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Resume De Procesal Penal I


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2014  •  3.926 Palabras (16 Páginas)  •  269 Visitas

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RESUMEN FINAL DE PROCESAL CIVIL 1

Definición del Derecho Procesal Civil.

Es la rama de la ciencia jurídica que estudia la naturaleza, desenvolvimiento y eficacia del conjunto de relaciones jurídicas denominado proceso civil.

Además puede definirse también como: el conjunto de formalidades por medio de las cuales, los litigantes están obligados a someter una pretensión ante un juez o tribunal

Objeto del proceso civil

El objeto del proceso es el litigio planteado por las dos partes, en consecuencia dicho objeto está constituido tanto por la reclamación formulada por la parte actora o acusadora, como por la defensa o excepción hecha valer por la parte demandada o inculpada; en ambos casos, con sus respectivos fundamentos de hecho y de derecho.

El Proceso y Sus Principios.

El proceso es un conjunto de pasos del juez con las partes y de las partes entre sí.

El proceso es el instrumento idóneo para dirimir por acto de juicio, imparcial, irrevocable, coercible y emanado de la autoridad, el conflicto surgido.

Los principios reguladores del proceso civil son varios, entre ellos tenemos:

El principio dispositivo

El principio de impulsión procesal

El principio contradictorio

El principio de publicidad

El principio de preclusión

El principio de concentración

El principio de inmediación

El doble grado de jurisdicción

El Principio Dispositivo: Este principio establece de forma general que las partes son las dueñas del proceso, tienen una posición activa respecto del mismo, mientras que el rol del juez civil debe ser siempre pasivo, o sea, actuar en base a lo propuesto por las partes.

El principio de impulsión procesal: Este principio establece que el proceso debe seguir su curso hasta llegar a una solución del litigio. Es contemplado como un derivado del principio dispositivo, ya que es a las partes que corresponde, no sólo inicio de la actividad procesal, sino también su seguimiento, a los fines de culminar con la misma.

El principio de contradicción: Este principio dispone que todo argumento o medio de prueba no puede ser tomado en cuenta para el proceso, sin que el mismo sea objeto de un debate hecho por todas las partes del proceso. Este principio es de carácter constitucional, por aplicación del artículo 8, numeral 2, literal j de nuestra Carta Magna, que dispone que debe asegurarse un juicio imparcial y el ejercicio del derecho de defensa en un proceso

El principio de publicidad: Este principio viene como resultado de vivir dentro de un Estado democrático, donde sean los miembros de la sociedad que puedan observar, evaluar fiscalizar la actividad procesal de los tribunales.

El principio de preclusión: Este principio le da un carácter fragmentario al proceso civil. Establece que el proceso es sucesivo, y por ende, cada etapa del proceso debe de agotarse en su debido tiempo.

El doble grado de jurisdicción: Este principio consiste en darle la oportunidad a una parte del proceso que no haya quedado conforme con la decisión tomada por el juez, recurrir por ante una jurisdicción jerárquicamente superior para conocer el caso en grado de apelación.

El principio de economía procesal: Este dispone que el proceso debe llevarse a cabo con una eficiencia, tanto en los actos procesales, como en los plazos, a los fines de que el proceso se lleve sin unas dilaciones ni encarecimientos innecesarios.

Principio de concentración: Este principio se deriva de la economía procesal, y dispone que el proceso debe llevarse a cabo en una sola audiencia, o en su defecto, en la menor cantidad de audiencias posibles, optando porque el mismo no se vea distraído por cuestiones irrelevantes. “El principio de concentración impone la reunión de las actividades procesales en una o varias audiencias en la discusión final del caso”5.

Principio de Imparcialidad del Juez: Este principio va íntimamente ligado al principio de igualdad entre las partes, dado a que establece que el Juez que vaya a conocer del proceso debe verse desprendido de cualquier interés personal que pueda afectar su objetividad al momento de tomar una decisión respecto del mismo

Principio de la carga de la prueba: Proviene de la máxima “ActoriIncumbitProbatio” que establece que la parte que alega un hecho en justicia, debe de probarlo. El demandante, en principio, tiene la carga de la prueba para probar sus pretensiones, y en contraparte, el demandado sólo debe de probar el descrédito de los hechos que han sido comprobados en su contra.

Distinción entre el Procedimiento y el Proceso.

El procedimiento es una sucesión de actos procesales que se traducen en etapas que se llevan a cabo dentro el proceso basándose en normas procedimentales civiles mientras que el proceso es la sucesión de fases jurídicas realizadas, por el juez en cumplimiento de los deberes y obligaciones que el código procesal civil le concede a las partes y los terceros .

El Procedimiento es parte del Proceso

Objeto de las leyes procesales.

El objeto de las leyes procesales se clasifica en tres partes, las cuales son:

 Organizar el funcionamiento de los órganos del poder judicial.

 Trazar las normas o caminos que deben seguirse a los efectos y fines de dirimir los conflictos entre los particulares.

 Ejecución de los actos emanados de esos órganos.

Clasificación las leyes procesales y sus características.

Las leyes en el procedimiento civil se dividen en tres grandes grupos:

 Leyes de organización Judicial.

 Normas de Competencia.

 Leyes y Códigos de Procedimiento Civil en sentido estricto.

Fuentes Legales de la Organización Judicial y la Competencia.

Son múltiples y variadas las fuentes de todo derecho, pero en este caso de la organización judicial

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