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TERCERIA DE PROPIEDAD


Enviado por   •  25 de Febrero de 2014  •  797 Palabras (4 Páginas)  •  264 Visitas

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TERCERIA DE PROPIEDAD

1) SUJETOS PROCESALES:

• .DEMANDANTE: Jorge Alexander Ávila Celis y

Carlos Antonio Ávila Celis

o .DEMANDADO .CARROCERIA MORILLAS SA

.Walter Leoncio Trujillo Guevara

.Luis Ever Trujillo Guevara

.EMPRESA DE TRASPORTES VIRGEN DE LAS MERCEDES SRL

PRETENSION DE LA DEMANDA

(PRETENSION DE CONDENA)

.Los señores Carlos y Jorge Ávila Celis, demandan TERCERIA DE PROPIEDAD.Piden que se DESAFECTE LA EJECUCION DE GARANTIAS REALES, que se tramitaba en exp.N° 5496-05 un proceso paralelo al presente proceso ,para que se desafecte y se procedan a entrega inmediata del vehiculo-omnibus,marca Mercedes benz,año de fabricación 1994,color bla/cel/roj/ver.

2) ASPECTO SUSTANTIVO: CODIGO CIVIL

Art 886: Son bienes muebles, en este caso correspondería solo y exclusivamente al inciso 1del mismo artículo, ya que el vehículo afectado es un vehículo motor-terrestre.

.VALE HACER MENSION EN CUANTO ALA PRENDA, ES UNA FIGURA JURIDICA QUE EN LA ACTUALIDAD ESTA DEROGADA.PUES LO ENCONTRAREMOS A LO LARGO DE ESTE PROCESO.PARA EL PRESENTE SI FUE APLICABLE EN SU MOMENTO.

Art 140(inciso 2,3y 4): En el cual el demandante sustenta que con el ACTA DE TRASFERENCIA DE PROPIEDAD, celebrado por Walter Trujillo Guevara (E. T VIRGEN DE LAS MERCEDES) y el recurrente ,afirma que se realizo un acto jurídico, el cual cumplía con todos los requisitos de validez, para ser un pacto legal .

Art 2943 y 2044: Estos artículos han sido tomados para hacer una apreciación directa al caso, pues si el recurrente fuera el verdadero propietario, estuviera inscrito el bien ante la autoridad competente de REGISTRO DE SU LOCALIDAD.

Art 2019: Nos dice que, los actos y derechos son inscribibles, en este caso el recurrente no aprecio lo que prescribe el presente artículo en su inciso 1.

Art 923: Que, hace referencia al poder jurídico que tiene el propietario de poder uzar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien. En lo cual podemos constatar con este articulo que se le está afectado su derecho de propiedad.

Art 2012: PRINCIPIO DE PROPIEDAD REGISTRAL.-Crítica constructiva por parte del redactor del informe hacia el demandante ,pues antes de haber celebrado el contrato de TRASFERENCIA DE PROPIEDAD ,debía recurrir a la Entidad De Registro de su localidad, para ver si ese bien se encontraba prendado ,hipotecado o el propietario era desconocido.

En cuanto al presente artículo, ante contratos de este caso prima el principio de propiedad registral “se presume sin admitir prueba en contrario, que toda persona tiene conocimiento del contenido de las inscripciones “.

3) ASPECTO PROCESAL: CODIGO ADJETIVO

Art 608-611: Medida Cautelar –contenido.- En el presente proceso se pretendía dejar sin efecto el EXP: N°5496-05 DE EJECUCION DE GARANTIAS REALES, el cual era ventilado en otro proceso por parte de CARROCERIA MORILLAS SA , en contra de Walter Luis Trujillo Guevara y E.T VIRGEN DE LAS MERCEDES EIRL ,a quien se le exigía el pago de 12.000 dólares americanos, por la garantía real de prenda que suscribió .El demandante pretendía que el juez una vez admitida la demanda ,el mismo deje sin efecto el EXP .N° 5496-05 .Asimismo ordene la entrega inmediata del bien-ómnibus

Art 188 y 196 – Medios Probatorios.- El demandante ,hace valer lo regulado en este articulo y ofrece sus medios probatorios con la finalidad de acreditar los hechos de su pretensión ,asimismo producir certeza en el juez de la causa ; y por ultimo fundamentar o motivar sus hechos .Ofrece como medio probatorio contundente ACTA DE TRASFERENCIA DE PROPIEDAD DE BIENES ,de fecha anterior ,a la presentación de la demanda, además anterior a EJECUCION DE GARANTIAS PRENDARIAS.

Art 235 (inciso 1) y 236- Documento Público –Documento Privado.- El demandante ,en su fundamentación fáctica, dice al juez que el ACTA DE TRSFERENCIA DE PROPIEDAD ,con el cual acredita su propiedad , revestía la calidad de DOCUMENTO PÚBLICO ,ya que fue redactado por y ante notario Público

En este caso, tenemos que el demandante confunde de manera equivoca las facultades que tiene un funcionario Público ,pues no siempre el documento refrendado o legalizado por notario es documento público .Vale decir que el acta de trasferencia de propiedad de bienes , es un documento privado.

Art 1 TITULO PRELIMINAR – Derecho Tutela Jurisdiccional

.El demandante recurre ante el juzgado especializado, para solicitar tutela jurisdiccional efectiva, asimismo se lleve un debido proceso.

Art 533- TERCERIA.-El demandante recurre al órgano jurisdiccional Especializado a fin que se aplique lo regulado en este presente artículo, pues considera que se está afectando y limitando su propiedad, para ello recurre al juez; mediante una tercería de propiedad.

SENTENCIA

FALLO: El juez declaro INFUNDADA la demanda de tercería de propiedad interpuesta por Jorge y Carlos Ávila Celis contra Carrocerías Morillas SA y Luis Walter Trujillo Guevara y Empresa de Trasportes Virgen de las Mercedes SRL

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