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Riesgo De Trabajo


Enviado por   •  21 de Octubre de 2011  •  1.350 Palabras (6 Páginas)  •  659 Visitas

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Introducción

Los Riesgos de Trabajo constituyen uno de los problemas más importante para la salud de los trabajadores en todo el mundo. En México las tasas de frecuencia de la presentación de este tipo de eventos son elevadas en comparación con otros países.

Dentro de las Estadísticas Mexicanas de Salud, los accidentes y los riesgos de trabajo han ocupado un lugar notable durante los últimos años, convirtiéndose en un problema de salud publica que debe ser analizado y atendido en forma apropiada, debido a la importancia económica que representa para la salud de los trabajadores, como para la productividad de la empresa.

En el avance de la humanidad, las diferentes culturas han desarrollado distintas legislaciones laborales. En algunas civilizaciones contemporáneas, los daños a la salud de los trabajadores han quedado comprendidos en el concepto denominado Riesgos de Trabajo, en cuyos marcos jurídicos está representado por los accidentes y las enfermedades a que están expuestos los trabajadores en el ejercicio y con motivo de su trabajo. Los accidentes de trabajo han sido definidos como una alteración traumática y funcional en el trabajador como resultante del desempeño de su trabajo, sin embargo, la mayoría de los códigos laborales vigentes prefieren la expresión traumática de lesión orgánica o corporal aguda.

Riesgos de trabajo

Según la ley federal del trabajo Riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de trabajo(Art.473).

Pero a que se refiere con accidentes y enfermedades, pues un accidente de trabajo es toda les ión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo de trabajo, cualesquiera que sean el lugar y tiempo en que se presente. Incluye los accidentes dados en el camino trabajo-hogar y hogar-trabajo(Art 474); y una enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga origen o motivo en el trabajo o en el medio en que le trabajador se vea prestado a prestar sus servicios(Art 475).

Art 476 también se consideran enfermedades de trabajo (segun art. 513)

• Neumoconiosis y enfermedades broncopulmonares producidas por aspiración de polvos y humos de origen animal, vegetal o mineral.

• Enfermedades en las vías respiratorias producidas por inhalación de gases y vapores.

• Dermatosis (enfermedades de la piel provocadas pro agentes mecánicos, físicos, químicos inorgánicos u orgánicos, o biológicos.

• Oftalmopatías profesionales (enfermedades del aparato ocular producidas por polvo y otros agentes químicos y biológicos)

• Intoxicaciones

• Infecciones, parasitosis, micosis y virosis (enfermedades generadas por virus, bacterias, parásitos y hongos).

• Enfermedades producidas por estar en contacto con productos biológicos.

• Enfermedades producidas por factores mecánicos y variaciones de los elementos naturales del medio de trabajo.

• Enfermedades producidas por radiaciones ionizantes y electromagnéticas

• Cáncer

• Enfermedades endógenas (afecciones derivadas de la fatiga industrial)

Art 477 los riesgos de trabajo pueden producir incapacidad temporal (perdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente al trabajador de cumplir con su trabajo por un tiempo), incapacidad permanente parcial (perdida de facultades o aptitudes de una persona para trabajar), incapacidad permanente total (perdida de facultades o aptitudes de una persona que lo imposibilita para realizar cualquier trabajo) y muerte.

Art 481 la existencia de estados anteriores como idiosincrasias, taras, discrasias, intoxicaciones o enfermedades crónicas, no es causa para disminuir el grado de la incapacidad, ni las prestaciones correspondientes.

Art 482 las consecuencias posteriores de los riesgos de trabajo serán tomados en cuenta para determinar el grado de incapacidad.

Art 483 las indemnizaciones por riesgo de trabajo serán entregadas directamente al trabajador. En caso de muerte o incapacidad mental se pagaran a: (art. 501)

• La viuda o el viudo que hubiese dependido económicamente del trabajador y que tenga una incapacidad de 50% o mas, y los hijos menores de dieciséis años y los mayores de esta edad si tiene una incapacidad de 50% o mas.

• Los ascendientes concurrirán en lo anterior a menos que se compruebe que no dependían del trabajador.

• A falta de conyugue supérstite la persona con quien el trabajador vivió como si fuera su conyugue durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o discapacidad, o con la que tuvo

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