Riesgos De Trabajo
toto058619 de Septiembre de 2012
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A. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS:
1. Accidente Laboral:
Es todo accidente que le puede suceder en su condición de persona trabajadora, a causa o como consecuencia del trabajo que se le ha asignado.
También se considera un accidente de trabajo, el que puede ocurrir en los siguientes casos:
1. Durante el traslado del centro de trabajo a la casa y viceversa, pero que no se haya variado el recorrido por interés de la persona trabajadora.
2. Cuando esté cumpliendo con las órdenes de la persona empleadora, aunque el accidente ocurra fuera del lugar o centro de trabajo y después de finalizada la jornada de trabajo.
3. Cuando se interrumpa la labor, antes o después de terminar el trabajo que se le haya ordenado realizar a la persona trabajadora, siempre que se encuentre dentro del lugar de trabajo y que la persona empleadora o su representante le dieron el permiso verbal o escrito o si cuando se realiza una actividad distinta a la que fue contratado y no se le prohíbe realizar esa actividad.
4. Cuando la persona trabajadora sufre un daño, al prestar los auxilios necesarios en caso de siniestro o riesgo inminente, en las que se encuentren en peligro otras personas, los intereses de la persona empleadora o de algún compañero(a) de trabajo.
5.
2. Ambiente físico de trabajo:
Es el medio en el que se desarrolla el trabajo y que está determinado por las condiciones de termo higrométricas, ruido, iluminación, vibraciones, radiaciones, contaminantes químicos y biológicos. También consideramos el espacio de trabajo, especialmente el puesto de trabajo. Movilidad, posturas.
3. Carga Térmica:
Es la suma de la carga térmica ambiental y el calor generado en los procesos metabólicos. Es decir: El calor que actúa sobre el cuerpo humano en forma muy compleja, afectando la fisiología general del organismo.
4. Condiciones de trabajo
Se consideran condiciones de trabajo a cualquier característica del trabajo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores.
Incluye:
A. Locales, instalaciones, equipos, productos y otros útiles del centro de trabajo.
B. La naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos con sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia.
C. Los procedimientos para la utilización de los agentes citados en el punto B) que influyen en la generación de los riesgos mencionados y.
D. Todas las demás características del trabajo, en especial las relativas a su organización y ordenamiento, influyan en la magnitud de los riesgos a que estas expuesto el trabajador.
5. Control de riesgos:
Es el estudio e implementación de las medidas necesarias y convenientes para mantener bajo observación, evitar o reducir las situaciones de riesgo potencial y daños que pudieran derivarse. Estas acciones preventivas de riesgos se deben de establecer antes de que se produzca la incidencia, emergencia, accidente o como consecuencia de la experiencia adquirida tras el análisis de la misma.
6. Enfermedad profesional:
Se entenderá por enfermedad profesional la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley General de Seguridad Social, y que esté provocada por la acción de los elementos y sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.
7. Equipo de protección personal:
Los equipos de protección personal son elementos, llevados o sujetados por la persona, que tienen la función de protegerla contra riesgos específicos del trabajo. Cascos, tapones para los oídos, gafas o pantallas faciales, mascarillas respiratorias, cremas-barrera, guantes o ropa de protección, calzado de seguridad o equipos anti caídas, son equipos de protección individual.
8. Equipo de trabajo:
Un equipo es un conjunto formado por un número pequeño de personas con habilidades técnicas y personales complementarias, que interactúan para el logro de un propósito común que requiere de un esfuerzo conjunto y sinérgico que facilitará la obtención de un resultado del que todos son responsables de forma colectiva.
9. Ergonomía:
Su etimología (griega) Ergos: trabajo; Nomos: principios.
La ergonomía es una ciencia multidisciplinaria e interdisciplinaria, en relación con el entorno en que se lleva a cabo (el lugar de trabajo) y con quienes lo realizan (los trabajadores). Se utiliza para determinar cómo diseñar o adaptar el lugar de trabajo al trabajador a fin de evitar distintos problemas de salud y de aumentar la eficiencia. En otras palabras, para hacer que el trabajo se adapte al trabajador en lugar de obligar al trabajador a adaptarse a él.
10. Estimación de riesgos:
La estimación del riesgo consiste en calcular aproximadamente el peligro que significa una situación determinada. Es necesario conocer los conceptos que están ligados a los riesgos como:
AMENAZA. Es la posibilidad de que ocurra un evento destructivo de origen natural o generado por la actividad humana, en lugar especifico y en un determinado tiempo. Es el factor externo del riesgo.
VULNERABILIDAD. Grado de resistencia y/o exposición de un elemento o conjunto de elementos frente a la ocurrencia de un peligro. Puede ser: Física, social, económica, cultural, institucional y otros. Es el Factor interno.
RIESGO. Es la probabilidad de daños sociales, económicos y ambientales, de una localidad dada y un tiempo determinado.
11. Evaluación de los riesgos laborales:
La evaluación de riesgos laborales es una obligación empresarial y una herramienta fundamental para la prevención de daños a la salud y la seguridad de los trabajadores.
Su objetivo es identificar los peligros derivados de las condiciones de trabajo para:
• eliminar de inmediato los factores de riesgo que puedan suprimirse fácilmente,
• evaluar los riesgos que no van a eliminarse inmediatamente, y
• planificar la adopción de medidas correctoras.
12. Gestión de riesgos:
Intervención destinada a modificar las condiciones generadoras de riesgo con el fin de reducir los niveles del mismo y eliminarlo hasta donde sea posible. Involucra, además, el conjunto de acciones destinadas al manejo del desastre y a la reconstrucción post desastre, dentro de una perspectiva de reducción del riesgo. La gestión del riesgo busca el desarrollo de la capacidad de la sociedad y de sus actores sociales para modificar las condiciones de riesgo existente, actuando prioritariamente sobre las causas que lo producen.
13. Higiene industrial:
Suele definirse también como una técnica no médica de prevención, que actúa frente a los contaminantes ambientales derivados del trabajo, al objeto de prevenir las enfermedades profesionales de los individuos expuestos a ellos.
14. Identificación de peligro:
Peligro: una condición o acto capaz de causar daño: persona, propiedad, proceso, el cual se debe detectar antes de que ocurra la incidencia.
15. Incidente:
Suceso acontecido en el curso del trabajo o en relación con éste, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o pérdida en los procesos.
16. Inspección de seguridad:
Es realizada por comités de seguridad o inspección laboral, tiene por función:
1-la localización de riesgos (condiciones materiales inseguras, actos inseguros o imprudentes,..) y
2- la proposición de medidas correctivas que sean factibles y económicamente viables con el objetivo de eliminar el riesgo.
17. Investigación de accidente:
La investigación de accidentes constituye una técnica de análisis de los accidentes laborales ocurridos a fin de conocer el cómo y el por qué han ocurrido. Si se analiza la definición dada de investigación podemos deducir los objetivos de la misma: conocer los hechos y deducir las causas para que a partir de estos datos, haciendo uso de otras técnicas de seguridad, llegar al objetivo final de ésta, la eliminación de las causas y la supresión o reducción de los riesgos de accidentes.
Según las distintas fases o etapas de desarrollo del accidente, la investigación centrará su objetivo en la detección de causas de riesgo, causas de accidente o causas de lesión, como se puede ver de forma simplificada en el siguiente esquema:
18. Medicina del trabajo:
Es una especialidad médica que, actuando aislada o comunitariamente, estudia los medios preventivos para conseguir el más alto grado posible de bienestar físico, psíquico y social de los trabajadores, en relación con la capacidad de éstos, con las características y riesgos de su trabajo, el ambiente laboral y la influencia de éste en su entorno; así como promueve los medios para el diagnóstico, tratamiento, adaptación, rehabilitación y calificación de la patología producida o condicionada por el trabajo.
19. Norma de seguridad:
Se entiende por Norma a una regla a la que se debe ajustar la puesta en marcha de una operación. También se puede definir como una guía de actuación por seguir o como un patrón de referencia. Las normas de seguridad
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