Resumen De Los Elementos De La Legislación Tributaria
Kamikaze0014 de Agosto de 2012
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Elementos de la obligación tributaria: sujetos, objeto y causa.
Sujetos de la obligación tributaria: sujeto activo o acreedor y sujeto pasivo o deudor.
Sujeto activo: En Costa Rica es el Estado en sus diversas manifestaciones: naciones, provincias (estados) y municipalidades, las cuales disponen de carácter originario. El Estado tiene un carácter originario en sus atribuciones; las municipalidades lo tienen por delegación.
El sujeto activo es el acreedor, o sea, aquella persona que tiene la facultad de exigir el cumplimiento.
Sujeto pasivo: “Es sujeto pasivo la persona obligada al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o de responsable.”- Art. 15 del Código Tributario.
• Contribuyentes: las personas respecto de las cuales se verifica el hecho generador de la obligación tributaria.
• Responsables: las personas que sin tener el carácter de contribuyentes deben, por disposición expresa de la ley, cumplir las obligaciones atribuidas a éstos.
Derivaciones del sujeto pasivo:
• El Estado como deudor: la potestad tributaria corresponde solo al gobierno nacional y las demás entidades de derecho público solo actúan por delegación. El Estado nacional no puede ser sujeto de impuestos locales.
• Responsables de la obligación tributaria: todas aquellas personas que por mandato de ley están obligadas al cumplimiento de la prestación tributaria sin ser deudores de la obligación.
• Solidaridad: En el artículo 16 del Código Tributario establece, la solidaridad: “están solidariamente obligadas aquellas personas respecto de las cuales se verifique un mismo hecho generador de la obligación tributaria”. Además el código agrega: “en los demás casos la solidaridad debe ser expresamente establecida por ley”.
• Domicilio fiscal: es inherente a los sujetos. Se ha dicho con acierto que es el lugar donde la persona desarrolla su actividad, en el sitio en que trabaja.
Personas físicas: lugar de residencia habitual.
Personas jurídicas: centro principal de la actividad.
El derecho fiscal cobra relevancia a la hora de pagar el impuesto de renta:
Si vice en el país gozará de deducciones y plazo para el pago.
Si no vive en el país no tendrá deducciones y cancelará el impuesto en un solo pago.
Objeto de la obligación tributaria: Hay diferencias en los términos: objeto de la obligación tributaria y objeto del tributo mismo.
Objeto de la obligación tributaria: “corresponde a la prestación que debe cumplir el sujeto pasivo, esto es, el pago de una suma de dinero en la generalidad de los casos, o en la entrega de cantidades de cosas en las situaciones especiales en que el tributo sea fijado en especie”.
Objeto del tributo: “es el presupuesto de hecho que la ley establece como determinante del gravamen; la posesión de riqueza (capital o renta), la realización de un acto, la condición de las personas mismas y cualquier otra situación jurídica o económica que el legislador elija como susceptible de generar un tributo”.
El objeto de la obligación puede consistir en dar una cosa, hacer o sea ejecutar una determinada conducta, o no hacer o sea abstenerse de realizar una conducta.
Deberes de hacer: en la legislación, consiste en la presentación de denuncias y declaraciones por parte del deudor o de terceros, con respecto a bienes, actos o hechos imponibles: exhibir libros, documentos y antecedentes relacionados con aquellos; otorgar comprobantes, proporcionar informes, etc.
Deberes de no hacer: no destruir libros y documentos por el tiempo que fijen leyes o reglamentos; tolerar inspecciones en libros y documentos y visitas domiciliarias en lugares y establecimientos donde se desarrollan actividades sujetas a obligaciones fiscales o a los
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