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TAREA 1 OARH03 – EL CONTRATO DE TRABAJO


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2021  •  Tareas  •  2.369 Palabras (10 Páginas)  •  201 Visitas

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TAREA 1 OARH03 – EL CONTRATO DE TRABAJO

NOELIA GARCÍA HERNÁNDEZ

  1. ¿Qué es el SMAC y qué misiones tiene?

 Órgano administrativo de Mediación, Arbitraje y Conciliación entre trabajadores y empresarios, para llegar a un acuerdo antes de acudir a los tribunales en caso de reclamaciones de salarios, despidos, conflictos colectivos, etc.

  1. ¿Y el Estatuto de los Trabajadores, ET?

Es el texto legal que regula las relaciones laborales. En él se regulan los derechos y deberes de los trabajadores, estableciendo normas sobre despido, huelga, horas extras, etc. y su ámbito de aplicación incluye a los trabajadores por cuenta ajena, excluyendo funcionarios ya que estos se rigen por el TREBEP.

  1. Explica 5 requisitos del período de prueba.

  • Debe reflejarse por escrito en el contrato de trabajo.
  • Su duración se establecerá por convenio colectivo, de no ser así, no podrá ser superior a 6 meses para los titulados técnicos o 2 meses para el resto de trabajadores.
  • Si el trabajador ya ha desempeñado las mismas funciones en la misma empresa, no podrá establecerse el periodo de prueba.
  • En las empresas de menos de 25 trabajadores el período no podrá exceder de 3 meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.
  • El período de prueba computa a efectos de antigüedad.
  1. Duración del contrato de trabajo.

La duración del contrato puede establecerse de dos formas:

  • Indefinido (Fijo): En el contrato no se determina duración, finaliza cuando una de las dos partes (empresa o trabajador) decidan hacerlo.
  • Duración determinada (temporal): En el contrato se establece un tiempo determinado de la relación laboral.

  1. Escribe 4 obligaciones del trabajador frente a la firma de un contrato de trabajo.

  • Cumplir las obligaciones concretas del puesto de trabajo.
  • Cumplir con las medidas de seguridad e higiene.
  • Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en cuanto a las funciones del trabajador.
  • No realizar competencia a la empresa.
  1. Diferencias entre el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores y el contrato fijo discontinuo.

Desde el 1 de enero de 2019 el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores ha quedado derogado. No puede ser usado para nuevos contratos, los trabajadores contratados anteriormente bajo esta modalidad no se ven afectados.

  • El contrato indefinido de apoyo a los trabajadores se creó para fomentar la contratación estable en las PYMES. Con una bonificación de hasta 3000€ de la cuota íntegra del periodo impositivo. Este contrato indefinido puede tener una jornada a tiempo completo o parcial y tiene una duración en el periodo de prueba de 1 año. La persona contratada debe cumplir 2 condiciones: estar inscrito como demandante de empleo y tener más de 45 años o menos de 30. Los requisitos que se le piden a la empresa son: conservar al trabajador al menos 3 años, no haber despedido de forma improcedente a nadie en el último semestre (en la misma categoría profesional) y está obligada a seguir con el mismo nivel de empleo durante 1 año mínimo.
  • El contrato fijo discontinuo es un contrato con fecha de inicio, pero no de finalización en la que el trabajador desarrolla su actividad de forma discontinua, esto quiere decir que desempeña su actividad laboral por temporadas. Durante el tiempo que finaliza el periodo de actividad el trabajador no trabaja ni tampoco cobra sueldo, pero si reúne los requisitos necesarios tiene derecho a la prestación por desempleo. Al finalizar la temporada el empresario entrega al trabajador el finiquito con la liquidación de las deudas pendientes, lo que no implica la finalización o extinción del contrato ya que el empresario tiene la obligación de llamar al trabajador para la siguiente temporada.

  1. Diferencias entre el contrato por obra o servicio y el contrato eventual por circunstancias de la producción.

CONTRATO OBRA O SERVICIO DETERMINADO

CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN

OBJETO

Para la realización de obra o servicio determinado, con autonomía propia dentro de la empresa y limitada en el tiempo pero de duración incierta

Para atender las exigencias circunstanciales de la empresa, cúmulo de tareas o exceso de pedidos.

DURACIÓN

El tiempo necesario para la obra o servicio. No podrá ser superior a 3 años, ampliable en 12 meses más por Convenio Colectivo.

Máximo 6 meses en un periodo de 12.  Se puede modificar su duración por Convenio Colectivo

JORNADA

Completa o tiempo parcial

Completa o tiempo parcial

FORMA

Por escrito especificando claramente todo lo referente al objeto de la contratación

Por escrito cuando sea superior a 4 semanas de duración, o se realice a tiempo parcial

EXTINCIÓN Y DENUNCIA

Extinción previa denuncia de ambas partes. Si su duración supera el año, con preaviso de 15 días, de no ser así por parte del empresario deberá indemnizar al trabajador por un importe equivalente a los días en que el plazo se haya incumplido

Se extingue previa denuncia de las partes, por finalizar el tiempo convenido.

INDEMNIZACIÓN

12 días de salario por año o parte proporcional al tiempo trabajado

12 días de salario por año o parte proporcional al tiempo trabajado

  1. Diferencias entre el contrato de interinidad y el de relevo

CONTRATO DE INTERINIDAD

CONTRATO DE RELEVO

OBJETO

Para sustituir a trabajadores con derecho de reserva del puesto, o para ocupar un puesto de forma temporal mientras se cubre definitivamente.

Para sustituir a un trabajador que accede a la situación de jubilación parcial. Se contrata a un trabajador inscrito en la oficina de empleo o que tenga un trabajo temporal

DURACIÓN

Hasta la incorporación del trabajador sustituido o la cobertura del puesto (no podrá ser superior a 3 meses, en este caso)

Mínimo el tiempo que le queda el trabajador para su jubilación.

JORNADA

Completa o tiempo parcial

Completa o tiempo parcial

FORMA

Por escrito

 Por escrito, especificando los datos del trabajador sustituido.

EXTINCIÓN Y DENUNCIA

Por reincorporación del trabajador sustituido o por selección de alguien para ese puesto.

Se extingue cuando el trabajador sustituido se jubila totalmente

INDEMNIZACIÓN

No tiene derecho

12 días de salario por año o la parte proporcional por el tiempo trabajado.

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