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Sujetos Del Derecho


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2014  •  1.630 Palabras (7 Páginas)  •  193 Visitas

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: ¿Quiénes son los sujetos del derecho?

Concepto de Persona

En el lenguaje común, el que usamos todos los días, la palabra persona designa a cualquier individuo humano. Pero en derecho la palabra persona tiene un significado más amplio.

El artículo 30 del Código Civil las define así: “Son personas todos los entes susceptibles de adquirir derechos o contraer obligaciones”

Clases

El artículo 31 C.Civ. expresa que “las personas son de una existencia ideal o de una existencia visible”. Por lo que se reconocen dos tipos de personas:

• Físicas o de existencia visible: las que presentan signos característicos de humanidad, sin distinción de cualidades o accidentes.

• Jurídicas o de existencia ideal: son entes o sujetos ficticios, a los cuales las leyes le dan aptitudes de adquirir derechos y contraer obligaciones.

1) PERSONAS FÍSICAS O DE EXISTENCIA VISIBLE

Cualquier humano –no importa su edad, sexo, estado civil o condición social- queda comprendido en este concepto.

Comienzo de la existencia de las personas

Algunas legislaciones extranjeras consideran que el comienzo de la existencia de las personas físicas, tiene lugar cuando se produce el nacimiento. Nuestro Código, en cambio, considera que el comienzo de la persona humana tiene lugar desde la concepción. En otras palabras: se es persona desde que se está concebido, aún cuando todavía no se haya nacido.

Artículo 70 C.Civ.- “Desde la concepción en el seno materno comienza la existencia de las personas; y antes de su nacimiento pueden adquirir algunos derechos como si ya hubiesen nacido”.

Personas por nacer: son seres que aún no han nacido, pero que ya están concebidos y están en el vientre de su madre. Las personas por nacer pueden adquirir algunos derechos (donación, herencia), que se adquieren en forma definitiva solamente en el caso de que el feto nazca con vida. El acto de nacer se produce cuando se corta el cordón umbilical.

Fin de la existencia de las personas

La existencia de las personas naturales termina con la muerte biológica, sea que esa muerte se produzca por vejez, por enfermedad, por accidente o por el hecho de otro. Producida la muerte, termina la existencia de la persona física y se desencadenan una serie de efectos: se disuelve el matrimonio, se abre la sucesión del difunto y se transmiten los derechos patrimoniales a sus herederos.

Existe para el derecho los casos de “muerte presunta” que son aquellos en los que faltan noticias de una persona durante un tiempo muy prolongado. Así, si alguien desaparece de su domicilio y su ausencia sin noticia se prolonga por 3 años, puede dar lugar a que se presuma que ha fallecido, previo juicio en que se lo cita por edictos y se piden informes sobre su paradero. En ciertos casos se requiere un tiempo menor (si se encontraba realizando una actividad riesgosa, o si desapareció en un accidente de una aeronave o embarcación).

2) PERSONAS JURÍDICAS O DE EXISTENCIA IDEAL

Las personas de existencia ideal o personas jurídicas son entes –sujetos ficticios- a los cuales las leyes dan la aptitud de adquirir derechos y contraer obligaciones.

Se trata de entidades formadas por dos o más individuos a las que se reconoce jurídicamente como una unidad, como un solo sujeto que puede –por ejemplo- adquirir propiedades u obligarse a pagar una deuda.

Estos entes –sociedades, empresas públicas, clubes, cooperativas, etc- tienen una personalidad que es diferente a la de los individuos que la integran. Los derechos y obligaciones en cuestión corresponden a la entidad y no a cada uno de los individuos que la integran.

Ej.: Tres amigos constituyen una sociedad comercial a la que denominan “Los Amigos SA ”. Una vez reconocida legalmente dicha sociedad se convierte en una “persona jurídica”, puede comprar mercaderías y la deuda que así se contraiga será de ella y no de las tres personas físicas que la componen en forma individual.

Comienzo de su existencia: las personas jurídicas públicas comienzan su existencia desde la fecha de su constitución o fundación. Las personas jurídicas privadas, desde el día en que fuesen autorizadas por la ley o por el gobierno, con aprobación de sus estatutos .

Fin de la existencia: La existencia de las personas jurídicas termina por disposición legal fundada en voluntad de sus miembros, conclusión de su objeto, disolución, etc.

ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD

Son las cualidades que les son propias a las personas. Todas las personas los poseen y son inseparables de ellas: NOMBRE, CAPACIDAD, DOMICILIO, PATRIMONIO. Las personas físicas y solo ellas poseen, además ESTADO, cosa que no ocurre con las personas jurídicas.

Estos atributos son:

Únicos: una persona no puede tener más de un nombre, más de un domicilio, etc

Necesarios: ninguna persona, física o jurídica, puede carecer de ellos

a) NOMBRE

Es la forma de identificar a la persona en la sociedad, distinguiéndola de los demás individuos. Cuando se hace referencia al nombre de una persona, se utiliza el concepto en un sentido amplio, que incluye el nombre de pila (María, Juan, Diego, Marta, etc) y el apellido (Gómez, Sánchez, etc). Para el derecho, las personas adquieren el nombre recién a partir

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