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SOCIEDADES ANÓNIMAS BURSÁTILES (S.A.B.)


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2013  •  Tesis  •  2.349 Palabras (10 Páginas)  •  449 Visitas

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SOCIEDADES ANÓNIMAS BURSÁTILES (S.A.B.)

CONTENIDO

• INTRUDUCCION

• ¿QUÉ ES LA SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL?

• ¿QUÉ LEY MEXICANA LA REGULA?

• ¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS ESPECIALES DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL?

• ¿CUÁLES SON LOS DERECHOS QUE SE REGULAN PARA LA PROTECCIÓN DE MINORÍAS?

• ¿CÓMO IDENTIFICAR QUIÉNES SON ACCIONISTAS?

• ¿CUÁL ES LA FORMA DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD?

• ¿QUÉ FUNCIONES TIENE UN DIRECTOR GENERAL?

• ¿QUÉ FUNCIONES TIENE EL COMITÉ DE PRÁCTICAS SOCIETARIAS?

• ¿CÓMO ES LA VIGILANCIA DE LA SOCIEDAD?

• ¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE ESTA SOCIEDAD?

• ¿CÓMO PUEDO CONSTITUIR UNA SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL?

• CONCLUCION

INTRODUCCION

Las sociedades anónimas bursátiles son un tipo especializado que se deriva de las sociedades anónimas, su característica distintiva es la posibilidad de comercializar sus acciones en la Bolsa Mexicana de Valores. El objetivo del presente artículo es responder las dudas y preguntas relacionadas con este tipo social específico.

Si la persona moral a través de la cual realiza sus negocios requiere del financiamiento de capital, las sociedades anónimas bursátiles le permitirán alcanzar sus objetivos mediante la emisión de acciones o títulos de deuda que se ofrezcan en el mercado de valores. Estas figuras jurídicas son un tipo de sociedad anónima especializada que le permite operar, una vez que ha alcanzado cierta solidez en los negocios que desarrolla (tiene importantes sumas de capital invertido, puede responder por las obligaciones que emita, lleva una buena contabilidad, cumple con sus obligaciones fiscales, etc.), involucra al mismo tiempo la capacidad de cumplir las expectativas de los inversionistas e implica que la sociedad aceptará nuevos socios al hacerse pública la compra y venta de acciones.

¿QUÉ ES LA SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL?

Es una persona moral formada por dos o más personas físicas o morales que adopta la modalidad de la sociedad anónima común pero de una forma especializada, ya que emite y comercializa sus acciones en la Bolsa Mexicana de Valores, lo cual implica un mayor valor de las mismas para sus accionistas y una estructura financiera tal que le permite optimizar costos financieros, obtener liquidez inmediata, modernizarse, crecer, entre otros. Esta modalidad también garantiza los derechos de los accionistas minoritarios y la revelación de la información a todo el público.

¿QUÉ LEY MEXICANA LA REGULA?

La Ley del Mercado de Valores.

¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS ESPECIALES DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL?

La denominación social es elegida por los accionistas y debe ir seguida de las palabras "Sociedad Anónima Bursátil" o las siglas "S.A.B".

Los socios reciben el nombre de accionistas.

La responsabilidad de los accionistas es limitada al monto de sus aportaciones. Si un accionista está dentro del consejo de administración, este responde por daños y perjuicios.

El capital social está representado por acciones inscritas en el Registro Nacional de Valores, entidad a cargo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, es público y en él se inscriben los valores objeto de oferta pública e intermediación en el mercado de valores[2]. Su valor es determinado por los accionistas.

Deben tener la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores si su constitución es por suscripción pública.

No hay limitación en el número de acciones que puede tener un accionista.

Los títulos de las acciones deben cumplir con ciertos requisitos.

Los accionistas de la sociedad tienen derecho preferente para comprar las acciones de los demás.

Los accionistas no pueden hacer préstamos o anticipos sobre sus propias acciones.

No pueden emitirse nuevas acciones, hasta que las anteriores se encuentren totalmente pagadas.

Sólo podrán emitir acciones en las que los derechos y obligaciones de sus titulares no se encuentren limitados o restringidos (acciones ordinarias).

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá autorizar la emisión de acciones distintas de las ordinarias, siempre que las acciones de voto limitado, restringido o sin derecho a voto no excedan del veinticinco por ciento del total del capital social pagado.

¿CUÁLES SON LOS DERECHOS QUE SE REGULAN PARA LA PROTECCIÓN DE MINORÍAS?

Los derechos son los siguientes:

Designación de consejeros

Los accionistas individuales o colectivos que representen el 10% del capital social tendrán el derecho a designar y revocar en asamblea general a un miembro del consejo de administración.

Derecho de convocatoria

Los accionistas que representen individual o conjuntamente el equivalente al 10% del capital social podrán solicitar al presidente del consejo de administración o a cualquiera de los comisarios, que se convoque en cualquier momento a una asamblea general de

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