utilizar para con ellos un trato maternal y amable, que haga agradable su estancia y que propicie la formación de buenos hábitos.

d) Velarán porque los niños se conserven limpios en su cuerpo y vestido. Se responsabilizarán de la ropa que se les entregue

e) Deberán realizar sus actividades de acuerdo a sus planeaciones semanales y a lo establecido en el MAI.

f) Deberán mostrar un trato amable y de respeto con las beneficiarias.

La cocinera deberá mantener perfectamente limpio su local de trabajo (cocina, comedores y anexos), así como el equipo y enseres.

La cocinera se encargará de servir y distribuir los alimentos, en este caso dos comidas calientes y una colación.

5.- Aspectos de seguridad e Higiene

a) La estancia infantil cuenta con 2 extintores, 3 detectores de humo, 2 botiquines y una salida de emergencia.

b) La responsable de la estancia asi como las asistentes y la cocinera cuentan con conocimientos de primeros auxilios y realización de simulacros de incendio.

c) La estancia realiza ejercicios de simulacros cada dos meses y cada seis meses el simulacro de incendio con el apoyo de protección civil municipal y cruz roja.

d) La responsable lleva una bitácora mensual del mantenimiento de las instalaciones, de las medidas de seguridad, asi como de los extintores, detectores de humo y realización de simulacros.

e) La estancia cuenta con un programa interno de protección civil el cual está avalado por protección civil municipal.

f) Es responsabilidad de la estancia entregar a los niños aseados y en buenas condiciones.

6.- Horarios de servicio

La hora de entrada a la Estancia Infantil, será de las 7:00 a las 15:00 horas. Después de

esta hora, la madre o tutor pagara una multa de retraso por $50.

En caso de que el menor entrara después de la hora indicada y después de las 8:30 a.m., el menor tendrá que ir desayunado, ya que el desayuno ya no se le podrá brindar puesto que llego después del horario de desayuno, asi mismo si el menor se retirara antes del horario de comida a las 13:00 hrs.

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