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Enviado por   •  1 de Septiembre de 2014  •  2.247 Palabras (9 Páginas)  •  267 Visitas

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DERECHO

Concepto de derecho:

La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.

A la hora de hablar de derecho es fundamental que establezcamos cuáles son sus fuentes, es decir, las ideas y los fundamentos en los que se basa aquel para poder desarrollarse y establecer sus principios básicos. En este sentido, tenemos que subrayar que sus citadas fuentes pueden determinarse, de manera general, en tres grandes categorías:

Las reales, que son las que vienen a establecer lo que es el contenido de una ley en cuestión.

Las históricas, que son todos aquellos documentos antiguos que se emplean para referirse a los que tienen el contenido de una ley.

Las formales, que son las que se definen como todas aquellas acciones realizadas por distintos entes (individuos, Estado, organismos…) para proceder a crear lo que es la ley. Dentro de dicha categoría nos encontramos a su vez con la jurisprudencia, los tratados internacionales, la costumbre…

El derecho efectivo o positivo está formado por las leyes, normativas, reglamentos y resoluciones creadas por el Estado para la conservación del orden social. Se trata de normas cuyo cumplimiento es obligatorio para todos los ciudadanos.

El derecho subjetivo, en cambio, es la facultad propia de un sujeto para realizar o no una cierta conducta. Se trata de la potestad que el hombre tiene, en conformidad con una norma jurídica, para desarrollar su propia actividad frente a otro.

Se considera que el derecho tiene varias características. Una de ellas es la bilateralidad (un individuo distinto al afectado está facultado para exigirle el cumplimiento de una norma), que le otorga la cualidad de imperativo atributivo al derecho. Es imperativo ya que impone un deber de conducta (como pagar impuestos) y atributivo por lo mencionado anteriormente respecto a la facultad para exigir el cumplimiento del imperativo.

Otras características del derecho son su heteronimia (es autárquico; por más que el sujeto no esté de acuerdo con el contenido de la norma, debe respetarla), alteridad (las normas jurídicas siempre refieren a la relación de un sujeto con otros) y coercibilidad (permite el legitimo uso de la fuerza estatal cuando un ciudadano no cumple con sus exigencias).

Además de todo lo expuesto hay que determinar que de manera habitual el derecho se clasifica en lo que son tres grandes ramas:

Derecho Social. Bajo dicha denominación se engloban todas aquellas normas jurídicas que tienen como claro objetivo conseguir que los ciudadanos vivan en una sociedad en convivencia. Es decir, se trata de las normas que dan forma al ordenamiento jurídico y que están a favor de esa citada sociedad lo que supone que dentro de esta clasificación esté el derecho sindical o el derecho del trabajo.

Derecho Privado, es el que determina las relaciones jurídicas entre personas legales sin que ninguna ejerza como autoridad estatal. Ejemplo de ello es el Derecho Civil.

Derecho Público. Regula las relaciones entre los órganos del poder público y los individuos o las entidades de carácter privado. Ejemplos: Derecho Procesal, Derecho Penal…

Explicación “Propias Palabras”:

El Derecho es el conjunto de normas jurídicas generales que se creen positiva “por que no siempre es así” que surgen de la sociedad como un producto cultural generada dentro de leyes y que tienen la finalidad de regular la convivencia entre los miembros de esa sociedad o en otras palabras personas en el país o estado.

Características del Derecho

Las normas jurídicas que conforman la ciencia del Derecho presentan unas características que las diferencian de las demás normas u órdenes normativos, tales como las normas morales, las religiosas, los convencionalismos sociales; en ese sentido tales características fundamentales son las que se describen a continuación:

Bilateralidad: Por cuanto imponen derechos correlativos de facultades o conceden derechos correlativos de obligaciones.

Heteronomía: Se refiere a la sujeción a un querer ajeno.

Coercibilidad: Consiste en la posibilidad de que la norma sea cumplida en forma no espontánea, e incluso en contra de la voluntad del obligado.

Exterioridad: Regula o le interesa el acto o conducta externa de los individuos. Lo que se lleva a cabo; no importa si hay o no intención.

Objetividad del derecho:

Se suele sostener que una entidad es metafísicamente objetiva si su existencia y carácter son independientes de la mente humana. Esta exigencia de independencia constituye un punto central de la objetividad metafísica. Se han distinguido dos importantes cuestiones sobre las cuales habría que pronunciarse en esta materia: una de ellas, se pregunta sobre qué clase de independencia hablamos y la segunda sobre el grado relevante de independencia que se requiere.

En cuanto a la clase de independencia que de la mente humana podría tener una entidad se han considerado tres sentidos: el causal, el constitucional y el cognitivo. Una entidad es causalmente independiente de la mente humana, si la trayectoria causal que produce la entidad no depende de la mente humana. La existencia de la tierra y su propia naturaleza es independiente de la mente humana. La confección de una prenda de vestir es causalmente dependiente de la mente humana, pues deseos y creencias son necesarias para producir ese tipo de objetos. Sin embargo, se entiende que la objetividad metafísica no requiere una independencia causal para que determinadas entidades sean independientes de la mente humana. Esto es, porque ciertas entidades que son

Causalmente dependientes de la mente pueden ser independientes, en algún otro sentido, de la mente humana. Una entidad es constitucionalmente independiente de la mente humana si su existencia y carácter no están constituidos por la mente humana y tampoco es idéntica a ella. Por otra parte, la afirmación

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