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SOLICITUD DEL TRATO PREFERENCIAL AL CLIENTE (TURISTA)


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2015  •  Prácticas o problemas  •  2.123 Palabras (9 Páginas)  •  242 Visitas

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SOLICITUD DEL TRATO PREFERENCIAL AL CLIENTE (TURISTA)

 

1.  Con el propósito de obtener  trato arancelario preferencial en la otra  Parte, una prueba de origen en la forma de una Certificación de Origen junto  con las facturas del proveedor y otros documentos relacionados,  serán  proporcionados por el importador que solicita el trato arancelario preferencial al momento de la importación de productos o servicios.

2.  La Certificación de Origen será debidamente llenada y firmada por el exportador o productor de las mercancías en su territorio. La Certificación de Origen incluirá información especificada en el Anexo 5A (Elementos de Información para la Certificación de Origen). 

 3.  Si el exportador no es el productor  de las mercancías referidas en la Certificación de Origen,  el exportador podrá completar  y firmar  la Certificación de Origen en base a:

 (a)  su conocimiento si la mercancía califica como una mercancía originaria y su confianza razonable en la comunicación escrita del productor,  que la mercancía califica como una mercancía, producto o servicio  original.

 (b)  una Certificación de Origen para  los productos o servicios,  llenada y  firmada, y proporcionada voluntariamente al exportador por el productor. 

 4.    Las Partes permitirán, de acuerdo con su legislación nacional, cuando  un  importador solicite al momento de la importación que el producto o servicio  puede cumplir con los términos de este Capítulo y del Capítulo 4 (Reglas de Origen) y de este manera  calificaría para trato arancelario preferencial, pero  fue incapaz de proporcionar una declaración  o Certificación de Origen o  cualquier otra evidencia para sustentar la solicitud de preferencia arancelaria para  la mercancía; el importador puede,  de conformidad  con su legislación  nacional o dentro de un (1)  año desde la fecha de importación, solicitar  la devolución de cualquier  exceso de los derechos aduaneros pagados como  resultado de que la mercancía no obtuvo trato arancelario preferencial, en  base a: (a)  una declaración o Certificación de Origen  de que las mercancías califican como mercancías originarias. 

 (b)  otra  evidencia que la administración aduanera  pueda solicitar  para  constatar  satisfactoriamente la solicitud de preferencia arancelaria. 

 6.  La Parte importadora aceptará una Certificación de Origen, según sea el caso, cuando la factura de venta por el producto o servicio  sea emitida por una empresa ubicada en la Parte exportadora, o en un  país no Parte, siempre que la(s)  mercancía(s)  cumpla(n)  con todos los requisitos aplicables en este Capítulo.  Cuando la factura sea emitida por una empresa en un país no Parte, se deberá estipular  ello en la Certificación de Origen, y la factura será emitida y presentada a la autoridad aduanera del país importador.

7.  La Certificación de Origen será válida por  doce (12) meses desde la fecha de emisión. Cada Certificación aplicará a un único envío de mercancías al territorio de una Parte. 

 8.  Cuando las mercancías sean temporalmente almacenadas  y revisadas bajo control de la autoridad aduanera de la Parte importadora, el periodo de validez de la Certificación de Origen se suspenderá durante el plazo de dicho periodo de almacenamiento.

  9.  Ligeras discrepancias entre la redacción y los detalles establecidos en  la Certificación de Origen remitidas a la autoridad aduanera de la Parte importadora del despacho de mercancías,  no causará,  por si misma,  una denegación de la solicitud de trato arancelario preferencial. 

 10.  Si la Certificación de Origen es fraudulenta,  la Parte importadora  podrá  aplicar  las medidas apropiadas según se dispone en el Artículo  5.9  (Sanciones).

  11.  Cualquier Certificación de Origen emitida previa a la entrada en vigor  de este Acuerdo,  pero presentada con el fin de solicitar trato arancelario  preferencial en, o después del día de entrada en vigor de este Acuerdo, será  aceptada como evidencia del origen de la(s) mercancía(s) especificadas en la misma. 

LA DECLARACION JURADA DEL PRODUCTOR O DECLARACION DE ORIGEN DEL PRODUCTO O SERVICIO.

  1. IDENTIFICACION DEL PRODUCTOR: CASILLERO
  2. Nº 1 Razón social o nombre. En caso de personas jurídicas indicar la razón social; y en el caso de personas naturales, los apellidos y nombres.
  3. CASILLERO Nº 2 Indicar el tipo de documento y consignar el Número del Registro Único del Contribuyente o DNI, según corresponda.
  4.  CASILLERO Nº 3 Nombres, apellidos y DNI del Representante Legal de la Empresa. CASILLERO Nº 4 Domicilio legal de conformidad con la legislación nacional, incluir ciudad y país.
  5.  CASILLERO Nº 5 Dirección de la planta o fábrica, incluir ciudad y país.
  6. CASILLERO Nº 6 Número de teléfono, Número de Fax y Correo electrónico (debe incluir Prefijos). II. IDENTIFICACION DEL EXPORTADOR:
  7.  CASILLERO Nº 7 Razón social o nombre. En caso de personas jurídicas indicar la razón social; y en caso de personas naturales, los apellidos y nombres.
  8.  CASILLERO Nº 8 Indicar tipo de documento y consignar Número del Registro Único del Contribuyente o DNI, según corresponda.
  9.  CASILLERO Nº 9 Nombres, apellidos y DNI del Representante Legal de la Empresa. CASILLERO Nº 10 Domicilio legal de conformidad con la legislación nacional, incluir ciudad y país.
  10. CASILLERO Nº 11 Número de teléfono, Número de Fax y Correo electrónico. III. PRODUCTO A EXPORTAR
  11.  CASILLERO Nº 12 Se deberá indicar la denominación comercial del producto, según factura.
  12. CASILLERO Nº 13 Se deberá indicar las características técnicas que identifiquen al producto, materia constitutiva o que confiere el carácter esencial o principal de la mercancía, uso, aplicación.
  13.  CASILLERO Nº 14 Se deberá indicar la subpartida arancelaria nacional (10 dígitos) del producto a exportar. 2
  14. CASILLERO Nº 15 Se deberá indicar la descripción arancelaria que corresponde a la mercancía, según el Arancel de Aduanas. CASILLERO Nº 16 Se deberá indicar la unidad de medida del producto a exportar en concordancia con el resto de la información del presente instructivo.

ENTIDADES AUTORIZADAS POR EL MINCETUR, A EMITIR CERTIFICADOS DE ORIGEN, POR DELEGACION

[pic 1]

SECUENCIA PARA EXPORTAR EL SERVICIO DE TURISMO

– Inscripción en el Registro de Importadores y Exportadores ante la Aduana Para el caso de las empresas que exportan servicios, inscribirse en el Registro de Importadores y Exportadores de la República Argentina de la DGA es optativo (a diferencia de las exportaciones de productos o bienes en cuyo caso es un trámite obligatorio), ya que esta actividad no se encuentra tipificada en el Sistema Armonizado de Designación y Decodificación de Mercancías.

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