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TAREA 1ª Entrega Final. Demanda y contestación


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2017  •  Ensayos  •  1.516 Palabras (7 Páginas)  •  273 Visitas

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ASIGNATURA:                         PRACTICA LABORAL PROCESAL.

TAREA 1ª Entrega Final. Demanda y contestación.                                                                                05 OCTUBRE 2017

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Plan Ejecutivo.                                            Alumno: Felipe Romo Cordero Docente: Lic. Juan Sanguino Cisneros.

Licenciatura en derecho Mat. # 00234754 Quinto Cuatrimestre



Índice:

  • Objetivo.
  • Introducción.
  • Desarrollo
  • Conclusiones
  • Bibliografía.

Objetivo:

Desarrollar el análisis de la demanda planteada, observar la personalidad de las partes para acreditarla, fundamentar jurídicamente los hechos, así como ofrecer pruebas que confirmen lo dicho en la demanda.

Introducción:

En el derecho laboral el proceso es fundamental, el aspirante a Li. En derecho debe de saber los procedimientos y sus tiempos, en resumen, debe de conocer el proceso laboral íntegramente para poder defender a su representados, ya sea en dese la trinchera del trabajador o den su caso del empleador o patrón.

Desarrollo: 

Titulo:

Demanda laboral ordinaria pretenciones del trabajador.

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En esta primera parte se define la litis, que es por definición etimológica proveniente del latín, lite, pleito, en lenguaje jurídico así se denomina al litigio judicial, a la actuación en juicio.

“Es con la contestación a la demanda cuando la litis o relación jurídico-procesal, se integra produciendo efectos fundamentales como la fijación de los sujetos en dicha relación y la fijación de las cuestiones sometidas al pronunciamiento del Juez.”

(https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Documentos/Tesis/175/175900.pdf)

En este caso podemos fijar la litis en el despido injustificado presentado por el demandado, la litis se traba cuando el demandado contesta lo que a su derecho conviene.

Segunda Parte:

ACTOR

H E C H O S

1. Que Ingrese al servicio de la demanda con fecha 02 de diciembre del 2010

en la categoría de PLOMERO DE 1ª, con un salario mensual de $ 15,000.00 M/N 00/100 (QUINCEMIL PESOS MONEDA NACIONAL 00/100). 

2. Que percibía además de las prestaciones legales, me pagaban las prestaciones extralegales, en una cantidad de $ 4500.00 PESOS (CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS 00/100). Que el día lunes 10 de noviembre del año, 2014, aproximadamente siendo las 12:50 hrs., el Gerente y Director General PEDRITO DEL TORO, me llamó a su oficina, en las puertas de esta, me gritó que era un” irresponsable, inepto, incapaz, y que me fuera de ahí”, despidiéndome, sin entregarme ningún aviso rescisorio a que hace referencia el último párrafo del art. 47 de la LFT., razón por la cual se debe considerar un despido injustificado.

DEMANDADO

CONTESTACIÓN A LOS HECHOS DE LA DEMANDA.

1. FALSO Y LO NIEGO, EN PARTE Y EN LA OTRA ES CIERTO, es falso y por lo tanto, se niega que el actor haya ingresado en la fecha que dice, ya que lo cierto es que el hoy actor, ingreso al servicio de mi representada con la fecha 7 de abril del 2003, efectivamente percibía un salario mensual de $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100 M.N.).

2. FALSO Y LO NIEGO CATEGORICAMENTE, se dijo y se reitera el actor percibía un salario mensual en la cantidad de $15,000.00 más prestaciones legales, pero de ninguna manera prestaciones extralegales.

3. FALSO Y LO NIEGO, el hoy actor, dejo de asistir al desempeño de sus actividades contratadas a partir del día lunes 10 de abril del año 2014, sin esgrimir ninguna causa justificada, y mucho menos dar aviso de alguna incapacidad o razón por la cual le impidiera asistir a su trabajo contratado.

Continuación del ejercicio:

  • Atendiendo a las respuestas brindadas en los hechos y consideraciones de derecho, es indispensable señalar más datos sobre la personalidad de las partes, por favor indica cuál será la forma por la que se demuestra la personalidad de ambos.

Artículo 692 LFT. - Las partes podrán comparecer a juicio en forma directa o por conducto de apoderado legalmente autorizado. Incisos I.II, III y IV.

Para que las partes acrediten la personalidad jurídica en la presente demanda laboral, es necesario que presenten en el caso del trabajador, actor o demandante una identificación oficial vigente con fotografía y firma, la credencial del INE (Instituto Nacional Electoral), o pasaporte, cubrirían este requisito, acreditando su personalidad. Así mismo deberá de proporcionar una dirección para recibir

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